Fallo Completo STJ

OrganismoFORO DE JUECES/ZAS PENALES 3° CJ - BARILOCHE
Sentencia750 - 23/12/2024 - DEFINITIVA
ExpedienteMPF-BA-00281-2021 - M. A. F. C/ M. F. I. S/ ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL
SumariosNo posee sumarios.
Texto SentenciaEn la Ciudad San Carlos de Bariloche, Provincia de Río Negro, a los 23 días del
mes de Diciembre del año 2024, el tribunal integrado por la Dra. Romina
Martini, el Dr. Marcelo Alvarez Melinger y el Dr. Gregor Joos a cargo de la
presidencia, dicta sentencia en el Legajo N° MPF-BA-00281-2021 caratulado
“M. A. F. c/ M. F. I. s/Abuso sexual con acceso carnal” a fin de resolver la situación
de F. I. M., D.N.I. N° xxxx, argentino, nacido el xxxx en la localidad de Pilcaniyeu,
provincia de Río Negro, con instrucción secundaria incompleta, de ocupación
estanciero, hijo de P. M. y D. M. P., con domicilio en calle xxxx  del Barrio xxxx de
esta ciudad, y teléfono xxxx (Río Gallegos).

El Juez Marcelo Alvarez Melinger dijo:

La audiencia del juicio de responsabilidad se desarrolló durante los días 16 y 17
de Octubre del año 2024. Intervinieron el Sr. Fiscal Dr. Gerardo Miranda el
acusado F. I. M. y sus letrados defensores, el Dr. Horacio Fabián
Brucelaria y el Dr. Manuel Segundo Mansilla.
El día 15 del corriente mes y año se llevó adelante el juicio sobre la pena en el
cual intervinieron por la Fiscalía el Dr. Gerardo Miranda, el acusado H.
R. Herrera y sus letrados defensores, el Dr. Horacio Fabián Brucelaria y el
Dr. Manuel Segundo Mansilla.
En primer término resolvemos la cuestión preliminar que fué supeditada al
momento de dictar la presente.
Tratamiento de la cuestión preliminar
Al inicio del juicio la defensa planteó dos cuestiones preeliminares, una
vinculada al vencimiento de los plazos procesales, solicitandola nulidad de todo
lo actuado, y que fue resuelta en audiencia.
La otra cuestión se refiere a una nulidad relacionada a la violación del
principio de congruencia, señalando que existe una diferencia sustancial entre el
hecho descripto en la audiencia de formulación de cargos y aquel referido en la
audiencia de control de acusación.
Concretamente la defensa sostiene que existe una modificación en la
fecha de estos hechos, ya que en un inicio se la había establecido entre el 2011 y
2018, y en el control se estableció que fueron entre el 25 de julio de 2010 hasta
abril de 2018.
El otro cambio mencionado refiere a un agregado al final del hecho, que
señala que uno de los ataques de F. M., ocurrió entre 6 a 7 semanas
antes del 23 de marzo de 2016, a consecuencia del cual y de la penetración del
pene en la vagina de A. F. M., esta fue embarazada.
Esta cuestión fue diferida para tratar en esta sentencia.
Abordaremos su tratamiento desde un aspecto formal y otro sustancial.
Para el primero, diremos y reiteramos lo dicho al resolver la primera
cuestión preliminar, en la que se afirmó que este código de procedimientos
estableció un procedimiento dinámico, en el que rigen entre otros principios el
de oralidad, contradicción, concentración, simplificación, dando un rol
fundamental de las partes, lo que permite por ejemplo, acordar a las partes
prorrogas de plazos -art. 69/7 del C.P.P., el que puede efectuarse formal o
informalmente, en audiencia o como se hizo aquí en uno de los casos, con
correos electrónicos enviados entre las partes, rige ampliamente el principio de
lealtad procesal.
Ello está en sintonía con el régimen de la llamada actividad procesal
defectuosa, en el que se establecen distintas reglas, como el de convalidación,
que tiene que ver con la aceptación de los efectos del acto.
En relación a los plazos, dijimos en audiencia que no había discusión
hasta el día del juicio, que todos los plazos o bien fueron consensuados entre las
partes, o bien fueron consentidos.
Agregamos que también opera un instituto que es la preclusión. Y así
señalamos que el principio de progresividad como el de preclusión reconocen su
fundamento en motivos de seguridad jurídica y en la necesidad de lograr una
administración de justicia rápida, evitándose de ese modo que los procesos se
prolonguen indefinidamente, pero además obedecen al imperativo de satisfacer
el derecho que tiene toda persona a liberarse del estado de sospecha que importa
la acusación de haber cometido un delito, como también el derecho de la víctima
de tener una respuesta del sistema penal, mediante una sentencia que establezca
de una vez y para siempre su situación ante la ley penal.
Citamos allí el fallo Olivares del S.T.J. (17/4/19), que ha sido seguido en
todos los pronunciamientos en esta materia por el T.I., que entre otros conceptos
afirmó que: “En tales condiciones, permanece incólume el argumento
denegatorio del Tribunal de Impugnación referido a la extemporaneidad del
planteo y la preclusión de la etapa, ya expuesto al dar tratamiento al agravio en
la impugnación ordinaria, en razón de que "fue saneada por la propia actividad
de aquella defensa al haber consentido el trámite que hoy se cuestiona (artículo
86 del CPP.)". Entonces, superada una fase del proceso y tramitada la siguiente,
no puede luego aducirse la caducidad de la anterior, debido a su preclusión. En
este sentido, deben vincularse los Artículos 69 Inciso 1º, 86 y 87 del código
ritual pues, vencido determinado plazo, caduca la posibilidad de la parte de
formular peticiones y la eventual irregularidad queda saneada o convalidada por
la propia actividad que se desarrolla posteriormente.
También sostenemos que no es posible considerar que el cambio de
defensores, que puede implicar estrategias distintas, vuelva para atrás actos
consentidos o aprobados por anteriores defensores, el sistema sería caótico, y
bastaría con cambiar la defensa para derribar convenciones entre partes que son
las que estimula nuestro código.
 Y en ese sentido citamos el fallo 199/21 del T.I. que señaló: “….además,
esta circunstancia al no haber sido planteada por la defensa en ese momento
produce la preclusión de la etapa porque fue saneada por la propia actividad de
aquella defensa al haber consentido el trámite que hoy se cuestiona (artículo 86
del C.P.P. -doctrina de este Tribunal “Olivares 1-219”). De acuerdo a esta
corroboración la parte dejó fenecer los plazos recursivos y no puede reeditarlos
bajo el justificativo del cambio del defensor técnico”.
Estos fundamentos son aplicables a esta segunda cuestión planteada por la
defensa, a lo que debemos agregar que es la audiencia de control la última etapa
para efectuar oposiciones, objeciones, subsanaciones, o correcciones. El sistema
procesal está diseñado para que en el juicio se trate el fondo del asunto, no para
plantear nulidades vinculadas a etapas procesales anteriores, ya fenecidas. Al
respecto citamos Echevarría del T.I. (del 18/9/18), que indicó que: “Con relación
al agravio respecto de la invalidez del testimonio de la niña prestado en Cámara
Gesell, entiendo y adelanto, que el mismo no puede prosperar. En cuanto a la
validez de la entrevista, acuerdo con la Fiscalía en que la supuesta inobservancia
del protocolo de Nichd y la ausencia de grabación del comienzo de la entrevista
debió discutirse por la defensa al momento del control de acusación. Ello por
cuanto la exclusión probatoria por causa de prueba obtenida fuera del marco
reglamentario debe ser planteado, discutido y decidido en la etapa intermedia
(Artículos 162/168 CPP).”.
Por ello este código, a diferencia del anterior, indica en su Artículo 176
que ni bien iniciada la audiencia, inmediatamente se da la palabra al fiscal, no
existiendo referencia a cuestiones preliminares previas.
Es decir que desde el punto de vista del procedimiento, el planteo es
manifiestamente improcedente.
Dicho ello, abordaremos la cuestión desde un aspecto sustancial, es decir,
analizar si esta modificación que efectivamente se hizo en oportunidad de
solicitarse y tratarse el control de acusación, afecta el principio de congruencia y
así el derecho de defensa del acusado.
La acusación refiere hechos de abusos sexuales ocurridos durante el
período comprendido entre el 25 de julio de 2010 hasta abril del 2018
Incluye hechos tipificados como abuso sexual y abuso sexual con acceso
carnal, todos agravados y reiterados.
Como luego se verá al momento de analizar la materialidad de los hechos,
veremos que efectivamente a lo largo de todos estos años, de manera sistemática
y continua, el acusado abusó sexualmente de la víctima.
En nada influyó esta modificación de las fechas del hecho, visto que en
estos sucesos, como se sabe, ocurridos desde una temprana edad, y mantenidos
durante tantos años, resulta muy difícil establecer sus fechas. Si estamos a la
declaración de la víctima, son tantos que resulta imposible señalar si fueron diez,
cien o más. Solo se pudo referir un dato de anclaje, que es luego del abandono
del hogar de la madre. Así como también se estableció un momento en la vida de
la niña, que fue luego de cumplir los dieciocho años, como de finalización de los
abusos. Estos dos son los acontecimientos que marcaron los abusos. En relación
a ello, podemos destacar que la víctima señaló que estos abusos comenzaron
cuando tenía entre 11 y 12 años, de tal manera que esa fecha que se precisó del
25 de julio de 2010 debe tomarse con este criterio relativo.
Dentro de este análisis, también debemos afirmar que aquel hecho
mencionado al final de la acusación, es solo uno más de aquellos tantos que
sufrió la víctima. No modifica sustancialmente la acusación, no agrega más.
Durante el juicio escuchamos a F. hablar de estos continuos ataques, y
recordó algunos ocurridos durante una internación por cuestiones de salud en
una clínica en Colegiales, Caba, que bien pudieron haberse incluído en la
redacción del hecho. Tampoco hubiera influído en la decisión del Tribunal frente
a esta sucesión ininterrumpida de abusos reiterados durante estos siete años. En
todo caso, hasta se puede tomar este ejemplo de abuso, como una oportunidad
del acusado para enfrentar con mayores detalles la imputación. De hecho el
acusado se refirió al tema, indicando que ¿Ella se quedó embarazada, recuerda
cuándo? En esa fecha que estuvo... yo me enteré porque le hicieron parar el
embarazo por el tema de las pastillas de mierda esas que le dieron. Yo me enteré
ahí también, yo no sabía nada.
¿Quién era el padre de ese bebé? No sé, no sabría decírselo
Consideramos que este último párrafo en nada modifica la situación del
acusado. Si lo suprimiéramos, nada modificaría la decisión a adoptar en este
caso. No hay una modificación sustancial del hecho que justifique un pedido de
reformulación de cargos. No es un hecho nuevo. Es uno más de tantos. Se trata
de un dato parte del hecho que se puede incorporar en la audiencia de control de
acusación. Audiencia, en la que en todo caso, se puede discutir la misma, pero
ello, como vimos no ocurrió. Es más, las partes efectuaron una convención
probatoria en el sentido que F. cursó un embarazo en dicha fecha. Ello
también demuestra que resultaría contrario al espíritu del código replantear esta
situación frente al cambio de defensa técnica. En tren de conjeturar, el dato del
embarazo no resultaría difícil de acreditar y con buen criterio, las partes
acordaron esta convención probatoria.
Los elementos básicos que debe contener el hecho ya estan incluídos y
señalados antes de esta última mención. Se indica fecha, lugar, autoría, la acción
típica, modo de comisión, y otros detalles que cubren, incluyen, absorben, aquel
mencionado al final. La calificación legal tampoco se ve alterada o modificada
por este agregado. Tampoco lo será la pena en tanto se trata, como ya dijimos,
de un hecho mas de los muchísimos y reiterados abusos sufridos por F.
Además agregamos, que el planteo no incorpora otro elemento
fundamental, que es la mención del perjuicio concreto. (GIGLI 126 del 8/8/18)
A todo evento, es “doctrina constante, tanto para las nulidades absolutas
como para las relativas, que su declaración necesita que el vicio formal alegado
ocasione un perjuicio concreto a sus intereses e impida el ejercicio de la defensa.
En este sentido, las nulidades no pueden ser adoptadas en el solo beneficio de la
ley, pues no puede declararse una nulidad «por la nulidad misma» (ver Se.
18/04, 21/04, 82/04 y 206/06 STJRNSP, entre otros)” (STJRNS2 Se. 219/12),
citado por el TI en Gigli del 8/8/18).
En igual sentido se ha dicho que:”En cuanto a la violación del principio de
congruencia, sobre este punto la defensa tuvo respuestas en la sentencia, ellas
fueron que la Defensa “no especificó qué derecho se vio privado de ejercer a
partir de esta situación” y “que surge claramente que los hechos por los cuales se
acusa a Bunter ocurrieron, según propios dichos de la víctima y prueba conteste,
cuando ya estaba separado de su mujer y la menor lo visitaba en su domicilio”.
En nuestra audiencia, el agravio fue reiterar aquella queja y no demostrar cómo
se afectó el derecho de defensa porque antes de iniciarse el juicio sabía que la
imputación expresaba que el hecho se produjo “mientras se encontraba al
cuidado de su progenitor Miguel Ángel Bunter en el domicilio de éste, sito en
calle Arenales esquina La Esmeralda de Cipolletti”. Este marco fáctico no
escapaba al ejercicio de la defensa técnica. No se demuestra qué afectación
causó que el nombre de la calle fuera otro. Así el agravio no tiene entidad,
porque no nos demuestra ninguna falta de congruencia entre la imputación y los
hechos acreditados que se expresan en la valoración que tuvo la sentencia. El
agravio aplica contra un incumplimiento de una forma procesal cuando acredita
una arbitrariedad y debe explicarse por qué se ha causado una afectación de los
derechos de quien lo reclama, y cómo ha incidido ese vicio en el resultado del
proceso. Concretamente la defensa cuestiona el tema del domicilio del lugar de
los hechos, sin indicar cómo no pudo defenderse, de qué evidencia no pudo
valerse, y como influyo en esa cuestión. El impugnante debe “argumentar cómo
esa situación fue la generadora central de una decisión perjudicial para la
persona que representa en la impugnación” (Lorenzo, Leticia ‘La teoría
probatoria a lo largo del proceso penal’ en la Obra “El debido proceso penal”
Volumen 5. Ángela Ledesma –Directora--, Editorial Hammurabi, páginas
74/75). (Bunter, T.I., 9/3/21).
Finalmente, y como luego se podrá observar, al analizar la materialidad de
los hechos, insisto, todos en la modalidad de reiteración, veremos que esta
inclusión cuestionada por la defensa, no ha tenido ninguna repercusión
importante que permita sostener que ha afectado el principio de congruencia y
así el derecho de defensa de M.

Por ello rechazamos la cuestión preliminar planteada por la defensa.

Juicio de responsabilidad:

