| Organismo | JUZGADO CIVIL, COMERCIAL, MINERÍA Y SUCESIONES N°1 - CIPOLLETTI |
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| Sentencia | 44 - 11/11/2013 - DEFINITIVA |
| Expediente | 25494 - CANCIO RICARDO S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS |
| Sumarios | No posee sumarios. |
| Texto Sentencia | Cipolletti, 11 de noviembre de 2013.d.n. VISTO Y CONSIDERANDO: Estos autos caratulados CANCIO RICARDO S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS (Expte. Nro. 25494) Informando en este acto el actuario que las partes intervinientes en el presente juicio no han instado el procedimiento en el término de seis meses, de conformidad con lo dispuesto por los Arts. 310 y 311 del CPCC, DECLARASE LA CADUCIDAD DE INSTANCIA. Regulo los honorarios del letrado patrocinante de la actora, Dr. MARCELO LIZZI, en la suma de PESOSNOVECIENTOS SETENTA Y OCHO (3IUS) ($ 978) (ARTS. 6, 7, 8, 9 y conc. L.A.).- NOTIFIQUESE POR SECRETARIA y cúmplase con Caja Forense. TODO LO QUE ASI RESUELVO.- Còrrase vista a la AGENCIA DE RECAUDACION TRIBUTARIA, al COLEGIO DE ABOGADOS y a la CAJA FORENSE (Acs. 10 y 50/03) a los fines que correspondan.- Dr. Jorge A. Benatti Juez Sustituto |
| Dictamen | Buscar Dictamen |
| Texto Referencias Normativas | (sin datos) |
| Vía Acceso | (sin datos) |
| ¿Tiene Adjuntos? | NO |
| Voces | No posee voces. |
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