| Organismo | JUZGADO DE FAMILIA, CIVIL, COMERCIAL, MINERIA Y SUCESIONES N° 11 - EL BOLSON |
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| Sentencia | 53 - 27/03/2024 - DEFINITIVA |
| Expediente | EB-00069-F-2023 - NUÑEZ, FRANCISCO DONATO C/ DELGADO ALBORNOZ, HERIBERTA S/ PROCESOS ESPECIALES - DIVORCIO |
| Sumarios | No posee sumarios. |
| Texto Sentencia | El Bolsón, 27 de marzo de 2024.-
I. Que en el movimiento I0001, se presentó F.D.N. ,por derecho propio e inició demanda de divorcio contra la Sra. H.D.A., en los términos del art. 126 del CPF y art. 437 y ss. del CCyC. Fundó en derecho y peticionó.- II. Que, proveído el trámite, se corre traslado a la otra parte de la documental y propuesta presentada.- III. Que con el acta de matrimonio N° 32 , se acreditó el matrimonio celebrado en la ciudad de El Bolsón, Provincia de Río Negro, el día 25 de octubre de 2002, dando así por acreditada su respectiva legitimación.- IV. Que conforme surge del artículo 123 del CPF y 437 del CCyC el divorcio se decreta judicialmente a petición de ambas o de uno solo de los cónyuges y el art. 438 del CCyC dispone que en ningún caso el desacuerdo en el convenio regulador suspende el dictado de la sentencia de divorcio.- De lo allí expuesto se desprende que en el caso de autos, el sólo pedido de las partes de que se decrete el divorcio entre ellos, obliga a la suscripta así a fallar sin más trámite.- V.- Que atento el objeto, las características propias del presente trámite, entiendo que las costas deben imponerse por el orden causado (art. 19 del CPF).- Estando firme el llamamiento de autos y conforme lo previsto por el art. 437 y ccdtes. del Código Civil y Comercial de la Nación, RESUELVO: III) Regular los honorarios de los Dres. Pamela Cristina Gregori y Gerardo Fabián Rudolph, patrocinantes de la actora, en conjunto y proporción de Ley, en la suma equivalente a 30 Jus.; de acuerdo a lo dispuesto por los arts. 6 y 9 de la L.A. VI) Notificar a la demandada mediante exhorto diplomático. Hágase saber que deberá acompañarse el formulario de exhorto internacional provisto por Cancillería https://cancilleria.gob.ar/es/servicios/civil/formulario-de-exhorto-civil internacional.- VII) Hacer saber que la presente se protocoliza y se notifica en los términos de la Acordada 36, Anexo I, Punto 9.-
Paola Bernardini |
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