Fallo Completo STJ

OrganismoJUZGADO CIVIL, COMERCIAL Y SUCESIONES N° 31 - CHOELE CHOEL
Sentencia27 - 07/02/2024 - INTERLOCUTORIA
ExpedienteCH-00084-C-2023 - GUARINO RAUL ENRIQUE S/ SUCESIÓN INTESTADA
SumariosNo posee sumarios.
Texto Sentencia
Choele Choel, 07 de febrero de 2024.
AUTOS Y VISTOS: Para dictar declaratoria de herederos en estos autos caratulados: "GUARINO RAUL ENRIQUE S/ SUCESIÓN INTESTADA", Expediente N° CH-00084-C-2023) y;
CONSIDERANDO: Que con el acta de defunción presentada en las presentes actuaciones se acredita el fallecimiento de RAUL ENRIQUE GUARINO, ocurrido en Río Colorado, Provincia de Río Negro, el día 27/02/2019.
El causante era de estado civil casado, en segundas nupcias, con ALBA GLORIA REVILLA, en acto celebrado en Río Colorado, provincia de Río Negro, el día 21/12/2012, conforme surge del acta de matrimonio presentada en Autos.
Que se presentan a hacer valer sus derechos, su cónyuge supérstite y sus hijas:
VIRGINIA CRISTINA GUARINO (D.N.I.: 23.939.159), nacida en Río Colorado - Provincia de Río Negro - , el día 30/04/1974 conforme surge del acta de nacimiento presentada en Autos.
GRISELDA MERCEDES GUARINO (D.N.I.: 26.545.835), nacida en Río Colorado - Provincia de Río Negro - , el día 04/04/1978 conforme surge del acta de nacimiento presentada en Autos.
Que el día 13/04/2023 se declara abierto el sucesorio y competente el Juzgado para entender en el mismo.
Se procede a inscribir en el Registro de Juicios Universales y en fecha 22/06/2023 se agrega informe del Registro de Testamentos, de lo que surge que a nombre del causante no se ha registrado disposición testamentaria ni se han iniciado juicios similares y se ordena la publicación de Edicto en el Boletín Oficial.
En fecha 15/05/2023 se publica edicto en el Boletín Oficial, y habiendo vencido el plazo de la citación efectuada; y no habiéndose presentado persona alguna invocando derechos a los bienes dejados por el causante, fuera de quienes constan en el expediente; es que pasan a resolver.
Por lo expuesto y dispuesto por los arts. 2.424, 2.426, 2.434 del Código Civil y Comercial y 700 del CPCyC,

RESUELVO: Declarar en cuanto ha lugar por derecho, que por fallecimiento de RAUL ENRIQUE GUARINO le suceden en su carácter de universales herederos sus hijas, VIRGINIA CRISTINA GUARINO y GRISELDA MERCEDES GUARINO, sin perjuicio de los derechos que le corresponden a la cónyuge supérstite sobre los bienes propios si los hubiere, y sin perjuicio de los derechos que por ley le correspondan sobre los bienes gananciales.
NOTIFÍQUESE de conformidad a las adecuaciones procesales dispuestas por el Anexo I de la Ac. N° 36/2022 del STJ -que implementa el Sistema de Gestión de Exptes. Judiciales "PUMA"-, se hace saber que el presente despacho quedará notificado el martes o viernes posterior al día de su publicación en el sistema, o el siguiente hábil, si fuere feriado o inhábil.
Fecho expídase testimonio.
vlg
Dra. Natalia Costanzo
Jueza
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