| Organismo | FORO DE JUECES/ZAS PENALES 2° CJ - GRAL. ROCA |
|---|---|
| Sentencia | 1321 - 05/12/2024 - DEFINITIVA |
| Expediente | MPF-RO-04938-2023 - S V M E S/ AMENAZAS AGRAVADAS |
| Sumarios | No posee sumarios. |
| Texto Sentencia | SENTENCIA:
En la ciudad de General Roca, Provincia de Rio Negro, a los 06 de diciembre del año 2024, el Tribunal de Juicio integrado por los Dres. VERONICA RODRIGUEZ, ALEJANDRO PELLIZZON Y LUCIANO GARRIDO, Jueces del Foro de Juicio de la Segunda Circunscripción Judicial de Río Negro, proceden a dictar Sentencia en autos S V M E S/AMENAZAS AGRAVADAS, LEGAJO MOF-RO- 04938-2023; en relación a las audiencias de debate realizadas los días 23, 24 de octubre del corriente año, en las que intervino por la Acusación la Sra. Fiscal, Dra. VERONICA VILLARRUEL y por la defensa, la Sra. Defensora Oficial Dra. FLAVIA ROJAS, asistente técnica de:
V M E S:...actualmente detenido en cumplimiento de medida cautelar de prisión preventiva en el presente legajo, alojado en la Comisaría ... de General Roca, Río Negro.-
Al nombrado, conforme se admitiera en audiencia se control de acusación se le atribuyen los siguientes hechos:
HECHO PRIMERO: Ocurrido en la ciudad de General Roca (R.N.), el día 23 de Agosto de 2023 a las 17:00 horas aproximadamente en el domicilio de calle ...vivienda donde residía la menor S A M de 16 años de edad, su pareja V M S, y el pequeño hijo de ambos E M de dos años de edad. En la oportunidad V M E S, previo mantener una discusión con su pareja M, tomó un martillo con el cual intentó golpearla, al tiempo que le dijo que si gritaba la iba a matar; logrando esquivarlo M. Seguidamente S tomó del cuello a su hijo E M a quien le puso el martillo en la cabeza al tiempo que le dijo a M que iba a matar al niño, y luego le dijo "si no te duele a vos que te pegue te va a doler que le pegue a tu hijo lo vas a recordar siempre" no logrando dañarlo ante la intervención de la joven M. Luego de ello, S M tomó a su hijo en brazos, se sentó en la cama y lo amamantó, siendo ese momento en que S se acercó a ella y le requirió que le practique sexo oral, diciendo "así que estas caliente con otra pija, vení chupáme la pija a mi" sacando su pene de su pantalón y apoyándolo en la cara de M, no logrando introducir su pene en la boca de M ante la negativa de ésta quien corrió su cara y con su mano le apretó un testículo. Ante esta situación S tomó un palo y esgrimiéndolo contra M le dijo que le iba a pegar; siendo que M logró salir del lugar y refugiarse en el domicilio de una vecina...”.-
HECHO SEGUNDO: “... Ocurrido en la ciudad de General Roca (RN), el día 27 de Agosto de 2023 desde las 02:08 horas a las 02:25 horas en el domicilio de calle... domicilio perteneciente a M B, abuela de S A M. En la oportunidad V M E S envió mensajes de texto desde el abonado N° ... al abonado ... perteneciente a la Sra. B diciendo "Está S con ustedes?, porqué no me pasas con ella?, que no joda conmigo porque cuando la encuentre le voy a explotar la gorra a cuetazos a ella y al salame que está con ella, así de corta la voy a hacer, no me mientas que esto termina en velorio, estoy cerca de ustedes conmigo no se juega". Dichos que causaron temor en S A M y M B por su vida e integridad física.”.-
HECHO TERCERO: “...Ocurrido en la ciudad de General Roca (RN), el día sábado 09 de Septiembre de 2023 en horas no precisadas con exactitud, pero ubicable en la mañana, en la Feria “Maipú”, de calle Maipú entre Gelonch y Palacios. En la oportunidad V M E S acompañado por su hermano R O S, se acercó a su ex pareja S A M Sicitándole retomar la relación y ante la negativa de esta le propinó amenazas diciéndole "te voy a matar te voy a cortar el cogote" causando un gran temor en M.”.-
HECHO CUARTO: “...Ocurrido en la ciudad de General Roca (R.N.) en fecha no precisada con exactitud pero ubicable entre el 17 de Julio de 2022 y el 03 de Julio de 2023, en el domicilio de calle ... vivienda donde residía la menor S A M de 15 años de edad, su pareja V M S, y el pequeño hijo de ambos E M de un (01) año de edad. En al menos tres oportunidades V M E S, abusó sexualmente de su pareja S A M de 15 años de edad; consistiendo dichos actos en haberse dirigido a S M mientras ella se encontraba acostada boca abajo en la cama de la vivienda tipo mono ambiente, se acostó sobre ella, le bajó los pantalones y mientras le decía "vos sos mi mujer, vos vas a hacer lo que yo te digo; tu mamá y tu papá no te quieren, por eso tenés que estar conmigo", contra la voluntad de S, le introdujo su pene en la vagina...”.-
Los hechos narrados precedentemente han sido calificados legalmente de la siguiente manera:
Hecho primero: AMENAZAS AGRAVADAS POR EL USO DE ARMAS (IMPROPIA) y ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL EN GRADO DE TENTATIVA todo ello en CONCURSO REAL (arts. 42; 55; 149 Bis primer párrafo segundo supuesto; y 119 tercer párrafo; todos ellos del C.P.).-
Hecho segundo: AMENAZAS SIMPLES (Art. 149 Bis., primer párrafo, primer supuesto del C.P.).-
Hecho tercero: AMENAZAS SIMPLES (Art. 149 Bis., primer párrafo, primer supuesto del C.P.).-
Hecho cuarto: ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL, en tres hechos los que concursan de manera real entre sí (arts. 55, y 119 tercer párrafo del C.P.).-
Todos delitos que concursan de manera real entre sí (art. 55 del C.P.), acaecidos en contexto de violencia de género y por los que S deberá responder en calidad de AUTOR (art. 45, Código Penal).-
EL JUICIO DE RESPONSABILIDAD. -
I.-ALEGATO DE APERTURA Y TEORIA DEL CASO DE LAS PARTES:
Al momento de la apertura del presente caso, la Fiscalía conforme lo establece el art. 176 del CPP, presentó el hecho en similares términos en que fuera admitido en la audiencia de control de acusación, refiriendo a su vez que: “... Como testigo, la abuela de S nos va a contar la historia de vida de la niña, también en Cámara Gesell van a escuchar las declaraciones brindadas por la menor en dos oportunidades. Una en relación a la primera denuncia y la otra luego del develamiento realizado respecto del hecho cuatro en el que Fue violentada física, emocionalmente y sexualmente. Ella sigue siendo una niña con un hijo de tres años, también hijo del imputado, victima también de él. S se valió de la vulnerabilidad de S. Ella va a narrar las circunstancias de tiempo y lugar donde ocurrieron los hechos. Dicho relato hay que valorarlo con perspectiva de género y de niñez. Alejandra Lope de ofavi nos va a ilustrar sobre sus apreciaciones, J S tía de S nos va a contar sobre el contexto de vida. C, vecina de S nos va a contar respecto de algunos de los hechos. Personal del SENAF nos va a ilustrar respecto de su intervención. Garcia Guillen nos va a ilustrar respecto de la pericia psicológica y cuando la niña le devela el abuso sexual. La defensa va a intentar decir que S miente, pero ella no busca venganza, por su vulnerabilidad necesitaba contención de S, este a cambio le devolvió maltrato.”.-
Por su parte, la Defensa alegó que: “(...) S es inocente, con esa calidad ingresa al juicio. Para llegar a una sentencia condenatoria van a tener que llegar a una certeza absoluta. El estándar de prueba de la fiscal debe ser alto. Yo voy a demostrar que hay dudas respecto de la existencia de los hechos. No voy a cuestionar la vulnerabilidad de S, pero esta vulnerabilidad no debe confundirlos. El hecho 2 no lo voy a cuestionar, si voy a hacer consideraciones en el alegato. Si lo voy a hacer en el hecho cuatro. La niña nunca dijo que S le introdujo el pene en la vagina. No se puede vulnerar el derecho de defensa. Es indispensable que todo lo que el STJ establece para valorar sobre la credibilidad del testimonio sea tenido en cuenta.”.-
II.-PRODUCCION DE PRUEBA
De acuerdo con el orden propuesto por las partes, fueron oídos en las audiencias de debate los siguientes testigos: ...
En igual sentido, se reprodujeron anticipos jurisdiccionales de prueba, consistentes en dos declaraciones testimoniales brindadas por S A M en dispositivo de Cámara Gesell.-
A su vez, las partes arribaron a las siguientes convenciones probatorias:
1).- Que la adolescente S A M, DNI Nº ... nació en la ciudad de General Roca (R.N), el día ...
