Fallo Completo STJ

OrganismoFORO DE JUECES/ZAS PENALES 2° CJ - GRAL. ROCA
Sentencia763 - 26/08/2021 - SOBRESEIMIENTO
ExpedienteMPF-RO-04061-2019 - HUEL NICOLAS JORGE S/ DESOBEDIENCIA A UNA ORDEN JUDICIAL, ATENTADO Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD , EN C.R. - CONTRERAS LEANDRO NICOLAS S/RESISTENCIA Y ATENTADO CONTRA LA AUTORIDAD Y LESIONES, EN C.R.
SumariosNo posee sumarios.
Texto Sentencia
Foro de Jueces
2da. Circ. Judicial
San Luis 853, 8vo. piso
General Roca

General Roca, 26 de Agosto de 2021.VISTA: La solicitud de sobreseimiento presentada por la Fiscalia
en LEGAJO N°: MPF-RO-04061-2019 “CONTRERAS LEANDRO NICOLAS
s/SUSPENSION DE JUICIO A PRUEBA” en relación a CONTRERAS, LEANDRO
NICOLAS.
Y CONSIDERANDO: que se imputa a CONTRERAS el
siguiente hecho: Ocurrido el día 08 de julio de 2019 a las 04:27 hs. aproximadamente
cuando personal policial de la Subcomisaría 67 se hizo presente en el domicilio de
A.M.C. a raiz de la comunicación efectuada por el
comando radioeléctrico. En dichas circunstancias, NICOLAS JORGE HUEL comenzó a
insultar a los empleados policiales, al mismo tiempo que salía del domicilio el restante
imputado LEANDRO NICOLAS CONTRERAS (hermano de la denunciante); quien
arrojó un ladrillo hacia el personal policial, impactando el mismo en la espalda del
Sargento Primero RAUL CHAGUMIL, provocándole lesiones de carácter leve.
Seguidamente CONTRERAS continuó realizando ademanes con otro ladrillo hacia la
Cabo Primero DEBORA PARRA. Por lo que los efectivos policiales debieron solicitar
apoyo a las demás Unidades. Haciéndose presente personal de las Comisarías 3era y
31na, y Destacamento 104; procediendo a reducir a los acusados HUEL y
CONTRERAS, quienes se mostraban aún más agresivos; forcejeando y arrojando
golpes de puño y patadas; todo ello con la finalidad de impedir que los empleados
policiales cumplieran con un acto propio de sus funciones. Siendo finalmente detenidos
y trasladados a la Unidad 67 de Padre Stefenelli.- Se califica el hecho como
ATENTADO Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD AGRAVADO POR HABER
PUESTO MANOS EN LA AUTORIDAD, EN CONCURSO REAL CON LESIONES
LEVES en calidad de COAUTOR ( arts. 237, 238 Inc.4°,89 y 45 del Código Penal).
En dicho petitorio la FISCALIA informa Que en fecha
20/11/2019, se le concedió a CONTRERAS LEANDRO NICOLAS, el beneficio de la
Suspensión de Juicio a Prueba por el término de UN AÑO. De las constancias del

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presente surge que el nombrado abonó el importe correspondiente a la reparación
económica, ha cumplido en su totalidad con las reglas de conductas impuestas por el
tiempo fijado, y no cometió nuevos delitos, por lo que corresponde declarar extinguida
la acción penal (art. 76 ter 4to párrafo del C.P.) y su Sobreseimiento de conformidad con
el art. 155 inc. 5to del C.P.P.; conforme criterio in re "Suárez..",Se. 81/09 STJRN.
Por lo expuesto, y encontrándose reunidos los recaudos legales,
RESUELVO: I- Declarar extinguida la acción penal por
cumplimiento del plazo y condiciones de la Suspensión del Juicio a Prueba resuelta en
LEGAJO N°: MPF-RO-04061-2019, conforme art. 76 ter del CP, y dictar el
Sobreseimiento de LEANDRO NICOLAS CONTRERAS filiado “ab-initio” por
haberse extinguido la acción penal (conf. arts. 59 inc. 7, en función del art. 76 ter del
C.P.; y 155 inc. 5° del C.P.P.)., dejándose constancia que la sustanciación del presente
proceso no afecta el buen nombre y honor de que hubiere gozado con anterioridad al
mismo.II- Notifíquese. Comuníquese.Firmado digitalmente por

QUELIN
QUELIN Gustavo Omar
2021.08.26
Gustavo Omar Fecha:
12:15:09 -03'00'
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