Fallo Completo STJ

OrganismoCÁMARA SEGUNDA DEL TRABAJO - BARILOCHE
Sentencia285 - 27/12/2016 - DEFINITIVA
ExpedienteB210C2/16 - CAIPILLAN, ANA BEATRIZ Y OTRAS C/ FERRER, MARIA JESUS S/ INDEMNIZACION POR DESPIDO
SumariosNo posee sumarios.
Texto Sentencia///Carlos de Bariloche, 27 de diciembre de 2016
---Y VISTOS: Los presentes autos caratulados: “CAIPILLAN, ANA BEATRIZ Y OTRAS C/ FERRER, MARIA JESUS S/ INDEMNIZACION POR DESPIDO”, Expte. N° B210C2/16, y:-
---CONSIDERANDO:
---Que las partes han arribado a un acuerdo conciliatorio, según surge de la presentación de fs. 56, ratificado por las actoras a fs. 57, 58 y 63.-
---Que la referida transacción ha sido libremente pactada, con la garantía del debido proceso, contando las partes con el debido asesoramiento letrado, tendiente a una justa composición del litigio, de conformidad con lo dispuesto en los arts. 15 de la L.C.T., 12 de la ley 1504; 162, 305 y 306 del C.P.C.C. y 832 y 838 del Código Civil.-
---Que corresponde, atento a los términos del acuerdo referido, tener presente las costas pactadas a cargo de la accionada y los honorarios a favor de los letrados de la parte actora, Dres. Victorio Gerometta y Natalia Lafont, en la suma de $ 10.689 (Pesos diez mil seiscientos ochenta y nueve), en forma conjunta. Asimismo, corresponde tener presente los honorarios pactados de las letradas de la demandada, Dras. Melina Ríos Faverio y Susana Bobeli, en la suma de $ 10.689 (Pesos diez mil seiscientos ochenta y nueve), en forma conjunta.-
---En consideración de todo lo cual, esta Cámara IIª del Trabajo de la IIIª Circunscripción Judicial, RESUELVE:
---I) HOMOLOGAR en cuanto ha lugar y por derecho, sin perjuicio de terceros, el acuerdo celebrado entre las partes.-
---II) TENER PRESENTE las costas pactadas a cargo de la demandada.-
---III) TENER PRESENTE los honorarios pactados a favor de los letrados de la parte actora, Dres. Victorio Gerometta y Natalia Lafont, en la suma de $ 10.689 (Pesos diez mil seiscientos ochenta y nueve), en forma conjunta.-
---IV) TENER PRESENTE los honorarios pactados a favor de las letradas de la demandada, Dras. Melina Ríos Faverio y Susana Bobeli, en la suma de $ 10.689 (Pesos diez mil seiscientos ochenta y nueve), en forma conjunta.-
---V) AGREGAR y TENER PRESENTE la constancia de apertura de la cuenta judicial de autos.-
---VI) Efectuado que sea el depósito, líbrese orden de pago al Banco Patagonia S.A. a fin que por la forma de estilo proceda a abonar por ventanilla a las actoras, la suma correspondiente, la que deberá ser debitada de la cuenta judicial de autos. Asimismo, deberá hacer efectivos los pagos que se depositen en la cuenta de autos, a medida que éstos ingresen, hasta cubrir la suma total del acuerdo, incluída la presente orden de pago.-
---VII) NOTIFIQUESE, regístrese, protocolícese. Oportunamente, archívese.-
mj



ALEJANDRA M. PAOLINO CARLOS D. RINALDIS
Juez de Cámara Juez de Cámara




JORGE A. SERRA
Juez de Cámara




Ante mí:
J. A. De Marinis
Secretario de Cámara
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