2).- Que entre el 17 de Julio de 2022 y el 03 de Julio de 2023 la adolescente S A M tenía 15 años de edad.-
3).- Que a la fecha del 23 de Agosto de 2023; 27 de Agosto de 2023 y 06 de Septiembre de 2023, la adolescente S A M, tenía 16 años de edad.-
4).- Que el niño L E M, DNI Nº ...nació en la ciudad de General Roca (R.N.) el día ... y es hijo de S A M y V M E S.-
5).- Que la adolescente S A M mantuvo una relación de pareja con V M E S, entre el 17 de Julio de 2022 y el 23 de Agosto de 2023.-
6).- Que en fecha 24 de Agosto de 2023 personal del Gabinete de Criminalística de General Roca se apersonó en el domicilio de calle ...de General Roca y realizaron inspección del lugar y fotografías que quedaron plasmadas en Acta de inspección ocular y fotografías Nº 840, y ocho (08) fotografías de el palo y el martillo que se encontraban en el domicilio mencionado.-
7).- Que el día 27 de Agosto de 2023 desde las 02:08 horas a las 02:25 horas en el domicilio de calle … de la ciudad de General Roca (RN), domicilio perteneciente a M B abuela de S A M; V M E S envió mensajes de texto desde el abonado N° ... al abonado ... perteneciente a la Sra. B diciendo "Está S con ustedes?, por qué no me pasas con ella?, que no joda conmigo porque cuando la encuentre le voy a explotar la gorra a cuetazos a ella y al salame que está con ella, así de corta la voy a hacer, no me mientas que esto termina en velorio, estoy cerca de ustedes conmigo no se juega". Dichos que causaron temor en S A M y M B por su vida e integridad física.-
8).- Que desde el 10 de Febrero de 2024 al 17 de Septiembre de 2024, S se encuentra detenido en la comisaria ... de General Roca; y que conforme conocimiento de personal policial de esa unidad no tuvo ningún compañero de celda apodado "G", ni ha recibido visita de persona apodada "G".-
9).- Que K J S, hermano de V M E S, se encontraba detenido en el Establecimiento de Ejecución Penal Nº 2 de General Roca, y fue trasladado al Establecimiento de Ejecución Penal Nº 1 de Viedma en fecha 24 de Enero de 2024.-
10).- Que en fecha 24 de Agosto de 2023, el Dr. Marcelo TURI LOPEZ, médico forense, realizó una revisión física de S A M constatando que la misma presentaba una excoriación lineal en cara externa y tercio medio del brazo derecho de 1,5 cm, con una data de 48 a 72 hs de evolución; y una excoriación lineal en cara externa y tercio medio del brazo izquierdo de 3 cm, con una data de 4 a 5 días de evolución.-
Defensa Material del imputado:
En uso de su derecho constitucional de defensa, al finalizar la ronda de testigos, S realizo el siguiente descargo, el cual en sus tramos más salientes dijo: “...yo jamás tome por la fuerza a la madre de mi hijo y jamás lo haría con ninguna mujer. A mi hijo no le haría nada. No sé cómo demostrar mi inocencia. Jamás la tome por la fuerza.”.-
III.-ALEGATOS DE CLAUSURA
En primer término, fue oído el Ministerio Público Fiscal, en la palabra de la Dra. VERONICA VILLARRUEL, quién en sus tramos más salientes dijo: “...Demostramos que los hechos ocurrieron y que el imputado es el autor. El primer hecho, S relato las circunstancias de tiempo y lugar, ocurrió en su casa el 24 de agosto. Ese día hizo la denuncia. Fue cuando volvió del merendero. Merienda que se había retrasado. Esta tardanza es lo que desata los celos de S. También detallo las circunstancias de modo, con el martillo y luego con el amansa loquita, el palo que tenía. Con ese amenaza con lastimar a S. Cuando ella amantaba a su hijo él quiere que le practican sexo oral, ella lo aparta apretándole un testículo. Ese grito de ayuda es el que escucha G C, esta ingresa al domicilio y nos dijo que S y su hijo estaban llorando, ella dijo que no vio el martillo, pero S dijo que ella lo había escondido para que no le pegara. Ella corroboro que el imputado había estado tomando vino. B la acompaña a hacer la denuncia. No era la primera vez que pedía ayuda, pero fue la única denuncia que hizo. J S corroboro cuando se le consulto cuantas veces iba a solicitar ayuda a su casa, dijo que ese mes unas cinco veces. Ya estaba cansada de pedir ayuda dijo S y nadie la ayudaba. B dijo que esto había pasado varias veces. Así y todo, lo describe como una persona trabajadora y que era buen padre, pero eso cuando no tomaba ni consumía. Él bebe es lo más preciado para S y eso lo motiva a soportar las agresiones. El ataque a su hijo es lo que la llevo a denunciar. Si no te duele a vos, te va a doler si le pego a tu hijo. Dijo que al principio no era malo, si después le pegaba todos los días. El segundo hecho, fue admitido por convención probatoria, las circunstancias fueron por producidas y prueba la conducta violenta y los celos del imputado respecto de S. EL tercer hecho, S lo relato también en Cámara Gesell, también fue corroborado por B, donde ella llego corriendo en busca de su abuela, llego asustada, se escondió en el lugar, lloraba temblaba de miedo. El cuarto hecho, S lo relata en la segunda declaración en cámara Gesell, en su casa, describió el tiempo en los que ocurrieron y dijo que estos tres hechos fueron similares. Dijo que la obligaba a tener relaciones sexuales. La adolescente tiene conocimiento de lo que son las relaciones sexuales, es madre de un niño. La interpretación debe hacerse teniendo en cuenta sus circunstancias particulares, transito un proceso de concepción de embarazo de parto y crianza del bebe, sabe diferenciar entre una concepción consentida y no consentida. El de su hijo fue consentido, estos tres no. dijo relaciones sexuales sin mi consentimiento. Le dijo que debía estar con él porque era su mujer. Le dijo que ni sus padres la querían. Ella se tenía que quedar quieta por él le decía que si no iba a ser peor. Ella no gritaba porque estaba con su bebe. Su vecina dijo que antes no gritaba. Estaba lo más preciado su bebe. S le dijo cuando termino, ahora limpiate sucia. Lopez relato el temor dado que el hermano de S estaba preso por apuñalar a su mujer. Tapia resalto indicadores de violencia que ella sufría. A tapia le llamo la atención de
que ella naturalizaba los hechos de violencia. En su primera declaración no logro contar los hechos de abuso. Fueron tantas cosas que me hizo. Roldan hablo de la vulnerabilidad y la intervención de la SENAF. Su abuela corroboro lo que ella decía. Las lesiones se corroboran con las fotografías, tenía escoriaciones de días de evolución. Resalta el hecho de que ella sufría violencia previa. Guillen resalto la violencia, la vulnerabilidad la asimetría, 13 años. Esa vulnerabilidad fue aprovechada con S. El impacto psicológico que estos hechos provocaron en S. Esta carencia y el trauma psicológico surgen de haber sido expuestas a situaciones reales para riesgo de su vida. El impacto muy probablemente está asociados a los hechos investigados. No tiene otros hechos relevantes que generen este impacto psicológico. S no presenta fabulación patológica, es el trauma psicológico vivenciado. Los dos elementos utilizados fueron exhibidos al tribunal. Fue sometida en violencia en el contexto de la ley para erradicar violencia conforme la ley 26.485. estos actos violentos deben ser sancionados, voy a solicitar que lo condenen (…).-
A su turno, la Defensora Oficial, Dra. FLAVIA ROJAS, en sus tramos más salientes dijo: “ (…) Estoy en condiciones de fundar la falta de certeza de la existencia de los hechos y la autoría. Después de escuchar a los testigos no se cumplió la promesa de la fiscal. La declaración de la menor no fue corroborada. El testimonio de S no tiene apoyo en la prueba. En el hecho uno, la única fuente directa es la de S. No hay testigos presenciales, C S escucho que discutieron. La fiscalía no pregunto más. Ni B ni C ni S lo acreditaron. B no narro el hecho como lo dijo S. La vecina dijo que entro y a S lo vio parado y S gritaba me quiso pegar con un martillo. Pero ella no lo vio. No dijo S gritaba por ayuda. Dijo que S manifestó no hacerle nada. Nunca lo vio arriba de S. Admite las fotografías porque mi defendido no se defendía de eso. Hablan de lesiones de 48 a 72 hs. no hacen al hecho uno. No es llamativo que si dijo S que escondió el martillo cuando fue la policía lo encontró al lado de la cama. No hay registros que el nene tuvo secuelas en el cuello. El hecho tres, las amenazas surgen de los dichos de S. No vino ningún feriante a declarar. La abuela no se acordó la fecha. Hecho cuatro, Nadie escucho que era abusada sexualmente por S. Hay reglas que analizar. Por este testimonio hay que condenar a S, pero no alcanza para el juicio. No puede operar para condenar. Las profesionales trabajan conforme los dichos de S. Tapia se excedió en algunas consideraciones, hablo del ciclo de la violencia y de las apreciaciones que hizo respecto de que bien que S se dio cuenta de lo que ocurría. El informe profesional de las cámaras Gesell debe dar cuenta del estado psíquico del menor no de las apreciaciones subjetivas realizadas por la profesional. Afirmo todo lo que S le dijo, eso notaba que había un sesgo. Lo que dijo Garcia surge de los dichos de S y de todo lo que hay en el legajo, la perito dijo que la niña estaba en un estado de vulnerabilidad. Ella lo estuvo desde el nacimiento. No tiene una patología de mentir, pero poder puede. No existen técnicas confiables. El hecho 2 S dijo que no lo volvió a ver. Pero si los volvió a ver. No solo con los dichos de amenazas alcanzan a configurar el delito. Si estuvieron juntos la entidad de la amenaza no fue tal, también hay que absolverlo por ese hecho. Porque S hablo del hecho cuatro si la psicóloga no se lo hizo saber. S a este muchacho no lo aguantaba más. Me molesta cuando ponen el nene de por medio. Que hay que analizar la fiabilidad de S. En la segunda cámara Gesell, S manda a su hijo con su abuela para que S lo vea. La abuela nunca dijo nada de esto. Acontecidos estos hechos, en el medio estuvieron estos encuentros, es lógico que después de haber sido ultrajada se encuentre con el acusado. Dijo que quiere justicia y dijo que no quiere que vaya preso. Solicito la Absolución por la duda.”.-
IV.- Concluida la audiencia pública los miembros del Tribunal pasaron a deliberar y habiéndose arribado a una decisión por unanimidad, conforme lo preceptuado por los arts. 188, 189, 190 y 191 del CPP, se procedió con fecha 29 de octubre del corriente año, a dar los argumentos y hacer saber el veredicto de culpabilidad recaído sobre el enjuiciado, conforme lo solicitara la parte acusadora.-
V.- AUDIENCIA DE CESURA. -
El día 29 de noviembre del corriente año, se llevó adelante la audiencia prevista por el art. 174 del CPP, oportunidad en que se produjo la prueba ofrecida por la parte acusadora y la defensa.-
En la ocasión prestaron declaración testimonial los siguientes testigos:
Por la fiscalía depuso la Técnica en Niñez y Adolescencia Carolina Barrionuevo que desempeña funciones en la Secretaria Gubernamental de la especialidad, refirió que acompañaron a S y a su hijo por una situación muy grave de violencia de género, que intentaron armarle un proyecto personal, dado que era niña madre de un niño que no tenía contención afectiva. Que por su función tuvo contacto con ella alrededor de siete veces.-
Por la defensa, hizo lo propio:
El oficial Julio Martinez de la Unidad Policial 47, quién alegó entre otras cosas que no le fue informado que S generara problemas en su lugar de detención.-
I S, hermana del imputado, quien dio cuenta de que el mismo trabajo ayudando a la familia de los siete años, que fue a la escuela y era buen alumno, que es buen hermano, buen hijo y buen padre y que vino a la provincia de Río Negro para trabajar.-
Por último, se incorporó el informe del RNR de fecha 28-11-24, que da cuenta que el mismo no tiene antecedentes penales computables. -
Llegado el momento de alegar la Agente Fiscal: cito los fallos Briones y Callueque, entendió que la escala penal por el concurso de delitos achacados partía de un mínimo de seis años y un máximo de sesenta años. Destacando que en razón de la reiteración de los hechos, de los medios empleados para la comisión del primer hecho, donde utilizo la posible agresión con un arma impropia a su hijo para atemorizar a su madre, la edad de la víctima, el daño ocasionado provocando la desvalorización como persona de niña, el aprovechamiento del estado de vulnerabilidad y valorando solamente a favor del imputado la falta de antecedentes computables, Solicito la pena de doce años de prisión y la inscripción en el reprocoins.-
Por su parte, la Defensora Oficial dijo: dijo que, en atención a la competencia del Tribunal Solicitada por la fiscalía al momento de la audiencia de control de acusación, la escala penal va desde los seis años de prisión hasta los doce años. Solicito que a su asistido se le imponga el mínimo legal en razón a la falta de antecedentes, de causas en trámites, de su comportamiento,
de que es una persona trabajadora y la relación parental con su hijo.-
Finalizada la audiencia el Tribunal pasó a deliberar y a continuación se pasó a redactar la sentencia y según el sorteo efectuado los señores jueces emitieron sus votos en el siguiente orden: En primer lugar, el Juez Dr. LUCIANO GARRIDO, luego hicieron lo propio el Dr. ALEJANDRO PELLIZZON y la Dra. VERONICA RODRIGUEZ; oportunidad en la que se plantearon las siguientes cuestiones: PRIMERA CUESTION: ¿La Acusación logró probar el hecho y la autoría responsable objeto de reproche?, 2) SEGUNDA CUESTION: ¿Cuál es la calificación jurídica aplicable al caso? Y 3) TERCERA CUESTION: ¿Cuál es la pena a imponer al caso en concreto y costas?
