| Organismo | JUZGADO CIVIL, COMERCIAL Y SUCESIONES N° 31 - CHOELE CHOEL |
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| Sentencia | 125 - 01/12/2022 - INTERLOCUTORIA |
| Expediente | CH-59493-C-0000 - REYERO MARIA CRISTINA Y ALBARRACIN JULIO CESAR S/ SUCESION AB INTESTATO |
| Sumarios | No posee sumarios. |
| Texto Sentencia | Choele Choel, 01 de diciembre de 2022.
AUTOS Y VISTOS: Para dictar declaratoria de herederos en estos autos caratulados: "REYERO MARIA CRISTINA Y ALBARRACIN JULIO CESAR S/ SUCESION AB INTESTATO", Expediente N° CH-59493-C-0000) y;
CONSIDERANDO: Que con el acta de defunción glosada a fojas 3 en las presentes actuaciones se acredita el fallecimiento de REYERO MARIA CRISTINA, ocurrido en General Roca - Río Negro el día 14/01/2018.
Que con el acta de defunción glosada a fojas 4 en las presentes actuaciones se acredita el fallecimiento de ALBARRACIN JULIO CESAR, ocurrido en General Roca - Río Negro el día 02/04/2018.
Los causantes eran de estado civil casados conforme surge del acta de matrimonio presentada en Autos.
Que se presentan a hacer valer sus derechos sus hijos:
CESAR JAVIER ALBARRACIN (D.N.I Nº 17252761), nacido en Allen - Río Negro, el día 21/10/1965, conforme surge del testimonio de nacimiento de fojas 7. SILVINA ALEJANDRA ALBARRACIN (D.N.I Nº 22783946), nacida en Allen - Río Negro, el día 26/10/1972, conforme surge del acta de nacimiento de fojas 8. PABLO ERMINDO ALBARRACIN (D.N.I.N° 20122348), nacido en Allen - Río Negro, el día 03/02/1968, conforme surge del acta de nacimiento presentada en fecha 17/11/2022. Que el día 30/09/2019 se declara abierto el sucesorio y competente el Juzgado para entender en el mismo.
En fecha 18/11/2019 se inscribe en el Registro de Juicios Universales - bajo N° 42801 y 42802 y en fecha 01/11/2021se agrega informe del Registro de Testamentos, de lo que surge que a nombre del causante no se ha registrado disposición testamentaria ni se han iniciado juicios similares.
En fecha 27/09/2021 se publica edicto en el Boletín Oficial - Nro de Boletín: 6019 con el que se acredita la correspondiente publicación del edicto, sobre cuyo vencimiento certifica en estos autos la Actuaria, informando que no se han presentado más herederos, ni interesados que los ya indicados precedentemente.
Por lo expuesto y dispuesto por los arts. 2.424, 2.426 del Código Civil y Comercial y 700 del CPCyC,
RESUELVO: Declarar en cuanto ha lugar por derecho, que por fallecimiento de ALBARRACIN JULIO CESAR y REYERO MARIA CRISTINA le suceden en su carácter de universales herederos sus hijos CESAR JAVIER ALBARRACIN, SILVINA ALEJANDRA ALBARRACIN y PABLO ERMINDO ALBARRACIN.
REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE de conformidad a las adecuaciones procesales dispuestas por el Anexo I de la Ac. N° 09/2022 del STJ -que implementa el Sistema de Gestión de Exptes. Judiciales "PUMA"-, en virtud de lo cuál, la presente quedará notificada el martes o viernes posterior al día de su publicación en el sistema, o el siguiente hábil, si fuere feriado o inhábil.
eet. Dra. Natalia Costanzo
Jueza.
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