Fallo Completo STJ

OrganismoJUZGADO CIVIL, COMERCIAL, MINERÍA Y SUCESIONES N° 9 - GENERAL ROCA
Sentencia75 - 11/10/2023 - MONITORIA
ExpedienteRO-02505-C-2023 - FUENTES GILDA BELEN EN REP DE FUENTES ALMA MIA, FUENTES ADRIAN SALVADOR Y FUENTES JOEL AGUSTIN C/ TOLEDO AGUILERA ERWIN RODRIGO Y AGROSALTA COOPERATIVA DE SEGUROS LTDA S/ INCIDENTE (EJECUCION DE SENTENCIA)
SumariosNo posee sumarios.
Texto Sentencia

General Roca, 11 de octubre de 2023.-

AUTOS Y VISTOS: Estos autos caratulados: "FUENTES GILDA BELEN EN REP DE FUENTES ALMA MIA, FUENTES ADRIAN SALVADOR Y FUENTES JOEL AGUSTIN C/ TOLEDO AGUILERA ERWIN RODRIGO Y AGROSALTA COOPERATIVA DE SEGUROS LTDA S/ INCIDENTE (EJECUCION DE SENTENCIA) " RO-02505-C-2023

I.- Atento lo solicitado téngase por INICIADA EJECUCION DE SENTENCIA por Fuentes Gilda Belén, en representación de la menor, Fuentes Adrián Salvador y Fuentes Joel Agustín.-

Se imprime a la misma el trámite correspondiente al art. 499 y sgtes. del Código procesal.-

II.- Atento que se encuentran cumplidos los recaudos formales de admisibilidad previstos por la norma citada corresponde dictar sentencia sin más trámite.-

Por ello,

RESUELVO: I.- Llevar la ejecución adelante hasta tanto la ejecutada Toledo Aguilera Erwin Rodrigo haga a los acreedores Fuentes Gilda Belén, en representación de la menor, Fuentes Adrián Salvador y Fuentes Joel Agustín íntegro pago del monto reclamado, $ 32.001.896,99.- en concepto de capital, con más los intereses que correspondan hasta la fecha del efectivo pago.-

II. Llevar la ejecución adelante hasta tanto la ejecutada Agrosalta Cooperativa de Seguros Ltda. haga a los acreedores Fuentes Gilda Belén, en representación de la menor, Fuentes Adrián Salvador y Fuentes Joel Agustín íntegro pago del monto reclamado, $ 6.000.000.- en concepto de capital, con más los intereses que correspondan hasta la fecha del efectivo pago.-

Costas a las ejecutadas -

II.- Hágase saber al ejecutado que en el plazo de CINCO días podrá oponerse a esta sentencia deduciendo las excepciones previstas en el art. 506 CPCyC, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 508 del CPCyC.

REGISTRESE y NOTIFIQUESE

VERONICA I.HERNANDEZ
JUEZ



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