A la PRIMERA CUESTION el Sr. JUEZ, DR. LUCIANO GARRIDO, dijo:
Ante todo, entiendo prudente destacar que no desconozco la perspectiva con la cual deben analizarse delitos de la naturaleza cuando la víctima es una niña. Para ello he tenido en cuenta los lineamientos que marcan no solo los tratados internacionales vigentes, sino que también las distintas directrices que han venido desarrollando el Superior Tribunal de Justicia de nuestra provincia, especialmente en los fallos “Sánchez” Se. 86/18 y ”Bunter” Se. 44/19 (TIP), y “Poggi” del STJRN Se. 27/13; que indican que hechos de estas características deben juzgarse a la luz de la normativa nacional y supranacional que exigen un abordaje desde la perspectiva de la niñez, implicando ello por sobre todas las cosas: a)la protección del niño, b) la efectiva tutela de sus derechos y c) con amplitud probatoria.-
Empero, más allá de lo dicho, el juzgamiento desde esta perspectiva no debe llevar a una flexibilización de los estándares probatorios que atenten contra los derechos del imputado, soslayando los principios de inocencia, de “in dubio pro reo”, de defensa en juicio y de la carga probatoria.-
Ahora bien, aplicados que fueran estos postulados en el análisis y resolución del caso, entiendo que la imputación que pesa sobre el Sr. V E M S, se sustenta fundamentalmente en el testimonio de la menor víctima S A M. Y si bien es sabido que nuestra actual ley ritual ha eliminado la regla “testis unus testis nullus”, en diferentes pronunciamientos de nuestro STJRN se sostuvo que el testimonio único debe encontrarse rodeado de determinados recaudos que minimicen la posibilidad de error en la decisión y debe ser analizado con precaución a fin de evitar que el fallo se encuentre sustentado en la pura percepción intuitiva del Juzgador sobre su veracidad. Por tal razón, dicho testimonio debe cumplir con determinados parámetros tales como coherencia, seguridad, firmeza, debe descartarse errores de percepción, animosidad, intencionalidad, o mendacidad deliberada. Y una vez que se cuenta con certeza respecto de dichos extremos tal prueba debe ser corroborada al menos en lo esencial de lo que pretende acreditar, con otros elementos de juicio (como presunciones, indicios, pericias, informes, testimonios sobre cuestiones periféricas al hecho, etc.) que le otorguen veracidad probatoria.-
En primer lugar, como lo destaque precedentemente, la acusación pública basa su teoría del caso principalmente en el testimonio de la menor víctima, sumada a los testimonios de … declaraciones que a los fines de no fatigar con transcripciones innecesarias por cuanto la audiencia se encuentra video filmada, me limitaré a señalar los aspectos de mayor relevancia para la solución del caso.-
Adentrándonos al análisis de la prueba producida en juicio, de la primer declaración testimonial de S A T realizada a través del dispositivo de Cámara Gesell de fecha 13 de septiembre del año 2023, de sus tramos más salientes, surge la siguiente información, respecto de los hechos denominados PRIMERO, SEGUNDO Y TERCERO:
“(...) De Agosto, que pasó todo esto, me fui para allá P. ahh desde que te pasó todo esto vos.. ¿Y antes vos con quien vivías? Sola en mi casa con mi bebé. P. Ustedes dos nada más Y el...V. P. ¿Y V que era tuyo? El papá de mi hijo. P. El papá de tu hijo ¿Y cuánto tiempo viviste con V? 1 año y 10 meses porque vino cuando el nene tenía 2 meses de nacido, el no estuvo en mi embarazo (…) . P. Y viniste, estas acá, está muy bien. Y si yo te pregunto el motivo por el cual vos tenías que venir hoy acá en ese horario? Mmm, por todo lo que pasó con V. P. Con V ¿Quién es V? El papá de mi hijo.. P. Ahhh bueno. ¿Y podrías contarme eso que me decís, todo lo que pasó? Hay tantas cosas. P. ¿Si? Bueno, empezá por donde vos quieras (11:14) No sé por dónde empezar. Empezó todo cuando vivíamos en el alquiler en frente de mi abuela, tenía un celular yo y yo no hacía nada porque nunca fui infiel, o sea no me gusta esas cosas a mí, y estaba con el teléfono y por allá viste que hay un u otro que te manda mensajes pero vos no le respondes, y me mandó un mensaje y lo vió él y me rompió el teléfono, me tironeo por la calle, me basureó, me pegó y yo no le decía nada, yo le dije que no, que yo no estaba haciendo eso y que yo no le escribía a ese tipo y yo quería que mi hijo se crie con su papá (llora) entonces yo no hacía nada. Después nos fuimos de ahí, llegó el cumpleaños del nene y cuando fue el cumpleaños del nene yo le estaba por celebrar su cumpleaños y ya llegó la fecha que tenía que celebrarlo y no apareció, andaba de gira y yo sola con toda la gente ahí, necesitaba alguien que me ayude y él no estaba. Después con la casa...teníamos que ponerle empeño a la casa, salir adelante con mi casa y el nunca hizo nada, nunca hizo nada, y ahora me quiere quitar mi casa, quiere quitarme a mi hijo. Después cuando estábamos viviendo ahí, mi vecina se droga mucho con su marido y V también se droga, desde que lo conocí se droga, entonces cuando él llegaba se gastaba todo el sueldo que ganaba en una semana con ellos y mi hijo no tenía pañales, no tenía zapatillas, tenía que estar viendo como hacía para comprarle las cosas, y si no tenía plata para la droga me vendía mis cosas de mi casa, entonces todo eso. Después a último momento fue cuando fui a buscar la leche al merendero, fui un poquito temprano como a las 4, 4 y media, porque tenes que hacer fila, y fuimos temprano para venir temprano con la merienda, entonces ellos no se apuraban más con las rosquitas, entonces yo no me hice problema y yo dije yo lo voy a esperar y esperé y cuando llegué a mi casa eran como las 5, 5 y 10 y el chabón me decía que yo estaba caliente con otra pija, que yo me había ido a coger a uno, porque hacía eso, y yo le dije que no, que recién venia del merendero que yo no había hecho eso y me quería pegar con el martillo, lo agarró a mi hijito del cogote, de la ropa y le quería pegar, hasta que le dije que no le haga nada, que si quería que a mí me pegue pero que a mi hijo no me le haga nada y se empezó a cortar los brazos, se cortó los brazos, me dijo que si yo (no se entiende, se suena la nariz, llora) que le había dicho a el que no me aprecia a mí que no le importaba y yo le dije que no, que me importa que si no me hace daño a mí se está haciendo daño a él, y después me quería pegar con el martillo otra vez, después agarró un palo y me tira a pegar y (...) dijo que si yo tocaba a la puerta, le pegaba a la puerta, o hacia algún ruido o gritaba me iba a matar, me iba a matar a mi hijo, me iba a dejar reventado el (...) y él se iba a ir al norte y no lo íbamos a encontrar más, entonces fue cuando la vecina llego, no, estábamos, yo lo agarré a mi hijito y me senté en la punta de la cama y me dijo así que estas caliente con otra pija, bueno, vení y chupame la pija y mi hijo estaba encima mío en mis brazos acostado acá en mi pecho (se señala el pecho, cerca del hombro), y vino y me puso su miembro en mi boca, yo no le hice nada, lo corrí para atrás, le apreté un testículo y lo corrí para atrás, ahí vino mi vecina a pedirme harina, entonces yo le grité que me ayude, que tenía miedo, que me quería matar, estaba loco, es que se había tomado un vino y estaba loco y cuando vino mi vecina entró para mi casa, me abrazó y le preguntó que qué le pasaba, que por qué era así y él se hacía la víctima le dijo que no, que yo estaba loca, que había venido loca del merendero, que él no había hecho nada, que me estaba tranquilizando y mentira porque él me estaba pegando. Después mi vecina me llevó para su casa y yo tenía miedo de hacer la denuncia y ella me dijo que no, que la haga, que para que iba a seguir aguantando a un hombre que no me quiere y que no quiere a su hijo, entonces me fui a la casa de mi tío que está a la vuelta, en la casa del frente en la otra cuadra y le dije que llamara a la abuela y llamó a mi abuela y mi abuela llamó al patrullero y ahí vino el patrullero y me llevaron a la comisaría de la familia y estuve hasta las 2 de la mañana ahí haciendo la denuncia. Pero él nunca fue malo, o sea en ese, en los primeros tiempos, después sí, me pegaba cuando quería, él llegaba y yo estaba trabajando haciendo uñas, él agarraba y si yo no le tenía la comida preparada o no bañaba a mi hijo porque estaba trabajando él se molestaba y me pegaba o tenía a las clientas y se ponía a mirar videos porno ahí nomás en frente de todos, me hacía dar vergüenza y yo dejaba mi trabajo a medias para que él la corte, para que me deje tranquila, pero se iban y lo único que hacía era maltratarme, que gorda, que a vos nadie te va a querer mirá cómo estas (sigue llorando). Cuando no teníamos a donde ir el chabón se iba donde el hermano y a mí me dejaba tirada como un perro con mi hijo y yo no tenía donde ir y mi abuela me daba lugar, mi bisabuela, y como él veía que yo estaba bien ahí él quería venir con nosotros pero mi abuela no quería porque sabía cómo me trataba y estando mi abuela también me basureaba mi bisabuela, me basureaba, la trataba mal a mi abuela, entonces mi abuela no quería ya que él esté ahí, sus hijos tampoco o sea mis tíos tampoco querían que esté ahí y él se enojaba. Lo primero que hacía era agarraba mi hijo, agarraba mi hijo y se defendía con mi hijo, que vos no me queres porque como no queres a tu hijo porque me estas corriendo de la casa, que, si vos no queres a tu hijo tampoco me querés a mí y que no sé qué, yo a mi hijo lo amo, pero yo ya no quiero estar con él, ya me dolió demasiado estar con él, preferí dejarlo ahora antes de que me pase algo. El hermano de él, el hermano de él la apuñaló a su mujer. P El hermano de él ¿Perdón? El hermano de él apuñaló a su mujer P. ahhhh Y él dijo que él también iba a hacer lo mismo, que me iba a agarrar y que se iba