Fallo Completo STJ

OrganismoCÁMARA SEGUNDA DEL TRABAJO - GENERAL ROCA
Sentencia159 - 17/08/2011 - INTERLOCUTORIA
ExpedienteSin datos - VELASQUEZ VALDERRAMA JUAN PABLO C/ MADERAS DON JUAN S.R.L. Y COOPERATIVA DE TRABAJO AGRICOLA E INDUSTRIAL COLONIA BARRAQUERO LTDA. S/ RECLAMO
SumariosNo posee sumarios.
Texto Sentencia"VELASQUEZ VALDERRAMA JUAN PABLO C/MADERAS DON JUAN S.R.L. Y COOPERATIVA DE TRABAJO AGRICOLA E INDUSTRIAL COLONIA BARRAQUERO LTDA. S/ RECLAMO" (Expte. Nº 2CT-21462-09)

En la ciudad de General Roca, Provincia de Río Negro a los 16 días del mes de agosto de 2011 y siendo las 10:30 horas comparece ante la DRA. GABRIELA GADANO y Secretaria autorizante, la Dra. PAULA LUENGO, PATROCINANTE del actor: JUAN PABLO VELASQUEZ VALDERRAMA presente en el acto y la Dra. JULIETA BERDUC, APODERADA de la demandada:MADERAS DON JUAN S.R.L. dejándose constancia de la incomparecencia de la codemandada COOPERATIVA DE TRABAJO AGRICOLA E INDUSTRIAL COLONIA BARRAQUERO LTDA y/o letrado que la represente.- Abierto el acto el magistrado interviniente ilustra a las partes sobre el alcance del procedimiento conciliatorio y propone una forma de solución al presente pleito.- A continuación sin perjuicio del cumplimiento de lo preceptuado por la Ley 3926 (art.1º), las partes manifiestan haber arribado al siguiente acuerdo conciliatorio: 1) La demandada: MADERAS DON JUAN SRL abonará a la actora -sin que ello signifique reconocimiento alguno de hechos y derechos y al solo efecto de poner fin a esta contienda judicial- mediante depósito en autos, la suma total de $5.000.- por la totalidad de los concepto reclamados, pagaderos en DOS (02) cuotas, iguales, mensuales y consecutivas de $2.500.- cada una de ellas con vencimiento la primera el 23 de agosto de 2011 y la restante el 23 de septiembre de 2011 y/o día hábil siguiente.- 2) La falta de pago en término de la primer cuota, provocará la caída del plazo de la restante viabilizando la ejecución de la totalidad de la deuda impaga a esa fecha.- 3) Costas a cargo de la demandada. Solicitando que el Tribunal regule los honorarios de los letrados intervinientes.- Acto seguido ambas partes de común acuerdo solicitan que una vez cumplido el presente convenio pecuniario se archiven las actuaciones sin mas trámite.Oído lo cual, la Sala II de la Cámara de Trabajo RESUELVE: 1) Implicando el presente acuerdo conciliatorio una justa composición de los derechos e intereses de las partes HOMOLÓGASE el mismo con fuerza de Sentencia.- Con costas a cargo del demandado. 2) Regúlanse los honorarios respecto de los letrados de la parte actora Dres. CARINA BOGLIO y JUAN LUIS BRUNETTI conjuntamente en la suma de $600.- y de la Dra. PAULA LUENGO en la suma de $400 y los de los letrados de la parte demandada DRA. JULIETA BERDUC, HORACIO CAFARATTI y CLAUDIO LOPEZ conjuntamente en la suma de $1.000.- (MB: $5.000).- Se deja constancia que los honorarios de los profesionales intervinientes se han regulado teniendo en cuenta el monto conciliado, la importancia de los trabajos realizados la calidad y extensión de los mismos.-Vista a la Afip y a la Asociación Sindical respectiva.-Por Secretaría practíquese planilla de impuestos sellados y contribuciones la que será abonada por la condenada en costas en el término de QUINCE días bajo apercibimiento de lo dispuesto por el Código Fiscal. Cúmplase con la ley 869. Cumplido el presente archívense las presentes actuaciones, tal lo peticionado por las partes.-No siendo para más se da por finalizado el acto firmando los comparecientes previa lectura y ratificación, después de los Sres. Jueces, quedando con ello notificados de todo lo aquí dispuesto, por ante mí que certifico. -

DRA.GABRIELA GADANO
-Vocal de Trámite- Sala II
DR. NELSON WALTER PEÑA DR.DIEGO JORGE BROGGINI
-Vocal - Sala II -Vocal -Sala II-
Ante mi:

DRA.ZULEMA VIGUERA
-Secretaria Subrogante-

"VELASQUEZ VALDERRAMA JUAN PABLO C/MADERAS DON JUAN S.R.L. Y COOPERATIVA DE TRABAJO AGRICOLA E INDUSTRIAL COLONIA BARRAQUERO LTDA. S/ RECLAMO" (Expte. Nº 2CT-21462-09)

PLANILLA DE LIQUIDACION DE IMPUESTOS
SELLADOS Y CONTRIBUCIONES

A CARGO DE: "MADERAS DON JUAN S.R.L. "
MONTO HISTÓRICO: $5.000.-

DETALLE DE LIQUIDACION DE COSTAS
IMPUESTO DE JUSTICIA 2,5% del monto) $125.-
SELLADO DE ACTUACIÓN (25% del 2,5% min.3 max.30$-) $30.-
COLEGIO DE ABOGADOS (2 x mil del monto-min.$18,50) $18,500.-
SITRAJUR (2 x mil del monto-min.$18,50) $18,50.-
TOTAL ................................. $192.-

Secretaría Única -SALA II, 16 de agosto de 2011.-


DRA.ZULEMA VIGUERA
-Secretaria Subrogante-
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