| Organismo | FORO DE JUECES/ZAS PENALES 2° CJ - GRAL. ROCA |
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| Sentencia | 1182 - 21/12/2021 - SOBRESEIMIENTO |
| Expediente | MPF-RO-02366-2021 - CABRERA VICTOR MARTIN S/ ABIGEATO |
| Sumarios | No posee sumarios. |
| Texto Sentencia | SENTENCIA DE SOBRESEIMIENTO.GENERAL ROCA, 21 de diciembre de 2021.AUTOS: Para dictar sentencia de sobreseimiento en el legajo individualizado como MPF-RO02366-2021, caratulado: “CABRERA VICTOR MARTIN S/ ABIGEATO” ; causa seguida contra el imputado VICTOR MARTIN CABRERA, CONSIDERANDO: I.- Que se presenta la Fiscalía expresando que: “En fecha 23/04/2021 se les formularon cargos por el HECHO: "Ocurrido el día 21 de abril de 2021, entre las 23:00 hs. y 23.30 hs. en la chacra ubicada en calle Los Olmos y Jujuy de General Roca, oportunidad en que VICTOR MARTIN CABRERA junto a otro sujeto aún no identificado, ingresaron al sector tipo corral y sustrajeron dos caballos propiedad de LUIS RICARDO COLIMIL, uno raza tobiano de 10 años de edad y otro una yegua saina de 9 años preniada, para de inmediato huir montando los animales. En la fuga se cruzaron con FEDERICO COLIMIL que circulaba en su bicicleta y reconoció los caballos de su padre, dando aviso en forma inmediata a personal policial de la Subcomisaría 67, quienes luego de una breve persecución aprehendieron a VICTOR MARTIN CABRERA en calle ... y se procedió al secuestro de los caballos, luego reconocidos por COLIMIL como de su propiedad.- " La calificación legal: ABIGEATO, siendo VICTOR MARTIN CABRERA responsable a título de COAUTOR (de conformidad con los arts. 45, 167 quater inc. 1 del CP) En fecha 09/11/2021 al momento de celebrarse Audiencia de Control de Acusación ante Sr Juez del Foro Dr. STADLER, la defensa del imputado solicitó, como planteo previo, la aplicación de la salida alternativa, prevista en el art. 163, 3° párrafo del CPP. y ofreció la cantidad de $20:000,00 en dos cuotas, la primera a pagar en el mismo mes de noviembre 2021 y la segunda a los 30 días, en el mes de diciembre, en concepto de reparación económica al ofendido. En dicha audiencia, el damnificado, Luis Colimil, quien previamente había sido contactado por esta Fiscalía a los efectos de hacerle saber los alcances y efectos del acuerdo reparatorio ofrecido; presto su conformidad, aportando el número de cuenta y CBU a nombre de su esposa la Sra. Dora Delia Vazquez, a los fines del depósito.- Así, en fechas 23/11/2021 y 15/12/2021 la Defensa acreditó el pago de la primera y segunda cuota cuyos comprobantes se agregan en archivo adjunto.- Por lo expuesto solicito se dicte el SOBRESEIMIENTO de CABRERA VICTOR MARTIN, DNI , ya filiado, de acuerdo con lo dispuesto en los art. 154 Inc. 4 y 163 del CPP, habiendo manifestado el Sr. Colimil su conformidad al respecto...”.IV.- En consecuencia, remitiendo a lo manifestado por la Fiscalía, corresponde dictar el sobreseimiento del nombrado, conforme arts. 155 inc 4to y 163, CPP y art. 59 inc. 6to, CPenal por haberse extinguido la acción penal.Por lo expuesto; RESUELVO: I) Dictar el Sobreseimiento del imputado VICTOR MARTÍN CABRERA en orden al hecho que se le atribuyera en el presente legajo, por extinción de la acción penal tras el cumplimiento del acuerdo reparatorio mencionado en el considerando (arts. 155 inc 4to y 163, CPP y art. 59 inc. 6to, CPenal).II) Regístrese, notifíquese, comuníquese.- STADLER Emilio Seferino Firmado digitalmente por STADLER Emilio Seferino Fecha: 2021.12.21 19:54:51 -03'00' |
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| Vía Acceso | (sin datos) |
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