a desaparecer, que me iba a reventar la cabeza a martillazos y que el otro me iba a venir a buscar en pedacitos y yo no estoy con nadie (llora). Y después cuando venía alguien o venia mi abuela, él se hacía la víctima, decía que él no hacía nada, que llegaba de trabajar, que limpiaba, que cocinaba y mentira porque yo ya tenía todo hecho. Decía que yo estaba todo el día de vaga, todo el día acostada, que no hacía nada, que tenía que llegar del trabajo y hacer todo, y era mentira. Estaba loco ese hombre, él me hizo mucho daño (sigue llorando). P. Y después de esa última vez S que me contaste que te fuiste, el tema de la denuncia ¿Lo volviste a ver o a tener un tipo de comunicación con él? No, de verlo no, el sábado, este sábado que pasó fui a la feria a vender y andaba con el hermano y de lejos me dice que me extrañaba, que me quería, no sé y cuando llamé a la policía que andaba caminando fue que, siempre cuando voy a la feria, entonces lo llamé y le dije que él era mi ex pareja que tenía una orden de alejamiento de mí y lo fueran a hablarlo y que se vaya y después de lejos me dice que me iba a matar, que me iba a colgar, que me iba a cortar el cogote, que no sé que. P. ¿De lejos te decía eso? Si, y toda la gente nos estaba mirando. P. Y este último hecho que vos me contaste ¿Cuando pasó? ¿Te acordas cuando fue? No, en agosto, como el 24 por ahí porque yo estaba mirando el papel el otro día de la denuncia y salía la fecha el 24, no sé si será esa la fecha, no sé. P. Ahh bien, vos me decís que te quería pegar con el martillo me decías. Si. P. ¿Y cómo? ¿Qué fue lo que hizo? Como para entender. Sí, tengo la caja de herramientas en una esquina abajo de la mesada, entonces me dijo y yo le dije que vas a hacer, qué vas a hacer le digo, y él me dijo, nada, voy a buscar algo (23:39), y cuando sacó el martillo yo estaba al lado de él, lo agarró y me lo puso acá (se señala la sien) y queres que te pegue, estas caliente con otra pija me decía y yo le digo pará, calmate, qué te pasa y ahí se empezó a cortar, se empezó a cortar (...no se entiende 23.59) no te sentís mal? Le digo yo no me siento mal porque yo ya te dije a vos que no te quiero, que vos estás loco, que vos me haces daño a mi y vos me dijiste desde un principio que si yo no te quería que yo te diga y que vos te ibas a ir, entonces yo te dije y vos no cambiaste, vos seguís en la misma, te seguís drogando. P. Y S me mencionaste un palo también. Si, él le puso el amansa locos (24.36). P. Ah ¿Así lo llamaban? Si, este es para amansar a la loquita me decía, a las putitas que están calientes con otra pija me decía, y me agarraba y yo estaba parada y le decía que se calme y él me hacía con el palo así (24.57 hace el gesto) que me iba a pegar y yo me corría porque tenía mucho miedo (llora) con el martillo lo mismo. P. ¿Con el martillo hizo lo mismo? Si P. Y esto vos me mencionabas que había pasado ¿En qué domicilio? En mi casa, ahí ya había terminado, mi abuelo me hizo mi casa. Y él puso 30 mil pesos nada más para mi casa, él dice que la casa es de él y esa casa me la hizo mi abuela. Entonces cuando terminamos mi casa nos fuimos para allá y cuando nos fuimos para allá él empezó agresivo, no quería trabajar, estaba todo el día en la casa, que iba a vivir del salario del nene, que no iba a trabajar, que porque él se iba a trabajar y yo metía a alguien en la casa, y yo recién me estaba yendo para mi casa a quién iba a meter, ni amigas me dejaba tener. P. ¿No te dejaba tener amigas? No, si yo iba a alguna casa de una amiga, qué ya te fuiste a ver con un macho, todo por celos y le digo yo fui un rato nomás le digo yo, fui un rato donde la C, que te molesta le digo, y dice seguro que te fuiste a coger con otro allá, la otra te debe hacer re falta, no sé qué. Entonces yo le decía que no, que yo solamente había ido a tomar mate, a estar un rato, charlar, desahogarme porque ya estaba cansada de tantos problemas y mi abuela sabía, sabía que él me pegaba, venia le hablaba y mi abuela siempre le creía a él y yo le decía que no, que no se vaya, después se iba. P. ¿Tu abuela cómo sabía que él te pegaba? Porque yo le decía, yo le decía y ella no hacía nada. Le decía que vaya a la iglesia, que cambie y él iba a la iglesia, llegaba de la iglesia y se venía a drogar con el vecino.
P. Y esta vecina que vos me decís que apareció en ese momento a pedirte ¿Es la misma vecina...?. Sí, es que es la única que tenemos al lado. P. Ahhh ¿Y cómo se llama ella?. G. P. ¿Ella fue la que esa vez apareció? Si.. P. ¿Y alguien más?. No, y ella encima, después ella iba a pegarle, le digo yo no, vamos para tu casa, como que está loco, te va a pegar le digo yo, no a mí no me va a tocar este hombre, está enfermo, todos los días me da golpes a mi, si pero que querés que haga. P. ¿Todos los días qué perdón? Todos los días me pega, me pegaba. P. ¿Todos los días te pegaba? Si, y yo, y ella dice todos los días te pega gorda? Si, pero que le voy a hacer si es el papá de mi hijo le digo yo, no quiero que mi hijo se crie sin su papá. Y si pero hay muchos hombres que vas a conocer y te van a hacer feliz, y le digo yo pero yo no quiero estar con nadie, estoy cansada, quiero estar sola, quiero disfrutar sola con mi hijo, ya no quiero tenerlo al lado, ya demasiado sufrí le digo, tenes que hacer la denuncia me dice, tenes que contar todo lo que te hizo. P. Bueno, pero pudiste hacer esta vez. Está bien. Y cuando vos me decís todos los días te pegaba que ¿Cómo lo hacía?. Si, cuando llegaba de trabajar y yo estaba con una amiga o estaba con una clienta haciéndole las uñas y él llegaba y se alteraba o me agarraba de pelos en frente de la persona o lo echaba a la mierda de la casa, y yo así nunca podía tener trabajo para comprarle pañales a mi hijo porque él me sacaba a las personas. P. Está bien. Y esa vez me habías mencionado que también agarro a tu hijo del cogote me decías?. Si, lo agarró del cogote y me decía no te va a doler que te pegue a vos, te va a doler más que lo mate a tu hijo. P. ¿Y tu nene donde estaba?. Con nosotros. P. Claro, pero en esa situación, vos dónde estabas? Como para entender. El andaba atrás mío mi bebé, por el miedo, le tenía miedo a su papá, no quería ni a la noche dormir con él, le tenía miedo, papá malo le decía. Y él le dijo como y tu papá no es malo. Si mamá me decía mi bebé y él andaba detrás mío y me dijo ya sé que a vos no te va a doler lo que a vos te haga me dijo, pero a tu bebé si, si yo lo mato a tu hijo, ahí si te va a doler me dijo y vas a sufrir siempre, lo vas a recordar siempre me decía. P. Y en eso que vos me decís lo agarró del cogote ¿Cómo terminó esa situación?. (30.40) Así lo agarró (se agarra la remera desde el pecho) y lo levantó.. martillo. P. ¿Qué? Perdón S Lo agarró del cogote así (se agarra la remera) le puso el martillo en la cabeza y le hacía así el amague que le iba a pegar (hace señas) y yo le digo no por favor, a mi bebé no si querés haceme a mi, pero a mi hijo no. Después lo agarré a mi bebé y lo senté en la cama, me senté en la cama y él vino y me puso, me puso su pija en mi cara y yo le dije que no quería tener, porque yo no estaba caliente por nadie, y no se quería correr entonces le apreté un testículo, y él se corrió. Después yo le escondí el martillo y él lo andaba buscando como loco y ahí agarró el palo y el me decía vamos a amansar a la loquita, a la loquita que esta re alzada me decía y me lo ponía en la cara. P. Te lo ponía en la cara. Sí, me quería pegar con ese palo. P. Bueno S ¿Querés tomar un poco de té? Usa pañuelitos si están para eso eh. Estoy escuchando que están hablando. Aprovechamos y...¿Esto era lo que vos quería contarme S? Si porque ya no me acuerdo de nada, fueron tantas cosas malas que me hizo. P. Bueno, pero lo has hecho muy bien. P. Vos me contaste S, para que no queden dudas que como vos puedas, esta situación de cuando él vos me decís que sacó, que vos estabas. Me podés explicar dónde estabas, cómo estaba él y que fue lo que hizo exactamente? Yo estaba sentada en la punta de la cama, y yo estaba por darle el pecho a mi bebé, tenía acá su cabecita (señala la parte del hombro) entonces yo agarré y lo bajé para abajo así, me saqué el pecho y él vino y estaba parado con el palo en la mano y me dijo estás caliente por otra pija y agarró y ahí se me acercó y me quería poner el, su miembro en mi boca y yo lo corrí para atrás y él no se quería correr. P. ¿Quería poner decís vos? Si. P. ahh a ver, como para entender. Quería que le haga sexo oral y yo le decía que no, que se corra para atrás y él no quería entonces yo agarré y le apreté un testículo y lo corrí para atrás y ahí vino me vecina. P. Pero esa situación puntual, yo para entender que fue lo que él hizo en ese momento, hasta donde ¿Me lo podrías explicar S? Como. P. Claro, vos me decís, me dijo eso que me mencionaste lo que te dijo y que fue lo que hizo? Lo sacó y me lo puso en la cara y yo le decía que no, que tenía a mi bebe. P. ¿Te lo puso en la cara? Si. Que tenía a mi bebé en brazos que se corra le decía yo y él la agarra y no se quería correr entonces yo le apreté y él se corrió para atrás. P. Ahh esta bien. Bueno, después me mencionaste esto de que lo habías visto en una feria? Si. P. ¿En qué feria lo viste? En la feria Maipu. P. Y me habías mencionado de que estaba con su hermano me dijiste? Si, con su hermano estaba. P. ¿Con cuál hermano? ¿Sabes? Con O, porque el otro está preso. P. ahh O, ¿estaba con alguien más? No, estaban ellos dos nomás. P. Ahh bueno. Igual que por mensajes, por mensajes amenazas todo, a mi tía le manda fotos en bolas, le dice que como le va a gustar y no sé que, y no lo deja tranquilo en ningún momento. P. ¿A tu tía le manda mensajes? Si, no me deja tranquila, a mi prima le dice que le mande fotos del nene, que extraña a su hijo y me manda mensajes al teléfono de mi abuela, ya lo tenemos todos bloqueados, pero va y cambia de número y sigue y sigue y nunca la corta. P. ¿Y qué mensajes te manda al teléfono de tu abuela? Y sí que me extraña, después cuando le agarra la loca me dice que me va a matar, que me va a entregar en un cajón, todos esos mensajes los tienen acá (37:14) (…) .”-