Alegatos de apertura a cargo del Fiscal Gerardo Miranda:
La Fiscalía acusa a F. I. M. por los delitos de abuso sexual simple
reiterado agravado por la guarda y contra una menor de edad, aprovechando la
convivencia preexistente, y abuso sexual con acceso carnal doblemente
agravado, de conformidad con los Artículos 45, 55 y 119 1° y 3° Párrafo Incisos
b) y f) del Código Penal.
Concretamente, se le atribuye a M., el haber ejercido violencia
sexual contra A. F. M., a quien el señor tenía bajo su guarda toda
vez que era pareja de la madre, no siendo su padre biológico sino su padrastro.
M. convivía con la niña, que hoy tiene 25 años de edad, en el domicilio sito
en xxxx, donde ocurrieron los hechos, desde que la niña tenía 11
años hasta que cumplió 18. La edad es importante porque ella cumplió los 11
años el 25 de Julio de 2010 y por eso se suscitó la controversia de los hechos.
La niña puede situar los hechos desde que tenía 11 años, y esto es importante
porque ella consideró que cuando cumplió 18, eso es lo que la habilitaba para
huir de la casa, y eso es lo que permite ubicar los hechos en esa franja de 7 años.
Fueron hechos crónicos, reiterados, sistemáticos, abusos sexuales con acceso
que merecen un juicio más rápido que al que se ha llegado.
Concretamente, en una cantidad numerosa de oportunidades, que no se
puede determinar numéricamente, M. comenzó a tocar a F. en las
partes íntimas y luego desde el 2011 en adelante y cuando la madre se fue de la
casa y la dejó al cuidado de M., empezaron los ataques sexuales con acceso
carnal cuando A. tenía 12 años. Se le metía en la cama a la niña y le
introducía el pene en la vagina contra la voluntad, en una cantidad de ocasiones
indeterminado, justamente hasta el año 2018. Si bien al principio era mucho más
reiterado y asiduo, y a medida que la niña empezó a crecer fueron más
espaciados, lo cierto es que nunca dejaron de suceder durante todos esos años.En
alguno de estos ataques la amenazaba, o que iba a amenazar a su hermano
N. M., hijo biológico del imputado, y de esta manera atacaba a la niña
sin que ella se defendiera.
Para poder sostener estos hechos aberrantes, escucharán a la madre de la
niña, S. P., quien conoció a M. cuando F. era muy chiquita.
También a F. M., que es la víctima de estos ataques, que hoy tiene
25 años, y cuando adquirió la mayoría se edad se escapó de la casa y se fue a
vivir con su madre a Bolsón, y después de un incidente decide poner en
conocimiento de sus seres queridos lo sucedido y denunciar estos hechos que
sufrió. Se convocará además a una de sus amigas, S. V., testigo de
contexto que explicará como veía la situación entre F. y su padrastro y lo
que ocurrió luego del develamiento. Al psicólogo Enzo Torriani del Hospital,
quien hizo el protocolo, y al psicólogo forense Alfredo Fernícola.
Adelantó que hay dos convenciones probatorias: una es que F.
M. nació el xxxx y la otra en relación a que cursó un embarazo de 6 a 7
semanas de gestación el día 23/03/16.
En cuanto a la teoría del caso de la Defensa, consideramos que van a tratar
de atacar la consistencia de la declaración de F., a quien hoy podrán
escuchar y ver, para tomar su decisión. No hay otros elementos u otras
cuestiones que haya introducido la Defensa acerca de su teoría, más que tratar de
dilatar el proceso indefinidamente.
F. es una niña que vivió una pesadilla pero que hoy está dispuesta
a declarar, que tuvo dos tentativas de suicidio producto de los abusos sufridos
por M. -uno hace poco tiempo-, y hoy está dispuesta a que la escuchen
finalmente después de tantos años. Solicitamos que resuelvan el caso con
perspectiva de género y de infancias, y estamos convencidos de que se podrá
afirmar que los hechos sucedieron tal cual se ha manifestado y que se podrá
probar la autoría y materialidad por parte del Sr. M.
(A pedido del Tribunal, relata el hecho completo tal cual se ha descripto
en el control de acusación): “El hecho que se le atribuye es el haber ejercido
violencia sexual contra A. F. M., a quien tenía a su guarda por
ser la pareja de la madre quien se ausentaba periódicamente y con quien
convivía en el domicilio ubicado en xxxx de esta ciudad, durante el
período comprendido entre el 25 de julio de 2010 hasta abril del 2018.
Concretamente, en una cantidad no determinada de oportunidades comenzó
cuando ella tenía once años, a partir del 25 de julio de 2010, con tocamientos
con sus manos en sus partes íntimas, a pesar de que la niña le decía que no lo
hiciera. También le hacía que ella lo tocara en el pene. Luego, durante el año
2011, luego del mes de julio cuando A. F. ya tenía doce años de
edad, continuó los ataques con acceso carnal, introduciéndole el pene en la
vagina contra su voluntad en un número no determinado de ocasiones durante
todos esos años, hasta que en abril del 2018, A F. logró retirarse del
domicilio. Durante alguno de estos ataques, le expresaba en tono amenazante
"si hablas le voy a hacer algo a tu hermano...vos no sos mi hija, vas a ser mi
mujer..." provocándole temor. También desplegó violencia física contra ella
para cometerlos, golpeándola con el puño en diferentes partes del cuerpo. En
una oportunidad la golpeó con un rebenque en las piernas. Uno de los ataques
de F. M., ocurrió entre 6 a 7 semanas antes del 23 de marzo de 2016, a
consecuencia del cual y de la penetración del pene en la vagina de A.
F. M., esta fue embarazada.”
La línea de la defensa a cargo del Dr. Horacio Fabián Brucelaria:
De no haber sido por la aclaración en cuanto al hecho, hubieramos
quedado nuevamente en una nebulosa en los términos concreto de la acusación.
Se hace difícil para una Defensa poder trabajar sobre algo que no está
determinado, ni siquiera por el propio Ministerio Público Fiscal: Desconocemos
cual es la cuestión interna del Ministerio Público Fiscal, y por qué llevó adelante
este caso de esta manera en que se describió de forma preliminar.
Sin perjuicio de ello, la Defensa va a apuntar en demostrar que el Sr. F.
M. no es la persona que acaba de describir la Fiscalía, vamos a apuntar a
demostrar que M. conformó una familia con la Sra. S., quien los
abandonó cuando sus hijos tenían 8 años (N.) y 10 años (F.) de
edad. Y el motivo del abandono, la Fiscalía ni siquiera lo quiere escuchar; los
abandonó porque prefirió dedicarse a disfrutar de su vida en un estado de
libertad, sin ataduras a una familia, y eso la llevó a abandonar a sus hijos. Esta
es la testigo que la Fiscalía trae en este momento para decir que la acompañó a
F. a partir de los 18 años: quien la abandonó. No escuché a la Fiscalía
que la cuestionara en este abandono, lo cual es un dato sumamente importante.
Por otro lado, tampoco se escuchó a la Fiscalía hacer referencia sobre quién se
encargó de estas criaturas al momento del abandono materno. Fue el Sr. F.
quien los inscribió a la escuela, los llevó al hospital, les dio de comer, los
atendió, todo dentro de sus posibilidades y de su humildad. F. es un hombre
de campo, como se puede apreciar, y dirá de su propia voz a qué se dedicó toda
su vida, cómo la conoció a S., los avatares de esa relación, y por qué se vino
a Bariloche desde el campo.
Por último, la Defensa también va a apuntar -y creemos que la Fiscalía lo
debió haber introducido-, que luego de ocurridos estos hechos de acuerdo a la
teoría de la Fiscalía, en el 2018, F. vuelve a convivir a la casa de su
padre, con su pareja B. y con su hija U. Entonces, la Defensa se plantea,
ante semejante cuadro de abusos de los 12 a los 18, la hija del Sr. M.
¿Hubiese preferido venir a vivir con el, cuando tenía todo el contexto de
contención que le brindó la madre que estaba en Bolsón, o su abuela con quien
también convivió allí?. Esto surge de la declaración preliminar de F. y
son datos de contexto que hacían al deber de objetividad de la Fiscalía.
A esto va a apuntar la Defensa, por intermedio del testigo presencial que
convivía con ellos, que es N. M.: a que realmente cuente cómo era la
convivencia dentro del hogar, cómo estaba conformada la familia, cuáles fueron
las vivencias que tuvieron a partir del abandono, cómo se comportó el Sr.
M. para con los dos, si alguna vez advirtió alguna situación de abuso
-porque la vivienda donde estaban era imposible que alguien no pueda darse
cuenta de una situación de abuso que está sucediendo cama de por medio-. Y
aquí es donde está la preocupación de la Fiscalía que quiere traer al Ingeniero
B. para que nos diga que N. es un testigo hostil en función de unos
mensajes de texto enviados a F. No hay ninguna hostilidad, N. va a
traer la verdad de lo sucedido dentro del hogar, y es el testigo que la Fiscalía
tendría que haber priorizado y no descartarlo, porque esto hace al deber de
objetividad. Sino estaríamos convirtiendo a la Fiscalía en un órgano subjetivo
que toma partido para una sola parte.
Vendrán también los testigos de contexto, que son O. M. y A.
V., que estuvieron en todo momento con M. y vivieron periódicamente
en el barrio. Y por último, cuando toque la oportunidad de la declaración del
psicólogo Fernícola, también se le va a preguntar cómo llegó a las conclusiones
de los informes periciales, ya que en su conclusión habla de que la supuesta
víctima está atravesando un trastorno postraumático producido por una situación
de violencia. Pero cuando comienza la entrevista, el mismo dice que lo hace por
video llamada de Zoom que es defectuosa, y que se basa en informes
preliminares que obran en el legajo de la Fiscalía, entrevistas, para hacer sus
informes. Obra un pedido de la Defensa oficial que tuvo que hacerle al Sr. Juez
de control para que por favor la Fiscalía le ponga a disposición las entrevistas, y
resulta que no hay entrevistas. Las entrevistas que hay, son de la Sra. S. y de
F., no hay otras entrevistas. Entonces, lo que tuvo Fernícola al alcance
para hacer su informe es exclusivamente la declaración de la victima: no tuvo en
cuenta otras cosas.
Declaración del imputado
Esto es horroroso, después de todo lo que sufrí para criar a mis hijos.
Porque sufrí mucho para criar a mis hijos, no fue fácil llegar a que F.
crezca y N. a la par mío, tuve que hace mucho esfuerzo. Soy educado por
buenos padres, que me enseñaron a salir de una y otra manera, trabajando y
demostrando la persona que yo soy, y es lo mismo que quiero hacer acá.
Demostrarles la persona que yo soy, que no es lo que el Fiscal dice. Yo siempre
estuve. Y si pedí en esta última audiencia poder nombrar abogados defensores
como los que tengo hoy, fue porque jamás me defendieron. Jamás me
preguntaron si estuve de acuerdo. Solo me llegaron notificaciones sobre lo que
iba a pasar, pero nunca tuve una audiencia, nunca pude declarar. Es la primera
vez que estoy adelante del Fiscal.
A S. la conocí en el Bolsón en una jinetada, en el ámbito donde
siempre anduve, ámbito de campo. Cuando la conocí, tenía la bebe, F. Y
era de familia humilde igual que yo. Yo estaba trabajando en una institución de
investigación de agricultura orgánica, estudié y estuve trabajando. A ella la
ayudé un montón, estuvimos como dos años estando de novios, y saltó en un
momento que me salía trabajo sobre esto para irme a Puerto Deseado. Entonces
yo le avisé que me iba, y ahí ella me dijo que estaba embarazada de N.
Entonces rechacé el trabajo y le dije que me iba a quedar para hacerme cargo de
mi hijo, y a la vez le pedí a ella que me dejara hacerme cargo de F. y
ponerle el apellido. Por el solo hecho que mi hija también tenga los mismos
beneficios que tenía N. Así que me la aceptaron, y entonces desde ya que
estoy en contra de todo lo que dicen porque es mi hija. La quiero con el alma a
esa piba. Y después de todo eso, yo laburé en las chacras, siempre lo mío fue el
tema de los caballos, hacer artesanías de cuero, fue lo que me mantuvo. Mis
hijitos sabían andar a la par mío, S. aprendió también, me ayudaba a hacer
cosas, estábamos bien, eramos una familia bastante bien. La satisfacción mía
mas grande era poder llevarlos los fines de semana a la plaza xxxx y comer
sanguchitos de miga con mi familia, eran los lujos que me daba. Y andar con
ellos todo el tiempo.
Yo conviví con ellos en la casa de su mamá, en una cabaña atrás. Y
después nos retiramos cuando nació N. para tener nuestro propio lugar.
Ellos siempre estuvieron enojados conmigo, la familia de ellos. En una
temporada, yo conocí a los hermanos de S., D. y O. P. Conocí a
un primo, C. T. En ese tiempo, en una pelea a C. lo mataron, y
yo fui quien lo levanté, y fui al primero que lo acusaron. Me tuvieron preso un
mes hasta que buscaron las pruebas y todo y me largaron. Y ninguno fue capaz
de decir que yo no había sido aunque lo sabían, no fueron capaces de
defenderme. En este trajín, como yo no podía ver a nadie, uno de mis hermanos
fue a buscar a S., por los chicos. Los trajo para el campo donde vivían papá y
mamá, ahí vino S. con los chicos. Como al mes me largaron por falta de
mérito y salí a buscar a mi familia de nuevo. Me estaba esperando mamá, y nos
fuimos para xxxx. De ahí salí desesperado a buscar trabajo porque siempre
fue mi orgullo el hacerme cargo de mi familia. Y en ese trajín, S. se metió
con uno de mis hermanos, y ahí empezó todo el quilombo nuestro. Y me entregó
los hijos en xxxx, yo fui a la Jueza en Pilcaniyeu. Siempre me hice cargo
de mis hijos, después llegamos a un arreglo que nos volvimos a juntar, y fue la
lucha mía para mantener mi familia, de poder aceptar que un hermano mío me
haga esto. De ahí seguí, estuve trabajando en el campo, F. era una nena
que cuando bañaban a N. en un fuentón ella ayudaba. F. se vestía
igual que yo, se copiaba hacía lo mismo. Después nos vinimos para el pueblo,
porque F. tenía un quiste en los pulmones. Yo tuve que dejar de trabajar
porque le encargado no me aceptó poder venir acompañar a mi mujer, N.
era chiquito entonces no podía quedar solo. Entonces me despidieron, y me vine
a trabajar. Le compré una casilla cuadrada a un hermano de O. M., la
división fue con un mueble grande. Y teníamos la cama de dos plazas y la cama
de los chicos, en ese lugar viví yo.
Pasó el tiempo, y S. cuando llegamos acá empezó a hacerse sus
amigas y se quiso ir de la casa, y se fue. Un día salí a andar a caballo con
N. y cuando llegué a la tarde la encontré a F. sola, S. no estaba,
se había ido. La llamé por teléfono, la estuve buscando, y nada, se fue a hacer su
vida. Y de ahí me empezó a mentir diciendo que se había ido a Mallín Ahogado,
que estaba en el Foyel pero estaba acá nomas en el Frutillar. Un día apareció
diciendo que quería ver a los chicos, yo pedí la tenencia de mis hijos y me la
dieron. Pero ocurrió de que cuando yo quedé solo con los chicos, yo
anteriormente había conocido un capataz de una obra y fui a poner la cara a
hablar con el, a pedirle trabajo. Yo no tenía gran experiencia en albañilería pero
le expliqué que necesitaba el trabajo, pero que tenía que atender a mis hijos,
llevarlos a la escuela, hacerles las comidas. A mis hijos jamás les faltó nada,
cuando se fue su mamá yo le dije a mis hijos que iba a dejar de tomar porque
quería vivir bien con sus hijos. Porque siempre tocaba la guitarra, tomaba una
cerveza con mis amigos, siempre anduve rodeado de gente, muchos me conocen
acá en Bariloche. Entonces disfruté a mis hijos como ninguno. Me los traía a la
calesita donde está Carrefour, los traía a comer helado, jamás le faltó nada. Les
enseñé todo, los llevaba a los controles, a la escuela.
 Y así pasó el tiempo, y S. no volvió más. El último encontronazo fue
un día que me quisieron acuchillar con una amiga de ella, y uno de los novios
que tenía ella lo corrió a N., y lo único que pude hacer era agarrarlo a
piedrazos, y eso también lo vio F. Y ellos me denunciaron a mi cuando
venía caminando con mi hijo para casa. Esa fue la última vez que la vi a S., y
la ultima vez que ella los vio a los chicos. Yo la seguí peleando, seguí luchando.
Hablé con mi hermana porque ya se venía la época en que mi hija le venía el
período, así que mi hermana me ayudó un poco en ese sentido. Porque ellos eran
mis compañeros, los que me sacaban a mi a flote, me ayudaban en todo.
Después cuando F. creció, tenía como 15 o 16 años, un día empezó
a escupir sangre. Yo en ese tiempo trabajaba en el centro Atómico, en la parte de
parquización. Y la empecé a llevar al médico a F. porque escupía sangre y no
sabíamos que era. Y los médicos dijeron que era por el tema del quiste hidatídico
que le habían sacado a los 8 años y la medicaron para eso. Nos trasladaron a
Colegiales en un avión, estuve en Buenos Aires con F., me acompañó mi
hermana. En ese momento yo estaba haciendo una casita de material y la vendí,
vendí caballos, todo para llevar a mi hija, y la llevé. Y de allá volvió con eso
mismo de que era un quiste, que le estaba volviendo a los pulmones y largaba
sangre. Y en ese trajín nos enteramos que F. estaba embarazada, porque
le pararon con las pastillas esas. F. sufre de bronquiectasia, me lo
explicaron a mi pero en ese trajín le cortaron el embarazo. No fue culpa mía, los
chicos tenían libertad para andar, ir y venir. En ese tiempo F. se
manejaba sola, se iba con sus compañeras para las otras casas. Ahí fue cuando le
cortaron el embarazo que dicen que fue culpa mía, y acá descubrieron que era la
bronquiectasia, entonces la medicaron y automáticamente pudo mejorar y
pudimos seguir. F. andaba a caballo a la par mía, con N., ellos
siempre me ayudaban. Me vio mucha gente andar con mis hijos.
Yo siempre quise superarme cada vez un poco más, fui al campo a trabajar
de capataz. Después que paso todo de la enfermedad de F., yo me iba con
N. para Gallegos, el tenía 16 años. Me salió trabajo en el Roble, en Río
Grande, nos íbamos a trabajar para allá. Habíamos arreglado con su pareja y con
ella, que yo me iba para allá y que ellos venían conmigo a trabajar o buscar
nuevas posibilidades. Yo siempre los banqué desde acá, les mandaba carne,
plata, pañales para su hijita. Me trajo su hija. ¿Cómo puede ser que me acusen
de semejante cosa, cuando me trajo su propia hija a mis manos pidiendo que
desfile con ella?. Yo la uso de fondo de pantalla (exhibe celular con foto del
desfile). Yo desfilé con mi nieta. Yo si hubiese sido ese hijo de la gran siete que
dicen, ella no me hubiera traído a mi nieta. Y la seguí peleando, y me fui.
Tuve el problema de que a N. no lo pude hacer pasar de Río
Gallegos a Tierra del Fuego por la renovación de documento. Nos íbamos allá
para que después pudiera ir F. con B. y la bebe. Pero no lo pude pasar
a N., así que se tuvo que volver para acá. Acá tuvo un percance con la
policía, yo ya no estaba, le estallaron un ojo, después yo estuve acá en el juicio
al policía. Y me tuve que venir. Hacía tres meses que yo estaba trabajando allá
haciéndome cargo de la estancia, y me vine a hacer cargo acá de vuelta. Y vino
conmigo F., ella fue la que me avisó, y anduvo a la par mío todo el
tiempo, anduvimos por todos lados. Estuve con la APDH, la Fiscalía, la SENAF
¿Y nadie se dio cuenta de nada?. Eso no fue nada. Desfilé con mi nietita. La
llevé hasta la misma casa de su abuela en Bolsón con su pareja, la vi a S., la
fui a saludar cuando estaba con su otra pareja, pero de eso no dicen nada, de eso
no se acuerdan.
Y en octubre cuando se solucionó más o menos lo de N. y quedó
encaminado, yo acá andaba dando vueltas como bola sin manija. A mi el
intendente Genusso, la gente de los DDHH, me ayudaron en ese momento, me
ofrecieron unos planes, me guiaron para hacer las cosas. Tenía incluso inscrita
en los planes a F. para que cobre unos pesos ahí y esa plata yo se la
mandaba a ella a Bolsón, le compraba pañales, le mandaba carne. Siempre fui el
que me hice cargo, el único que estuve. Una sola noche cuando yo la tenía
internada a F., vino S. P. a cuidarla.
Después de esto, yo estaba en Estancia xxxx, y me enteré que
F. había publicado por Facebook que yo era lo peor, lo que dicen. Y
después de ahí empezó todo el calvario, porque después me llegaban las
notificaciones, pero jamás tuve un abogado como los que tengo ahora. Me
nombraron como 5 defensores oficiales, pero jamás ninguno se ocupó de
decirme como era las cosas. Yo siempre estuve, y vine a las audiencias. Pero
nunca me sentí defendido. Y si el fiscal dice que yo soy el que lo alargo, no es
así, yo soy el que más rápido quiere que termine esto. La persona mala
supuestamente soy yo, pero sin embargo soy la persona que a su victima la sacó
adelante yo, y estoy orgulloso de eso, porque más allá de toda la mierda que me
tiren a mi, yo los quiero.
Yo me venía a trabajar más cerca ahora, y de ahí me salió trabajo en
Chubut, ni estaba enterado que me iban a citar ni nada por el estilo. Me venía a
trabajar acá para estar más cerca de mi hijo, para ayudarlo. Y ahí fue cuando la
Dra. Araya me dijo que tenía que venir y estar acá. Tuve que dejar mi trabajo por
venir a presentarme acá, y desde ese momento estoy acá. Yo lo único que quiero
es sentirme defendido, nada más. Y esa es mi verdad.
Preguntas de la Defensa
¿Ud. Alguna vez abusó de su hija F.? No. Nunca.
¿Alguna vez lo conoció al Dr. Ciciarello? No, no lo conozco. Sé que es parte de
acá de los Tribunales, pero no lo conozco.
¿Alguna vez le firmó algo al Dr. Ciciarello? No, nunca firme nada.
¿Alguna vez Ciciarello le informó que iba a pedir alguna prórroga de algún
plazo dentro de esta causa? Nunca.
¿Alguna vez a Ud. le dijeron que podía declarar para defenderse en esta causa?
Tampoco, nunca tuve contacto con los defensores ni con la Fiscalía. Solamente
por las notificaciones que me llegaban.
¿Cómo era la casita del B° xxxx? Era una casilla cuadrada, de 6x5 m,
muy chiquita, precaria. Después yo le fui agregando unos pedacitos más para
ampliarla, pero cuando la compré era así. Estaba dividida por un mueble que yo
compré. Hicimos un bañito instalado para tener la privacidad y por lo menos
bañarse.
¿Cómo era la vida de F.? Tenía amigas, iba a la escuela. Era una chica
normal como cualquier chico. Hice el esfuerzo para que sea como si hubiera
sido criada por su mamá y su papá. Hacía todo lo que tenía que hacer, siempre
fue así. Tuvo sus berrinches como todo pibe, se me escapó de la escuela. Andaba
fumando. Pero yo calculo que son cosas de todo pibe.
¿Le conoció algún novio o pareja? Vivíamos tan juntos con distintos chicos que
no sé decir si tenía novio. Pero obvio que si, uno lo notaba. Pero estaba en toda
su libertad. Uno lo notaba porque siempre tuvieron celular, todas esas cosas.
¿Su casa era frecuentada por los amigos de F.? Si. Los amigos que yo
conozco, por ejemplo la familia V. Son amigos en le sentido que A. V.
iba a aprender a hacer artesanías conmigo, también estaban los hijos de O.
M. que se juntaban a compartir. Y después ellos estuvieron en muchos
momentos solitos igual, donde ellos se manejaban solos en la casa.
Sinceramente me saco el sombrero con F. porque aprendió a defenderse
en la vida.
¿Sabe de algún episodio de suicido? Nunca. Todo lo contrario. Tengo
conversaciones de gente allegada, cuando estaba yo en el sur me llamó más de
una vez alguna de las chicas para decirme “che M., atajá a tu hija me que
me está sacando el marido”. Yo veía los estados del WhatsApp, andaban de joda
en joda, todos juntos. Jamás me imaginaría que se quiera colgar porque sino
sería como contradecirse.

Preguntas de la Fiscalía

¿Cuál es el domicilio de la vivienda del xxxx? Es la misma dirección
de siempre, xxxx.
¿Conoce a S. V.? Si, es amiga de F., con su hermano A. V., la
gringa V., son todos amigos de F. que iban siempre. S. V. empezó a
tocar la guitarra ahí en la casa.
¿Conoce al resto de la familia de S.? Si. Su hermana la conozco por “la
gringa” V., es mayor que S.
¿Habló alguna vez con ella? No nunca, porque las conversaciones de la casa
nomas, estaban con F.
¿Nunca le dijo un piropo? No.
¿S. se fue de la casa y lo dejó solo? Si. Me abandonó.
¿Sabe por qué se fue? La verdad, que no. Cuando llegamos a casa estaba
F. sola. Y después yo la traté de buscar por todos lados y no me dieron
lugar.
¿Alguna vez discutieron? Si. Discusiones si tuvimos pero yo me comí los mocos
de cuando ella me hizo esto con mi hermano. Siempre hice el esfuerzo para
mantener mi familia.
¿Nunca la tocó a S. con golpes? Una sola vez le pegue una cachetada allá en
xxxx, porque fue cuando se metió mi hermano, fue la única y última vez
que la toqué a ella.
¿Y a F. y N. les pegó cuando era chico? La regañación que uno
hace. Mi papá no me regañaba a mi, mi papá me re contra cagaba a rebencazos,
yo no, yo le puse límites pero nunca les pegué.
¿F. viajó a Buenos Aires por un problema de salud? Si, conmigo y su tía,
estuvimos en Colegiales.
¿Cuánto tiempo estuvieron allá? Cerca de un mes. No me acuerdo la fecha
exacta. F. debe haber tenido 15 o 16 años. Estuvo internada, en el sanatorio
donde estábamos, estábamos divididos con unas sábanas.
¿Y por qué me aclara eso? Justamente... para que sepa que estuve con mi
hermana y con ella ahí.
¿Me está queriendo decir que nunca se quedó solo con F. ahí? Claro.
¿Y por qué me lo aclara si no se lo pregunté? Para que sepa.
¿Ud. escuchó alguna declaración antes de venir acá? Escuché la declaración que
hace Ud. de lo que me quieren imponer de que yo la había tocado a F.
Eso me hicieron escuchar.
¿Qué fue lo que escuchó? Lo que dice Ud. que yo la toque a F.
¿No escuchó la declaración de F.? No. No la he escuchado.
¿Cual es la relación entre N. y F.? La relación de hermanos. Para mi
siempre fue buena. Se criaron juntos.
¿Ha estado en contacto con N. últimamente? Todo el tiempo. Siempre.
Desde que me fui.
¿Mientras Ud. estaba con sus hijos solo cuando se fue S., Ud. tomó alcohol
frente a ellos? Y como dije, yo tocaba la guitarra y nos juntábamos con amigos,
sabían estar los chicos, y si me tomaba una cerveza. Sabían estar los chicos
mismos, S.
¿Alguna vez se alcoholizó con los chicos allí? No, siempre traté de mantenerme.
De hecho dejé de tomar esas cervezas cuando me quedé solo con mis hijos para
poder sacarlos adelante.
¿Usted tiene o tenía rebenques en su casa en esa época? Si, porque siempre fue
mi trabajo. El rebenque, el recavo, el lazo, las riendas, es mi trabajo.
Ud. se entera de que F. publicó algo en Facebook, ¿Que fue? Lo mismo
que está diciendo Ud. Ni siquiera lo pude leer del Facebook, a mi me dijo
N. lo que estaban diciendo. Era algo de que yo la había violado y esas
cosas. “Se van a enterar quien es M.”, esas cosas así.
¿Y Ud que hizo cuando se enteró de eso? Nada. Yo siempre busqué pensar que si
las cosas son así, que hagan una denuncia.
¿No la llamó a F. para preguntarle nada? No, no la llamé porque no me
respondieron más.
¿Cuando le preguntó el defensor sobre la situación de suicidio, por qué dijo
jamas imaginé que se quisiera “colgar”? Para mi es una situación de suicidio.
Me imagino que pudo ser así.
¿Por qué se lo imagina así? No sé.
¿La escucho a F. decir eso? No.
¿Dijo que F. andaba “de joda en joda” porque la seguía por WhatsApp?
Si pero no el WhatsApp de ella, a través del celular de mi sobrino que ponía
estados.
¿Quién lo llamo para decirle que su hija le estaba robando el marido y cuando
fue? No le puedo decir fecha exacta. Pero era la mujer de un chico que toca el
acordeón que no me acuerdo el nombre, porque yo no estaba acá. Creo que vive
en Villa la Angostura. Yo estaba en el Sur, debe haber sido hace dos años.
¿Cómo la describe a F. Ud.? F. es una chica muy buena.
¿Considera que miente? Y por todo lo que está planteando... No entiendo cómo
puede ser que yo soy el más malo del mundo cuando yo fui el que estuve
siempre. Cómo puede traerme la bebe a mis brazos.
¿Qué fue lo que cambio? La formalidad en el sentido de que era otra persona,
que se manejaba totalmente distinto. Cuando desfilamos me pidió que desfile la
bebe yo le decía que desfile ella. Cambió su personalidad, porque cuando estaba
conmigo ella era la primera que quería desfilar, andar de a caballo. Y cuando
volvió, estaba más grande, estaba con su pareja, y yo le pedí y no quiso desfilar,
me pidió que desfile yo.
¿Ella se quedó embarazada, recuerda cuándo? En esa fecha que estuvo... yo me
enteré porque le hicieron parar el embarazo por el tema de las pastillas de
mierda esas que le dieron. Yo me enteré ahí también, yo no sabía nada.
¿Quien era el padre de ese bebe? No sé, no sabría decírselo.

