Fallo Completo STJ

OrganismoSECRETARÍA PENAL STJ Nº2
Sentencia33 - 15/03/2023 - INTERLOCUTORIA
ExpedienteMPF-BA-02049-2019 - V.G.E. (EN REP. DE SU HIJA A.C.V) C/ C.R.M. S/ ABUSO SEXUAL - LEY 5020
SumariosTodos los sumarios del fallo (1)
Texto SentenciaSuperior Tribunal de Justicia
Viedma

En la ciudad de Viedma, a los 15 días del mes de marzo de 2023, finalizado el Acuerdo
celebrado entre los miembros del Superior Tribunal de Justicia señores Jueces Sergio G. Ceci,
Sergio M. Barotto y Ricardo A. Apcarian, señora Jueza Liliana L. Piccinini y señor Juez
subrogante Adrián F. Zimmermann, para el tratamiento de la excusación de la señora Jueza
Mª Cecilia Criado en los autos caratulados “V.G.E. (EN REP. DE SU HIJA A.C.V) C/ C.R.M.
S/ ABUSO SEXUAL” (Legajo MPF-BA-02049-2019), teniendo en cuenta los siguientes
ANTECEDENTES
Mediante Sentencia N° 337, del 30 de agosto de 2022, el Tribunal de Juicio del Foro
de Jueces de la IIIª Circunscripción Judicial decidió absolver a R.M.C. en relación
con el hecho materia de acusación, calificado como abuso sexual gravemente ultrajante
agravado por ser el autor padre de la víctima y por haber aprovechado la convivencia
preexistente con ella (arts. 45 y 119 párrafos segundo y cuarto inc. b CP y arts. 188, 190 y 266
CPP).
En oposición a ello dedujeron sendas impugnaciones ordinarias el Ministerio Público
Fiscal y la querellante G.V., con el patrocinio de la letrada María Rodrigo, recursos
a los que el Tribunal de Impugnación hizo lugar, por lo que anuló la sentencia impugnada y el
debate precedente.
Contra el fallo del órgano revisor se alza la defensa del imputado y solicita el control
extraordinario de lo resuelto, cuya denegatoria motiva su queja ante este Cuerpo.
Iniciada en esta sede la solicitud respectiva, el día 27 de febrero del corriente la señora
Jueza Mª Cecilia Criado se excusa de intervenir en autos, pedido de apartamiento que, previa
integración del Tribunal, debidamente comunicada a los interesados, se encuentra en
condiciones de recibir tratamiento.
CONSIDERACIONES
Los señores Jueces Sergio G. Ceci, Sergio M. Barotto y Ricardo A. Apcarian dijeron:
1. Fundamentos de la excusación
La señora Jueza Mª Cecilia Criado advierte que en representación de la parte
querellante de autos interviene la letrada María Rodrigo, quien resulta ser su hermana,
circunstancia que afecta su imparcialidad en los términos del art. 31 del Código Procesal
Penal (Ley 5020) y los arts. 17 inc. 1° y 30 del Código Procesal Civil y Comercial.
Como se ha expresado en reiterados precedentes, la inhibición y la recusación son
institutos cuyo objeto es asegurar una recta administración de justicia y una conducta
imparcial e independiente de los jueces, quienes se hallan obligados a actuar de manera
neutral y objetiva y a dictar decisiones que no despierten sospechas ni en los justiciables ni en
la comunidad. Para ello, la ley exige y faculta a los magistrados a inhibirse de entender en un
proceso si se configura alguno de los supuestos previstos por el legislador (cf. STJRNS2 A.I.
23/10 “Juzgado Flia. Nº 9”, entre muchos otros).
En ese marco conceptual, consideramos que el vínculo familiar que une a la
magistrada con la profesional actuante en el legajo en trámite es una causal de excusación
evidentemente atendible a la luz de las garantías constitucionales y convencionales en juego
(arts. 18, 33, 75.22 C. Nac.; 26 DADDH; 14.1. PIDCyP; 8.1. CADH), por lo que proponemos
al Acuerdo hacer lugar a su solicitud de apartamiento y mantener la actual integración del
Tribunal para continuar entendiendo en el trámite de la presente. NUESTRO VOTO.
La señora Jueza Liliana L. Piccinini y el señor Juez subrogante Adrián F. Zimmermann
dijeron:
Atento a la coincidencia manifestada por los señores Jueces que nos preceden en orden
de votación, NOS ABSTENEMOS de emitir opinión (art. 38 LO).
En razón de lo expuesto, el SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA RESUELVE:
Hacer lugar a la excusación formulada por la señora Jueza Mª Cecilia Criado y tenerla
por apartada en el presente legajo.
Mantener la actual integración del Tribunal para continuar entendiendo en el trámite.
Protocolizar y notificar a través de la Oficina Judicial de la IIIª Circunscripción
Judicial.

Déjase constancia de que el señor Juez subrogante Adrián F. Zimmermann no firma la
presente, no obstante haber participado del Acuerdo, por encontrarse de licencia.

Firmado digitalmente por:
APCARIAN Ricardo Alfredo
Fecha y hora:
15.03.2023 08:52:26

Firmado digitalmente por:
BAROTTO Sergio Mario
Fecha y hora:
15.03.2023 08:55:04

Firmado digitalmente por:
CECI Sergio Gustavo
Fecha y hora:
15.03.2023 08:58:53

Firmado digitalmente por:
PICCININI Liliana Laura
Fecha y hora:
15.03.2023 11:28:26
DictamenBuscar Dictamen
Texto Referencias Normativas(sin datos)
Vía Acceso(sin datos)
¿Tiene Adjuntos?NO
VocesRECUSACIÓN Y EXCUSACIÓN - OBJETO - DEBERES Y FACULTADES DEL JUEZ
Ver en el móvil