Posteriormente, en fecha 02 de mayo del año 2024, la Niña brindo una nueva declaración testimonial, también por su edad, mediante el dispositivo cámara Gesell, dando cuenta del hecho denominado CUARTO, conforme sus tramos más salientes dijo:
“(…) P. Y si yo te consulto en esta situación puntual que te dijeron, que esa psicóloga que vos me mencionas, sobre qué venís hablar esta vez? Una cosa que se me pasó, tenía tanto dolor que se me pasó o no me acordaba, no sé la verdad. Hechos que pasaron que capaz yo le reste importancia y no lo dije, capaz que para acá es grave, para mi también es grave que se yo, no sé se me habrá pasado, no sé la verdad. P. Bueno a veces hay cosas que suceden como vos decís. Bueno y aprovechamos a tenerte acá para que me puedas contar, te parece? Pero como empiezo, o sea , yo, ahora tengo los ojos hinchados al no poder dormir toda la noche pensando, pensando y no sé cómo empezar, duele, duele contarlo, no me gusta tampoco hablar de esto, no quería que me vuelvan a citar acá porque duele, duele contarlo y no sé, no sé como empezar, no sé que decirte porque ni siquiera me acuerdo, no me quiero acordar o mi mente no me deja acordarme de lo que hablamos la vez pasada como que trato de olvidarme las cosas, como que ya pasó, listo, pero tampoco se puede olvidar porque fue muchas cosas feas que yo pasé y mi hijo también y no sé, no sé como decirlo. Me acuerdo que le dije a la señora, no me acuerdo como se llamaba, le estaba contando todo lo que había pasado y en un momento me preguntó si él alguna vez me había agarrado a la fuerza, yo le dije que si, que semanas antes él me había agarrado a la fuerza, yo le decía que no porque L estaba al lado de nosotros, estaba mirando dibujitos en el teléfono y yo le decía que no, que el nene estaba ahí que la corte, que yo no quería tener más de relaciones sexuales con él, que ya estaba cansada, que se vaya. Y él me dijo que no, que si yo estaba con él y tenía mi hijo que yo tenía que hacer lo que él me diga, y él quería tener relaciones conmigo yo tenía que hacerlo (llora, no se entiende 12.52) Me bajó los pantalones e hizo lo que hizo, terminó, me bañé, me acosté con mi hijo al lado y él se fue, se fue, a la noche volvió y hizo como si nada pasó y yo ya no me sentía cómoda. No sé, no me gusta acordarme tampoco. P. Es entendible eso que me decís. Duele también, duele mucho acordarme que el papá de mi hijo, la persona que una vez estuvo conmigo y que tuvimos a mi bebé, me venga y me haga esas cosas, duele mucho, duele porque yo no sé, antes lo quería, y después de todas las cosas malas que me hizo, como que mostró otro lado y verlo que me agarró a la fuerza, a decirme gorda vamos a hacer esto y no, no quiero estar más con vos, cortala, por qué no te vas de mi casa, y de venirme agarrarme a la fuerza y decirme, no, vos sos mi mujer y vos vas hacer lo que yo te diga porque vos estás conmigo, tu mamá y tu papá no te quieren así que vos tenes que estar conmigo y yo me quedaba callada porque yo me sentía sola, la única persona que me acompañaba era él pero no era así, yo me quedaba callada y sufría, sufría, hasta que me cansé, me cansé, pasé todo esto que yo ya lo dije, y no sé, fue un escape también que yo vi de dejar de sufrir de él, de alejarme, no querer verlo más, fue mucho dolor también, a parte ahora no lo siento tanto porque ya pasó tiempo y no sé, no me quiero acordar tampoco de esa persona, no, está bien es el papá de mi hijo todo, yo lo veo a mi hijo y es igual que su papá. P. Ahh si? Igualito, y me ve llorando y enseguida "mamá qué te pasó?" y el mismo se acuerda de todas las cosas que el padre me hacía y decirme el que te moleste mamá lo voy a cagar a piñas yo,, y escucharlo a mi hijo decir eso duele mucho, por qué porque mi hijo no puede tener una infancia como todos los niños con su papá y su mamá al lado, apoyándolo, porque a nosotros nos tiene que estar pasando esto, por qué su papá tuvo que ser así conmigo, con él. Mi hijo todos los días me pregunta por su papá, mamá dónde está mi papá me dice y yo no sé qué responder y yo qué le digo, no, no está tu papá, después va a venir, algún día va a venir de vuelta a saludarte, no sé hijo, no sé qué decirte, y duele, duele que me hijo me pregunte, acordarme de mi hijo, hacerme acordar a su papá me hace acordar de todas las cosas feas que me hacía él y no le podés decir porque él es chiquito, no entiende, pero sí duele, duele en el alma. (…) P. Vos me hablabas de que pasó unas semanas antes me decías? Si. Pero yo pensé que lo tenía que hacer como era el único que estaba conmigo, era el único que (...) de mi casa, y yo no trabajaba, no sabía lo que era trabajar, yo pensé que lo tenía que hacer y yo me quedaba agachada. P. Y esto que vos decís a la fuerza, pasó más de una vez?. No, no sé, 2, 3 veces habrá pasado, más no. P. Y te acordas cuando fue? Digamos alguna fecha. No, no me acuerdo. P. Si tal vez puedas pensar qué edad tenías vos en ese momento, o tu bebé que edad, que tiempo tenía. Un año me parece que tenía L, yo tenía 15, 15/14, no me acuerdo. Si, 15 años me parece, fue el año pasado, no te puedo decir la fecha. P. Bueno, está bien, y esas 2 o 3 veces que pasó fueron iguales o alguna vez fue distinto?. No, lo mismo. P. Lo mismo? Leo estaba jugando afuera y yo estaba acostada y él se metía ahí y me agarraba y después se iba afuera o se quedaba sentado, yo lo único que quería era que mi hijo no me vea así nada más. P. Está bien, y alguien pudo haber visto esto? Vos decís que vos no querías que tu hijo te viera, pero alguien pudo haber visto esto? No, si estábamos los 3 solos en la casa. P. Contame, cuál era el lugar donde esto pasó? Donde tengo mi casa, mi casa. P. Ahh tu casa que vos tenes actualmente. (asiente). No habremos durado mucho en la casa. P. Perdón, no qué? No habremos durado mucho en la casa después de todo lo que paso, habrán sido dos meses los que habrá estado conmigo en la casa, ya después de eso, de que terminamos la casa e irnos fuimos a vivir, fueron dos meses lo último que estuvo conmigo, 2 o 3 meses nomas, lo que habrá estado conmigo en la casa. Pero él estaba mucho antes, estábamos en el alquiler, rebotando de acá para allá como le había dicho. P. Si, está bien. Así que esto paso en la casa que es tuya. Eso en qué dirección es? No, no sé decirte la dirección porque es una toma lo que tenemos ahí P. Ajá ¿Y dónde está ubicada esa toma? Por la alta tensión. P. Bien, y recordas en qué lugar de ese domicilio, de esa casa que vos me estás contando pasó esto? En mi casa, no, no tiene dirección. P. No, no yo capaz que me expresé mal. Vos me decís que esto pasó en tu casa, en la que es tu casa hoy, me decís en ... ¿Cómo era esa casa? Digamos ¿Qué forma tiene? P. Claro, dónde pasó esto que vos me estas contando? En la casa es un solo mono ambiente, es de 6x6, no tiene división, no tiene nada. Está la cama, la mesa, la mesada, la cocina, estufa de leña, inodoro puesto adentro así nomas, nada más. Y nada. P. No hay nada más que esto que me estas contando? Si. P. Está bien. Una de esas veces vos me decís que vos estabas durmiendo, que tu nene estaba afuera. No, estaba acostada, no estaba durmiendo. P. Acostada? Si, estaba acostada, con el teléfono, mirando videos y me dice que se te están tirando los machos me dice, y se metió a la cama y ahí hizo lo que no tenía que hacer. No sé. P. Si, está bien. ¿Y recordas las otras veces que estabas haciendo vos? No. Son hechos similares nada más. P. Son similares (asiente). P. En alguno de estos hubo algo diferente que a vos te haya, no sé si llamado la atención, que vos te acuerdes que haya pasado algo más? (Niega). P. Y S a esto vos ¿a quién se lo contaste? A nadie. A nadie? Con nadie porque tenía miedo de que no me crean, ya estaba cansada de pedir ayuda, no hay quien me ayude. P. Bien, así que esa seria, vos me habías mencionado la psicóloga la primera vez así que esta sería la segunda vez que vos hablas sobre este tema? Si. P. Así que esta sería la segunda vez que vos hablas sobre esto. Si, la segunda vez. P. Está bien, y bueno, la otra vez vos me habías contado lo otro que ya me dijiste no? Después de esto no? De lo que contaste la otra vez, vos volviste a hablar con esta persona o a tener algún tipo de comunicación?. No, solamente una vez que me llamó que quería ver al nene y le pedí por favor a mi abuela, a la mamá de mi mamá que lo llevé a ver, que E quería ver al nene, pero yo no lo quería. Mi abuela me dijo si estaba segura de lo que quería hacer y le digo yo necesito un montón de cosas, yo no estoy trabajando le digo, yo no sé qué es trabajar, y me dice, bueno (no se entiende 24:37) yo le dije solamente eso, que lo salude y nada más abuela le digo, porque no quiero saber más nada, que sea la última vez que lo vea al nene. P. Y fue la última vez esa? Fue la última vez que lo vio al nene, no a mi. P. ahh, a vos esa vez no te vió? No. P. y vos me decís que hablaste vos con él? O con quien había hablado? No, habló con mi abuela, no habló conmigo. P. Ahh, habló con tu abuela. ¿Y como habló con tu abuela?. No sé, lo que pasa es que él se había llevado el celular mío, que yo me había comprado y de ahí tenía el mismo número, mismo celular, y de ahí sacó el número, cambió de número porque nosotros lo habíamos bloqueado el numero por todos lados y cambió de número y se ve que anotó los números, se los acordaba, no sé y la llamó a mi abuela. Y mi abuela atendió porque no sabía quién era.
