Fallo Completo STJ

OrganismoJUZGADO CIVIL, COMERCIAL, MINERÍA Y SUCESIONES N° 9 - CIPOLLETTI
Sentencia394 - 03/10/2018 - INTERLOCUTORIA
ExpedienteF-4CI-1737-C201 - OCAMPO LEONOR S/ SUCESION AB INTESTATO
SumariosNo posee sumarios.
Texto SentenciaCipolletti, 03 de octubre de 2018.

AUTOS Y VISTOS: Para dictar declaratoria de herederos en estos autos caratulados "OCAMPO LEONOR S/ SUCESIÓN AB INTESTATO" (Expte. Nº F-4CI-1737-C2018) y,
CONSIDERANDO:
I. Atento las constancias obrantes en autos (fs. 2, 4 y 6), se declara en cuanto ha lugar por derecho y al sólo efecto del presente sucesorio que LEONOR OCAMPO y LEONOR OCAMPOS, es en ambos casos una misma y única persona.
II. Que a fs. 2 se acredita el fallecimiento de la Sra. LEONOR OCAMPO, LC N° 0.716.442, hecho ocurrido el día 14 de enero de 1992 en Cipolletti, Provincia de Río Negro.
III. La causante era de estado civil casada con DEMECIO DEL CARMEN CASTILLO, LC N° 03.432.947, lo que se acredita con la copia certificada del certificado de matrimonio agregada a fs. 4.
IV. De dicha unión nació la siguiente hija: OLGA BEATRIZ CASTILLO, DNI N° 13.468.749, lo que se acredita con la copia certificada del certificado de nacimiento agregada a fs. 6.
V. A fs. 9 se tiene por competente el Juzgado y por iniciado el presente trámite sucesorio.
VI. A fs. 23 y 9 vta. obra informe del registro de Testamentos y constancia de inscripción en el Registro de Juicios Universales, de los que surge que, a nombre del causante, no se iniciaron juicios similares y no se registró disposición testamentaria alguna.
VII. A fs. 12/14 y 15/17 se agregan ejemplares del Boletín Oficial y Diario La Mañana de Neuquén, acreditándose la correspondiente publicación edictual, sobre cuyo vencimiento certifica la actuaria a fs. 25, informando asimismo que no se han presentado más herederos ni interesados que los precedentemente indicados.
Por lo expuesto y lo dispuesto por los Arts. 2424 y concordantes del C.C. y C, RESUELVO:
I. Declarar en cuanto ha lugar y por derecho que por el fallecimiento de la Sra. LEONOR OCAMPO, LC N° 0.716.442, le suceden en carácter de únicos y universales herederos su hija OLGA BEATRIZ CASTILLO, DNI N° 13.468.749, y el cónyuge supérstite DEMECIO DEL CARMEN CASTILLO, LC N° 03.432.947, respecto de los bienes propios si los hubiere y sin perjuicio de los derechos que por ley le correspondan sobre los gananciales.
II. REGÍSTRESE - NOTIFÍQUESE.


Federico Emiliano Corsiglia
Juez
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