| Organismo | JUZGADO CIVIL, COMERCIAL, MINERÍA Y SUCESIONES N°1 - CIPOLLETTI |
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| Sentencia | 219 - 25/10/2017 - INTERLOCUTORIA |
| Expediente | F-4CI-1169-C201 - SIRI EDUARDO ALBERTO S/ SUCESION AB INTESTATO |
| Sumarios | No posee sumarios. |
| Texto Sentencia | PROVINCIA DE RIO NEGRO JUZGADO CIVIL Nro. 1 (Cipolletti) Tomo Interlocutorio Folio Secretaria Cipolletti, 25 de octubre de 2017.j.d. AUTOS Y VISTOS: Para dictar declaratoria de herederos en estos autos caratulados "SIRI EDUARDO ALBERTO S/ SUCESION AB-INTESTATO" (Expte. Nº F-4CI-1169-C2016) y, CONSIDERANDO: Que a fs. 2 se acredita el fallecimiento del Sr. EDUARDO ALBERTO SIRI, hecho ocurrido el día 05 de Agosto de 2016 en Cipolletti, Provincia de Río Negro. El causante era de estado civil CASADO con la Sra. CLOROSILDA RIVERA MUÑOZ, lo que se acredita con la copia certificada del acta de matrimonio agregada a fs. 3. De dicha unión nacieron la siguiente hija: NATALIA ANDREA SIRI RIVERA, lo que se acredita con la copia certificada de la partida de nacimiento agregada a fs. 10. A fs. 8 se tiene por competente el Juzgado y por iniciado el presente trámite sucesorio. A fs. 8 y 33 obran el oficio al registro de Testamentos y constancia de inscripción en el Registro de Juicios Universales, de los que surge que, a nombre del causante, no se iniciaron juicios similares y no se registró disposición testamentaria alguna. A fs. 15/17, 23/24 y 28 se agregan ejemplares del Boletin Oficial y Diario La Mañana, acreditándose la correspondiente publicación edictual, sobre cuyo vencimiento certifica en este acto el actuario, informando asimismo que no se han presentado más herederos ni interesados que las precedentemente indicadas. Por lo expuesto y lo dispuesto por los Arts. 2424 y concordantes del C.C. y C., RESUELVO: Declarar en cuanto ha lugar y por derecho que por el fallecimiento del Sr. EDUARDO ALBERTO SIRI, le suceden en carácter de únicas y universales herederas su hija NATALIA ANDREA SIRI RIVERA y la cónyuge supérstite CLOROSILDA RIVERA MUÑOZ, respecto de los bienes propios si los hubiere y sin perjuicio de los derechos que por ley le correspondan sobre los gananciales. NOTIFIQUESE - REGISTRESE - EXPIDASE TESTIMONIO. Federico Emiliano Corsiglia Juez Subrogante |
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