Etapa de prueba y testimoniales recibidas:

Enzo Paolo Torriani

Es psicólogo recibido en el año 2014. Trabajó como personal de planta
transitoria del servicio de salud mental en el Bolsón. De junio de 2017 a octubre
del 2021 también trabaje en el Bolsón en una residencia.
¿Qué es o cómo funciona el protocolo de abuso? Es como una guía para
una entrevista que se arma en el hospital entre el servicio de salud mental y
servicio social y también el de ginecología. Es una guía que estructura la
entrevista para esas situaciones con el objetivo de no dejar ningún detalle por
fuera. Se establece una serie de preguntas que no pueden faltar, y se deja un
espacio para el relato de la persona que denuncia. El procedimiento que se hace
es que, después que la persona denuncia por lo general la derivan al hospital
para armar el protocolo. Depende si la situación es aguda, si fue en el momento
o unos días antes, se hace también la revisación ginecológica. En este caso que
nos convoca no fue necesario porque fue una situación más bien crónica, se
denunciaban situaciones que habían pasado en el tiempo. En esas situaciones las
orientan a las personas denunciantes a ir al hospital a hacer el protocolo, la
recibe la guardia general activa y ahí nos convocan a la guardia de salud mental
y servicio social que somos de guarda pasiva. No estamos todo el tiempo sino
que nos llaman cuando nos necesitan. Por lo general es una entrevista entre un
trabajador social y un psicólogo o psiquiatra en conjunto.
¿Sabe por qué lo convocaron? Por un protocolo de julio del 2020. La
denunciante es F. M., que en ese momento tenía 20 años si no me
equivoco, contra el padrastro, el Sr. F. M. Nos convocaron como
guardia pasiva de servicio social, la Lic. Dolores Caride y yo que estaba de
guardia de salud mental ese día. La entrevistamos a F. que estaba
acompañada de su suegra, I. V., y ahí ella relata situaciones de abuso
sexual, violación y violencia física y psicológica de parte de su padrastro. Ella lo
sitúa entre los 11 y los 18 años aproximadamente. Ella relata que a los 11 años,
su madre se retira del domicilio por sufrir violencia de género de parte de F.,
y en ese momento que ella queda al cuidado junto con su hermano de F.,
comienzan situaciones de abuso “toqueteos” que luego se profundizan y resultan
en violaciones o abuso con acceso carnal, amenazas para que no lo cuente,
coerciones, amenazas con hacerle daño a su hermano. Y además, situaciones
muy crudas de violencia física con rebenques y demás. Ya más en la
adolescencia, cerca de los 18 años, ella habla con su madre con la cual no tenía
mucho vínculo y ella le recomienda denunciar. La denuncia la hizo en Bolsón
con la cual fue a vivir, porque a los 18 años logra escaparse de la casa donde
sufría esas situaciones y la aloja su abuela por eso el protocolo se realizó ahí. Y
quien la acompaño en ese momento de la entrevista fue I. V., y afuera
se quedó su pareja B. R., quienes también la estaban acompañando en la
situación.
¿Le dijo dónde sucedieron los hechos? Refiere que fue en Bariloche,
donde vivían inicialmente.
¿Luego del protocolo hubo más intervenciones? No. No hubo otras
intervenciones que consten en la historia clínica. Después del protocolo es la
ultima intervención que hay. Lo que se hace en esas situaciones es quedar a
disposición entendiendo que es una situación difícil que implica mucha angustia.
Se ofrece un acompañamiento psico terapéutico. En este caso no se volvió a
consultar, no hubo un seguimiento de la situación, fue solamente esta
intervención puntual del protocolo.

Preguntas de la Defensa

¿Todo se lo contó F.? Es lo que registramos en el protocolo sobre
lo que ella comentó en esa entrevista.
¿Le contó F. si tenía algún hijo? Si. Un hijo, no recuerdo el
nombre, pero sí lo relató.
 ¿Sabe cuál era la edad de ese hijo? Al momento de la entrevista no, no sé,
creo que no lo nombró. Nombró que tenía un hijo chiquito.
¿Le contó que podría ser de su presunto abusador? No dio detalles.
¿Su mamá fue quien le dijo que hiciera la denuncia? Si
¿Le contó F. cual era la relación con su hermano? No dio detalles.
Mencionó que tenía un hermano, que era uno de los elementos con los que la
amenazaban para que no cuente la situación. Pero es la única información que
brindó sobre el vínculo con los hermanos.
¿Recuerda a qué personas le dijo F. que le había contado el
suceso? Si. A su suegra, a su pareja de ese momento B. R. e I. V.
que la acompañaron al momento de la entrevista.
En esa entrevista, no estaba presente su mamá? Al momento de la
entrevista no.

S. C. V. – DNI xxxx

Tengo una amistad de años con F. Nos conocemos hace 8 o 10
años, nos conocimos en una fiesta en el campo de mi abuela en xxxx y
formamos un lazo de amistad muy fuerte. Yo tendría entre 13 y 14 años y ella
tenía 17. Porque ese mismo año festejamos nuestro cumpleaños juntas que ella
cumplió 18 y yo 15.
¿Conoces como esta constituida su familia? Si tiene su mamá, su hija,
también formaba parte F. y N. que es el hermano.
Cuando la conocí vivia allá abajo en la xxxx, cerca del río. Ellos vivían
primero adelante pero cuando nosotros empezamos a ir se habían pasado a la
parte de atrás. Cuando la conocí ya vivía atrás, pero nos había contado que antes
vivía adelante.
Entraste alguna vez? A la de atrás. A la de adelante no. Era una casita humilde,
no sé los metros pero era una casita chiquita. Y donde ella vivía, era un espacio
chiquito para entrar, tenía una sola habitación. Estaba la cocina, había una
puertita y pasabas como si fuera una L para las piezas. La habitación tenía
camas, creo que eran dos o tres camas. EN ese momento F. vivía con F. y N.
Te acordas que edad? N. tiene la edad mía, debe tener 22 o 21, es más
chico que ella.
Ella fue a tu casa conoció a tu familia? SI, también
Como es tu familia? Mi papa A., mi mamá B., mis hermanos A. L. y
M. La edad de L. es 23 años, le dicen la xxxx.
Alcanzaste a conocer el contexto familiar de F. y la relación con
M.? No es el padre biológico, es el padre de crianza la tuvo desde chiquita.
Su mamá no estaba ahí.
Como era el trato de M. con F.? Por lo que veíamos nosotros F.
siempre trataba de escaparse de su casa, siempre trataba de poner excusa para
venir a mi casa, no la dejaban salir mucho siempre tenía que estar pidiendo
permiso y llegar a ciertos horarios. La notábamos como una persona muy celosa
con F. no la dejaba tener novio, un tiempo también compartían un teléfono.
Usaban el mismo teléfono y ahí cortamos un poco de comunicación. Y esa era la
base de la relación de ellos.
Alguna vez viste o viviste alguna situación violenta? Nunca vi algo concreto.
Alguna vez te contó algo F.? Nunca nos contó casi nada pero sabíamos que
algo pasaba, pero como eramos chicas lo dejábamos ahí sin preguntar, sin sacar
la charla, sino acompañando desde el lugar de amiga.
Y por que sabias que algo pasaba? Por algunas situaciones que nosotras
notábamos. Una vez llegamos a la casa de F. y ella estaba llorando, estaban
F. y N. y ella estaba llorando cosiendo un pantalón. Queríamos ir al
centro y ella no nos contestaba los mensajes entonces la fuimos a ver y la
encontramos cosiendo un pantalón llorando. Ahí la dejaron irse con nosotras y
ahí nos dijo que la habían tratado mal que todo el tiempo la mandaba,
psicológicamente la trataba muy mal. Era como si fuera una relación como si
ella fuera la mujer de la casa y el el hombre y el hermano. Ella tenía que cocinar,
limpiar, todo lo que hace la mujer lo tenía que hacer ella.
Alguna vez te contó que le haya proferido algún insulto? Si, una ve estábamos
charlando y ella me manifestó que la trataba mal, le decía que era una puta de
mierda, que no le gustaba que ella salga, que era muy celoso. había querido
conseguir un trabajo en un lavadero y no la dejo porque trabajaban hombres.
Después trabajo en una pollería y también fue un tiempo corto porque no la
dejaba tener esa libertad de poder salir.
Que edad tenía ella cuando pasaban esas cosas? 17, 18, hasta que se fue.
Cuando se fue? Se fue en el 2018 o 2019.
Te acordas como fue esa situación? Un día me mando mensajes, se vino a casa
con todas sus cosas y dijo que se iba para Bolsón, fue inesperado. Calculábamos
que era por querer irse de su casa, no hablamos mucho sino que la
acompañamos. Y ella estuvo dos o tres semanas en casa con nosotros, con mis
papás y mi familia, y en abril si no me equivoco ya se fue.
Dijo algo mas? No, que se iba con su abuela y que se había comunicado con su
mamá que estaba en Bolsón. Sobre los motivos, dijo que necesitaba irse, no
aguantaba más la situación que estaba viviendo.
Te enteraste si tuvo un embarazo? Si. Antes de U. Un embarazo que perdió.
Me lo contó ella.
Te dijo quien era el padre? No.
Le preguntaste? Si, pero no lo quiso contar.
Al día de la fecha te lo contó? No.
Recordas algún incidente el día de la madre? Si, me acuerdo que estábamos
festejando en la casa de mi tío, porque F. tenía una relación de amistad con
mis tíos. Fuimos a un asado y estábamos juntos ahí en la casa de mi tía y al otro
día era domingo, día de la madre. Y F. nos dijo como que por favor, vayamos
con ella a la cancha, y como era el día de la madre no nos dejaron ir. Y ella nos
pedía que la acompañáramos y no la dejemos sola, pero no pudimos ir. Ella no
quería estar sola.
Alguna vez la viste golpeada a F.? Si. Eran muy pocas veces porque
siempre estuvo muy tapada con la ropa, pero por ahí en los brazos.
Te contó si se auto agredía? Si. Fue cuando fuimos a Bolsón con mi nena, me
contó que quería atentar contra su vida. Que era todo muy difícil para ella hasta
el día de hoy. Uno a la distancia no puede hacer mucho entonces siempre yo le
escribía para ver estaba. Pero estos altibajos que tiene hasta el día de hoy, sé que
muchas veces ha querido atentar contra su vida no pensando en absolutamente
nada en lo que tiene acá, se pierde y se cega. Ya ha tenido varios episodios de
esos y está ahí, tratando de salir adelante
Te comentó por qué tuvo esos episodios? Todo lo que ella carga desde muy
chica. Nunca la han dejado salir adelante en un montón de cosas de la vida
cotidiana de uno, no tener una pareja estable, no poder estar tranquila en su casa,
sentirse todo el tiempo como si alguien la estuviera mirando o juzgando. Esos
sentimientos que no la dejan vivir en paz.
Ella te manifestó que no podía tener una pareja estable? No. Uno saca sus
conclusiones. Pero ha tnido varias personas en su vida que no han podido
estabilizarse pero es por un tema de ella. Al pricipio esta bien con la pareja pero
después llega un momento que ella se bloquea y no puede seguir, no puede
mantener una relación. Por más que sea la persona mas buena del mundo ella no
puede estabilizarse emocionalmente con una persona.
Sabes lo que se investiga en este juicio? Si.
Te enteraste de algo de sto? YO me enteré en el 2020 cuando el a hace en la
denuncia en las redes sociales, también me lo mando en un mensaje, le escribí la
llame y supe de todos los abusos que tuvo desde chica. Hasta ese momento yo
no sabía nada.
Como te enteraste, que decían los mensajes? La denuncia no la leí porque vi el
descargo que hizo ella “esta hecha la denuncia por todo lo que viví durante años
y haber pintado a una persona como mi papá que nunca lo fue y me cagó la
vida” que la abuso desde muy chica desde los 11 años. después me mandó
mensajes que decían cosas parecidas a eso, como uqe ella había pintado a una
persona de algo que no era. Ahí supe todo lo que había pasado. ME contó que
había sufrido abusos por parte de F. en toda su niñez-
Después de eso la has vuelto a ver? Si hasta el día de la fecha
Te contó algo más? No
por algún motivo? No, es algo de no querer pinchar algo que a ella le cuesta
hablar. Yo la acompaño lo que más puedo.
Hoy a la fecha no sabes los detalles? No.
Sabes si tu hermana la g. tuvo laguna situación con M.? Si, ella me
contó que una vez no sé donde estaban, pero que F. le dijo ojalá tuviera 20
años menos para estar con vos. Ella tendría 15 o 16 años. No se si como un
piropo o en qué contexto, pero se lo dijo al oído. Eso me lo contó mi hermana.
Cual es tu relación con N. M.? Tuvimos una relación de amistad pero
hasta el día de la fecha nunca más nos hablamos ni tuvimos contacto.
Por que? Fue como que nos dejamos de hablar y escribir, y no tuvimos más
relación.
Y la relación de N. con F.? Era buena cuando ellos vivían, hasta el
día que ella se fue, que cuando ella estaba en mi casa y faltaban pocos días para
que se vaya a bolsón, el fue a mi domicilio y fue a agredir a F. físicamente.
F. salió para atenderlo. Mi casa está como abajo, entonces había tipo un
paredón chiquito, cuando F. sale por la puerta viene N. se tira desde un
paredón y le pega una patada y le tira al piso. Ahí salió mi papá y lo sacó a
N. y el le tiró piedras. El le gritaba le decía que era una mal agradecida,
que su papá le había dado todo, que cómo se iba a ir con su mamá. Estaba muy
dolido por que F. se iba.

Preguntas de la Defensa

Este episodio entre N. y F. fue antes que se enterara n que hizo la
denuncia' Si. Cuando ella se fue de la casa.
Esa amistad con F., calificándola del 1 al 10 que puntuación le pondría?
Un 10.
Salían a bailar? No
A fiestas? No
Se juntaban en casa de algún amigo? No. Solo en mi casa o en la de ella.
Quienes se juntaban? Ella, mi hermana, yo y otra prima, que eramos las cuatro
que andábamos siempre.
Como se llama tu prima? B.
Ella estaba al tanto de la situación? No.
No era tan amiga como Ud.? Quizás que no.
Sabe cual era la relación de F. con su mamá a partir de que ella la
abandonara? No
Lo hablaron alguna vez? No. Sobre su mamá no. Sobre si abuela si me dijo que
estaba en Bolsón.
Cuando se iba cuándo? En el 2018.
Antes del 2018 tenía relación con su abuela y madre? No.
Sabe si la vino a visitar? No.
Alguna vez presenciaste algun acto de violencia de M.? No
Lo vio pegarle con un rebenque? No
Lo vio pegarle palmazos? No
Cuando le contó F. que había pedido un embarazo? Fue antes que ella se
vaya asi que habrá sido en el 2017.
Sabe si F. padecía alguna enfermedad? No
Sabe si actualmente padece alguna enfermedad? No lo sé
Sabe si estuvo internada en Buenos Aires? Si. No me dijo bien el año pero se
que de chica tuvo que ir porque tuvo algo en los pulmones
Sabe si N. tuvo un accidente? Si, cuando perdió el ojo.
Como? En un allanamiento en el 2 de abril.
Sabe si ella luego volvió a la casa de M.? Si. Volvió al año siguiente, con su nena.
Sabe si estuvo viviendo en la casa? Viviendo no pero se quedo unos días con su
pareja y su nena, con el papá de U.
Sabe si el Sr. M. desfiló con U. para el día de la tradición? Si.
Con que frecuencia se reunían? Una vez por semana, depende cuándo la dejaran
a ella.
En las reuniones que hacían? Charlábamos, tomábamos mate, nos reíamos.
En que año fue el hecho del día de la madre? No recuerdo el año.

S. P. (madre de la víctima)

Lo conocí a M. más o menos en el 2000, yo ya tenía a F., tenía un
año y algo. Lo conocí en una fiesta. Convivimos 10 años más o menos, tuvimos
a N. Vivíamos en El Bolsón un tiempo, y después nos fuimos a la casa de
sus padres, y después anduvimos por todos lados. En Bariloche, convivimos en
en el Barrio xxxx, en xxxx. Era una casa que el
compró y ahí nos fuimos a vivir, yo el y los dos nenes. Fue cuando los chicos ya
arrancaban en la escuela, F. tendría unos 7 años.
Como fue la convivencia con M.? Bastante horrible, la pasé re mal. No
siempre pero siempre había discusiones, peleas, entremedio estaban los chicos.
Habían cosas que el no le gustaban y había que hacerlas, era un tipo muy
demandante con los chicos y conmigo.
Alguna vez la agredió? Si. Varias veces. Con palabras, a veces hasta puño.
Cuantas veces? Casi siempre. A mi y a veces yo me metía en el medio para que
el no le pegue a los chicos. Porque también le pegaba a los chicos.
Hasta cuando viviste ahí? Estuve más o menos 5 o 6 años. Después me cansé y
me fui. Me cansé de los maltratos, de que siempre estaba mal no me dejaba ni …
era un tipo que parecía que era militar. Ni a los chicos dejaba ir a jugar afuera.
En que año se fue y a donde? Estuve más o menos un año en Bariloche y
después me vine al Bolsón.
Que edad tenía F. cuando Ud. Se fue? 9 o 10.
Y N.? Tendría 8 o 9. Se llevan dos años y medio nomás.
Los volvió a ver después que UD. Se fue? No, después no los vi.
Por qué dejó a sus hijos y se fue? Porque .. er muy buena persona. Mi familia era
la peor que había, si yo los traía conmigo os chicos se iban a cagar de hambre.
El los iba a poder tener re bien.
Y el que le decía a Ud. como madre? Que era mala, que era una loca, que no
servía como madre, que los había dejado tirado, que se iban a cagar de hambre
conmigo.
Ud le tenía miedo a M.? Si.
Cuándo volvió a ver a F.? Cuando ella se vino a Bolsón.
Que edad tenía F.? 18.
Y Ud. ya vivía en Bolsón? Si.
Sabe por qué está declarando hoy? Si. Sobre el abuso que hizo M. contra F.
Como sabe eso? F. un día me lo contó.
Se acuerda cuando lo contó? Fue un día a mi casa donde yo vivo y ahí ella me lo
contó. Llegó con su marido y la nena que tenía un añito y algo, y ahí fue ella me
dijo que tenía que contarme algo pero que yo no me enoje. Me empezó a contar
que había sido abusada, violada, maltratada, que si ella on hacía lo que le decía
M. él le pegaba. La obligaba digamos.
Ud que le dijo? No lo podía creer. Porque ella me lo dijo después de casi dos
años de estar en Bolsón, y no cuando llegó. Yo le creí desde el principio y la
escuché.
Le contó detalles de los abusos? Le decía que ella era su mujer y de nadie más.
Que el venia en ella a mi, como que F. era yo, su mujer.
F. le contó si tuvo algún embarazo? No
En algun momento Ud. sabe si ella se lastimó? Ella tenía muchas decisiones de
suicidarse.
Como lo sabe? Porque ella me lo contó. Yo a veces la veía rara.

Preguntas de la Defensa

Después que Ud. se fue de la casa de M., a dónde se fue a vivir? Anduve
por todos lados. Inmediatamente me quedé en Bariloche, un tiempito en el
mismo barrio.
Ud. conformó otra familia? No.
Dónde se fue a vivir, con quién? Primero sola.
Sabe de algún accidente que haya sufrido N.? Si. En el ojo. Perdió la vista
por andar robando y en la droga, eso lo sé.
Cuando sufrió ese accidente N. Ud. lo vino a ver? No. No fui.
Y a F. después que estuvo internada en Buenos Aires? Si.
Cuántas veces? Fue una vez o dos.
Dónde la vio? En el Hospital.
En qué Hospital? En el zonal, cuando ella estuvo enferma.
Esta situación de violencia se la comentó a alguna persona? Si, todos sabían.
Hizo alguna denuncia penal? Si, hice. Creo que hice dos.

