| Organismo | FORO DE JUECES/ZAS PENALES 3° CJ - BARILOCHE |
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| Sentencia | 823 - 27/12/2023 - SOBRESEIMIENTO |
| Expediente | MPF-BA-03597-2022 - C.C.V.B. C/ M.D.A. Y "M.J.A. " S/ AMENAZAS |
| Sumarios | No posee sumarios. |
| Texto Sentencia | /// Bariloche 27 de diciembre de 2023 VISTO: El legajo LegajoN° MPF-BA-03597-2022, caratulado C.C.V.B. C/ M.D.A. Y "M.J.A. " S/ AMENAZAS , y a fin de resolver la situación procesal de M.D.A., DNI XXX, con domicilio en calle xxx de esta ciudad y M.J.A. DNI xxx, con domicilio en xxx de esta ciudad. CONSIDERANDO: Que en audiencia de formulación de cargos se les imputo a los nombrados el siguiente hecho: a M.D.A. el hecho ocurrido en fecha 15 de agosto de 2022, a las 20.00 horas aproximadamente, en el exterior del domicilio sito en xxx. En dicha oportunidad, M.D.A. se acercó al domicilio de C.C.V.B. a fin de entregarle a su hija en común, de 2 años de edad y ante un reclamo por el estado de salud de la niña, M. se enojó y comenzó a insultarla y amenazarla, diciéndole entre otras cosas: "puta, negra de mierda, te voy a matar, te voy a sacar a M., no la vas a ver más"; ante ello, V. le pidió que se retire, pero M. ingresó a la fuerza al terreno y tomó un palo con el cual intentó agredirla físicamente. V. tenía a su hija en brazos y la empujó. Al escuchar los gritos, los vecinos de V., de apellido Q., se acercaron al lugar y M. se subió inmediatamente al vehículo de su hermana que lo esperaba y se retiraron rápidamente. Momentos después, M.J.A. - hermano de D. - le realizó un llamado telefónico a V. el número xxx en el que le expresó en tono amenazante "que la iba a cagar a trompadas por meterse con sus hermanos y que la iba a matar." Estas agresiones y amenazas se dieron en un contexto de violencia de género ya que C.C.V.B. fueron pareja, tienen una hija en común, y hubieron anteriormente diversos episodios de violencia verbal y física, los cuales fueron denunciados y se iniciaron causas en el fuero de Familia. Sin perjuicio de lo señalado en el párrafo precedente, la Fiscalia prescinde de la acción en los presentes actuados; insta el sobreseimiento de los imputados en los términos de los arts 155 inc. 5.º y 157 del C.P.P. Por haber cumplido con las pautas impuestas a tenor del art. 96 del C.P.P , La Defensa adhiere al pedido de la fiscalía.- Teniendo en consideración que la disposición de la acción publica resulta exclusiva del titular de la misma ( el Agente Fiscal), al igual que la aplicación de lo estatuido en el art. 96 del C.P.P., es que RESUELVO: Dictar el sobreseimiento de M.D.A. y M.J.A. ya filiados respecto del hecho que les fuera atribuido en audiencia de formulación de cargos, haciendo expresa mención de que la formación del presente legajo no afecto el buen nombre y honor del que gozaren; ordenar su inmediata liberad y restitución del rodado secuestrado ( arts. 96, 155 inc. 5.º y 157 del C.P.P. ) Sergio Pichetto Juez Firmado digitalmente por: PICHETTO Sergio Damian Fecha y hora: 27.12.2023 10:12:43 |
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| Vía Acceso | (sin datos) |
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