Fallo Completo STJ

OrganismoJUZGADO CIVIL, COMERCIAL, MINERÍA Y SUCESIONES N° 9 - GENERAL ROCA
Sentencia455 - 05/11/2021 - INTERLOCUTORIA
ExpedienteF-2RO-3116-C2021 - CHANUAR ALBERTO S/ SUCESION AB INTESTATO
SumariosNo posee sumarios.
Texto Sentencia


General Roca, 5 de noviembre de 2021.-
AUTOS Y VISTOS: El pedido de declaratoria de herederos formulado en fecha 2 de noviembre de 2021 en estos autos caratulados: "CHANUAR ALBERTO S/ SUCESION AB INTESTATO" (Expte. N° F-2RO-3116-C9-21),y
CONSIDERANDO: Que con la partida de defunción de Acta N° 400 del año 2014, se prueba el fallecimiento de ALBERTO CHANUAR ocurrido en General Roca, provincia de Río Negro, el día 08 de Agosto de 2014.-
Que el causante era de estado civil casado con NÉLIDA EDIT PELEGRINA, acto celebrado en Avellaneda, provincia de Buenos Aires el día 8 de Marzo de 1963, como se comprueba con el certificado de Acta N° 67 del año 1963.-
Se presentan a hacer valer sus derechos su cónyuge y sus hijos:
- SANDRA ELIZABETH CHANUAR, nacida el 3 de Agosto de 1971 en General Roca, provincia de Río Negro (Testimonio Acta N° 978 del año 1971).-
- ALICIA EDITH CHANUAR, nacida el 16 de Noviembre de 1973 en Lomas de Zamora, provincia de Buenos Aires (certificado de Acta N° 2.039 del año 1974).-
- CARLOS ALBERTO CHANUAR, nacido el 9 de Agosto de 1976 en Ciudad de Buenos Aires, provincia de Buenos Aires (partida Acta N° 2030 del año 1976).-
- LEILA TAMARA CHANUAR, nacida el 3 de noviembre de 1978 en Monte Grande, provincia de Buenos Aires (certificado de Acta N° 3194 del año 1978).-
Que por auto de fecha 22 de Septiembre de 2021 se declara abierto el juicio sucesorio del causante y competente el Tribunal para entender en su sustanciación.
Asimismo se ordena la publicación de los edictos de Ley, constatándose su publicación en el Boletín Oficial Nº 6020 de fecha 30 de Septiembre de 2021 y su publicación en el sitio web del Poder Judicial en fecha 23 de Septiembre de 2021. El término de publicación se encuentra vencido no habiéndose presentado más pretendientes a la herencia que los presentados en autos.-
Que con el informe N° 45879 de fecha 24 de Septiembre de 2021 del Registro de Testamentos de la Provincia se ha dado cumplimiento a lo dispuesto por el Art.6° de la Ley 133 y con el informe N° 45827 de fecha 23 de Septiembre de 2021 se ha cumplimentado lo ordenado por la Ley 788-Acordada 90/73 del S.T.J.
Que en fecha 1 de Noviembre de 2021 los presentantes manifiestan con carácter de declaración jurada que no existen más herederos.-
Que por todo ello y lo dispuesto por el Art. 2426, 2433 y ccs. del Código Civil y Comercial,
RESUELVO: Declarar en cuanto ha lugar por derecho que por fallecimiento de ALBERTO CHANUAR le suceden en carácter de únicos y universales herederos sus hijos SANDRA ELIZABETH, ALICIA EDITH, CARLOS ALBERTO y LEILA TAMARA de apellidos CHANUAR y PELEGRINA, sin perjuicio de los derechos que por Ley le corresponden a la cónyuge supérstite NÉLIDA EDIT PELEGRINA sobre los bienes gananciales, como así también sobre los bienes propios si los hubiere. Notifíquese y regístrese.-

VERONICA I.HERNANDEZ
JUEZ

gm

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