Alfredo Fernícola

Soy licenciado en psicología, actualmente psicólogo forense desde el 2019 en el
poder judicial, y anteriormente me dediqué al ámbito forense y clínico desde que
me recibí.
Qué es un informe de estrés postraumática? Es un informe técnico respecto de
una consulta que surge de un contexto jurídico, específicamente para un tipo de
afección psicológica o psiquiátrica que se denomina estrés postrauma que suelen
ser cuadros de tipo reactivo a situaciones traumáticas que tienen que tener
características traumáticas para la persona que lo vivencia. Tiene que existir
riesgo para la integridad o la vida de las personas. Tendría que tener la capacidad
de generar trauma en la persona, con independencia de la característica
específica del acontecimiento de que se trate. Puede ser un accidente de tránsito
o cualquier evento que como mínimo genere que la persona pueda llegar a tener
un daño en su integridad o en la vida.
El abuso sexual genera siempre trauma? Habría que diferenciar. EL abuso sexual
es potencialmente traumático lo que no significa necesariamente que vaya a
generar trauma en al persona, depende de la fortaleza mental de la persona o de
otras circunstancias que puedan permitirle atenuar o tramitar eso de una
manera .. por ejemplo la contención familiar, el tratamiento terapéutico, etc.
En este caso en particular por que lo convocaron? Porque realicé dos pericias a
la victima en dos momentos diferentes. Las dos rondaron al rededor de la
cuestión del estrés postrauma, una fue desarrollada en el febrero del 2023, la
segunda en septiembre del 2024.
En la primera, específicamente en relación a la existencia o no de sintomatología
de estés postrauma en relación a los hechos investigados, y en la segunda por
una situación de intento de suicidio que había producido la víctima y si había
algo del orden de lo traumático en relación a las causas de ese intento de
suicidio. Todo en relación a A. M.
La primera fue desarrollada por razones de naturaleza económica y de
organización, por una videollamada. Sobre todo porque técnicamente no es
imposible para el caso de la determinación de este tipo de cuadros mantener una
entrevista por videollamada porque se trata de establecer la diferencia entre la
economía mental de la persona en la actualidad respecto de un acontecimiento
en particular y sobre is economía mental previa. Y eso se puede hacer sin
necesidad de presencialidad, porque se apunta básicamente a establecer la
existencia de los criterios clínicos necesarios para diagnosticar ese trastorno. Es
una herramienta válida el zoom porque hay que identificar que la descripción de
la persona coincida .. ESCUCHAR son síntomas muy específicos que son muy
difíciles de sostener en el discurso como verdaderos cuando no lo son: Y
también se hacen maniobras de control para verificar que sean falsos. Si no
tuviera validez no la haría por Zoom, porque no sería válido el instrumento no le
daría validez a la pericia. La técnica de zoom para lo que se me estaba pidiendo
era más que suficiente, además estaba la lectura del legajo donde había otros
elementos que permitían corroborar lo que la persona estaba diciendo respecto
de lo que le pasaba.
En la primer entrevista, como no tienen que ver con la investigación del
hecho en si mismo, yo trato por una cuestión de respeto hacia la persona, o
entrar en los detalles particulares del hecho sino de manera general. Con lo cual
del hecho hay pocos elementos que a mi me resultan importantes: Cuanto
sucedió, durante cuanto tiempo y hasta la que la persona está en condiciones de
reproducir. Dijo que sucedió entre sus 12 y 17 años de edad, siempre respecto de
la misma persona, incluso en una situación que había estado internada en buenos
aires fue aprovechada por el imputado para ejercer su accionar. La persona era el
padre, el Sr. M.. No registré detalles en mis notas porque no era lo esencial
en mis notas, pero si que fueron reiteradas veces, que tuvo muchas dificultades
para denunciarlo y dar testimonio de esto, e incluso situaciones personales como
haber quedado embarazada en uno de los abusos, que ese embarazo terminó con
un aborto espontaneo y no hubo una denuncia por el temor que le generaba.
Pudo denunciarlo cuando se fue de la casa paterna. Con eso a mí me alcanzaba
para advertir que todo lo narrado tenía varios componentes, la reducción de su
condición humana prácticamente a cero, por la situación que ella vivía, no poder
avisar, no poder hablar ni decir a nadie de su confianza, supone el nivel de
subversión que tenía respecto de la persona, dependencia o temor. Era una
reducción a cero de su condición humana. Y eso es suficientemente arrasador
para entender que las vivencias que estaba teniendo eran más que traumáticas. Si
bien puede haber una discusión sobre el trastorno como entidad clínica, habían
muchos elementos que permitían situar el padecimiento entre los trastornos
reactivos. Tiene características muy particulares sobre todo que el
acontecimiento tiene que haber generado potencial de daño hacia la integridad
de la persona. Pero había una serie de elementos que quizás no aparecían en la
descripción temporal y el hecho de que esto haya sucedido durante mucho
tiempo genera la existencia de síntomas al mismo tiempo que estaba viviendo
acontecimientos traumáticos. Entonces se podría clínicamente discutir si es
estrés postrauma o no pero no que haya habido un trastorno reactivo. Tenia
recuerdo intrusivos sin nada que los motive, dificultades para dormir, autoestima
arrasada, perdida de autoestima con una reacción clara que fue la de querer
quitarse la vida. Todos los componentes. Y está la otra parte, que nada de estos
sucedía con anterioridad a empezar a sufrir los acontecimientos,s y que no había
ningún otro acontecimiento que pudiera explicar mejor los síntomas que estaba
padeciendo. Por lo cual queda configurado clínicamente el estrés postraumático.
Este estrés entonces se relaciona a los sucesos de abusos que ella relató: no
padecía ella otro trastorno ni otros hechos, existiendo en su relato un
acontecimiento suficientemente traumático para generar este tipo de reacciones,
y teniendo los síntomas, están todos los elementos para diagnosticar. Padecía en
ambas entrevistas síntomas de estrés postrauma o trastornos reactivos.
A lo largo del tiempo puede suceder que no se vea de forma genérica? Podrían
desaparecer. No necesariamente, pero podrían desaparecer, atenuarse.
Ud. la vio a F. tiempo después? Sí un poco más de un año después.
Cómo la vió? La ví en ese momento en una videollamada, en relación a una
existencia de segundo intento de suicidio. Este intento, si bien se dispara por una
cuestión puntual a la dinámica familiar, esa cuestión no deja de tener vinculo
con la perdida de autoestima que venia acarreando en relación al padecimiento
que ella denunció y seguía presentado síntomas de estrés postrauma relacionado
con los hechos denunciados. Seguía con dificultades para dormir, dificultades a
nivel de autoestima, recuerdos instrusivos y demás. Si bien estaban atenuados
seguían teniendo suficiente entidad para seguir diagnosticándola.
Si los hechos hubieran sido leves se hubiera mantenido ese estrés a lo largo del
tiempo? Podrían. Es contra fáctica no hay manera de determinarlo. Depende del
caso.

Preguntas de la Defensa

La entrevista con F. fue por videollamada, tuvo alguna dificultad
técnica? Sí, hubo al principio algunos cortes pero después se estabilizó y no
hubo ningún inconveniente, fue una llamada técnicamente buena.
Para un caso de esta complejidad es aconsejable teniendo? Las dificultad fueron
previas a la entrevista, una vez que se subsanaron se mantuvo la entrevista
perfectamente bien. Las dificultades fueron pequeños cortes en los momentos
iniciales que luego no se produjeron más y hubo posibilidad de entender u
discurso perfectamente bine.
Cuanto tiempo duró la entrevista? Aproximadamente una hora.
En una hora cree que puede estar en condiciones de hacer un análisis? En 15
minutos también. Respecto de un cuadro clínico si. SI el pedido hubiese sido
otro, investigación sobre el hecho, credibilidad de alguna declaración, se
necesita mucho as tiempo. Pero para determinar cuadro clínico, con una hora
alcanza.
Tuvo acceso a parte del legajo, a que parte? Lo que estaba en sistema choique.
Hubiese podido pedir mas información si hubiese habido. La que está
manifestada en los informes entiendo que una declaración del hermano grabada
seguro, no recuerdo si había otro. Y la documentación, el acta de la formulación
de cargo y otras cosas, algún informe de la OFAVI suele haber.
Una sola entrevista del hermano? Si. Una sola.
Y de esta entrevista saco toda esta información? No. La determinación del
cuadro es a partir de lo que la persona manifiesta sobre lo que vivencia al
momento de la entrevista. La entrevista con el hermano en todo caso puede
servir como elemento para poder determinar si hay exageración, si los síntomas
existen o no, o si hubo algún tipo de cuadro con la vida de la persona.
O sea que todo o demás no es necesario solo la declaración de la persona?
Escuchar
En este caso lo tuvo en cuenta? Sí, porque en la manifestación del hermano
aparece una cuestión que tiene que ver con el impacto a nivel familiar que tuvo
la cuestión. El hermano no le creía mucho y eso genera en la víctima o puede
generar cuestiones favorecedoras o no del trámite de lo que le suceda con el
acontecimiento. En este caso el hermano no le creía y ella quedaba expuesta a la
familia respecto de una persona que iba a negar, el hermano que no le creía y no
la iba a apoyar, y si la madre entiendo que le creyó. Eso forma parte del cuadro
porque dificulta el trámite: no es lo mismo tener un contexto contenedor que uno
donde se duda de la palabra de la persona. Si se suma al potencial arrasamiento
que supone un abuso sistemático de la persona, es un elemento a tener en cuenta.
Puede haber en el caso otros factores que hayan influenciado en este diagnóstico
de estrés postraumático? No. Yo escucho a la persona, indagando si existieron
otros elementos en su vida, pero tengo la repuesta de la persona. Podría haber
cosas que yo no tengo como corroborar la existencia o no, pero al momento de
tener la información no había otra cosa que explique mejor los síntomas que
padecía.
Hay un hecho puntual que es una situación de abandono cuando F. tenía
10 años; ese hecho no ha sido mencionado en los informes, por qué? Porque no
lo menciona la persona en la entrevista y yo no tengo manera de saberlo.
Pero Ud dijo que tomo parte del material grabado, y el material grabado este
hecho está? Sí, pero el abandono materno podría incidir en las condiciones
mentales previas a condiciones de desarrollo de sus capacidades del
afrontamiento, disminuyéndolas. Lo cual general mayor vulnerabilidad para la
posibilidad de afrontar algo traumático como lo que vino después. O sea, si
incidió, fue en contra de sus posibilidades de afrontar un acontecimiento
traumático, con lo cual favoreció el desarrollo de sintomatología.
Qué porcentaje de las entrevistas que realizó hizo vía WhatsApp? Durante la
pandemia todas. No sé la cantidad. Pero tenemos 250 pericias por año de las
cuales se realizan el 50% de esa manera, más de 100.
Dijo que entrevistó aproximadamente una hora a F.? Sí, alrededor de una
hora
Ud cree que es suficiente una entrevista de una hora para elaborar ese informe?
Yo no investigué los hechos. Para responder respecto del cuadro clínico sí. Para
investigar los hechos no se me pidió, no se cuánto tiempo me hubiese
demandado.
Puede afirmar que los hechos relatados hayan sucedido? No me corresponde
hacer eso. Puede asegurar que su relato era creíble. No que los hechos hayan
sucedido.

N. M. M. xxxx (hermano de la víctima)

Tengo 22 años, nací el xxxx y vivo en xxxx. En este momento mi
familia se compone por mi hija y mi novia, y ahora estamos con mi papá.
después está mi hermana pero ella vive en El Bolsón. Mi señora se llama A.
G. y mi hija O. M., vivimos en la misma casa junto con mi papá.
Como es tu familia? Mi familia es mi papá, mi hermana, S. mi mamá.
Nosotros nos criamos en el campo, estuvimos en la Estancia xxxx,
vivimos en xxxx. iI infancia la pasé en el campo hasta que tuve 6 años que
me vine por el tema de la escuela. Una familia normal, llegamos a Bariloche y
más o menos entre los 7 años que tendría yo, recuerdo un día salimos andar a
caballo con mi papá, porque yo siempre fui pegado a mi papá, y cuando
llegamos a mi casa nos encontramos con F. que estaba solita en la casa,
el mueble que tenía la ropa de mi mamá estaba vacío. Y desde ese momento mi
mamá se fue, me abandonó, y ahí empezamos la lucha de querer seguir adelante.
Porque mi papá en ningún momento bajó los brazos. Siempre fui consciente y
entendí, en ese momento me di cuenta que mi mamá se había ido, no pensé que
se había ido de viaje ni nada, me di cuenta que se había ido. No sé por qué.
F. tampoco sabía y hasta el día de hoy nunca tuve una repuesta a eso. De
ahí continuamos la vida con mi papá, que le puso el pecho a la bala y se hizo
cargo de nosotros.
Qué edad tenias vos cuando ella los dejó? Tenía yo 7 años, era chico, recién iba
a segundo o tercer grado. Y F. tendría 10 años. Y vivíamos en el mismo
lugar de siempre, en el barrio xxxx en calle xxxx.
Y de ahí fue todo muy complicado, yo entendí que mi mamá me había
abandonado. De ahí empezaron situaciones de familia, mi papá iba a trabajar, al
mediodía nos venía a cocinar, nos llevaba a la escuela, en ese momento dejó de
tomar. Estuvo dos años sin tomar un trago de cerveza para llevarnos a nosotros.
Nos llevaba a la placita, al shopping, a tomar helado para que nosotros no
notemos la diferencia, pero la diferencia siempre se notó porque mamá siempre
faltó. Entonces la vivimos así, la mayoría del tiempo solos en casa porque mi
papá trabajaba y con nosotros no había nadie, ni un tío, ni una tía. Y nos criamos
prácticamente así, teniendo a mi papá pero solos iguales porque no había nadie
en casa. Después teníamos vecinos, mi papá le pagaba a doña J. para que
nos hiciera alguna comida y para que vaya y nos vea, y así los vecinos nos iban
a ver o preguntar si necesitábamos algo. Fuimos creciendo, haciendo picardías
de chico, y así fue pasando nuestra crianza.
Cómo era el trato de M.? Era un trato bueno. Siempre trató de educarnos de
la mejor manera que el pudo, siempre tratando de decirnos lo que no teníamos
que hacer y lo que sí. Siempre fue una persona que tanto a mí como a F.
nos enseñó a cocinar, a lavarnos nuestra ropa, a limpiar, etc.
Cómo era esa convivencia interna? Todos hacíamos todo, los tres teníamos que
hacer las mismas cosas. Después esa convivencia fue hasta que fuimos grande,
cada uno se hace sus cosas y después en la casa nos ayudamos entre todos.
El trato era violento? No, violento no. Normal. Como cualquier padre le habla a
su hijo. Mi viejo a F. le enseñó a leer de chiquita, siempre nos inculcó lo
bueno.
M. era violento con tu mamá? No tengo ningún recuerdo.
Y con ustedes? No. Solo marcó límites cuando uno por ahí hacía cagadas.
Nosotros eramos chicos y nos encontró fumando cigarros y si, nos pegó un
azote. Pero yo entiendo que fue un límite, para decirnos que estaba mal. Siempre
fue de esa manera. Siempre que uno se equivocaba; yo tuve picardías quizás más
que mi hermana, hacía alguna cagada, andaba a los piedrazos. Entonces ahí el
me retaba.
Les pegaba con un rebenque? Sí, pero como un azote. Agarraba y nos pegaba en
la espalda o en las piernas, era un castigo. Es un azote es como una soga, no
hace falta que te meta un azote a matar porque ya con que te haga así ya está.
Tu papá es un hombre de campo? Sí, siempre fue. El día de hoy está en
Bariloche hace trabajos de volteo y eso, siempre changueó, volteó pinos, trabajó
en la obra, jardinería y siempre tuvo caballos, hizo soga, fue talabartero. Nos
enseñaba la profesión.
Alguna vez su mamá les dijo por qué se había ido? No. Eramos chicos una
vuelta, nosotros vivíamos acá en xxxx y mi mamá estaba en xxxx por decir, un par de cuadras. Eramos chicos, mi papá estaba trabajando en
una construcción y no sé como habrá sido pero nos dijeron que mamá nos quería
ver y que nos iba a dejar ahí. Y cuando llegamos, era una casita chica, precaria,
y mi mamá estaba con un hombre y otra mujer, había una sola cama y habían
cuatro personas. Y nos quisimos ir. Ese fue el único recuerdo de mi mamá que
quisiera estar con nosotros. Después otra vez hubo un enfrentamiento con el
hombre que estaba con mi mamá y ella no dijo nada.
Hasta cuando vivió F. con ustedes? Hasta los 18 años. Ahí se fue a
Bolsón ella.
Cómo era la casa donde vivían? Nuestra casa era de un solo ambiente, nada más
que hicimos una división con un mueble grande que teníamos una placa. Así se
dividía la sala para comer y detrás de los muebles estaban nuestras camas.
Nosotros teníamos una cucheta pero en ese momento desarmamos la cucheta y
dormía uno en cada cama.
Siempre estuvieron así las camas? Cuando estaba mi mama nosotros dormíamos
en la cucheta, uno abajo el otro arriba, y después cuando se fue mi mamá
agarramos y bajamos la cama.
Cuando tu hermana se fue de la casa seguiste en contacto con ella? Sí, seguimos
estando en contacto. Después que ella se fue, en el 2018 me pegaron un
perdigonazo en el ojo, en ese momento anterior a eso yo me estaba yendo con
mi papá, cuando llegamos a Río Gallegos no pude seguir avanzando porque
tenía mi documento vencido y me tuve que volver a a Bariloche. Eso fue en el
2018. Nos queríamos ir por el tema de trabajo.
Tuve un problema recibí un perdigonazo quedé internado, mi papá no estaba y
mi mamá menos. En eso vino F., y fue ella la que le avisó a mi papá lo
que había pasado. Ni mi mamá ni mi abuela me vinieron a ver. F. vino,
estaba embarazada de U. y se volvió a ir para Bolsón porque ella tenía su
pareja y su familia allá. Después nació U. y ahí volvieron; vivimos todos
juntos, ella con su pareja y la nena. Fue en el 2018 o 2019 porque fue todo
seguido.
Cómo era la relación en ese momento entre todos ustedes? Era buena. Porque
eramos una familia. Era todo alegría, más allá de lo malo teníamos ahí a nuestra
sobrina.
Notaron alguna situación rara en F.? No, jamás. Porque yo hubiera
accionado. Si yo hubiera visto algo o mi hermana me hubiera dicho algo yo la
hubiese defendido, hoy no estaríamos en esta situación. Yo hubiese saltado.
Ud. hubiese permitido que sucediera algún abuso en la casa de su padre? Jamás.
Y todos los días me remuerdo la cabeza y pienso, y se me cruza en la cabeza qué
fue lo que yo no ví, o que no supe, o de qué me perdí. Porque además de eso,
F. me llamó por celular para decirme que mi papá la había abusado,
siendo que yo actuaba por ella. Y me lo dijo por celular. Y siempre se lo
reproché, le dije que nos juntemos a hablar, con S. los tres. Siempre me
esquivaron. Hasta el día de hoy no encontré solución.
Podría haber sucedido algún ataque y que Ud no lo advirtiera? No. Yo siempre
fui consciente. Yo siendo chico crecí de mente cuando mi mamá me abandonó,
entendía todo. Y no, jamás vi una situación rara.
Alguna vez lo vio a M. en alguna situación que la incomode a su hermana
respecto de alguna cuestión sexual? No. En ningún momento. Nosotros a ella la
respetábamos por ser la única mujer de la casa. Además iba S., la hermana
de S. Yo tenía mis amigas, mis noviecitas y también las llevaba a mi casa, y
jamas ví una situación rara o sospechosa, o que mi papá se les insinúe. A. se
quedaba a dormir en mi casa y más de una vez ha quedado tiempo sola con mi
papá, y jamás noté nada raro. Nunca fue irrespetuoso, menos con una nena.
Tenían amistades? Sí. S. me conoce. Ellos iban a mi casa, cantábamos con
mi papá, hacíamos pizzas, nos juntábamos a comer. S., A., el otro chico
M. es más chico entonces no entablamos tanta amistad. Después estaba la
prima que no me acuerdo el nombre. También F. S. M. que era
prácticamente como mi hermano. También solíamos ir a la casa de S. o nos
encontrábamos en el centro.
M. le impedía a F. que vaya o le restringía las salidas? No. Siempre
y cuando sea con gente conocida no. Andaba, no pasaba nada.
Él le prohibía que tuviera novio o amigos? No. Lo que sí nosotros con mi
hermana jamás nos expusimos entre nosotros, ella me contaba de sus novios y
yo solo le decía que se cuide.
A qué edad empezaron a tener relaciones con amigos? Desde chicos. Porque
como mi mamá no estaba, nosotros quedábamos solos con F., entonces ahí
venían amigos, jugábamos afuera. F. me conoce desde que se fué mi
mamá, vivía prácticamente más con nosotros que en su casa.
Alguna vez la viste angustiada a F.? No. Siempre fue seria. Pero jamás la
noté que estuviera pasando por una situación así.
Alguna vez ella le contó o advirtió que hay tenido alguna situación de auto
lastimarse? Cuando eramos chiquitos y mi mamá se fue, F. decía qué
sentiría pegarse una puñalada. Pero eso era cuando mi mamá recién se había ido.
Después que F. se fue, Ud. de alguna manera dijo que siguió en contacto
con ella? Sí, seguíamos hablando, le preguntaba por mi sobrina. después con el
tiempo fui a Bolsón, la fui a ver, después ella vino acá, yo más de una vez me
quedé con mi sobrina para que ella saliera a disfrutar. Y tuvimos ese lazo. Si
bien yo le tocaba el tema de que yo quería hablar con ella, siempre me esquivó.
Hasta el día de hoy.
Sabe por que estamos acá? Porque ella dice que papá la abusó. Me enteré porque
me llamó por celular. Me dijo que papá la había abusado y me llegó a doler el
corazón. Le pregunté por que no me había dicho antes y ella me dijo si no me
crees está bien, y me cortó.
Después intentaste a hablar con ella? Sí, cuando ella venía con S. a Bariloche
también. Pero me decía que no, y así pasó el tiempo y hoy nos encontramos acá.
Ud. la seguía a su hermana por los estados de WhatsApp? Sí. Siempre ponía
cosas de fútbol. De por sí ya en un asado entre amigos, tomando una birra o un
trago, y esos eran los estados. Fotos de su hija U., es lo que veía.
Actualmente cómo es la relación? Lamentablemente no tenemos la misma
relación ya.
Ud trató en estos días de comunicarse con ella? Sí, el otro día. Yo quería hablar
con ella por el mismo motivo, no llegar a esto sin yo poder hablar. Si podíamos
ver una solución de poder juntarnos a hablar y que ella me diga qué fue lo que
pasó y yo poder escucharla y preguntarle y que me responda, y poder tener una
franqueza de lo que está pasando.
Su intención era proteger a alguno de los dos? No, yo quiero saber la verdad.
Pero para saber la verdad necesitaba hablar con ella. Pero no me dió esa
posibilidad. Me dijo que ya estaba todo dado y que ella buscaba justicia.
Podría haber sucedido algún abuso de su papá a su hermana y que Ud. no lo
haya advertido? No. Porque teníamos una casita chica, precaria, si pasaba algo
lo veía o lo escuchaba, caminabas dos pasos y tenías la habitación y el comedor
porque era una casita de 4 x 6.
Cómo era la relación F. cuando vivían todos juntos? Siempre fuimos
compinches.
Recordós como fue la situación de salud de ella? Cuando eramos chicos ella
tuvo un quiste donde estuvo internada, la operaron. Después pasó el tiempo y
cuando fue más grande de un día para el otro empezó a escupir sangre. Y ahí mi
papá la empezó a llevar al hospital para que le hagan estudios y ahí empezó todo
eso que tenia bronquiectasia que se le abría el pulmón y ocasionaba que escupa
sangre.
Ante estos problemas de salud quién la acompañaba? Mi viejo y por ahí yo. Mi
tía L. M. lo acompañó a mi papá cuando fueron a Buenos Aires, y
después también S. vino un día, estuvo una noche con F. y al otro día
se fue.
Fueron a algún desfile del día de la tradición? Sí. Desfile yo mi papá, A.
C. y U. desfiló en los brazos de mi papá.

