Fallo Completo STJ

OrganismoCÁMARA SEGUNDA DEL TRABAJO - GENERAL ROCA
Sentencia102 - 04/06/2012 - INTERLOCUTORIA
Expediente2CT-23694-10 - GARRIDO GERMAN DARIO C/ PROSEGUR S.A. S/ RECLAMO
SumariosNo posee sumarios.
Texto Sentencia"GARRIDO GERMAN DARIO C/ PROSEGUR S.A. S/ RECLAMO" (Expte. Nº 2CT-23694-10)

En la ciudad de General Roca, Provincia de Río Negro a los 28 días del mes de mayo de 2012 y siendo las 08:30 horas comparece ante la DRA. MARIA DEL CARMEN VICENTE y Secretaria autorizante, el Dr. RODOLFO GUARAGNA, APODERADO del actor: GERMAN DARIO GARRIDO presente en el acto y la Dra. MARIA EUGENIA AIZICOVICH, APODERADA de la demandada: PROSEGUR S.A. agregádonse en este acto copia de sustitución de poder.- Abierto el acto el magistrado interviniente ilustra a las partes sobre el alcance del procedimiento conciliatorio y propone una forma de solución al presente pleito.- A continuación sin perjuicio del cumplimiento de lo preceptuado por la Ley 3926 (art.1º), las partes manifiestan haber arribado al siguiente acuerdo conciliatorio: 1) La demandada: PROSEGUR SA abonará al actor -sin que ello signifique reconocimiento alguno de hechos y derechos y al solo efecto de poner fin a esta contienda judicial- mediante depósito en autos, la suma total de $8.000.- por la totalidad de los concepto reclamados, pagaderos en UN SOLO PAGO pagadero el día 11 de junio de 2012.- 2) Costas a cargo de la demandada. Pactan los honorarios del Dr. RODOLFO GUARAGNA en la suma de $1.600.-, solicitando que el Tribunal regule los honorarios de los restantes letrados intervinientes.- Acto seguido ambas partes de común acuerdo solicitan que una vez cumplido el presente convenio pecuniario se archiven las actuaciones sin mas trámite. Oído lo cual, la Sala II de la Cámara de Trabajo RESUELVE: 1) Implicando el presente acuerdo conciliatorio una justa composición de los derechos e intereses de las partes HOMOLÓGASE el mismo con fuerza de Sentencia.- Con costas a cargo del demandado. 2) Admítanse los honorarios pactados respecto del letrado de la parte actora y regúlanse los de los Dres. GUIDO POMA BORGHELLI, RODRIGO ESTEBAN SCIANCA, DAMIAN PARROTA y MARIA EUGENIA AIZICOVICH en forma conjunta en la suma de $1.600.- (MB: $8.000).- Se deja constancia que los honorarios de los profesionales intervinientes se han regulado teniendo en cuenta el monto conciliado, la importancia de los trabajos realizados la calidad y extensión de los mismos.-Vista a la Afip y a la Asociación Sindical respectiva.-Por Secretaría practíquese planilla de impuestos sellados y contribuciones la que será abonada por la condenada en costas en el término de QUINCE días bajo apercibimiento de lo dispuesto por el Código Fiscal. Cúmplase con la ley 869. Cumplido el presente archívense las presentes actuaciones, tal lo peticionado por las partes.-No siendo para más se da por finalizado el acto firmando los comparecientes previa lectura y ratificación, después de los Sres. Jueces, quedando con ello notificados de todo lo aquí dispuesto, por ante mí que certifico.
jmv.-
DRA.GABRIELA GADANO
-Vocal de Trámite- Sala II



DRA. MARIA DEL CARMEN VICENTE DR. NELSON WALTER PEÑA
-Vocal - Sala II -Vocal -Sala II-


Ante mi:

DRA. ZULEMA VIGUERA
-Secretaria Subrogante-



"GARRIDO GERMAN DARIO C/ PROSEGUR S.A. S/ RECLAMO" (Expte. Nº 2CT-23694-10)

PLANILLA DE LIQUIDACION DE IMPUESTOS
SELLADOS Y CONTRIBUCIONES

A CARGO DE: "PROSEGUR S.A. "
MONTO HISTÓRICO: $8.000.-

DETALLE DE LIQUIDACION DE COSTAS
IMPUESTO DE JUSTICIA 2,5% del monto) $200.-
SELLADO DE ACTUACIÓN (25% del 2,5% min.3 max.30$-) $30.-
COLEGIO DE ABOGADOS (2 x mil del monto-min.$22,60) $22,60.-
SITRAJUR (2 x mil del monto-min.$22,60) $22,60.-
TOTAL ..............................$275,20.-

Secretaría Única -SALA II, 28 de mayo de 2012.-
jmv.-

DRA. ZULEMA VIGUERA
-SECRETARIA SUBROGANTE-
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