P. Claro. Y bueno después mi abuela me dijo y me dijo que lo piense, yo le decía que no, porque yo no quería que vea al nene, que ya está. No, que ahora viene de lejos, dejalo que le vea. P. Y de dónde venía? Que dice de lejos?. La verdad que no sé, no sé ni tampoco me interesa a donde venía. Lo único que sé es que lo único que recibía amenazas nomas, ahora la hermana hace poquito se hizo un face falso, y mandando mensajes diciendo que retire la denuncia que por qué le había hecho esto al hermano, que el hermano de ella sabía lo que el había sufrido con el tío, padrastro, no sé y no le respondí, yo le dije que, le digo yo I no tenes por que mandarme mensaje le digo yo, si queres ver a tu hermano vení acá y hablá con él le digo yo, y fijate las cagadas que él hizo le digo, no tengo ganas de hablar con nadie y menos de la familia de él. La hermana de él me dice, yo te entiendo S, sé que el E es malo, que el E hace cosas malas pero tampoco de llegar a ese punto, me hubieses dicho a mí y yo me lo hubiese traído para acá y le digo no, pero tiene que asumir su responsabilidad, le digo yo, igual que lo hizo conmigo lo puede hacer con otra chica le digo yo. P. Vos me decís Ema ¿Cómo se llama él? E, V E M. P. Ahh, cuantos nombres. V E M. Vos me decís que un perfil falso ¿Y vos como sabes que es la hermana?. Porque la conozco, se como escribe, se como habla y los audios también que me manda es la hermana. P. ahh te manda audios?. Claro, me mandaba audios por Facebook pero se ve que tenia miedo, porque me daban amenazas, y se ve que tenía miedo que yo le saqué captura o coso, que me iba a mandar un audio y me lo eliminaba, me lo eliminaba, y así hasta que yo le dije que no podía leer los audios y ahí me empezó a escribir. P. Pero algún audio vos escuchaste al final? Si, yo los escuché los audios, si, creo que el face que usó me parece que es de la ex pareja de ella o la pareja, no sé porque el face lo hicieron como de un hombre. P. Y esa hermana como se llama? I P. I. Me dijiste algo de amenazas? Si, amenazaban, él también me escribía y me amenazaba, pero. P. ¿Por qué? ¿Que era lo que decía?. No, lo único que me decía era que tenía que retirar la denuncia, que si no me iba a buscar o buscar a uno de mis hermanitos y me los iba a entregar en una bolsa. Los mensajes que yo les reenvié, no sé a quién, no me acuerdo, a una chica se los pasé, que los tienen, hace poquito me los mandó de vuelta y me preguntó si sos mensajes eran de él y yo le dije que si, pero no identificada yo si era de face, de whatsapp, o era común, no me acuerdo de que coso era, pero si, igual la hermana también son muchas amenazas de la familia. P. Ahh si? Claro si, todos amenazándome que si no retiro la denuncia me van a ir a buscar a mi hijo, me lo van a llevar y no me lo van a devolver, o diciéndome el E la está pasando mal allá adentro, lo tienen mal. Incluso vino un chico de ahí adentro que salió hace poquito y me dice, fue a mi casa, yo estaba en mi casa, salió derecho a buscarme o no sé, G le dicen al chico. P. ¿Que salió de ahí adentro de dónde? De la alcaidía P. Ahh salió de la alcaidía y fue a buscarte. Y fue a buscarme y me dijo así que vos metiste en cana al papá de tu hijo, dice que le lleves un paquete de yerba que está cagado de hambre, que le lleves ropa porque los pibes le sacaron la ropa, y ahí yo me enteré que él estaba ahí adentro, es mas no le creí, le dije yo no me vengas a joder a mi casa, andate porque te llamo a la policía le dije yo, y ahí se fue, vos estas re pasada, no sé qué me decía, va a haber que ayudar al pibe, retirar la denuncia porque voy a venir yo acá, y yo le dije y vos quien sos para venir acá si yo no te conozco a vos, tomatela de mi casa y se fue. Son muchas las amenazas, ya estoy cansada de las amenazas, de la familia, o que manda gente, no sé P. Y ahora desde que volviste acá? No, no, nadie sabe que yo estoy acá, solamente mi mamá, mi abuela, mi amiga, mi otra amiga que siempre está conmigo, nadie más y bueno ustedes. Nadie sabe que yo estoy acá, tampoco quiero que sepan porque como que yo desaparecí de acá, nadie más me vio y desaparecí y me llamaban, preguntaban dónde estaba y no, me fui lejos a trabajar. P. Bueno, y este muchacho que recién nombraste ¿Cómo me dijiste G? G. P. Te acordas cuando él fue a tu casa? Vos me decís salió de la alcaidía y vos me decís que fue para tu casa ay no me acuerdo, me acuerdo que el hijo de mi tía estaba cumpliendo meses pero no me acuerdo la fecha. P. Tal vez te sirva como referencia fijarte que fecha estamos ahora y cuánto tiempo pasó? Yo me fui como hace 3 semanas, antes de irme, cuando me fui de viaje a El Bolson, me fui un fin de semana, como hace 3 semanas, 4 semanas, como hace 5 semanas, 6 semanas por ahí P. 5 o 6 semanas. No, no me acuerdo la fecha. P. ¿Te acordas en qué momento del día fue? Se estaba haciendo la tarde. P. Vos me hablabas de quien estaba por cumplir mes?. El hijo de mi tío J el que vive cerca de mi casa. P. ahh que, estaba por cumplir mes? Meses. P. Meses? Si, cumplía 2 meses me parece, justo para esa fecha porque yo lo fui a ver y me vio cruzar y después me vio cruzar que yo crucé para mi casa y ahí se fue para mi casa. En esa fecha fue, si me acuerdo que yo lo fui a saludar al nene y vi a alguien que venía atrás mío y yo venía con el L y yo me asusté porque yo dije es el E porque caminaba igual, venía igual y me apuré y cerré la puerta con candado y me metí, me tocaron las manos y miré por la ventana quien era y yo le dije si no te descubrís la cara no voy a salir a atenderte, y ahí se descubrió y vi que no era el papá de mi hijo así que agarré y fui para afuera, que queres le digo (no se entiende 35:18) no, porque yo salí hace poquito de la cárcel me dice y allá está el papá de tu hijo, yo me enteré que vos lo metiste y él te pasa la mantención todos los meses me dice, no le digo, vos estas equivocado le digo yo. Me dice si, si vos lo metiste al V ahí adentro dice, a él lo tenes re guardado pero yo ya salí, ahora (...) que le lleves yerba, o ropa que los pibes le sacaron todo ahí adentro. P. Bueno, está bien. Volviendo a esto que vos me dijiste ahora como nuevo no, que no habías recordado antes o que no, entre tanto que te pasó no lo pudiste como decir no? Vos me habías mencionado que pasó 2 o 3 veces me dijiste, me explicaste más o menos que era lo que vos estás haciendo no? Que vos me dijiste que estabas ahí mirando el teléfono, yo sé que no es fácil, pero necesito que vos me puedas contar qué fue lo él hizo, más allá de lo que vos estabas haciendo, podrías decírmelo? ¿Qué hizo él conmigo?
P. Si Lo que todo sinvergüenza hace. Yo estoy acostumbrada a estar boca abajo en la cama con el teléfono, siempre, siempre fue así, nunca me puedo acostar boca arriba porque me ahogo y yo estaba dada vuelta boca abajo y no estaba tapada ni nada y él vino y se tiró encima mío y le dije que salga, me estaba moviendo, corriéndolo, y él me dijo que me quede quieta, sino iba a ser peor, entonces me quedé quieta, y estaba llorando y me bajó los pantalones y hizo lo que hizo conmigo, y no sé . P. y a eso vos como lo llamas? A eso que hizo lo que hizo Abusó de mi porque yo nunca le di consentimiento, sino que lo hizo a la fuerza, no sé cómo queres que te lo explique. P. Nono, vos me lo pones con la palabra abuso, decís que abusó de vos porque lo hizo a la fuerza? Y si porque así fue, en ningún momento le dije vení, tengamos relaciones, él venía y se tiraba encima mío y hacia, o sea tenía relaciones conmigo, pero sin que yo quiera, sin que yo..es más, me corría, lo mordía, me queria salir y no podía y tampoco quería gritar porque mi hijo estaba afuera, entonces. P. y en esos momentos ¿Él te decía algo? No, solamente se quedaba callado, terminaba y me decía ahora limpiate sucia, me decía y se iba, o se quedaba sentado o se iba afuera y después volvió como si nada, como si nada hubiera pasado.