Preguntas del Fiscal

¿Por qué no cocinaba cuando se fue su mama? Porque eramos chicos.
¿Y quien cocinaba antes? Mi mamá y mi papá.
“yo la hubiera defendido” y su hermana le contó... si pero celular y después de
haberse ido y de que pasara un tiempo. Yo quise hablar más de una vez no lo
logré.
Ud. le cree a su hermana? No.
Por qué? Por la situación. Porque yo siendo su hermana con el que se crió, me lo
viene a decir casi a lo ultimo y por un celular, siendo que yo tuve que ser el
primero que supiera.
Ud habló con su padre? Sí, le dije que si le había hecho algo a mi hermana yo lo
mataba. Y siempre se lo dije, que yo quería saber la verdad.
Y él que le dijo? Le dijo que no.
Y ud. le creyó? No le creo, no le creo a ninguno de los dos. Yo quiero saber la
verdad. Yo no voy a saber a quien creerle hasta que se sepa acá que pasó. Y
tampoco lo voy a poder saber nunca porque yo no lo ví.
Que le gustaría ahora que pase? No sé, lo dejo en manos del de arriba que es el
que ve todo.
Ud dijo que a su padre no lo vio nunca en una cuestión sexual? No.
Como se llama la hermana de S.? Gringa me parece que le decía.
Y nunca le pasó nada a Lucía que se haya enterado? No, que yo recuerdo no,
porque yo estaba ahí.

O. L. A. M. – DNI xxxx

Vivo en el Barrio xxxx, en xxxx. Conozco a M. y a
F. de cuando llegué a barrio. De vecinos. Más o menos desde hace 15
años atrás. Lo ubico por la edad de las chicos. A 10 metros estarán separadas las
casa.
Como se conforma su familia al momento en que llegaron al barrio? Yo llegué
con mis dos hijos, D. de 6, N. de 10 en ese momento. Y M.
estaba con la mamá de los chicos, F. y N., él ya estaba viviendo ahí. No
me acuerdo el nombre de la señora. Los nenes se llaman N. y F.
Tus hijos eran amigos de N. y F.? Se empezaron a conocer ahí,
jugaron un poco. Era una buena relación de vecindad.
Y F. después se quedó solo con los chicos? Sí, sí. No sé si se separaron con la
señora o qué, pero sí, se quedó con ellos. El mayor tendría 12.
Y a partir de ese momento en adelante F. crió a sus hijos solos? Sí. Él estaba
con sus hijos solo y por ahí recibiría alguna ayuda. Pero me consta que él estaba
viviendo con los dos nenes.
Conoce cuál era el trato de él con sus hijos? Sí, más o menos lo que he visto, los
mandaba a la escuela, que estuvieron limpios, no con la mejor ropa o zapatillas
pero con un platito de comida y una pilchita o una zapatillita más o menos como
para que vayan a la escuela. Me consta porque somos medio parecidos en eso.
No tenían la mejor vestimenta ni zapatilla pero con un pedacito de pan o algo
iban a la escuela.
¿Todavía siguen siendo vecinos? Sí. Ahora vive en el otro sector, en el mismo
barrio.
¿Como vecino cómo lo podría catalogar? Yo lo veo como buen vecino porque
cada vez que me pudo dar una mano en algo me la dió.
¿Sabe si toma alcohol o drogas? No. Al menos a las drogas no. Pero se toma una
cerveza o vino.
¿Sabe a qué se dedica? Hace changa, pero manejaba la soguería, la talabartería.
Trabajo con cuero, haciendo riendas, lazos, rebenques, fundas de cuchillo.
¿Sabe si ha trabajado en el campo? Sí. Me consta porque me cuenta eso y
también lo veo yo cuando trabaja con un caballo.
¿En su relación de vecinos tuvo conocimiento de que maltratara a sus hijos o
que los golpeara? No. En ese sentido no los ví yo. Que los haya castigado o al
menos adelante mío no.
¿F. lo ha invitado a su casa a compartir algo donde haya habido gente
tocando la guitarra o cantando? Yo a la casa del vecino fuí muy poco. Una que
otra vez. Pero después sí, en el patio sí, cuando hubo alguna guitarreada sí. Pero
adentro de la casa no.
Pero ha ido varias veces a la casa? Sí.
¿Y en esas veces, notó alguna situación rara, de violencia para con los hijos? No.
Y una vez que fui, por ejemplo, me encargó que le mire a los chicos porque se
fué a trabajar. Estaba F. haciendo tortas fritas y N. que entraba la
leña. Ahí comí una torta frita me fijé que estuvieran bien. Pero ya en ese sentido
nomás, más no.


El Fiscal no realiza preguntas.

O. A. V. – DNI xxxx

Los conozco del campo, cuando eramos más chicos nos juntábamos. Nos
conocimos en el campo de mi abuela M. y después sabíamos compartir
en el domicilio de F. M. ahí en la costa del Ñireco.
Como eran esas juntadas? En ese tiempo yo iba en la casa de F. porque me
estaba enseñando a hacer Soguería, era más que nada para trabajar con animales
para el campo.
A la familia de F. la conoció? Sí, estaba F., F. y N.
Compartió con ellos en la casa de F. algún evento fuera de este aprendizaje?
Sí. Compartimos, salíamos a pasear, a la plaza, a tomar mates con los chicos,
nos hicimos muy buenos amigos.
Para Ud. esta relación de F. con su hijo como era? Cuando yo iba a su casa
para mí era normal.
En algún momento notó que F. se dirigiera incorrectamente hacia sus hijos?
No.
Notó en algún momento o ellos le manifestaron alguna situación de violencia
que hubieran pasado? No. Por ahí alguna que otra discusión que habían tenido
pero como es normal entre padres e hijos. Nada mayor que eso.
¿Conoce Ud. alguna situación de abuso que se haya generado de M. hacia
F.? Que yo haya visto o escuchado ninguna.
¿Qué concepto tenés de F.? Es un buen tipo. Por la forma en que yo lo
conocí, conmigo fue siempre una persona muy derecha, muy respetuosa.
F. te comentó si estaba siendo abusada por F. M.? No.

Alegatos finales Fiscalía:

Fue acreditado en el debate. N. reconoció que hubo rebencazos más allá..
Incluso que se trata de una víctima más. S. P., la única posibilidad que
encontró para lograr su libertad de algún modo, la única vía de escape fue la
misma que encontró F., que fue escaparse y ponerse a salvo de M.,
actuaron de la misma manera las dos mujeres de la vivienda lo cual no es una
casualidad. El defensor no ha podido cumplir con las promesas vertidas de que
una persona como M. quien supuestamente se hizo cargo de sus hijos por la
situación de S. de ningún modo puede ser abusador. Para la Fiscalía los
abusos existieron, fueron crónicos y sistemáticos a lo largo de varios años. Tan
así fue que es imposible de poner un número, no se pudo hacer en toda la
investigación porque ni siquiera F. lo sabe. No solamente existieron sino
también hay que aclarar que no hay otra persona que se haya sindicado, más que
M., como posible abusador en este juicio.
La declaración de F. fue ordenada, no tuvo una sola contradicción en sus
propios dichos pero tampoco hubo contradicción con lo que dijeron los restantes
testigos que dijeron después. Fue una declaración con angustia y se quebró en
varios momentos, pero sostuvo esa declaración a lo largo del tiempo: lo dijo acá,
lo dijo en la Fiscalía, en la Comisaría de la familia en el año 2020, se lo dijo a
T. cuando hicieron el protocolo, se lo dijo a F., y siempre se
sostuvo de la misma manera. Hemos visto una mujer retraída tal vez por los
hechos que sufrió, que incluso y a pesar de haber sufrido estos hechos,
manifestó que esperaba que esto no le pase a nadie más. Creemos que es una
mujer niña víctima de estos aberrantes hechos que esperó pacientemente más de
cuatro años, para ser escuchada.
El contexto de la situación y situación de vulnerabilidad lo manifestaron S.,
S. y N. Que vivían en una vivienda precaria donde existió mucho
maltrato físico además de los abusos. Torriani explicó que F. en su
momento le manifestó que dentro de la violencia hubieron amenazas y que eso
hacía que F. en su momento no quisiera manifestar ni explicar lo que le
estaba pasando.
Surgió de aquí que la develación la hizo mucho tiempo después de escaparse de
ese calvario, en el año 2020, y fue el momento en que ella consideró que era el
momento que podía contarlo. El detonante fue que vio una niña que estaba
pasando algo parecido a lo que había sufrido ella, y ese fue el motivo que la
animó a contarlo. Quedó clarísimo que ella no se lo contó a nadie antes de ese
momento. Ella ya se había ido de la casa de su agresor, qué ganaba con contarlo
en ese momento? Lo contó en un momento que realmente la Fiscalía no entiende
que ganó. Solo logró sacarse un peso de encima y esperar que alguien le crea,
pero perdió un vínculo muy importante que es la relación con su hermano. Ella
sufrió estos hechos, los aguantó como pudo para proteger a su hermano en gran
parte y hoy perdió ese vínculo, que el hermano nunca le creyó. Por lo tanto,
F. no ganaría absolutamente nada.
M. la tenía cautiva, subyugada.
Las consecuencias del abuso fueron expuestas, dos tentativas de suicidio, el
embarazo no deseado surgió, no fue contradicho y es un consecuencia de este
abuso. Pero por otro lado las dos tentativas de suicidio, S. pudo verse
afectada por esta situación tiene que ver con la situación de abuso crónico que
sufrió.
Fernicola, además de explicar lo que le contó F., explicó el estrés
potrauma del abuso y que fue producido por los hechos de abuso, al igual que
las dos tentativas de suicidio.
La defensa no dio ninguna razón valedera por la cual F. faltaría a la
verdad. No pudieron desacreditar los dichos de F., de S., la
declaración de S., y mucho menos el contraexamen de Fernícola que no fue
demasiado feliz. Sí pudo acreditar que M. es un hombre trabajador pero esa
cuestión se debería dilucidar en una audiencia de cesura. Y también quedó en
claro que la teoría de la Defensa se basó en dos estereotipos de género muy
marcados.
El primero es relacionado a S. P., quien para la Defensa era la mujer de la
casa, la que se tenía que sacrificar o aguantar abuso físico, que se debe a sus
hijos y a sus tareas domésticas. Surgió de todos lados que cuando ella se fue
tuvieron que ver quien hacía esas tareas. Y una mujer independiente que a su
modo trata de salvarse huyendo, es una idea que no puede ser concebida como
razonable ni por el imputado ni por su defensa.
Otro estereotipo de género que se vio también y expuso la defensa, es atacar las
rutinas de F. Primero quisieron decir que era fiestera, porque participaba
de guitarreadas, exponía estados de WhatsApp donde estaba feliz, intentó
supuestamente sacarle el marido a otra mujer. Omitió la defensa aquí que en el
medio de esa situación que hubieron dos tentativas de suicidio.
Considera la Fiscalía que los dichos de F. fueron corroborados, que no
fueron puestos en crisis, que fueron confirmados por todos los testigos, que no
hubieron contradicciones y que fue absolutamente lógico el momento de la
develación de F. Es una mujer arrasada, subyugada, con intentos de
suicidio, viviendo con el agresor que era quien debía cuidarla, la tenía
amenazada y anulada. Es absolutamente lógico esperar que ella no le haya
contado a nadie. No hay otro momento donde se pudiera esperar que hiciera la
develación, estando con M. al lado.
En función de ello, entendemos que ha quedado claro qué es lo que pasó aquí,
que abusó sistemáticamente de F. Y por ello solicitamos que se declare
responsable a M.

Alegatos finales de la Defensa

Dr. Horacio Brucellaria: Nada permite vulnerar la ley. Parecería que la
Fiscalía ha venido con un discurso armado, no necesitó plazo para preparar el
alegato. Ya tenía su discurso armado, su estrategia cerrada, y poco interesa a esta
altura si se probó o no, poco interesa cuál era la teoría de cada parte.
Nótese que la Fiscalía hace hincapié en que la defensa no probó: arranca de la
premisa equivocada. Quien debe probar es la Fiscalía, no la defensa. Rige el
principio de inocencia, tiene que ser quebrantado. No puede partirse de la
premisa de que la persona es culpable. Parecería que quienes teníamos que
acreditar la teoría del caso éramos nosotros.
Fuera de ello, quedó pendiente de resolver para el dictado de la sentencia
definitiva, una cuestión preliminar que se planteó respecto de la violación al
principio de congruencia. Y quedó acreditado. Que la Fiscalía ha demostrado
según sus dichos toda la plataforma fáctica: esto quiere decir que acreditó
hechos que no fueron materia de imputación al momento de la formulación de
cargos. Esto evidencia que no correspondería otra resolución más que la de
hacer lugar a esta violación del principio de congruencia. Hubiese correspondido
a mi entender, que la Fiscalía limitara su actuación a lo que fue al imputación
original, como para salvar la cuestión de alguna manera. Pero sin embargo, trae
una acusación sobre una porción fáctica que no imputó. Mutó la plataforma
fáctica y eso no está permitido, es justamente la violación al principio de
congruencia.
Por otro lado, hizo mención la Fiscalía a dos situaciones de la Sra.
F. que habían quedado acreditadas. Que fueron dos tentativas de suicidio.
Lo único que se ha escuchado aquí acerca de ese tema, fue la declaración de
F. Porque tanto el psicólogo Torriani aclaró que lo que el decía era lo
que le había contado F. Lo mismo dijo Fernícola. Entonces, para la
Fiscalía, basta con una declaración de la víctima para poder sortear y quebrantar
este estado de inocencia y esto no es así, más allá que se tenga que juzgar con
perspectiva de género existen otros preceptos que obran en favor de quien está
siendo acusado, que son justamente los principios de inocencia, del debido
proceso. La Fiscalía dijo lamentarse que el proceso duró 4 años, pero no se
lamentó por el imputado violentando el plazo para el pedido de la formulación
de cargos, o su derecho a ser imputado y traído al debate por el mismo hecho.
Todas estas cuestiones afectaron el proceso legal y no pueden ser desconocidas
por el Tribunal. Estas cuestiones no se pueden omitir. Y la Fiscalía acredita con
esto que no trabajó la causa de manera objetiva, porque si así hubiese sido, no
hubiésemos llegado a esa situación. Seguramente no hubiésemos llegado,
porque esta causa no debió llegar nunca a esta instancia. El Tribunal debe
decidir sobre la suerte de una familia, cuando esto se podría haber trabajado
alternativamente dentro de la Fiscalía. Aquí realmente no se escucha desde la
Fiscalía, se lleva adelante una investigación con un protocolo que tiene armado
la Fiscalía, que ante cualquier denuncia que se genera se pone en
funcionamiento una maquinaria y no se escucha nada por fuera de ello. Se
escucha a las operadoras de OFAVI, se escucha al CIF, no se escucha un testigo
que tenga una versión diferente, ni al imputado. Entonces, este no es el rol que
tiene que cumplir el MPF.

Dr. Manuel Mansilla: Siempre se trata de gestionar los intereses de un
asistido de manera correcta. Cuando ingresamos a estudiar este legajo que fue
aproximadamente hace 10 días, nos encontramos con una serie de
irregularidades que afectaron el debido proceso, ese que uno pregona. No se
puede entender cómo se ha llegado hasta esta etapa con todos los plazos
vencidos, sin ninguna participación de F. M. No es lo que regula
nuestra normativa. A cada etapa se le asigna un plazo para llevar adelante la
actividad procesal.
La Fiscalía trajo una versión de los hechos que se compone de distintas
proposiciones fácticas. Y esa versión que trajo, para nada quedó acreditada, en
ninguna medida. Sí quedó acreditado lo que dijo N. M., que fue
testigo directo que vivía donde vivían F. y F. Es la persona que
convivió durante toda la infancia hasta los 18 años de F. Él contó cómo
era la casa, al igual que todos los testigos, que la dividía un mueble, que era
precaria, humilde. Y N. dijo expresamente “yo la hubiese salido a defender
a mi hermana”. Y fíjense lo que dijo N.: “yo no le creo a nadie, ni a
F. ni a F.”. No es el testigo hostil que dijo Fiscalía. Intentó
comunicarse con la hermana de manera personal, la hermana le contó tal
situación por vía telefónicamente, cuando el varias veces intentó hablarlo
personalmente con su hermana y su madre. Su mamá los dejó. Quien estuvo a
cargo de la crianza de los hijos? F. M., una persona de campo, con todas
su cultura, su pensamiento, puso el pecho a la situación. Crio sus hijos de la
mejor manera posible. Se le pregunto a F. si su mamá vino a verla, igual
que a N. y la respuesta fue que no. Cuando ella hace la denuncia en la
Comisaría, la acompaño B., que era su pareja, y la suegra. No estuvo
presente la mamá. Dijo que vino a verla la Hospital Zonal pero ella no estuvo en
el Hospital, estuvo en una clínica.
En cuanto a Fernícola, entrevistó vía WhatsApp a la víctima, y en poco
tiempo hizo un informe pericial en relación a unos hechos que son
absolutamente graves.
En cuanto a V. y M., ellos contaron cómo era la casa de F.,
como llevaba a cabo sus actividades. V. contó que iba a la casa y se hicieron
amigos de los chicos. Se le preguntó si F. le había comentado alguna
situación de abuso y a respueta fue que no. Se le preguntó si vio alguna situación
extraña, y dijo que tampoco.
Otra testigo, S. V., quien dijo que su amistad con F. podía
calificarla con el numero 10. Pero no sabía si F. había tenido problemas de
salud o no, no le contó lo de los abusos.
La versión que trajo Fiscalía para nada está probada, no tiene testigos
directos como para que fallen de acuerdo a lo que dice Fiscalía. No sucedió
ninguno de los hechos que trajo Fiscalía.

 Fallo Casal: cual es la lógica del sistema acusatorio, la carga de la prueba
le corresponde al Ministerio Público Fiscal. Sino no tendría lógica el principio
de inocencia.
Por ello se solicita la declaración de no culpabilidad.


Última palabra del imputado
Muchas gracias por poder escucharme, por poder verle la cara a los que me
están acusando. Por poder conocer al Fiscal y a los jueces, y de poder sentir
tener unos abogados que me defiendan. Porque siempre me sentí vulnerable
porque no hicieron nada para mi parte. Jamas me entrevistaron ni me dijeron
nada. Vine acá hace 15 o 20 días y me estoy empapando y enterándome de todo.
Yo jamás le iba a hacer algo a mi hija, jamás se lo haría, tuve su nena en brazos
míos. Si el otro es el abusador yo jamas le daría la bebé en brazos sin embargo
me la trajeron, vivieron a vivir con su pareja. Yo fui una persona conocida acá en
Bariloche, anduve por infinidad de lugares por F. Estuvimos con el
problema de N. con DDHH, Senaf, en Fiscalía por el problema de N.,
y sin embargo nadie se dió cuenta. Yo sé la persona que soy, fui el paisano
gaucho que a mi forma, humilde, sincero. Y hoy por hoy no tengo a U.
porque se cerraron las puertas pero sí tengo la nena de N. a la que quiero
ayudar. Más allá, de que su mamá los abandonó. Vivía en una casita tan
chiquitita como no se va a escuchar si pasa algo. Los vecinos no escucharon
nada, tenía vecinos en todos lados, nadie escuchó nada. La palabra mía es
simplemente que acá estoy, siempre estuve y está en sus manos.



LA DECISIÓN DEL TRIBUNAL SOBRE EL JUICIO DE
RESPONSABILIDAD:

Luego de la deliberación realizada el Tribunal llegó a una decisión por
unanimidad. La que comunicaré a continuación.

