Organismo | SECRETARÍA PENAL STJ Nº2 |
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Sentencia | 33 - 15/03/2023 - INTERLOCUTORIA |
Expediente | MPF-BA-02049-2019 - V.G.E. (EN REP. DE SU HIJA A.C.V) C/ C.R.M. S/ ABUSO SEXUAL - LEY 5020 |
Sumarios | Todos los sumarios del fallo (1) |
Texto Sentencia | Superior Tribunal de Justicia Viedma En la ciudad de Viedma, a los 15 días del mes de marzo de 2023, finalizado el Acuerdo celebrado entre los miembros del Superior Tribunal de Justicia señores Jueces Sergio G. Ceci, Sergio M. Barotto y Ricardo A. Apcarian, señora Jueza Liliana L. Piccinini y señor Juez subrogante Adrián F. Zimmermann, para el tratamiento de la excusación de la señora Jueza Mª Cecilia Criado en los autos caratulados “V.G.E. (EN REP. DE SU HIJA A.C.V) C/ C.R.M. S/ ABUSO SEXUAL” (Legajo MPF-BA-02049-2019), teniendo en cuenta los siguientes ANTECEDENTES Mediante Sentencia N° 337, del 30 de agosto de 2022, el Tribunal de Juicio del Foro de Jueces de la IIIª Circunscripción Judicial decidió absolver a R.M.C. en relación con el hecho materia de acusación, calificado como abuso sexual gravemente ultrajante agravado por ser el autor padre de la víctima y por haber aprovechado la convivencia preexistente con ella (arts. 45 y 119 párrafos segundo y cuarto inc. b CP y arts. 188, 190 y 266 CPP). En oposición a ello dedujeron sendas impugnaciones ordinarias el Ministerio Público Fiscal y la querellante G.V., con el patrocinio de la letrada María Rodrigo, recursos a los que el Tribunal de Impugnación hizo lugar, por lo que anuló la sentencia impugnada y el debate precedente. Contra el fallo del órgano revisor se alza la defensa del imputado y solicita el control extraordinario de lo resuelto, cuya denegatoria motiva su queja ante este Cuerpo. Iniciada en esta sede la solicitud respectiva, el día 27 de febrero del corriente la señora Jueza Mª Cecilia Criado se excusa de intervenir en autos, pedido de apartamiento que, previa integración del Tribunal, debidamente comunicada a los interesados, se encuentra en condiciones de recibir tratamiento. CONSIDERACIONES Los señores Jueces Sergio G. Ceci, Sergio M. Barotto y Ricardo A. Apcarian dijeron: 1. Fundamentos de la excusación La señora Jueza Mª Cecilia Criado advierte que en representación de la parte querellante de autos interviene la letrada María Rodrigo, quien resulta ser su hermana, circunstancia que afecta su imparcialidad en los términos del art. 31 del Código Procesal Penal (Ley 5020) y los arts. 17 inc. 1° y 30 del Código Procesal Civil y Comercial. Como se ha expresado en reiterados precedentes, la inhibición y la recusación son institutos cuyo objeto es asegurar una recta administración de justicia y una conducta imparcial e independiente de los jueces, quienes se hallan obligados a actuar de manera neutral y objetiva y a dictar decisiones que no despierten sospechas ni en los justiciables ni en la comunidad. Para ello, la ley exige y faculta a los magistrados a inhibirse de entender en un proceso si se configura alguno de los supuestos previstos por el legislador (cf. STJRNS2 A.I. 23/10 “Juzgado Flia. Nº 9”, entre muchos otros). En ese marco conceptual, consideramos que el vínculo familiar que une a la magistrada con la profesional actuante en el legajo en trámite es una causal de excusación evidentemente atendible a la luz de las garantías constitucionales y convencionales en juego (arts. 18, 33, 75.22 C. Nac.; 26 DADDH; 14.1. PIDCyP; 8.1. CADH), por lo que proponemos al Acuerdo hacer lugar a su solicitud de apartamiento y mantener la actual integración del Tribunal para continuar entendiendo en el trámite de la presente. NUESTRO VOTO. La señora Jueza Liliana L. Piccinini y el señor Juez subrogante Adrián F. Zimmermann dijeron: Atento a la coincidencia manifestada por los señores Jueces que nos preceden en orden de votación, NOS ABSTENEMOS de emitir opinión (art. 38 LO). En razón de lo expuesto, el SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA RESUELVE: Hacer lugar a la excusación formulada por la señora Jueza Mª Cecilia Criado y tenerla por apartada en el presente legajo. Mantener la actual integración del Tribunal para continuar entendiendo en el trámite. Protocolizar y notificar a través de la Oficina Judicial de la IIIª Circunscripción Judicial. Déjase constancia de que el señor Juez subrogante Adrián F. Zimmermann no firma la presente, no obstante haber participado del Acuerdo, por encontrarse de licencia. Firmado digitalmente por: APCARIAN Ricardo Alfredo Fecha y hora: 15.03.2023 08:52:26 Firmado digitalmente por: BAROTTO Sergio Mario Fecha y hora: 15.03.2023 08:55:04 Firmado digitalmente por: CECI Sergio Gustavo Fecha y hora: 15.03.2023 08:58:53 Firmado digitalmente por: PICCININI Liliana Laura Fecha y hora: 15.03.2023 11:28:26 |
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Texto Referencias Normativas | (sin datos) |
Vía Acceso | (sin datos) |
¿Tiene Adjuntos? | NO |
Voces | RECUSACIÓN Y EXCUSACIÓN - OBJETO - DEBERES Y FACULTADES DEL JUEZ |
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