P. Si, me lo habías dicho. Está bien. Bueno, me estoy fijando las preguntas que teníamos acá, no sé si quieren preguntar algo respecto a esto. El lugar vos me decías que era un mono ambiente, me lo explicaste ya (asiente) . P. ¿Hay algo más que hayas recordado, que hayas contado, o que viste que una empieza a hablar y aparecen como otras cosas. (Niega) ... ya mi mente está en blanco, no puedo pensar en esa persona, no sé como decirte, no quiero hablar tampoco de esa persona, lo bloquee, cuando me enteré que estaba ahí adentro entré como en un estado depresivo porque yo decía que por mi culpa está ahí adentro y era contárselo a mi tía y mi tía decirme que no, que no es mi culpa, que es culpa de él los errores que él cometió conmigo, pero a decirme todo lo que me dijeron que estaba pasando, no sé. P. Hubieras preferido no enterarte? Claro, no enterarme, yo pensé que él estaba lejos, que estaba trabajando,ya no queria saber mas nada, estaba tratando de olvidarme esas cosas, a mi casa ya no puedo volver porque me acuerdo todo lo malo (…).”.-
Respecto de ambas declaraciones, la Lic. MARIA Alejandra Tapia sostuvo que: S M, al momento de deponer, estaba orientada en tiempo y espacio, sin alteraciones cognitivas o emocionales, oportunidad en que logro describir de manera amplia una serie de situaciones de violencia psíquicas y físicas que tuvo que padecer por parte de su pareja, que posteriormente fueron ejercidas hacia su hijo. A su vez, la profesional destaco que la niña dio las razones de porque al principio no contaba lo que le ocurría, pero después decidió alejarse de la pareja y pedir ayuda para que no ocurran otras cosas. Agregó que la niña relato que no tenía registro de la gravedad de las cosas que le pasaron, al punto que luego, en una segunda entrevista, narra relaciones sexuales no consentidas, dando también el motivo de porque no fueron contadas en la primera declaración y poniendo en evidencia el desvalimiento que padecía, producto de que no tenía otra persona a su lado que no fuera él denunciado. Por último, a preguntas de la defesa sostuvo que si bien ella no hacia una pericia, de credibilidad, pudo observar que lo que la niña relataba se correspondía con el estado emocional que presentaba al momento de decirlo.-
Ahora bien, como primera reflexión y teniendo en cuenta lo informado por Tapia, sostengo que el testimonio de S M reúne los recaudos necesarios para otorgarle credibilidad, toda vez que presentan coherencia y los sucesos relatados fueron ubicados en tiempo y espacio, con una modalidad lógica y posible de producción; a todo lo cual debo resaltar el estado emocional de la niña
-compungida y llorando- evidenciado a lo largo de ambas declaraciones.-
En este orden de ideas, para mayor abundamiento, quiero resaltar tres circunstancias que abonan la credibilidad del testimonio, a saber:
La primera, surge de que, a lo largo del debate, ni de los dichos de la niña, ni de los testigos que depusieron, ni de la defensa material del imputado, surgió algún dato que evidencie la existencia de motivos serios, razonables y de envergadura para considerar que la niña, quién declaro bajo juramento, haya tenido la intensión deliberada de perjudicar al enjuiciado, mintiendo o inventando los hechos denunciados. Si bien la defensa en un tramo de su alegato sostuvo que S quería sacarse de encima a su defendido, esa apreciación, solo se basa en los dichos de la letrada, y sabido es que lo alegado por las partes, por más enfático que se manifieste, no es prueba a valorar por el Tribunal.-
La segunda circunstancia, surge del dolor y sufrimiento que evidencia la dicente, debido a las consecuencias que el develamiento de los hechos denunciados genera en su hijo, dado que le impide al niño estar con su padre. Al respecto, destaco un tramo de su relato cuando entre lágrimas dijo: “... ¿por que mi hijo no puede tener una infancia como todos los niños? con su papá y su mamá al lado, apoyándolo, por que a nosotros nos tiene que estar pasando esto, ¿por qué su papá tuvo que ser así conmigo y con él?. Mi hijo todos los días me pregunta por su papá, mamá dónde está mi papá me dice y yo no sé qué responder y yo qué le digo, no, no está tu papá, después va a venir, algún día va a venir de vuelta a saludarte, no sé hijo, no sé qué decirte, y duele, duele que me hijo me pregunte, hacerme acordar a su papá me hace acordar de todas las cosas feas que me hacía él y no le podés decir porque él es chiquito, no entiende, pero sí duele, duele en el alma. (...) ”. -
La tercer circunstancia, se desprende del sentimiento de culpabilidad que a la niña le genera las consecuencias que el proceso penal le provocaban a su ex pareja. Obsérvese cuando de su relato surge: “ (…) cuando me enteré que estaba ahí adentro entré como en un estado depresivo porque yo decía que por mi culpa está ahí adentro y era contárselo a mi tía y mi tía decirme que no, que no es mi culpa, que es culpa de él los errores que él cometió conmigo (…).”. En este punto no es de soslayar que todo lo referido fue al finalizar la segunda Cámara Gesell, recepcionada cinco meses después del primer anticipo jurisdiccional, sin embargo y pese al sentimiento de dolor y culpa, S se mantuvo en sus dichos.-
En lo atinente al estado de vulnerabilidad de S M, situación no controvertida por las partes, también se pudo evidenciar en los dichos de su abuela (B), del Lic. del SENAF Gabriel Roldan, de la Integrante de la OFAVI Alejandra Lopez y de la Lic. Monica Garcia, que realizo la pericia psicológica.-
Continuando con el análisis del caso, a diferencia de los sostenido por la defensa, considero que los dichos de la menor respecto de los cuatro hechos imputados por la parte acusadora, encuentran apoyatura en la siguiente prueba de cargo rendida en el debate y que se a continuación describo por hecho:
Respecto del Primer hecho imputado, la versión brindada por S M, en lo medular se corroboran con los dichos de G E C, vecina de la pareja a escasos tres metros de distancia. Ella fue quién al escuchar gritos que provenían desde la vivienda de S, se dirigió al lugar, tal cual como fue relatado por la niña. Dicha testigo en audiencia de debate, dijo que: “ al entrar a la vivienda vi que ella lloraba y estaba discutiendo con S, y me dijo que él le quería pegar con un martillo. Yo no lo vi con un martillo en la mano, tampoco que estaba arriba de ella, sí que ella lloraba desconsolada y decía que el la quería matar. Él me dijo que no hacía nada que S estaba mintiendo. El nene estaba sentadito en una cama que tienen en el piso, yo le dije a S que se tranquilice y me la lleve a mi casa. Ella estuvo un rato en mi casa y luego me cruce a lo de J, su tío que vive con J y les dije lo que estaba pasando...”, a su vez, a preguntas de la defensa contestó: “... estaban discutiendo como pareja, ella empezó a gritar como loca me quiere matar y yo por eso entre, pero nunca lo vi encima o que la tuviera del cuello...”.-
Si bien la testigo manifestó no haber visto en la oportunidad un martillo, lo cierto es que tal como surge de la convención probatoria celebrada por las partes, al día siguiente del hecho, ambos elementos (martillo y garrote) fueron constatados por el Gabinete de Criminalística, en el domicilio de calle ...de General Roca, observándose en particular el martillo, en el suelo, al lado de la cama.-
Por su parte, también adquiere relevancia la declaración testimonial brindada por J T S, que vive en pareja con el tío de S. Dicha testigo corroboro tanto los dichos de S como de G C, al sostener que, en la oportunidad, la niña había sido llevada por G hasta su casa, para llamar a la policía.
Vemos pues que tal circunstancia me lleva a colegir que más allá de que en audiencia de debate, la testigo C, intento quitarle gravedad a los hechos por los cuales tuvo que intervenir abruptamente, quizá producto de su amistad con S, conforme surge de la declaración de la niña cuando refirió que S, junto con su vecina y la pareja de esta a menudo se juntaban a tomar vino y drogarse. No obstante ello, es lógico inferir que en la ocasión, al llevar a S a la casa de su tía para que ésta llamara a la policía entiendo que ello se debió a que lo acontecido fue algo mas grave que una simple discusión de pareja.-
También, no es una cuestión menor destacar del testimonio de J S, el contexto de violencia de género en el que se encontraba inmersa su sobrina. Ello surge cuando declaro que, si bien jamás vió que S la golpeara, en ese mes desde la casa de la pareja que queda en la esquina de donde ella viva, en cinco oportunidades se escucharon gritos y luego de los gritos, su sobrina iba para pedirle ayuda y que llamara a la policía.-
Corroborando lo dicho por Soto, M B, Abuela materna de S, declaro que: “(…) cuando yo estaba trabajando me llamaban porque S iba llorando a decir que él le pegaba (…) J es mi nuera que vive cerquita de la casa de S. Cuando había problemas, S iba a la casa de ella y ella me avisaba, eso era como cuando se escapaba e iba corriendo al lugar (…) J me llamaba y me decia que la S había llegado llorando a su casa, yo le dije a ella que tome una decisión porque yo estaba cansada (…) todas las semanas pasaba lo mismo. Fuimos a la comisaria de la mujer a denunciar, yo le dije que tenía que terminar con esto. Yo estaba cansada y llegue a discutir con mis hijos por ellos(…).-
Por último, no es una cuestión menor resaltar la convención probatoria realizada por las partes, respectos de las lesiones que pudo el médico forense observar en la niña denunciante, las que, si bien como dijo la defensora a alegar que en este proceso no se investigan lesiones, lo cierto es que las mismas no hacen otra cosa que corroborar el contexto de violencia de género en el que se encontraba inmerso la niña.-
En lo atinente al Segundo Hecho Imputado, las partes convinieron aceptar la existencia de las circunstancias de tiempo, modo y lugar. Ahora bien, la defensa en su alegato de clausura, sostuvo que no solo esgrimir una amenaza configura el delito, sino que hay que analizar el impacto que ello causa en la víctima.-
Al respecto, debo destacar que la circunstancia de que las mismas causaron temor en S M, formaba parte de la convención probatoria celebrada. Por lo tanto no era una cuestión que se iba a controvertir en juicio, por lo que me llama poderosamente la atención la actitud tomada por la defensa en este punto.-
No obstante lo cual, de la totalidad de la prueba de cargo traída por la fiscal para probar los restantes hechos dado que este no iba a ser materia de discusión, surge a las claras el temor de la niña hacia S, producto del contexto de violencia al que fue sometida, conforme fue detallado en los párrafos precedentes y producto de que lo creía capaz de cumplir con sus amenazas, dado que su hermano había apuñalado a la pareja.-