I. Análisis de la prueba rendida en juicio. Materialidad del hecho y autoría.
Sentado el marco de análisis cabe introducirnos en el tratamiento y estudio de
los hechos cuya comisión se acusó a F. I. M. Hechos que serán
vistos, valorados y analizados conforme las correspondientes perspectivas de
género y de niñez.
En los delitos como los que estamos llamados a juzgar ocurridos entre
paredes y en los cuales no es frecuente que sean cometidos en presencia de otras
personas, generalmente la prueba del hecho y de la autoría del imputado tiene su
fundamento principal en la declaración de la propia víctima (cfr. CIDH:
“Fernández Ortega vs. México -2010- y “Espinoza González vs. Perú -2014-, así
como también STIRN: Se. 203/16, 187/17, 276/17 y 67/18, entre otros).
Veamos entonces qué dijo A. F. M. en su declaración ante
el Tribunal.
Luego de las preguntas iniciales F. a diversas preguntas realizadas
por la Fiscalía señaló: ¿Cuándo hiciste la denuncia por la que estamos acá? En el
2019 o por ahí.
(A continuación, el Fiscal solicita autorización para exhibir a la víctima la
denuncia a los fines de refrescar su memoria. La misma fue realizada el
08/07/2020) ¿Sabés por qué estás acá hoy? Sí, porque comienza el juicio,
porque yo denuncié un abuso sexual. Cuando se separaron mi mamá de M.,
pasó un tiempo y estábamos mal porque mi mamá se había ido. Y el nos hacía
dormir con el para no sentirnos mal, para que no estemos tristes. Después de un
tiempo de que ya sea casi normal eso, el sacaba de la cama a mi hermano porque
el era varón y se supone que no tenía que estar mal, porque era el varón de la
familia. Entonces, yo seguía durmiendo con M. ahí en la cama grande. De
vez en cuando, dormíamos en nuestras camas en la cucheta, y a veces el me
despertaba y me decía que me acueste con el ahí en la cama grande. Y me
acuerdo que una de esas noches, el empezó a tocar mis partes íntimas por debajo
de la ropa, en la vagina. Me decía que no pasaba nada, que era normal y que el

me iba a enseñar a ser mujer. En ese momento yo tenía entre 11 o 12 años, ahí
fue cuando empezó.
Después del manoseo, empezó la parte de las penetraciones. M. me
decía que no pasaba nada, que todo eso era normal, que así iba a aprender yo. Él
me bajaba la ropa interior y se me subía encima y empezaba. Yo lloraba porque
algo raro había ahí, pero el me decía que no pasaba nada. Para mi él era mi papá,
era raro, pero si el decía que no pasaba nada yo le creía.
Él se subía arriba tuyo y ¿Qué hacía? Él me penetraba, metía su miembro
en mi vagina, yo no entendía mucho de eso, no me acuerdo si eyaculaba. Al
principio me dolía, era incómodo. Hasta ese momento yo no había estado con
otro chico, era una nena, la primera vez fue con el.
¿Esto pasó una sola vez? Esto pasó muchas veces. Siempre era después
que se dormía mi hermano, que él me iba a despertar y me pedía que me pase a
la cama grande. Me decía “hija” o “F.”, y cuando yo me despertaba me pedía
eso.
¿Siempre fue por la vagina? Si.
¿Alguna vez hiciste algo para oponerte? A veces me hacía la dormida o le
decía que no quería, y lloraba, y el se enojaba mucho. Yo sabía que al otro día
por cualquier cosa me iban a pegar o algo.
¿Esto pasaba en esa casa que nombraste? Todo esto pasaba en la casa que
nombré, en la cama grande, siempre era de noche, cuando mi hermano N.
se dormía, en la parte de abajo de la cucheta. N. nunca se despertó ni nos
vio, porque cuando terminaba todo eso me iba a acostar de vuelta a mi cama.
¿Cómo te sentías? Me sentía mal, yo sabía que algo estaba mal. Después
ya era costumbre y no tenía modo de negarme o hacerme la dormida porque sé
que se venía el maltrato al otro día. Sé que le decía que no quería, que me deje
tranquila, y al otro día cualquier cosa que yo hiciera el reventaba enojado y era
cuando me pegaba. Y respecto de N., a veces me decía que le iba a pegar a

mi hermano porque yo no colaboraba. En ese momento mi hermano era todo lo
que yo tenía.
¿Pediste ayuda? Nunca me animé, por miedo y porque pensaba que no
podían hacer nada por mi. Pasaba el tiempo y esto seguía pasando casi siempre,
de la misma manera en la misma casa. No me acuerdo cuántas veces pasó, pero
eran muchas.
¿Cuándo dejó de pasar? Cuando cumplí los 18 y me pude ir de Bariloche.
Tuvimos una discusión no me acuerdo bien de qué, pero sé que agarré mi
documento, mi celular y me fui donde una amiga, S. Y ella me dio lugar
unos días hasta que tuve contacto con mi abuela de Bolsón y me llevó para allá a
vivir con ella, ya tenía 18 años y unos meses. No me fui antes porque era menor
de edad y estaba a cargo de el, y cuando yo me iba me mandaba a buscar con la
Policía. Una vuelta me fui donde una amiga, y me mandaron a buscar....¿En
algún momento tuviste la idea de lastimarte o algo? Hubo una vez en la que
cansé de todo esto que estaba pasando, y en la casa esa que estábamos había un
tirante que atravesaba la mitad de la casa, y colgué una de las sogas que M.
usaba para los caballos y me la até al cuello. Y esa soga por algo se cortó. Y al
rato mi hermano llegó y yo tenía el cuello marcado, entonces me puse una ropa
con cuello cosa d que el no viera eso.
¿Estabas sola? En ese momento estaba sola, era de día. No se lo conté a
nadie.
¿Por qué tomaste esa decisión? Porque estaba cansada de todo lo que me
estaba haciendo, de los abusos que mi padrastro me hacía.
¿Tuviste una situación cuando tenías 16 años de un embarazo? Si. En todo
eso, me enteré que estaba embarazada y me fui al hospital, al Sanatorio xxxx,
y resulta que sí, tenía un embarazo. Esto fue antes de que fuera a Buenos Aires.
Me di cuenta que estaba embarazada porque no me venía mi período. Me hice
un test de la farmacia y me dio positivo, y le conté a mi hermano. Le dije que me
había hecho un test de embarazo y me dio positivo, y no sabía que hacer. Yo no

tenía novio en ese momento, no había estado con ningún hombre, solamente mi
padrastro, pero eso no se lo dije a N. Él me preguntó, pero no le respondí
nada. Después sufrí un aborto espontáneo y no se dio, yo igual no quería tener
ese bebé, porque no lo quería, no era algo que yo hubiera deseado.
¿Le contaste a tu padrastro del embarazo? Si. El me dijo que no pasaba
nada, que lo íbamos a criar como un hermanito más. No recuerdo si le dije que
era de él.
¿Cuando te fuiste y llegaste a Bolsón, dónde fuiste a parar? Me fui a vivir
con mi abuela por parte de mi mamá. Estuve viviendo unos meses, y después me
fui a vivir con mi mamá en la parte de atrás, porque ellas vivían en el mismo
terreno. ¿Qué pasó en esos años hasta que hiciste la denuncia? Ahí conocí a un
chico, tuvimos a mi nena, y hasta el momento todos los abusos que viví los
quise olvidar, quise hacer como que nada pasó, entonces le conté a mi hermano
y mi padrastro que estaba embarazada de mi nueva pareja, B. R., porque
eran mi familia.
¿Tuviste algún inconveniente cuando formaste tu pareja con B.? Al
principio me costaba relacionarme con él en la intimidad. No me gustaba mucho
que me toque porque volvía de vuelta a acordarme de lo que no me quería
acordar.
¿B. te preguntó algo? No, nada. Yo seguí mi vida.
¿Cuál fue el detonante, o qué ocurrió que decidiste contar lo que te pasó?
Una de las primas de él, una nena, sufrió algo similar. Y me dió tanto dolor
acordarme de lo mío de vuelta, entonces fue cuando me animé a contarle a él
que era mi pareja, de todo lo que ya había pasado.
¿Cuándo se lo contaste? Estábamos en su casa, y mi nena ya tenía sus
meses. Le conté a el, después a su mamá. Después le conté a mi mamá también,
y me dieron la fuerza para hacer la denuncia. Después le conté a S., y
también llamé a mi hermano, después de hacer la denuncia.
 ¿Tu hermano te creyó? Mi hermano no me creyó, me dijo que yo estaba re
loca, que cómo le iba a decir algo así de su papá. A la fecha mi hermano no me
cree. Hace unos días me mandó unos mensajes pidiéndome de arreglar esto, de
dejarlo todo así nomás, porque era su papá y el lo quería disfrutar. Yo le dije que
no, que me había costado muchos años y que no iba a aguantar nada más, que no
quería esto para mi hija. Así que él se enojó. Esto fue los últimos días de
septiembre más o menos, fueron mensajes de WhatsApp. Me dijo que el no me
iba a creer porque yo le había dicho por celular, y después mezcló temas que
tenían que ver con la salud de mi mamá. Mi mamá esta atravesando un cáncer y
el en uno de los mensajes dice que ojalá ella se muera y que ella es la culpable
de todo esto.
A N. lo tenía agendado como “N. último”, y me lo mandó a mi
teléfono xxxxx. Después de eso lo bloquee porque no quería que me
siguiera mandando mensajes.
Hiciste alguna publicación en alguna red social? Si, después de la
denuncia hice una publicación en Facebook. Puse lo mismo que había dicho en
la denuncia. Hace unos meses, no tenía respuestas de sobre qué iba a pasar, si se
iba a hacer o no el juicio, y tuve otra tentativa de suicidio, y me ganaron todos
los problemas juntos. Estaba sola en mi casa e intenté cortarme las venas. Fue
hace unos meses, estaba sola, mi nena se había ido con su papá, fue a la noche.
Llegó el papá de mi hija preocupado porque no le contestaba los mensajes, abrió
la puerta y me vio en el baño. La reacción de el fue retarme y hacerme saber que
no le podía hacer eso a mi hija. Entonces me curé las muñecas y seguí de vuelta.
Hice eso porque era la única salida que le veía para parar con todo el dolor que
cargo.
Tuviste problemas para dormir? Si, muchas veces me cuesta dormir. O a
veces me cuesta despertarme, o tener ganas de hacer cosas. Ya hice consultas asi
que tengo psicólogos en el Hospital.

 Qué pretendes de esta causa? Yo quiero que se me crea. Y que nadie más
pase por algo así, no se lo deseo a nadie y ojalá que se haga justicia. Nunca me
voy a olvidar.
Después de último incidente que te lastimaste te vio algún psicólogo? Si,
me vio un psicólogo en el Hospital de Bolsón y después tuve la charla por zoom
con el psicólogo de acá, al que le conté todo. Me alivio bastante esa charla, pero
se sigue recordando todo eso.
Sin dudas el relato de F. fue contundente; y se encontró signado
por la angustia de la misma al describir todo lo que le ocurrió.
Ningún elemento del juicio nos hizo dudar acerca de la veracidad de los
dichos de la testigo ya que no se ha observado, como en otras oportunidades en
las que las familias se quiebran como en ésta, ni tampoco han sido planteadas,
motivaciones para concretar una denuncia como ésta.
Ahora bien, tal como señaláramos al inicio de este punto, en los hechos
que nos atañen, generalmente la prueba principal es la declaración de la propia
víctima; sin embargo ésta debe encontrar corroboración en prueba indiciaria
conteste, que le provea de modo independiente certidumbre a lo referido (cfr.
STIRN Se. 65/14, 97/14, 75/15 y 182/16, entre otras).
Corresponde entonces valorar qué otras pruebas han sido producidas en
juicio y si las mismas en su valoración conjunta, coinciden y le dan certidumbre
al relato de F.
Hemos escuchado el testimonio de la madre de F., S. P.;
quien lo hizo por Zoom, en atención a encontrarse internada en el Hospital de El
Bolsón. Nos relató como fué que tomó conocimiento por parte de F. con
relación a los hechos que vivió como consecuencia de las acciones de quien
había sido su esposo -F. M.- ; así como con relación a porqué decidió en
función de las distintas situaciones de violencia que recibió por parte de él;
abandonar la familia. Consideramos como algo sumamente importante los
dichos de S. en el sentido de haberle creído a su hija.

 También declaró una amiga de F., S. V.; quien indicó que
en una oportunidad “la dejaron irse con nosotras y ahí nos dijo que la habían
tratado mal que todo el tiempo la mandaba, psicológicamente la trataba muy
mal. Era como si fuera una relación como si ella fuera la mujer de la casa y él el
hombre y el hermano. Ella tenía que cocinar, limpiar, todo lo que hace la mujer
lo tenía que hacer ella”. Así como en otra oportunidad “ella me manifestó que la
trataba mal, le decía que era una puta de mierda, que no le gustaba que ella
salga, que era muy celoso. había querido conseguir un trabajo en un lavadero y
no la dejo porque trabajaban hombres. Después trabajo en una pollería y
también fue un tiempo corto porque no la dejaba tener esa libertad de poder
salir.”. Que también le contó que se autoagredía. Éso “fue cuando fuimos a
Bolsón con mi nena, me contó que quería atentar contra su vida. Que era todo
muy difícil para ella hasta el día de hoy. Uno a la distancia no puede hacer
mucho entonces siempre yo le escribía para ver estaba. Pero estos altibajos que
tiene hasta el día de hoy, sé que muchas veces ha querido atentar contra su vida
no pensando en absolutamente nada en lo que tiene acá, se pierde y se cega. Ya
ha tenido varios episodios de esos y está ahí, tratando de salir adelante”.
Preguntada sobre si le había comentado porqué tuvo esos episodios; ella indicó
que por “Todo lo que ella carga desde muy chica. Nunca la han dejado salir
adelante en un montón de cosas de la vida cotidiana de uno, no tener una pareja
estable, no poder estar tranquila en su casa, sentirse todo el tiempo como si
alguien la estuviera mirando o juzgando. Esos sentimientos que no la dejan vivir
en paz.”. Leyó el descargo que hizo por Facebook en el que decía “esta hecha la
denuncia por todo lo que viví durante años y haber pintado a una persona como
mi papá que nunca lo fue y me cagó la vida” que la abuso desde muy chica
desde los 11 años. después me mandó mensajes que decían cosas parecidas a
eso, como uqe ella había pintado a una persona de algo que no era. Ahí supe
todo lo que había pasado. Me contó que había sufrido abusos por parte de F.
en toda su niñez.

 Fué preguntada también con relación a si su hermana la g. tuvo
alguna situación con M.; a lo que contestó que “ Sí, ella me contó que una
vez no sé donde estaban, pero que F. le dijo ojalá tuviera 20 años menos para
estar con vos. Ella tendría 15 o 16 años. No se si como un piropo o en qué
contexto, pero se lo dijo al oído. Eso me lo contó mi hermana.
Con respecto a la relación de su hermano N. con F., indicó
que “Era buena cuando ellos vivían, hasta el día que ella se fue, que cuando ella
estaba en mi casa y faltaban pocos días para que se vaya a bolsón, el fue a mi
domicilio y fue a agredir a F. fisicamente. F. salió para atenderlo. Mi casa
está como abajo, entonces había tipo un paredón chiquito, cuando F. sale por
la puerta viene N. se tira desde un paredón y le pega una patada y le tira al
piso. Ahí salió mi papá y lo sacó a N. y el le tiró piedras. El le gritaba le
decía que era una mal agradecida, que su papá le había dado todo, que cómo se
iba a ir con su mamá. Estaba muy dolido por que F. se iba.”
Han declarado en juicio también los profesionales en psicología que
mantuvieron entrevistas con F. -el licenciado Torrioni, y el licenciado
Fernícola.
El licenciado Torrioni refirió que: “Nos convocaron como guardia pasiva
de servicio social, la Lic. Dolores Caride y yo que estaba de guardia de salud
mental ese día. La entrevistamos a F. que estaba acompañada de su
suegra, I. V., y ahí ella relata situaciones de abuso sexual, violación y
violencia física y psicológica de parte de su padrastro. Ella lo sitúa entre los 11 y
los 18 años aproximadamente. Ella relata que a los 11 años, su madre se retira
del domicilio por sufrir violencia de género de parte de F., y en ese momento
que ella queda al cuidado junto con su hermano de F., comienzan situaciones
de abuso “toqueteos” que luego se profundizan y resultan en violaciones o abuso
con acceso carnal, amenazas para que no lo cuente, coerciones, amenazas con
hacerle daño a su hermano. Y además, situaciones muy crudas de violencia
física con rebenques y demás. Ya más en la adolescencia, cerca de los 18 años,

ella habla con su madre con la cual no tenía mucho vínculo y ella le recomienda
denunciar. La denuncia la hizo en Bolsón con la cual fue a vivir, porque a los 18
años logra escaparse de la casa donde sufría esas situaciones y la aloja su abuela
por eso el protocolo se realizó ahí.”
En tanto el licenciado Fernícola indicó que se entrevistó con F. a
través de la plataforma Zoom en las dos oportunidades en que debió concretar
las pericias que le fueron encomendadas. Con relación a los hechos aquí
juzgados indicó que : “Dijo que sucedió entre sus 12 y 17 años de edad, siempre
respecto de la misma persona, incluso en una situación que había estado
internada en buenos aires fue aprovechada por el imputado para ejercer su
accionar. La persona era el padre, el Sr. M. No registré detalles en mis
notas porque no era lo esencial en mis notas, pero si que fueron reiteradas veces,
que tuvo muchas dificultades para denunciarlo y dar testimonio de esto, e
incluso situaciones personales como haber quedado embarazada en uno de los
abusos, que ese embarazo terminó con un aborto espontaneo y no hubo una
denuncia por el temor que le generaba. Pudo denunciarlo cuando se fue de la
casa paterna. Con relación a su situación “existían varios componentes, la
reducción de su condición humana prácticamente a cero, por la situación que
ella vivía, no poder avisar, no poder hablar ni decir a nadie de su confianza, ello
supone el nivel de subversión que tenia respecto de la persona, dependencia o
temor. Era una reducción a cero de su condición humana. Y eso es
suficientemente arrasador para entender que las vivencias que estaba teniendo
eran más que traumáticas...había una serie de elementos que quizás no aparecían
en la descripción temporal y el hecho de que esto haya sucedido durante mucho
tiempo genera la existencia de síntomas al mismo tiempo que estaba viviendo
acontecimientos traumáticos. Entonces se podría clínicamente discutir si es
estrés postrauma o no pero no que haya habido un trastorno reactivo. Tenia
recuerdo intrusivos sin nada que los motive, dificultades para dormir, autoestima
arrasada, pérdida de autoestima con una reacción clara que fue la de querer

quitarse la vida. Todos los componentes. Y está la otra parte, que nada de estos
sucedía con anterioridad a empezar a sufrir los acontecimientos,s y que no había
ningún otro acontecimiento que pudiera explicar mejor los síntomas que estaba
padeciendo. Por lo cual queda configurado clínicamente el estrés postraumático.
Este estrés entonces se relaciona a los sucesos de abusos que ella relató: no
padecien ella otro trastorno ni otros hechos, existiendo en su relato un
acontecimiento suficientemente traumatico para generar este tipo de reacciones,
y teniendo los síntomas, están todos los elementos para diagnosticar.
Con relación a su segunda pericia indicó que “La vi en ese momento en
una videollamada, en relación a una existencia de segundo intento de suicidio.
Este intento, si bien se dispara por una cuestión puntual a la dinámica familiar,
esa cuestión no deja de tener vinculo con la perdida de autoestima que venia
acarreando en relación al padecimiento que ella denunció y seguía presentado
síntomas de estrés postrauma relacionado con los hechos denunciados. Seguía
con dificultades para dormir, dificultades a nivel de autoestima, recuerdos
intrusivos y demás. Si bien estaban atenuados seguían teniendo suficiente
entidad para seguir diagnosticándola.”. Siendo terminantes sus dichos
cuando a preguntas de la Defensa indicó que lo que puede afirmar es que el
relato de F. es creíble; resaltando su coherencia. Así las cosas
consideramos que el estudio integral del resto de la prueba rendida en juicio nos
permite concluir que el relato de F. ha sido sostenido en el tiempo y
corroborado ante: su madre, su amiga S., en el Protocolo realizado en el
Hospital ante el Licenciado Torrioni y en oportunidad de las pericias
psicológicas forenses realizadas por el Licenciado Fernícola.
También sé corroboró que en todas las ocasiones en las que F.
contó el hecho indicó que el autor fue su padrastro F. I. M.
Se probó también incluso por los propios testigos de la defensa que el
imputado convivía con F. para el espacio temporal de los hechos

imputados. Así como por el propio reconocimiento que efectuara el imputado.
Más allá también de lo indicado en tal sentido por las testigos P. y V.
Consideramos también como significativa la situación que rodeó el
develamiento; que ocurrió en el año 2020 que fue el momento en que ella
consideró que era el momento que podía contarlo. El detonante fue que vio una
niña (pariente de por su entonces pareja) que estaba pasando algo parecido a lo
que había sufrido ella, y ese fue el motivo que la animó a contarlo. Situación por
demás alejada de todo otro motivo o interés.
Es por eso que concluimos sin dudas que el relato de F., prueba
esencial en este tipo de hechos tanto respecto de la materialidad como de la
autoría fue idóneo para acreditar ambos extremos, y fue además corroborado por
la prueba indiciaria conteste que le proveyó de certidumbre (testimoniales de
P., V., T. y F.). Así como fué sostenido a lo largo del proceso
por F.
Sin perjuicio de las manifestaciones de los testigos de la Defensa; se
puede evidenciar el interés de los mismos de defender los intereses de F.
I. M. Con relación a la calificación jurídica coincidimos con lo
sostenido por la Fiscalía en atención a que se lo debe condenar por los delitos de
abuso sexual simple reiterado agravado por la guarda y contra una menor de
edad, aprovechando la convivencia preexistente, y abuso sexual con acceso
carnal doblemente agravado, de conformidad con los artículos 45, 55 y 119 1%
y 3* párrafo incisos b) y f) del C.P. Por todo lo expresado precedentemente,
no nos quedan dudas que efectivamente A. F. M. fue víctima de
abuso sexual por parte F. I. M., razón por la cual habremos de
declarar al acusado autor penalmente responsable del hecho motivo de debate.

II. Calificación jurídica: En lo que atañe a la calificación jurídica del hecho rige
el Artículo 119 1° y 3° Párrafos Incisos b) y f) del C.P. que tipifica los delitos de
abuso sexual simple reiterados agravados por la guarda y contra una menor de

edad, aprovechando la convivencia preexistente con una menor de 18 años, y
abuso sexual con acceso carnal doblemente agravados por la guarda y contra una
menor de edad, aprovechando la convivencia preexistente con una menor de 18
años. Así las cosas, Resolvemos: I. Declarar a F. I. M., ya filiado,
autor penalmente responsable del hecho que fuera materia de acusación y
debate, calificados como abuso sexual simple reiterados agravados por la guarda
y contra una menor de edad, aprovechando la convivencia preexistente con una
menor de 18 años, y abuso sexual con acceso carnal doblemente agravados por
la guarda y contra una menor de edad, aprovechando la convivencia preexistente
con una menor de 18 años. ( Artículos 45, 55 y 119 1° y 3° Párrafos Incisos b) y
f) del Código Penal; y 188 del Código Procesal Penal de la Provincia de Río
Negro). II. Emplazar a las partes a Ofrecer prueba para el juicio de cesura en el
término de ley.

