Organismo | JUZGADO CIVIL, COMERCIAL, MINERÍA Y SUCESIONES Nº1 - BARILOCHE |
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Sentencia | 165 - 01/06/2015 - INTERLOCUTORIA |
Expediente | 0133/142/98 - ÑORQUINCO C/ SOTELO, NATALIO Y OTRO S/ EJECUTIVO |
Sumarios | No posee sumarios. |
Texto Sentencia | SAN CARLOS DE BARILOCHE, 29 de mayo de 2015.- VISTOS: Estos autos: "ÑORQUINCO C/ SOTELO, NATALIO Y OTRO S/ EJECUTIVO", expte. 0133/142/98 en los que se solicita homologación del convenio presentado, Y CONSIDERANDO: Que a fs. 170, obra convenio presentado por: Alfredo Romanelli Espil como letrado de la ejecutante y Julio César Aguirre con su letrado patrocinante el Dr. Ernesto Vicense. Encontrándose cumplidos los requisitos exigidos por ley a tal fin.- RESUELVO: I) Homologar el convenio de de fs. 170 que en copia se acompaña y forma parte de la presente.- II) Líbrese oficio al Banco Patagonia S.A. para que de la cuenta de autos haga entrega de los fondos allí existentes a las personas autorizadas, y hasta cubrir la suma de $ 3.600.- contra la sola presentación de su documento de identidad. III) Levántese la inhibición general de bienes decretada en autos, a tales fines líbrense los oficios pertinentes y en su caso con las previsiones de la ley 22.172. IV) A fs.167/9: Estése a las constancias de autos. V) Regístrese.Protocolícese.Notifíquese.- Santiago Morán Juez Subrogante |
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Texto Referencias Normativas | (sin datos) |
Vía Acceso | (sin datos) |
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