Organismo | JUZGADO CIVIL, COMERCIAL, MINERÍA Y SUCESIONES N°1 - GENERAL ROCA |
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Sentencia | 57 - 07/03/2023 - INTERLOCUTORIA |
Expediente | RO-00890-C-2022 - BEEGUIER MIRTA SUSANA S/ SUCESION INTESTADA |
Sumarios | No posee sumarios. |
Texto Sentencia |
BEEGUIER MIRTA SUSANA S/ SUCESION INTESTADA RO-00890-C-2022
DECLARATORIA DE HEREDEROS
General Roca, 07 de marzo de 2023.- MA.-
PROCESO: Este expediente caratulado: "BEEGUIER MIRTA SUSANA S/ SUCESION INTESTADA RO-00890-C-2022 para dictar la declaratoria de herederos solicitada en fecha 01/03/2023 13:45:46 horas, y,
CONSIDERANDO: Que con la partida de defunción adjuntada en fecha 31/08/2022 se acredita el fallecimiento de MIRTA SUSANA BEEGUIER D.N.I. 16.638.429 ocurrido el día 26 de agosto de 2021 en General Roca, Provincia de Rio Negro.-
Que la causante era de estado civil casada con Rolando Ruben Mosqueira, por acto celebrado el día 26 de diciembre de 1983 en General Roca, Provincia de Rio Negro (partida agregada en presentación de fecha 03/10/2022),de cuya unión nacieron las siguientes hijas:
- Cintia Yanet Mosqueira, nacida el 12 de febrero de 1985 en General Roca, Provincia de Rio Negro.-
- Anabel Ruth Mosqueira, nacida el 09 de febrero de 1987 en General Roca, Provincia de Rio Negro.-
- Carina Judith Mosqueira, nacida el 25 de agosto de 1993 en General Roca, Provincia de Rio Negro.-
Que en fecha 05/09/2022 se tiene por iniciado el presente sucesorio, declarándose la competencia del Juzgado para entender en su sustanciación.
Que en fecha 11/10/2022 y bajo nro 2DA 47931se ha registrado en el Registro Público Juicios Universales y en fecha 05/10/2022 obra informe del Registro de Testamentos con resultado negativo.-
Se ha cumplido con la publicación de edictos ordenada en autos tanto en el Boletín Oficial como en el sitio web, sobre cuyo vencimiento certifica en este acto la Actuaria, informando que no se han presentado más personas con derecho a la herencia ni que demuestren interés que las informadas precedentemente.-
Por lo expuesto y dispuesto por el art. 2433 del Código Civil y Comercial y arts. 699 y 700 del CPCC,
RESUELVO: Declarar que por fallecimiento de MIRTA SUSANA BEEGUIER D.N.I. 16.638.429, le sucederán como personas beneficiarias únicas y universales a la herencia sus hijas Cintia Yanet, Anabel Ruth y Carina Judith, todas de apellido MOSQUEIRA - BEEGUIER, sin perjuicio de los derechos que por ley le corresponden al cónyuge supérstite Rolando Ruben Mosqueira sobre los bienes gananciales y sobre los propios si los hubiere. HAGASE SABER.- REGÍSTRESE.-
Agustina Naffa
Jueza |
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