JUICIO SOBRE LA PENA

Tras la declaración de culpabilidad de H. R. H. como autor
penalmente responsable de los hechos materia de acusación, el día 15 de Abril
de 2024, se realizó la audiencia correspondiente al juicio sobre la pena.

Intervinieron el Sr. Fiscal Dr. Gerardo Miranda el acusado F. I. M.
y sus letrados defensores, el Dr. Horacio Fabián Brucelaria y el Dr. Manuel
Segundo Mansilla.


La Fiscalía indicó que ha citado dos testigos para el día de la fecha, además de
ofrecer el informe de RNR del acusado en donde consta que no tiene
antecedentes penales. Mientras que la Defensa indicó que se valdría de la prueba
ofrecida durante el debate.

TESTIGOS
María Clara Romeo Aznar

 Tengo 44 años y soy Licenciada en psicología recibida en la UBA, hice la
residencia en psicología clínica en el Hospital Italiano, tengo una maestría en
gestión de servicios en salud mental, soy especialista en psicoanálisis vincular.
Me desempeñé fundamentalmente en el Hospital Italiano en el servicio de
psicodiagnóstico y en la sala de agudos. También realice guardias en el Hospital
Piñero en Buenos Aires y consultorios externos en el Sanatorio en Lomas de San
Isidro. Cuando volví a Bariloche me desarrollé en ASUMIR en SEDRONAR,
hice algunas suplencias en el Hospital en Salud Mental y actualmente me
desarrollo fundamentalmente en consultorio particular. También participo
actualmente en la Comisión de Salud Mental, Derechos Humanos y Géneros del
Colegio de Psicólogos.
¿Ha tenido pacientes de salud mental? Muchos
¿Ha trabajado en ámbito público o privado? Ambos
¿Trató a muchas víctimas de abuso sexual? Si.
¿Hombres, mujeres, ambos? Ambos.
¿Cuales serían las consecuencias de los abusos? ¿Hay patrones o
estadísticas del abuso sexual en víctimas, particularmente niños, niñas y
adolescentes? Sí, las consecuencias son complejas, y en lo que respecta a niños
y adolescentes, no solamente son complejas, sino que suelen ser permanentes. El
daño suele ser irreparable. Sí se puede apuntalar, acompañar, y de alguna manera
sobrellevar eventualmente la vida. Pero los daños son muy graves. En particular,
en el desarrollo en la primera infancia, hay varios puntos. (Se procede a exhibir
presentación de Powerpoint). En abusos sexual en infancias, el riesgo de
suicidio es muy grande, sobre todo cuando hay abuso de forma sistemática por
parte de los cuidadores, en la primera y segunda infancia, el pronóstico indica
que el riesgo suicida está presente. Hay áreas que se ven más afectadas. Es más
grave la niñez y en la infancia, porque así como en la formación biológica que se
va dando fuera del útero, terminando la adolescencia, psicológicamente ocurre
lo mismo, motivo por el cual algo que irrumpa de esa manera no solo genera un

daño sobre la estructura, sino que la estructuración psicológica no esta formada,
entonces todas las bases o cimientos necesarios para la estructuración de la
personalidad, no se pueden fundar. No hay una estructura sobre la cual se monta
la personalidad del adulto. Todo queda flojo.
El tema del abuso sobre todo por parte de padres o cuidadores, a largo
plazo tiene consecuencias devastadoras en la niñez como en adolescencia y en la
adultez. Una de las cuestiones que quedan luego de un abuso, sobre todo
sistemático, es que como resultado aparecen trastornos por estrés postraumático,
significa que la persona tiene pensamientos intrusivos, sensación de amenaza,
pesadillas, miedos permanentes. También se observan trastornos depresivos,
aislamiento, desesperanza, falta de voluntad, de deseo, de capacidad de disfrutar.
Los trastornos de ansiedad acompañados por un miedo constante con ataques de
pánico y posteriormente los trastornos de personalidad que son muchísimos.
Todos estos, en sí mismos, cuando los trastornos están instalados y perduran,
son trastornos que llevan riesgo suicida. Las áreas que se ven más afectadas en
un abuso, son las áreas emocionales, la percepción de sí mismo, la percepción
del mundo y los vínculos con los demás. Todo eso queda devastado o de alguna
manera desregulado. Las personas víctimas de abuso sexual, en su autoestima,
hay sensación de desvalorización, su cuerpo no vale, la sensación de asco sobre
el propio cuerpo, repugnancia sobre sí mismos, es algo que suele suceder,
acompañado por supuesto también por diferentes mecanismos psicológicos de la
sensación de culpa que tienen constantemente. Las emociones están totalmente
desreguladas, cuando hay arrebatos, ira, angustia, enojo, no tienen borde. Son
sensaciones que no pueden frenar, no hay límites. Por eso también hay mucha
impulsividad y en esos momentos quizás las persona no planeó en ningún
momento ningún suicido pero en la impulsividad pueden terminan suicidándose
también.

 Otro punto, con respecto a las relaciones, constantemente está la
desconfianza de por medio Esto genera también mucho aislamiento y sensación
de soledad. Que para el ser humano el aislamiento es veneno.
Otra de las áreas son dificultades en la identidad sexual, problemas en el
área de la sexualidad, hay mucha confusión en cuanto a la identidad sexual, la
sexualidad es disfuncional, aparece promiscuidad, disociación durante el acto
sexual, dificultad de disfrutar, muchos sentimientos de vergüenza y desconfianza
hacia su propio cuerpo. Se observan mucho mecanismos de despersonalización
o desconexión donde la persona siente que su cuerpo no es su cuerpo, el cuerpo
es ajeno, se ven desde afuera. La falta de atención con respecto a la situación de
trauma hace que el trauma perdure, esto sigue teniendo consecuencias. Por el
otro lado, la falta de apoyo, tiene que ver con una cuestión de vergüenza, de no
poder decir nada de esto. Pero por otro lado ocurre que a nivel intra familiar,
realmente hay falta de apoyo y no hay quizás acompañamiento. Las víctimas
suelen no decir, pero es por un conjunto de situaciones, que no se dice.
Una de las cuestiones más significativas en el suicidio, es cuando hay
desesperanza. Cuando las personas ven que esto no tiene solución. Y que en
parte, realmente es de muy difícil resolución. Por otro lado, como esto se
instauró en la niñez y adolescencia, es la forma normal de vivir. Aprendemos en
la infancia y adolescencia la manera normal de vivir que es de un modo abusivo,
entonces, generalmente las personas vuelven a recaer en vínculos por modos
automáticos sin pensar. Así como se aprende a caminar de una manera y no
pensamos cuando caminamos, también de esta manera vuelven a recaer una y
otra vez en vínculos o situaciones de abuso. Incluso el trato de la persona hacia
sí misma suele ser abusivo también. Es la dificultad de poder reconocer que
estoy en una situación abusiva, es natural.
Con respecto al propio cuerpo, las sensaciones de asco, repulsión hacia el
mismo, también traen trastornos en la conducta alimentaria y abuso de
sustancias para poder anestesiar y evadir las situaciones.

Después respecto de las estadísticas, no hay tantas. Con respecto a esto, la
OMS, indicó que las personas que habían sido victimas de abuso sexual tienen
tres veces mas probabilidades de intento de suicidio. La Asociación América de
psicología, estableció que aproximadamente el 30% o 40% de las personas que
han sido victimas han tenido pensamientos suicidas o intentos suicidas en algún
momento de su vida. En todas las estadísticas el porcentaje de riesgo de suicido
en personas que fueron victimas de abuso, es mayor que las que no. Y en entre
mujeres y hombres, las mujeres tienden a tener más tentativas suicidas que los
hombres. Los hombres tienen más mecanismos de ira y de otras maneras.
En caso de un niño o niña que además no cuenta con otros apoyo de
familiares, ¿Todas estas consecuencias negativas del abuso sexual mejoran o
empeoran? Todo es peor.
¿El develamiento del abuso sexual generalmente es tardío? ¿Es normal
que ocurra? En general sucede así. Si no hay apoyo, es aún mas tardío. Es
normal que ocurra de forma tardía, aunque haya apoyo.
Cuando cesan los abusos, ¿Los traumas desaparecen? No.
¿Qué se necesita para que sean tratados o pueda la persona sobrellevar la
situación? Tratamiento psiquiátrico y psicológico.
¿Hay algún tiempo establecido? No sé si sanan. Se estabilizan. Baja el
nivel de riesgo suicida constante. Es crónico muchas veces el riesgo, se puede
estabilizar y que la persona sobrelleve la vida con algunos apuntalamientos.
¿El apoyo de instituciones u organismos del Estado es importante? Es
fundamental. Pensando en la víctima.
Preguntas de la Defensa
¿Tiene alguna especialización en psicología forense? No.
¿Sabe qué es? Entiendo que tiene que ver en principio, en aspectos que
tengan intervención judicial en general. No tengo una definición específica si le
puedo decir lo que he estudiado en la facultad, algunas cuestiones de
psicodiagnóstico.
 ¿Ud entrevistó a la victima de este? No, hablo de teoría y practica mía.
¿La conoce? No.
|¿Puede decir si tiene algún trauma o alguna cuestión en relación a lo que
contó? En lo absoluto, ni idea.
¿Puede decir si F. M. tiene tendencia suicida? No, no la conozco.
¿Si hay algún riesgo respecto de ella? No.
¿Puede decir si F. M. atravesó algún tratamiento en algún momento? No.
¿Puede contar cómo influye el abandono materno sobre un niño en todo
este proceso o tendencia suicida? La maternidad es una función. Motivo con el
cual puede haber otros que cubran esa función. No es significativo. SI es
importante que no hace al riesgo suicida, si es conveniente que esté la madre,
pero no es imprescindible. Incluso depende como cumpla la función la madre,
quizás hasta podía ser que no esté. Como no conozco a F. no lo sé.
¿O sea que en algunos casos es mejor la ausencia materna? Podría ser,
eventualmente.
¿Cómo se determinan los daños psicológicos? Por los síntomas
¿Quién los determina? Un profesional.
¿Cuáles son los procedimientos o métodos para determinar esos daños?
Hay técnicas, la más importante es la entrevista. Y luego hay test y técnicas que
pueden ayudar y apuntalar eso.
¿Con una entrevista por video llamada se podría determinar daños
psicológicos? Podría ser una, dos, tres, depende la situación. Podría ser.
¿Por una entrevista de 45 minutos por video llamada? No lo puedo
asegurar. Es como un médico si me lastimo la rodilla quizás se ve la lastimadura
o quizás necesita una resonancia, puede ser que sí o se si no, no se puede
asegurar.
¿Qué necesitaría? Quizás varias entrevistas psicológicas.
 ¿Cuántas? Depende el caso. No es una ciencia exacta.


Alfredo Fernícola
Soy psicólogo forense del CIF de esta circunscripción, desde 2019.
¿Cuál es la diferencia entre psicológico clínico y el forense? El clínico
está orientado en su labor más al tratamiento psicoterapéutico y las vicisitudes
que tienen que ver con la psicopatología aplicada al ámbito clínico. Y el forense
es una suerte de consultor técnico dentro de un campo especifico, que es dentro
del Poder Judicial, o de las cuestiones judiciales, con lo cual el conocimiento no
se orienta tanto a la modificación de la conducta de las persona, sino a entender
la conducta en términos de el funcionamiento u ordenamiento o psicopatológico.
Para eso se requiere formación.
En el caso en particular de F. ¿Hay algún tipo de relación entre la
tentativa de suicidio y los hechos de abuso sufridos? En este caso, la relación
viene dada por la sistematicidad de las situaciones que vivió, y cómo eso de
alguna manera impacta en la posibilidad de organizar su economía mental de
una manera productiva o sana. En el caso de ellas, la vivencia de abuso y las
vicisitudes que eso tuvo, supuso un impacto muy fuerte en su organización
mental a nivel de la autoestima, de la expectativa que tenía de tener una vida
saludable o productiva, y respecto de la capacidad que ella pudo lograr para
afrontar situaciones conflictivas o situaciones de dificultades de la vida cotidiana
de una manera adecuada. Por eso muchas veces, por lo que he hablado con ella,
sobre todo en la segunda entrevista que estaba orientada a la tentativa de
suicidio, el nivel de sobre paso respecto de sus capacidades funcionales que
tienen algunas situaciones conflictivas de su vida llevan, a la idea de que no
queda otro camino más que quitarse la vida. Las situaciones de abusos la llevan
a disminuir en las capacidades que tiene para afrontar la vida cotidiana, y luego
para lidiar con eso de una manera adaptativa.

 Antes de Ud. vino la Lic. Romeo, y ella dijo que el riesgo suicida como
consecuencia última en las personas que sufrieron abuso, siempre es superior o
mayor en las personas que no lo sufrieron. ¿Ud. tiene algún conocimiento de
esta cuestión? Desconozco la estadística, pero suena lógico en los términos en
que acabo de referir. En términos generales una situación de abuso sexual sobre
todo con las características de la situación con F., es arrasador respecto
de la posibilidad de desarrollar adecuadamente las capacidades mentales. Y de
ahí, a que cualquier forma de auto agresión pueda ser una salida a los conflictos
y a las situaciones incluso cotidianas de la vida.
¿Sabe que F. fue abandonada por su madre? Ella lo comentó en las
entrevistas, forma parte del contenido. A raíz de esa situación de que de alguna
manera a merced de la persona que se suponía que la tenía que cuidar.
Ese abandono ¿Pudo influir en la sintomatología de estrés? No es posible
decir que no. Ahora, en qué medida respecto de lo otro, son dos situaciones que
pueden por sí mismas generar estrés postrauma. La diferencia uno la puede notar
en el tipo de síntomas que se generan al rededor de los hechos, y el tipo de
síntomas que ella refería no tenían que ver con el haber sido abandonada, sino
con el haber sido abusada, lo que recordaba cada vez que tenía recuerdos
intrusivos, todo lo que ella refería era de contenido ligado a los abusos y no la
abandono. Con lo cual, independientemente del impacto que pudo haber tenido
el abandono en su constitución mental, el estrés postrauma o la patología
reactiva que ella presentaba, estaba más vinculada al abuso que al abandono. El
abandono puede haber contribuido a que no haya desarrollado recursos de
afrontamiento adecuados, pero no al desarrollo de la patología reactiva respecto
del abuso, son dos cosas distintas.
El abandono materno ¿Genera mayor vulnerabilidad en un niño? Puede.
Eso depende de la condición de crianza posterior. Supongamos, no el abandono
sino la muerte de un familiar, si el niño queda contenido por su familia, el
progenitor o cuidador que habitualmente lo hacía y tiene una crianza favorable,

hay un impacto pero no necesariamente significativo. Si e da lo contrario, y al
abandono se le suma una condición de crianza deficitaria es muy probable que
aparezcan dificultades.


Preguntas del Defensor
¿Cual fue la modalidad de entrevista que tuvo? Las dos veces por zoom o
video llamada de whatsapp.
¿Cuantas entrevistas le realizó a F.? Dos, una en cada oportunidad,
una para cada informe.
Ud. de acuerdo a lo que determinó en esas entrevistas, ¿Puede decir que
F. tenga daño psicológico? Si
¿Cuáles son esos daños? De movida el padecimiento de una patología
reactiva podría configurar un daño. No en el sentido de la consolidación jurídica
de eso, pero sí en términos de un efecto en su economía mental que la perjudica
en su capacidad funcional. En términos psicológicos eso representa un daño.
¿Eso es algo generalizado en todas la víctimas? No, no necesariamente.
En esta víctima si.
Y en esta víctima, ¿Cómo lo pudo determinar? Por el tipo de indicadores y
síntomas que ella manifestaba tener, más los síntomas que manifestó no tener.
Uno cuando analiza este tipo de situaciones, suponiendo la posibilidad de
mendacidad, refiere o hace preguntas que no tengan que ver con el cuadro que
se está tratando de delimitar. Por ejemplo, se preguntan cosas como si le dan
ganas de comer fideos; depende del tipo de repuesta que de, la persona está
tratando de mentir respecto del padecimiento o patología o no. Ella no
solamente describió el padecimiento esperable en los cuadros reactivos, dijo
haber padecido esos síntomas, sino que dijo no haber padecido los que no se
correspondían con el cuadro. Entonces para el diagnóstico hay una
configuración mental deficitaria o pobre en su capacidad de afrontamiento, en
parte ligada a su historia vital y el abandono de la madre, pero también al

padecimiento sistemático de abuso e imposibilidad de salir de esa situación. Ella
se sintió de esa manera y es lo que la afecta mentalmente. Entonces, por un lado
describió esos padecimientos, tenía esa dificultad en los recursos, presentaba los
síntomas esperables, por lo tanto todo eso configura, junto con no haber
padecido otros síntomas que no tenían nada que ver con esto, junto con no tener
otra explicación posible del caso u otras posibles situaciones traumáticas que lo
explicaran mejor, el diagnóstico que di.
La Lic. María Clara Romero, a preguntas que formulé respecto de si ella
consideraba que se podían determinar daños psicológicos en una entrevista por
video llamada, y nos dijo que era muy improbable. ¿Ud. qué considera? De esa
afirmación se deduce que es probable hacerlo. Si es poco probable, hay una
posibilidad de que sí. Depende de las condiciones, de quién la haga, de cómo. Si
se tiene conocimiento suficiente, la cantidad de información suficiente, en una
entrevista es posible determinarlo.
¿Últimamente volvió a entrevistar a F.? En septiembre cuando hice
el último informe.
Ud. hablo que una situación de abuso trae carencias en la organización o
capacidad mental. ¿Lo puede explicar? Una situación sería una persona que
atravesó una vida relativamente buena sin dificultad, que sufra una situación de
abuso. Esa situación de abuso puede impactar en su organización mental
generando una serie de problemas. Una cosa distinta pero que también configura
un impacto, es una situación sistemática de abuso mientras se van produciendo
los procesos evolutivos que llevan a la constitución de los procesos mentales en
general. El caso de la víctima es el segundo. Al momento que ella iba sufriendo
todo esto, también se iban produciendo su desarrollo mental. Con lo cual, estar
en esa situación deficitaria de crianza, carente de amor y cuidado, con violencia
y demás, constituye un contexto de desarrollo en el que es altamente improbable
que se puedan desarrollar recursos de afrontamiento que le permitieran no sufrir
el impacto de un abuso. Entonces, en el caso de ella, lo que sucedió es no

solamente la vivencia de abuso le sucedió, sino que en el transcurso de esa
vivencia tener que desarrollar recursos mentales en una condición deficitaria de
desarrollo. Eso significa la disposición de recursos pobres para poder atravesar
esto productivamente, y eso lleva a no poder tener una autoestima más o menos
adecuada, que le permita afrontar su condición vital de una manera razonable o
productiva, estar a merced de una situación que la va a procesar de una manera
completamente diferente a los demás, cualquier situación de conflicto o que
pudiera resultarle a otra persona más o menos susceptible de ser afrontada sin
problemas, ella va a tener más problemas para hacerlo. Tiene la posibilidad de
desarrollar psicoterapia y fortalecerse, pero en principio ese es el impacto que
puede tener en su economía mental.
En este caso en particular ¿Cómo influye el abandono de la madre? Puede
contribuir a que su capacidad para desarrollar recursos mentales se vea
disminuida porque el contexto de crianza no era bueno. Ella no solamente sufrió
el abandono de la madre sino que luego quedó en una condición de crianza muy
deficitaria. Eso no contribuyó a que pueda o haya podido desarrollar recursos
mentales un poco más fuertes.


Declaración del imputado
Ya saben todo de mi parte. Pero simplemente me da cosa que teóricamente están
hablando acerca de lo mío, pero todo teóricamente. Hoy por ejemplo, mi hijo no
lo puedo tener por una equivocación del horario porque el iba a venir para
declarar. Yo tuve que venir del trabajo también. Pero todo es teóricamente. El
señor que estaba hablando (Fernícola) hablaba de mi persona, que la crianza fue
deficitaria, cuando yo di todo por criarlos. Yo di lo que estaba a mi alcance, para
mi no fue deficitario, yo di todo, por ella vendí casas, caballos para curarla y él
viene a decir que es deficitaria mi crianza. Pero lo acepto, porque hoy por hoy
no valen nada mis declaraciones, ya me juzgaron.

