Fallo Completo STJ

OrganismoJUZGADO DE FAMILIA, CIVIL, COMERCIAL, MINERIA Y SUCESIONES N° 11 - EL BOLSON
Sentencia16 - 21/03/2024 - MONITORIA
ExpedienteEB-00025-C-2024 - ESPINOSA, LUIS FELIPE C/ JUAN, WALTER MATIAS S/ EJECUCIÓN - EJECUCIÓN DE SENTENCIA
SumariosNo posee sumarios.
Texto Sentencia

El Bolsón, 21 de marzo de 2024.-

VISTOS: Estos autos caratulados "ESPINOSA, LUIS FELIPE C/ JUAN, WALTER MATIAS S/ EJECUCIÓN - EJECUCIÓN DE SENTENCIA" (EXPTE. Nº EB-00025-C-2024).
Y CONSIDERANDO:
I) Corresponde tener al peticionario por presentado, parte en el carácter invocado y por constituido el domicilio legal indicado.
II) Que en virtud de lo solicitado corresponde en lo sucesivo imprimir el trámite de la ejecución de sentencia (artículos 499 a 519 y 561 a 591 del CPCC), dictar sentencia monitoria y ordenar el embargo pedido (artículos 487 -inciso 6-, 499, 500 y 502 del CPCC).
En consecuencia,
RESUELVO:
I) TENER al peticionario por presentado, por parte en el carácter invocado y con el domicilio constituido.
II) IMPRIMIR en lo sucesivo el trámite de la ejecución de sentencia (artículos 499 a 519 y 561 a 591 del CPCC).
III) MANDAR llevar adelante la ejecución (artículo 502 del CPCC) hasta que la parte ejecutante LUIS FELIPE ESPINOSA perciba íntegramente de WALTER MATIAS JUAN el capital de $3.320.117,42.- ( monto correspondiente a la liquidación aprobada en los autos principales “ESPINOSA, LUIS FELIPE C/ TROTTA PANASIUK, RICARDO ROBERTO S/ EJECUCIÓN” (Expte. Nº EB-02172-C-0000)) con más los intereses a calcularse según corresponda: a) para los tramos de fecha que van desde 01/04/1991, hasta el 30/05/2010, se utilizará la TASA MIX; b) a partir del 31/05/2010 hasta el 22/11/2015 la TASA ACTIVA, nominal y anual que aplica el Banco de la Nación Argentina en su cartera general de préstamos ("Loza Longo", del STJRN); c) desde el 23/11/2015 la tasa del Banco Nación Destino Libre, préstamos personales para plazos entre 49 y 60 meses, según lo dispuesto por el S.T.J. en autos caratulados “JEREZ, FABIAN ARMANDO C/ MUNICIPALIDAD DE SAN ANTONIO OESTE S/ ACCIDENTE DE TRABAJO S/ INAPLICABILIDAD DE LEY”, d) a partir del 01/09/2016 se adecua la tasa según lo resuelto por el S.T.J. en autos caratulados: "GUICHAQUEO, EDUARDO ARIEL C/ PROVINCIA DE RÍO NEGRO (POLICÍA DE RÍO NEGRO) S/ ACCIDENTE DE TRABAJO S/ INAPLICABILIDAD DE LEY" (Expte Nº 27.980/15-STJ, y e) a partir del 01 de agosto de 2018 la tasa establecida por el Banco de la Nación Argentina para préstamos personales libre destino hasta 72 meses o la que en el futuro se establezca como de plazo menor (según lo dispuesto por el S.T.J. en autos FLEITAS, LIDIA BEATRIZ C/ PREVENCION ART S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO, Expte. N° H-2RO-2082-L201, del 03 de julio de 2018) hasta el efectivo pago (art. 768 y 770 CCCo). PRESUPUESTANDO provisoriamente la suma equivalente a $1.500.000.- para responder a intereses y las costas del juicio (art. 558 CPCC).
IV) Se deja constancia que la base de regulación asciende a la suma de $3.320.117,42.-, sobre dicho monto se regulan los honorarios del Dr. LUIS FELIPE ESPINOSA, en la suma de $274.000.- (de conformidad con los Arts. 6, 7, 8, 11 y 41 de la L.A.) a cargo de la demandada en un plazo de 30 días con más los aportes de Caja Forense que correspondan y su condición frente al IVA.
V) Notificar al ejecutado al domicilio real con copias del escrito de ejecución, haciéndole saber que en el plazo de tres días podrá oponer las excepciones previstas en la ley o en el plazo de cinco días cumplir voluntariamente la obligación, bajo apercibimiento de continuar la ejecución mediante providencia que se notificará por ministerio de la ley sin recurso alguno, y de proceder según las reglas aplicables al cumplimiento forzado de la sentencia si no opone excepciones (arts. 502, 506 y 508 del CPCC).
VI) Dispóngase la apertura de una cuenta en Banco Patagonia S.A. a nombre de estos autos y a la orden del Juzgado. Notifíquese mediante cedula en la que deberá transcribir la presente orden sin necesidad de libramiento de oficio conforme lo dispuesto por la Disposición 2/2023 del Área de Informatización de la Gestión Judicial (AIGJ).
Asimismo, hágase saber a la entidad bancaria que en el acto de recepción de la cédula deberá informar número de cuenta y CBU, la que deberá ser suscripta por personal autorizado por el banco a tal fin como así también que con dicha constancia será innecesaria respuesta posterior al oficio. (VER SI CORRESPONDE)
VII) TRABESE EMBARGO EJECUTORIO SOBRE EL 50 % indiviso del vehículo automotor marca Mercedes Benz, modelo A200 Blue Efficiency, tipo sedan 5 puertas, año 2013, dominio MPJ439, inscripto por ante el Registro de la Propiedad del Automotor Nº 6 de la ciudad de Neuquén (Seccional Nº 15015) (sólo si su dominio se encuentra inscripto a nombre del deudor en el porcentaje indicado) por la suma indicada en concepto de capital, más la suma estimada provisionalmente en concepto de intereses y costas, quedando la Secretaria autorizada a suscribir el oficio al Registro Automotor que corresponda. Trabadas las medidas cautelares o ejecutorias del caso. Trabadas las medidas cautelares o ejecutorias del caso, NOTIFICAR al Colegio de Abogados, Sitrajur y Art.-

VIII) NOTIFICAR a la parte ejecutante \"ministerio legis\" y a la parte ejecutada según lo dispuesto en el punto V (demanda + sentencia) y aviso de práctica (arts. 120, 141, 339 y 490 Cód. cit.), debiendo insertar el código correspondiente para su contestación y el link del servicio web: https://puma.jusrionegro.gov.ar/expjud/busqueda-publica/consulta-demanda; registrar y protocolizar la presente.-

Paola Bernardini
Jueza

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