Fallo Completo STJ

OrganismoCÁMARA PRIMERA DEL TRABAJO - GENERAL ROCA
Sentencia198 - 16/06/2023 - HOMOLOGADA
ExpedienteRO-10289-L-0000 - PARDO JOSE ESTEBAN C/ MUÑOZ ALFREDO;MUÑOZ CRISTIAN Y PREVENCION ART S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO
SumariosNo posee sumarios.
Texto Sentencia



General Roca, 15 de junio de 2023.-

VISTOS: Para resolver en estos autos caratulados: "PARDO JOSE ESTEBAN C/ MUÑOZ ALFREDO;MUÑOZ CRISTIAN Y PREVENCION ART S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO (Expte. N° RO-10289-L-0000)", venidos al acuerdo a los fines de que sea homologado el desistimiento del proceso obrante en audiencia de conciliación de fecha 23 de marzo de 2.023.

Previa discusión de la temática del fallo a dictar con la presencia personal de los jueces votantes, de lo que da fe la Actuaria.

CONSIDERANDO: Que la propuesta acercada por las partes para solucionar la cuestión de autos implica una justa composición de los derechos e intereses, que no vulnera el orden público laboral, teniendo en cuenta el informe del perito médico oficial designado en autos, el Dr. Daniel R. Ambroggio agregado en a fs 145/147), que determinó que el actor presenta patología crónica y degenerativa en su raquis lumbar, que se traduce por espondilodiscoartrosis y patología discal múltiple, afecciones que no guardan relación de causalidad con el evento que se denuncia en autos y que son preexistentes al mismo y por ende de carácter inculpable. En base a ello el actor no presenta incapacidad alguna en el marco de la ley 24557, por lo que corresponde HOMOLOGAR con fuerza de sentencia el desistimiento del proceso formulado.

Costas por su orden.

Regúlense los honorarios del Dr. Ricardo Sandoval Cordoba en la suma de $62.930 (5 ius) por la representación asumida por la parte actora y la de los Dres. Tomás Rodriguez, Tomás Alberto Rodriguez y Carlos Edgardo Toledo en la suma de $62.930 (5 ius) en conjunto, en carácter de apoderados y patrocinantes de la Aseguradora de Riesgo del Trabajo y finalmente la de los Dres. Adolfo Orlando Bonachi y Joaquin Garro en la suma de $62.930 (5 ius) en conjunto, en carácter de patrocinantes de los codemandados Alfredo Muñoz y Cristian Muñoz (MB: $171.266,22.- Arts. 6, 8, 9, 10 y 40 de la Ley 2212).

Asimismo regúlanse los honorarios del perito médico, Dr Daniel R. Ambroggio en la suma de $ $62.930 (5 ius).

Los honorarios de los profesionales se han regulado teniéndose en cuenta el importe pecuniario del proceso, importancia de los trabajos realizados, y calidad y extensión de los mismos. Asimismo, la doctrina legal del STJ definida en los autos "AGENCIA DE RECAUDACIÓN TRIBUTARIA DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO C/IDOETA OSCAR ENRIQUE S/ EJECUCIÓN FISCAL S/ CASACIÓN" (Se. 52/2019 de fecha 27/06/2019), y reiterada en "DRES. IGLESIAS DANIEL Y REZZO MARIA AMALIA EN AUTOS: "GARCIA NORBERTO ANTONIO C/ HORIZONTE COMPAÑIA ARGENTINA DE SEGUROS GENERALES S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO (L) S/ INCIDENTE" (Expte. N°RO-00827-L-2021, Se. 2/2023 de fecha 23/02/2023), correspondiendo regular los honorarios de los letrados intervinientes aplicando el mínimo arancelario establecidos por la Ley 2212.

Junto a la presente practique Secretaría planilla de impuestos sellados y contribuciones la que será abonada por la condenada en costas en el término de QUINCE días bajo apercibimiento de lo dispuesto por el Código Fiscal. En los plazos convenidos la obligada deberá depositar las sumas indicadas en el Banco Patagonia S.A. -sucursal General Roca-, en la cuenta abierta a tales fines, bajo apercibimiento de ejecución.

Vista a la AFIP y al Sindicato respectivo.

Se hace saber a las partes que la presente providencia quedará notificada conforme lo dispuesto en art. 25 de la Ley 5.631.

Todo lo que ASÍ SE RESUELVE.

Regístrese, cúmplase con la ley 869 y oportunamente archívense las presentes actuaciones.

Dr. Nelson Walter Peña
Presidente
Dra.Paula I.Bisogni Dr. Victorio Nicolás Gerometta
Vocal Vocal

El instrumento que antecede ha sido firmado digitalmente en los términos y alcances de la Ley Nac. 25.506 Ley Nac. 25506 y Ley A 3997, Res. 398/05 y Ac. 12/18-STJ. Conste.
Secretaría, 15 de junio de 2023.-

Dra. Lucía Meheuech
Secretaria
Cámara Primera de Trabajo

DictamenBuscar Dictamen
Texto Referencias Normativas(sin datos)
Vía Acceso(sin datos)
¿Tiene Adjuntos?NO
VocesNo posee voces.
Ver en el móvil