| Organismo | CÁMARA APELACIONES EN LO CIVIL, COMERCIAL, FAMILIA Y MINERÍA - GENERAL ROCA |
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| Sentencia | 69 - 19/03/2013 - INTERLOCUTORIA |
| Expediente | CA-21326 - CAMPERI VICTOR ULISES S/ PRORROGA |
| Sumarios | No posee sumarios. |
| Texto Sentencia | En la ciudad de General Roca, a los 19 días de marzo de 2013. Habiéndose reunido en Acuerdo los Sres.Jueces de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y de Minería de la Segunda Circunscripción Judicial de la Provincia de Río Negro, con asiento en esta ciudad, para dictar sentencia en los autos caratulados:"CAMPERI VICTOR ULISES S/ PRORROGA (CA-21326)", previa discusión de la temática del fallo a dictar, procedieron a votar en el orden de sorteo practicado,transcribiéndose a continuación lo que expresaron: CONSIDERANDO:Solicita el Sr.Juez del Juzgado de Familia nro. ONCE, plazo complementario para fallar en la causa mencionada a fs.1.- Atento lo solicitado, otórguese una ampliación de DIEZ DIAS a partir del vencimiento, el plazo para dictar sentencia que tiene el Dr. VICTOR ULISES CAMPERI en la causa caratulada: "G.,A.C.L. C/M.,E.D.O. S/INCIDENTE" (Expte.n° 901-11) Por ello, y en mérito al Acuerdo que antecede, la Cámara de Apelaciones Civil y Comercial, RESUELVE: Otorgar una ampliación de DIEZ DIAS, a partir del vencimiento, el plazo para dictar sentencia que tiene el Dr.VICTOR ULISES CAMPERI en la causa mencionada ut supra.- Regístrese, ofíciese al Juzgado del Familia nro. ONCE y oportunamente archívese.- GUSTAVO A. MARTINEZ ADRIANA MARIANI JUEZ DE CAMARA PRESIDENTE DIEGO BROGGINI JUEZ DE CAMARA Ante mi: PAULA CHIESA SECRETARIA L |
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| Texto Referencias Normativas | (sin datos) |
| Vía Acceso | (sin datos) |
| ¿Tiene Adjuntos? | NO |
| Voces | No posee voces. |
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