Alegatos finales Fiscalía:
El Sr. M. fue declarado responsable por abuso sexual simple
reiterado y abuso sexual agravado por acceso carnal, y a su vez por haber tenido
a su cargo la guarda y en contra de una menor de 18 años, también
aprovechando la convivencia preexistente, Artículos 45, 55, 119 1° y 3° párrafos
con las agravantes de los incisos b) y f) del Código Penal. Se trata de hechos
reiterados, no se pudo determinar un número exacto, porque F. explicó
que desde que cumplió los 12 y hasta que logró escaparse de la casa, las
violaciones eran habituales.
Como hipótesis de mínima, se habla de tres hechos de abuso sexual con
acceso carnal con las agravantes indicadas. Al ser reiterados -son más de dos, y
hablo de tres-, cómo hipótesis de mínima estamos hablando entre 8 años el
mínimo de uno de los hechos y la suma aritmética -porque son concursos reales-
de al menos tres hechos, daría entonces entre 8 y 60 años de prisión.
Adelanto que en el momento de la audiencia de control de acusación, el
Fiscal del caso que era Martín Govetto, adelantó que como se ventilaban hechos
anteriores a la fecha en la cual en nuestro procedimiento establecía que cuando
se pedía una pena mayor a 12 años tenía que ser un juicio por jurados, no rige
esa limitación en este caso en particular. Estos hechos son anteriores a la
instrucción que nos indicaba que los hechos con posterioridad a esa fecha tenían
que ser por jurados, por lo tanto la pena que se va a pedir va a ser mayor.
Agravantes y atenuantes a tener en cuenta para merituar la pena: Como
atenuantes principales, la ausencia de antecedentes penales de M., eso lo
hemos considerado. Es por eso que vamos a postular como medida el fallo
Callueque, y a empezar de los mínimos, y en función de las agravantes,
alejarnos de ello.
En cuanto a la naturaleza de la acción y medios empleados para ejecutarla
y la extensión de daños, se ventilaron abusos crónicos con acceso carnal de
F. M. durante más de siete años. Eran abusos habituales, constantes,

que comenzaron cuando la niña tenía 12 años de edad. F. vivió una
pesadilla durante todos estos años, fue agredida sexualmente por quien tenía que
cuidarla; la misma persona que tenía que guiarla fue quien la estaba agrediendo
sexualmente. Estas circunstancias exceden los elementos propios del abuso
sexual, no hace falta ser cuidador o el padrastro de una niña de 12 años para
causar el abuso en cuestión, y esto es un agravante que hace apartar del mínimo.
La circunstancia de que la madre no haya estado en cuidado de ella,
hablará mal de la madre como madre en sí, pero también habla muy mal del
señor M., porque se aprovechó de esa mayor vulnerabilidad de la niña para
atacarla y agredirla, porque sabía que la niña no podía acudir en ayuda de nadie.
F. explicó que los abusos cesaron cuando ella pudo escaparse al adquirir
la mayoría de edad, antes no podía.
También quedó en evidencia que hubo un sometimiento constante del
acusado hacia la niña, podemos asemejar la situación de esclavitud a servicio de
los deseos sexuales del Sr. M. Claramente hubo un dominio psíquico, un
sometimiento, una enajenación de la voluntad. F. sabía que lo que estaba
haciendo su padrastro estaba mal, pero no sabía como acudir a pedir ayuda. No
es un hecho más de abuso, es uno de los hechos más grave que tramita en la
Fiscalía y que me ha tocado trabajar. Estos hechos claramente debe jugar en
contra como agravantes de la escala penal.
En la audiencia de cesura, vinieron dos profesionales que hablaron de la
extensión del daño en particular y en general. Vino la Licenciada Romeo y habló
de la extensión del daño en hechos de abuso sexual infantil en la generalidad de
los casos y las consecuencias que generan. Y después pasó el psicólogo forense,
que lo que hizo fue pasar al tamiz del caso concreto, y se pudo ver que lo que
dijo Romeo es aplicable a lo que le pasó a F., conforme lo que dijo
Fernícola. En este caso F. sufrió un embarazo no deseado y dos intentos
de suicidio. El embarazo no deseado, para la Fiscalía, cometido por parte del Sr.
M. Los dos intentos de suicidio, fueron motivados obviamente por los sin

números de abuso causados por el acusado. Quedó acreditado esto en el debate.
El segundo intentó de suicidio, lo sufrió cuando se entró que se avecinaba la
etapa final de proceso penal o juicio. Respecto de los traumas, Fernícola explicó
que F. sufrió dificultades para dormir, pensamientos intrusivos, impacto
en los vínculos, también dijo que fue arrasada por la violencia sistemática
cometida por M., y que no hay duda que todas estas consecuencias en su
vida fueron producto de estos abuso sexuales. Como dijo la Lic. Romeo, hubo
un impacto en la salud mental, trastorno de estrés postraumático, aislamiento,
desesperación, miedo constante, riesgo suicida, desregulación de la emoción,
impulsividad, y que esta trauma se amplia más cuando la persona no tiene el
apoyo necesario para poder tener la herramientas que necesita para poder salir
adelante. Fernícola, ya hablando de F., habló de impacto en sus
autoestima, en capacidad para enfrentar situaciones conflictivas, y que el
abandono materno lo único que hizo fue contribuir negativamente a que ella
tenga esas herramientas que necesitaba tener para salir adelante. Estas
circunstancias también las mencionó S. V., su amiga, que indicó cómo le
costó a ella tener relaciones afectivas, y el análisis que hizo Romeo y Fernícola
se puede ver en el hecho en concreto. Esa es la cuestión más importante de la
cesura.
El inciso 2° habla de las cuestiones del imputado. M. tenía entre 30 y
40 años de edad al momento del hecho. No era un adolescente ni una persona en
etapa de maduración, es una persona que sabe que no puede agredir sexualmente
a una chica de 12 años que no tiene a quien acudir. Esto tiene que actuar como
agravante.
Hay un fallo interesante, “Angulo Losada Vs. Bolivia” de la Corte
Interamericana, que habla del deber de debida diligencia reforzada en los hechos
que hay violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes, y dentro de los
párrafos que explican cómo deben trabajar los funcionarios, que debemos evitar
la revictimización, habla de cuáles son las consecuencias que genera la violencia

sexual en niños, niñas y adolescentes, e indica lo siguiente: “la violación sexual
es una experiencia sumamente traumática que puede tener severas
consecuencias, que causa un gran daño físico y psicológico, que deja a la
victima humillada física y emocionalmente, situación difícilmente superable por
el paso del tiempo, a diferencia de lo que acontece con otras situaciones
traumáticas.”. En este caso, la violencia sexual sufrida por F., la
experiencia traumática a lo largo del tiempo, probablemente no la supere nunca
más en su vida por más apoyo terapéutico que tenga.
En función de estas circunstancias, consideramos que las agravantes son
muy fuertes, superan claramente las atenuantes. La pena que requeriremos es
absolutamente razonable y partiendo unicamente de una escala con una hipótesis
de mínima entre 8 y 60 años, la pena que corresponde aplicar es la de 25 años de
prisión. Y teniendo en cuenta el monto de pena en expectativa, se le imponga la
prohibición de acercamiento y contacto por cualquier medio hacia victima, se le
imponga tobillera electrónica, que se presente semanalmente en la Fiscalía y la
prohibición de salida del país. Todo ello hasta que adquiera firmeza la sentencia.


Alegatos finales Defensa
Lo primero que voy a decir es que disiento con la Fiscalía en que la escala
penal sea de 8 a 60 años. Entiendo que la escala penal es la que prevé el artículo
119 en su cuarto párrafo, que dice que en los dos supuestos de los dos párrafos
anteriores la pena será de 8 a 20 años de reclusión o prisión, en función de la
calificación que trajo el Fiscal del articulo 119 con la agravante del inc b) “el
hecho cometido por el encargado de la guarda” y el inciso f) “el hecho fuera
cometido contra una menor de 18 años”. Esa fue la calificante que trajo el Fiscal
en su acusación y no hay que apartarse para este momento.
Lo segundo que voy a decir, es que a la Defensa le toca pedir un monto de
pena independientemente de que se vaya a recurrir la sentencia, lo dejo
anticipado desde este momento. El alegato que vamos a realizar es solamente a

los fines que el Tribunal mesure para la segunda parte de la sentencia, y pueda
concluir esa sentencia, pero no porque se consientan los términos de la primera
parte de la declaración de responsabilidad.
Escuché al Fiscal hablar de las agravantes, pero no lo escuché hablar de
los atenuantes. El artículo 41 del CP dice que a los efectos de mensurar la pena
se deben tener en cuenta determinadas circunstancias, ninguna de ellas -a
excepción de la carencia de antecedentes penales, que también la tomo en
contra- de acuerdo a lo que acabo de escuchar, fue tenida en cuenta. Ni siquiera
eso lo conmovió para mensurar racionalmente la penal. Está pidiendo una pena
que es inclusive mayor para los casos de homicidio, que es uno de los delitos
más graves que prevé el Código Penal. Y creo que no tenemos antecedentes en
nuestra provincia, de que haya en caso similares al presente haya impuesto una
pena de semejante magnitud. Entiendo que rige la limitante de 12 años, porque
si la Fiscalía hubiese querido superar esa pena, sí o sí debió haber solicitado la
realización de un juicio por jurados, porque es lo que prevé la norma del Código
Procesal Penal. Que en los casos en los cuales la pretensión de la Fiscalía sea
mayor a 12 años, tenga que juzgarse por un Tribunal compuesto por jurados,
sino estaríamos vulnerando la norma procedimental, y permitiendo que estos
casos sean resueltos por un Tribunal en lugar de ser resueltos por un jurado.
Por otro lado, las demás circunstancias que deben valorase como
atenuantes, además de a falta de antecedentes y condenas penales, como surge
del legajo de la Fiscalía, es la historia de vida del imputado, actualmente con 47
años de edad. Su nivel de educación, que apenas terminó la primaria, lo que fue
por él mismo confirmado. La situación de vida penosa, el abandono de su
compañera, dejándolo al azar con dos criaturas, una de 8 y otra de 5 años. El
tener que salir a hacer frente a todas las adversidades que ello conlleva. Tener
que salir a trabajar, inclusive tener que pedir a lo vecinos que se hicieran cargo
de los niños porque no tenía con quien dejarlos. De acuerdo a sus posibilidades,
haberles brindado todo lo que tuvo al avance de su mano, y salir a trabajar en lo

que fuera. Como contó acá, es un hombre de campo, amansa caballos, es
soguero, trabaja con cuero. No solamente eso, ya que cuando no había
posibilidad de trabajar en eso, salía a hacer lo que sea para poder llevar la
comida o asistir a sus hijos. Son circunstancias obviamente que deben obrar
como atenuantes de la situación, y por otro lado también debe tenerse en
consideración la conducta procesal que ha tenido durante todo el transcurso.
Esta causa viene del 2020, y tuvo una serie de vicisitudes que no fueron
planteadas por los defensores anteriores, pero que no hubiesen de ninguna
manera permitido llegar a esta instancia si se hubiesen planteado. A pesar de eso,
siempre se presentó, y estuvo dispuesto a prestar colaboración en todo lo que
fuere necesario, estuvo a derecho a lo largo de este proceso que ya lleva 4 años.
Esta circunstancias deben sí o sí, ser tenidas en cuenta al momento de aplicar el
monto de pena.
Por otro lado, me voy a referir a las dos declaraciones testimoniales de la
cesura. La primera de ellas, en cuanto a su acreditación, más allá de todos los
títulos que tiene, reconoció que no sabía ni siquiera que es la psicología forense.
También nos dio un panorama de una situación generalizada, contó de acuerdo a
su experiencia clínica, y a lo que estudió, cuáles son las consecuencias de las
víctimas en caso de abuso. Pero no tenía conocimiento de ninguna particularidad
del caso concreto, no conocía a F., nunca la entrevistó. Del caso concreto
no sabía nada. Lo que sabía, son cuestiones generales que no tiene que venir a
contárnoslas un profesional, porque es materia de conocimiento que tienen que
imponerse los jueces para poder resolver una causa.
Por otro lado el Lic. Fernícola, más allá del respeto y reconocimiento a su
labor diaria, creo que no puede seriamente querer convencernos que en una
entrevista de video llamada de 45 minutos pueda determinar las consecuencias
de daños psicológicos respecto de una víctima de abuso. Podrá tener toda la
experiencia del mundo, pero eso escapa al sentido común. Escapa a la razón
lógica de lo diario, el que un profesional pueda venir a exponer ante un Tribunal

y personas serias como somos las partes y el propio imputado, y querer hacernos
creer que en 45 minutos de video llamada se pueden terminar los daños. Las
consecuencias que puede tener esa declaración del Lic. Fernícola en esta
situación, y la licenciada Romeo, más allá del término que utilicé cuando
entrevisté a Fernícola, dijo que eso no era serio, el poder determinar en una
entrevista las consecuencias de daño de una persona. Y eso es lógico, lo sabe
cualquier persona que alguna vez fue a un psicólogo o psiquiatra, y sabe que
para eso se requiere de una atención especializada y un seguimiento para poder
analizar a la persona y dar un diagnóstico acabado. Entonces, no descalifico lo
que dijo el Lic. Fernícola, pero sí entiendo que su conclusión respecto de esto,
por más esfuerzo que ponga en querer justificar su dictamen, está fuera de
contexto y no reviste mayor análisis.
Entiendo que el tipo penal del artículo 119, cuando impone una pena
mínima de 8 años y una máxima de 20, ya contempla en el mismo las
situaciones de gravedad que ha traído el Fiscal. El Fiscal pide como agravantes
situaciones que ya están contempladas en el tipo penal, porque el abuso sexual
obviamente que genera un daño en la víctima, eso está contemplado dentro del
inciso. Sino no estaría mensurado de esa manera. Sino estaría con una pena
insignificante, y una escala muy alta para luego de lo que surja del análisis de la
cuestión, poder mensurar. Entonces, entiendo que en este caso, debe el Tribunal
imponer el mínimo de la escala penal, en función de todas la circunstancias
particulares que revisten al mismo.
(Agrega Mansilla) Me llama poderosamente la atención la constitución
del Tribunal competente, ya que al momento de elevarse la causa en el control
acusación y pasar a debate, si el Fiscal hubiese pedido pena mayor de 12 años
sería un jurado popular. Por eso me sorprende lo manifestado por Fiscalía.
Solicito se respete el principio de legalidad, tanto la ley de fondo como la ley de
forma.

 (Sigue Brucellaria) Respecto de las medidas cautelares entendemos que
no existen riesgos procesales en tanto M. siempre ha estado a derecho, no
existe riesgo de entorpecimiento de investigación ni de fuga. Estaríamos de
acuerdo, si para la Fiscalía es necesario, en que M. comparezca a la misma a
dar su presente como lo está haciendo hasta ahora, o mantener la prohibición de
acercamiento. Pero de ahí a colocar una pulsera electrónica nos parece algo
excesivo en función de las particularidades del Sr. M. Además M.
tiene arraigo, domicilio y trabajo en Bariloche.


Seguidamente el Tribunal realiza las consideraciones finales:
La decisión del tribunal sobre el juicio de la pena.

En primer término debemos considerar que de acuerdo a la Constitución
Nacional, los Pactos Internacionales vigentes y la ley 24.660 la pena está
orientada a la resocialización del condenado.

En este sentido, el S.T. J. ha indicado que “la pena es la herramienta que emplea
el derecho penal para ejercer su función de control social de carácter formal. Se
trata de una temática que exige la máxima prudencia en los jueces y en cuya
individualización judicial deben liberarse de los prejuicios personales, las
simpatías y las emociones, y orientar su sentencia exclusivamente atento a
criterios objetivos de valoración caso” (Causa FISCALÍA Nº 2, Expediente Nº
20831/06 S.T.J. del 27 de Noviembre de 2006 en el cual se cita la nota de Pablo
López Viñals, “Cuantificación de la sanción penal en la sentencia condenatoria”,
LLNoroeste, 2006, pág. 849.

La pena según la Convención Americana de Derechos Humanos, tiene como
finalidad esencial la reforma y readaptación social del condenado (Artículo 5
Punto 6) y su ejecución debe consistir en un tratamiento cuya finalidad esencial
sea la reforma y la readaptación social de los penados (Pacto Internacional de

Derechos Civiles y Políticos, Artículo 10 Apartado 3). En nuestra legislación esa
finalidad indica que la pena privativa de la libertad es lograr que el individuo
sometido a ella se reintegre a la sociedad y logre su adaptación mediante la
incorporación de valores fundamentales que posibiliten la vida en comunidad
(Ley N° 24660, Artículo 1º).

Además los Artículos 40 y 41 del Código Penal estipulan que los tribunales
fijarán la condena de acuerdo con las circunstancias atenuantes o agravantes
particulares a cada caso. Y el Artículo 41 indica que se tendrá en cuenta en
primer lugar, la naturaleza de la acción y de los medios empleados para
ejecutarla y la extensión del daño y del peligro causados, esto en clara referencia
al injusto. Luego, se deberán tener en cuenta los aspectos que hacen a la persona
condenada, esto es, la edad, la educación, las costumbres y la conducta
precedente del sujeto, la calidad de los motivos que lo determinaron a delinquir,
especialmente la miseria o la dificultad de ganarse el sustento propio necesario y
el de los suyos, la participación que haya tomado en el hecho, las reincidencias
en que hubiera incurrido y los demás antecedentes y condiciones personales, así
como los vínculos personales, la calidad de las personas y las circunstancias de
tiempo, lugar, modo y ocasión que demuestren su mayor o menor peligrosidad.
El juez deberá tomar conocimiento directo y de visu del sujeto, de la víctima y
de las circunstancias del hecho en la medida requerida para cada caso.

En este caso y con respecto a los agravantes, los jueces consideramos presentes
y relevantes los que paso a indicar.

En cuanto a la naturaleza de la acción nos encontramos frente a una agresión
sexual de un hombre adulto a una niña de escasos once años de edad, hasta los
dieciocho años. Esta circunstancia pone en evidencia que no será de aplicación
el mínimo legal previsto en la escala penal.

A su vez agrava el reproche el hecho de que M. para cometer el ilícito, se
aprovechó sin dudas de la relación familiar que lo vinculaba a la niña.

En primer término valoramos como atenuante la carencia de antecedentes. Así
como que se trata de una persona de trabajo, en el campo y con sus trabajos de
soguería.
Con relación a que el Sr. M. se hizo cargo de la crianza de F. y de su
hermano N. luego del abandono de la madre de ambos; en realidad,
funciona como atenuante, así también como agravante, ya que a partir de dicho
evento M. reemplazó a F. como su pareja sexual.
Valorando esencialmente como agravantes los padecimientos que F. ha
debido padecer que han sido acreditados como indicáramos al momento de
declarar la responsabilidad de F. M. en estos hechos no sólo con la
declaración de F., sino tambien por la declaración de S. P., S.
V., y los informes de los Licenciados Torrioni y Fernícola. Siendo por demás
importantes el embarazo perdido, así como las dos tentativas de suicidio, como
consecuencias inescindiblemente relacionadas con el accionar de M. Que;
como sostuvo la Fiscalía se tradujo en un sometimiento constante del acusado
hacia la niña, pudiendo asemejar la situación de esclavitud a servicio de los
deseos sexuales de M.; S. V. percibió algo de ello y así llegó a
indicar: “Era como si fuera una relación, como si ella fuera la mujer de la casa”.
Por otra parte; los Licenciados Torrioni fueron sumamente claros con relación a
los síntomas que percibieron en F.; que fueron oportunamente valorados.
Entre los que fueron valorados que sufrió dificultades para dormir, pensamientos
intrusivos, impacto en los vínculos, así como también se indicó que fue arrasada
por la violencia sistemática cometida por M.
También consideramos como agravante la edad del mismo (entre 30 y 40 años),
una persona adulta, que se aprovechó de una niña -por varios años- desde que la

misma tenía 12 años de edad; y hasta que ella al cumplir 18 años pudo irse de la
casa.
Con relación al tema planteado por la Defensa con relación a que debió
concretarse este juicio mediante un juicio por jurados; destacamos que es de
aplicación lo dispuesto en la Acordada 4/2019 que establece que dicho trámite se
realizara con relación a las causas que se originen en hechos cometidos a partir
del 1° de Marzo del 2019; no siendo éste el caso del presente Legajo.
Todo ello nos hace considerar que la pena justa a aplicar en este caso es la de 15
años de prisión por los hechos de abuso sexual simple y con acceso carnal
doblemente agravados que han sido motivo de acusación.
Se dispone asimismo que continúe la medida de prohibición de acercamiento y
de contacto por cualquier medio a A. F. M.; que fuera
oportunamente dispuesta, así como la prohibición de salida del país.

Por otra parte; hasta que la sentencia adquiera firmeza; siendo de aplicación la
jurisprudencia del Superior Tribunal de Justicia; se resuelve que al mismo se le
provea de una pulsera de seguimiento.

Asimismo propongo encomendar a la Fiscalía que le informe a A. F.
M., las facultades que le otorga el Artículo 11Bis de la Ley 24.660 .

Además oportunamente se deberá librar la comunicación prevista en el Artículo
191 del C.P.P. al REPROCOINS.

Los jueces Gregor Joos y Romina Martini manifiestan que adhieren en un todo a
lo expresado también en esta cuestión.

Considerando todo ello, el tribunal de juicio por unanimidad,

RESUELVE: I. DECLARAR A F. I. M., cuyos datos personales se encuentran transcriptos
al comienzo de la presente, autor penalmente responsable de los hechos materia de
acusación, los cuales configuran los delitos

 de abuso sexual simple reiterado agravados por la guarda y por haber sido
cometido contra una menor de 18 años de edad, aprovechando la situacion de
convivencia preexistente, y abuso sexual con acceso carnal reiterado doblemente
agravado por la guarda y por haber sido cometido contra una menor de 18 años
de edad, aprovechando la situacion de convivencia preexistente en concurso
real, y condenarlo a la pena de 15 (quince) años de prisión, con accesorias
legales y costas, conforme lo dispuesto en los Artículos 45, 55, 119 1° y 3°
Párrafos Incisos b) y f) del Código Penal de la Nación, como así a los Artículos
8, 188, 189, 190, 191, 266 y concordantes del Código Procesal Penal de Río
Negro;

II. Solicitar a la Fiscalía le informe a los representantes de la víctima lo dis-
puesto por el Artículo 11 Bis de la Ley 24.660;

III. Oportunamente se deberá oficiar al REPROCOINS conforme lo previsto por
el Artículo 191 del C. P. P.;

IV. Notifíquese, regístrese y protocolicese.


Firmado digitalmente por
ÁLVAREZ MELINGER Marcelo Oscar
Fecha: 2024.12.23
10:03:47 - 03'00'

Firmado digitalmente por
MARTINI Romina Lia
Fecha: 2024.12.23
10:05:32 - 03'00'

Firmado  digitalmente por
JOOS Gregor
Fecha: 2024.12.23
10:01:33 - 03'00'




ROMINA MARTINI GREGOR JOOS MARCELO ALVAREZ MELINGER

JUEZA JUEZ JUEZ
DictamenBuscar Dictamen
Texto Referencias Normativas(sin datos)
Vía Acceso(sin datos)
¿Tiene Adjuntos?NO
VocesNo posee voces.
Ver en el móvil