Respecto del Tercer Hecho Imputado, su existencia se corrobora con lo declarado por la testigo M C B, quién nos contó que su nieta para poder mantener a su hijo, vendía ropa que ella le daba en la feria de la calle Maipú. Esa feria y la feriadel Trueque era el sustento que su nieta tenía para mantener a su hijo.-
Este hecho ocurrió en la Feria del Maipú, y concretamente respecto de los hechos, la testigo relató que: “... Un día ella entro corriendo asustada al negocio en el que yo trabajaba (…) abrió fuerte la puerta y me dijo que ahí estaba S, como abrió fuerte la puerta del kiosco mi patrona se enojó. S estaba asustada y mi patrona le dio un vaso de agua, me dijo agarra la mochila y la moto y acompañala (…) yo por eso perdí mi trabajo, dado que me dijeron que me vaya porque no querían tener problemas. Yo perdi mi trabajo porque cuando S venía a la feria, S se le aparecía de atrás y ella iba a buscarme. Ese día, yo salí, fui a la mesa de S porque ella había dejado todo solo y una señora me dijo que un chico había aparecido y ella cuando lo vió salió corriendo. Yo a él no lo vi, le dije a S no vaya más a la feria...”.-
Respecto del Cuarto Hecho Imputado, previo a su análisis destaco que existe abundante doctrina y jurisprudencia aplicable al caso que afirma que los menores cuentan lo que les sucedió “como pueden, cuando pueden y ante quien pueden (BUNTER). Hago referencia a ello, dado que este hecho fue relatado por la menor con posterioridad a los tres primeros hechos, aconteciendo su develamiento ante la Lic. en Piscología Monica Lorena Garcia, en oportunidad de las entrevistas tendientes a la realización de la pericia psicológica peticionada al Cuerpo de investigación forense. En la ocasión, la joven le relata a la profesional haber sido víctima también de violencia sexual, hechos que no había relatado en la primer cámara Gesell. Ello provoca que la Licenciada, detenga la entrevista y haga saber dicha circunstancia a la parte acusadora.-
No es una cuestión menor destacar que respecto de cómo se produjo el develamiento, la defensa contra interrogo a la profesional, la que textualmente le respondió: “ (…) Nunca le dije a S si S la había agarrado a la fuerza. Eso no corresponde (…) ”.-
Por su parte S, fue clara y creíble al dar las razones del porque no había contado los hechos en la primer entrevista, dijo: “ (…) tenía tanto dolor que se me paso o no me acordaba, no se la verdad, hechos que pasaron y que capaz yo le reste importancia y no lo dije, capaz que para acá es grabe y lo es para mí también (…) no sé qué me habrá pasado la verdad, duele contarlo, no me gusta hablar de esto, no me quiero acordar o mi mente no me deja hacerlo, pero tampoco se puede olvidar porque fueron muchas cosas feas que pase (…) ”.-
A su vez, al narrar los hechos, sostuvo que ellos acontecieron en dos o tres oportunidades y que consistían en mantener relaciones sexuales por ellas no consentidas: “ (…) el venía y se tiraba encima mío y lo hacía o sea tenía relaciones conmigo, pero sin que yo quiera, yo lo corría, mordía me quería salir y no podía y tampoco quería gritar porque mi hijo estaba ahí (…)”.-
En este punto y en lo atiente a la credibilidad del testimonio, ratifico lo analizado precedentemente, agregando a su vez que la Lic. Garcia, dijo en juicio que, respecto de la niña sujeto a pericia, no se observaron indicadores de fabulación.-
En lo atinente a la pericia Psicológica que se realizó a pedido de la Fiscalía y Defensa, la profesional interviniente relato que S M con 13 años de edad conoce y mantiene una relación sentimental con S, un par de encuentros de relaciones íntimas y ahí ella queda embarazada. Luego de que nace su hijo, preocupada porque este se crie sin un padre presente lo busca y ahí entablan la relación de pareja. Ello fue cuando tenía 14 años y dura aproximadamente la relación un año, en la que ella naturaliza un proceso de violencia que fue en escalada de frecuencia e intensidad, primero insultos, luego agresiones físicas y por último violencia sexual. Que esta naturalización de la violencia, hizo que la misma se prolongara en el tiempo. Por último, como dato saliente, la profesional destaco que, como conclusión de su trabajo, pudo observar que el estado anímico de la persona evaluada, tiene una probable relación directa con los hechos investigados.-
Por último, el resto de los testigos de cargo, brindaron detalles ilustrando la situación:
En primer término el Lic. Rafael Roldan, del SENAF, dio cuenta que luego de la denuncia, fueron al domicilio de S y se entrevistaron con ella y su abuela. En la oportunidad, ella relato situaciones de violencia físicas y psicológicas que fueron corroboradas por su abuela. Agrego que de la institución concluyeron que la misma se encontraba en estado de vulnerabilidad y debido a ello se asignó otro equipo que acompaño la situación.-
En segundo término, la Lic. Alejandra Lopez, de la OFAVI, como dato saliente destaco que al evaluar el riesgo de la víctima, lo considero alto. Para ello utilizo formulario de estilo.-
En definitiva, considero qué del análisis en conjunto del plexo probatorio detallado conforme las normas de la lógica y la sana crítica y más allá de los dichos del imputado y el esfuerzo de la letrada defensora por mejorar la situación procesal de su asistido, se confirma un cuadro cargoso indiscutible que acreditan los hechos en las circunstancias de tiempo, modo y lugar fijados en el auto de apertura a Juicio. -
A la SEGUNDA CUESTION, el Sr. JUEZ, DR. LUCIANO GARRIDO dijo:
La conducta reprochada a S respecto de los hechos acreditados deben calificarse como autor penalmente responsable de los delitos de AMENAZA CON ARMA IMPROPIA, ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL EN GRADO DE TENTATIVA, AMENAZAS SIMPLES (Dos hechos) Y ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL (reiterado en tres oportunidades), todo en concurso real, (Conf. Arts. 45 119 tercer párrafo, 42, 149 bis primer párrafo segundo supuesto, 149 bis primer párrafo primer supuesto, 119 tercer párrafo y 55 del del Código Penal). -
A la TERCERA CUESTION, el Sr. JUEZ, DR. LUCIANO GARRIDO dijo:
Llegado el momento de decidir qué calidad y qué cantidad de pena se va a imponer al imputado, sabido es que corresponde analizar las características especiales del hecho al momento de su comisión, y que no forman parte los elementos típicos configurativos del ilícito atribuido; la actitud concomitante y posterior al delito asumida por el encartado; las circunstancias personales del imputado y víctima del evento, todo ello siguiendo como parámetro las pautas previstas en el art. 40 y 41 del Código Penal y que resulten ajustados a la culpabilidad del autor.-
El parámetro de pena que han fijado las partes en sus respectivas peticiones, ha quedado establecido en un máximo de DOCE AÑOS de prisión (petición fiscal que limita al juez conforme art. 191 CPP) y un mínimo de SEIS AÑOS de prisión peticionado por la defensa.-
Como punto de partida, valoro los conceptos expuestos por el Tribunal de Impugnación de la Provincia en los precedentes dictados recientemente “Peralta...”, “Silva...”, y fundamentalmente en “C S/ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL”, identificado bajo el Legajo MPF-VI-00365-2017, en los que se han fijado las pautas generales de interpretación sobre esta temática, y concretamente en el último se ha re-interpretado el fallo “Brione...” del STJRN, haciendo especial hincapié en la necesaria fundamentación respecto del punto de partida para la determinación del monto de la pena, entre el mínimo y el máximo legal, haciendo especial mención los votantes a la necesidad de valorar la falta de antecedentes penales computables, conforme señalara el Superior Tribunal de Justicia.-
En el presente trámite, la fiscalía informó que S no cuenta con antecedentes penales computables, por lo que a los fines de la cuantificación de la pena, parto del mínimo de la escala penal aplicable conforme el concurso de delitos por los cuales fue declararado responsable, valorando como agravantes la pluralidad de hechos por los que resultó condenado, la pluralidad de afectación de bienes jurídicos tutelados, la edad de la víctima, el aprovechamiento del estado de vulnerabilidad en el que se encontraba y el perjuicio ocasionado.-
Por otra parte, como atenuantes, además de de la falta de antecedentes penales computables detallado precedentemente, valoro en su favor que no registra causas penales en trámite, su edad, educación y que es un hombre de trabajo.-
En base a lo expuesto, y habiendo valorado tanto los hechos en su forma de comisión, como las circunstancias personales del imputado con relevancia en el hecho, detallando las que se consideran atenuantes, realizando una valoración integral ellas como así también la finalidad constitucional de la pena, estimo justo imponer al acusado la pena de SIETE AÑOS DE PRISION, accesorias legales (art. 12 del CP) y las costas del proceso.-
A LA PRIMERA, SEGUNDA y TERCERA CUESTION los Sres. Jueces, Dra. VERONICA RODRIGUEZ Y ALEJANDRO PELLIZZON, dijeron: Que adhieren en un todo a los fundamentos y argumentos expuestos por el Juez que votara precedentemente y siendo los mismos producto de la deliberación realizada tras la audiencia de juicio y cesura, votando en igual sentido.- TAL NUESTRO VOTO.-
Por todo ello, los Suscriptos, Jueces del Foro de Jueces de la Provincia de Rio Negro, con asiento de funciones en esta ciudad;FALLAN: I.- CONDENANDO a V M E S, ya filiado, por considerarlo autor penalmente responsable de los delitos de AMENAZA CON ARMA IMPROPIA, ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL EN GRADO DE TENTATIVA, AMENAZAS SIMPLES (Dos hechos) Y ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNNAL (reiterado en tres oportunidades), todo en concurso real, (Conf. Arts. 45, 119 tercer párrafo, 42, 149 bis primer párrafo, primer y segundo supuesto, 119 tercer párrafo y 55 del Código Penal), a la pena de SIETE AÑOS DE PRISION DE EFECTIVO CUMPLIMIENTO, accesorias legales y costas el proceso (Art. 12 del C.P. y 173, 174, 190, 191 y cctes. CPP).-
II.- Regístrese y firme la presente, deberá la oficina judicial, efectuar las comunicaciones de práctica a los Organismos pertinentes y formar cuadernillo de ejecución de sentencia, conforme art. 258 sstes. y cctes. del CPP. Cúmplase con la Acordada nº15/19, Ofíciese al ReProCoins y Notifíquese a las víctimas en los términos del art. 11 de la ley 24660. Oportunamente archívese. –
Firmado digitalmente por
Dres. VERONICA RODRIGUEZ, ALEJANDRO PELLIZZON Y LUCIANO GARRIDO Fecha: 2024.12.05 |
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