| Organismo | UNIDAD JURISDICCIONAL CIVIL NRO. 21 - VILLA REGINA |
|---|---|
| Sentencia | 29 - 13/02/2026 - INTERLOCUTORIA |
| Expediente | VR-00410-C-2024 - DIAZ, NESTOR NELSO S/ SUCESIÓN INTESTADA |
| Sumarios | No posee sumarios. |
| Texto Sentencia | Villa Regina, 13 de febrero de 2026.
AUTOS Y VISTOS:
Para resolver en estos autos caratulados: "DIAZ, NESTOR NELSO S/ SUCESIÓN INTESTADA", (Expte. N° VR-00410-C-2024), de los que
RESULTANDO Y CONSIDERANDO: Que en fecha 17/12/2025 18:23:47 (Movimiento E0007) el letrado CARRICAVUR, GUILLERMO solicita regulación de honorarios por la primera y segunda etapa cumplidas en autos.
Que se toma como monto base de regulación la suma de $3.175.000,00 para los herederos (Declaración Jurada Patrimonial obrante en Movimiento PUMA N° E0007); y que la regulación de honorarios de los profesionales se hará en conformidad con lo dispuesto por los Arts. 6, 7, 8, 9, 25 y 44 de la Ley 2212, en especial, considerando las tareas efectivamente realizadas, carácter en que actuaron, estado de cumplimiento de las etapas del proceso, y el mérito de la labor profesional apreciada por su calidad, eficacia y extensión.-
A dicho fin, pasen los presentes a esta Unidad Jurisdiccional.
En consecuencia, RESUELVO: 1.-Regular los honorarios al letrado CARRICAVUR, GUILLERMO, patrocinante por la primera y segunda etapas cumplidas en la suma equivalente al 10% del monto base, más el 40% por las labores de procuración, todo ello a cargo de los herederos declarados en autos. Notifíquese.-
2.-Cúmplase con el aporte de Ley 869. Notifíquese en los términos del art. 120 del CPCC.- 3.- Hacer saber que la regulación de honorarios por la tercer etapa estese a lo dispuesto por la Cámara de Apelaciones en lo Civil en autos "Lucero Cirilo s/ Sucesión" (Expte. Nº 21.217-CA-12) y "Medhi David Roberto s/ Sucesión Testamentaria y Ab intestato" (Expte. N° 21.235-CA-12).- PAOLA SANTARELLI
Jueza |
| Dictamen | Buscar Dictamen |
| Texto Referencias Normativas | (sin datos) |
| Vía Acceso | (sin datos) |
| ¿Tiene Adjuntos? | NO |
| Voces | No posee voces. |
| Ver en el móvil |