| Organismo | FORO DE JUECES/ZAS PENALES 2° CJ - GRAL. ROCA |
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| Sentencia | 885 - 09/09/2024 - DEFINITIVA |
| Expediente | MPF-RO-02327-2020 - T. N. R. I. S/ ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL |
| Sumarios | No posee sumarios. |
| Texto Sentencia | SENTENCIA: En la ciudad de General Roca, Provincia de Rio Negro, a los nueve días del mes de septiembre del año 2024, el Tribunal de Juicio de la Segunda Circunscripción Judicial de la provincia de Río Negro, integrado por los señores jueces Alejandro Pellizzon, Maximiliano Camarda y Emilio Stadler, dicta Sentencia en el Legajo individualizado como MPF-RO-02327- 2020, caratulado: “T., N. R. I. S/ ABUSO SEXUAL CON CCESO CARNAL”; en relación a la audiencia de juicio, cuya primera fase fue realizada los días 1 y 2 de agosto de 2024, y la segunda, de cesura, el día 2 de septiembre de 2024 y en las que intervinieron: por la Acusación Pública la señora Fiscal, Dra. María Belén Calarco; la querellante señora A. G. P., con el patrocinio letrado del Dr. Marcial Peralta; y por la Asistencia Técnica del imputado el Sr. Defensor Penal Público, Dr. Eduardo Luis Carrera.- IMPUTADO: Se encuentra imputado en la presente causa: N. R. I. T..- HECHOS IMPUTADOS: se le atribuyen al nombrado los siguientes hechos, admitidos al momento de la audiencia de control de acusación: Ocurridos en fechas que no se pueden determinar con exactitud pero ubicables entre el mes de noviembre de 2018 y septiembre de 2019, en la vivienda ubicada en Chacra nro. XX, Barrio XX de General Roca, Rio Negro, cuando A. G. P., nacida el 03/11/2002, tenía 16 años. En dichas circunstancias, cuando N. R. I. T., se quedaba al cuidado de A., hija de su pareja, con quien convivía, abusó sexualmente de ella, en un número indeterminado de veces en distintos sectores de la vivienda. Los abusos sexuales consistieron en accederla carnalmente vía vaginal sin el consentimiento de la misma y bajo la amenaza de que si no lo hacía algo malo le pasaría a su mamá. Asimismo, T. le exigía a A. que le mandara fotos y videos de ella desnuda y tocándose por Whatsapp, y él le enviaba fotos de su pene desnudo. Hechos que han sido calificados como: ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL AGRAVADO POR LA GUARDA Y POR LA CONVIVENCIA PREEXISTENTE CON UNA MENOR DE 18 AÑOS, REITERADO EN UN NÚMERO INDETERMINADO DE VECES, EN CONCURSO REAL CON PRODUCCION DE IMAGENES DE ABUSO SEXUAL INFANTIL REITERADO Y CON EXHIBICIONES OBSCENAS AGRAVADAS POR LA EDAD DE LA VÍCTIMA REITERADAS (arts. 45, 55, 119, 3er y 4to párrafo inc. b y f y 128 1er párrafo, 129, 2do. párrafo del CP).- Se aclara, con respecto a las dos últimas figuras mencionadas que la Fiscalía, con la adhesión de la querellante, en el alegato de clausura quitaron la reiteración de las mismas.- PRIMERA FASE DEL JUICIO I.-ALEGATOS DE APERTURA . Al momento de la apertura del presente caso, la Fiscalía, en la palabra de la Dra. Calarco conforme lo establece el art. 176 del CPP, explicó los hechos incriminados, en los mismos términos en que fueran admitidos en la audiencia de control de acusación, manteniendo también la calificación legal del auto de apertura a juicio, refiriendo que a lo largo de la audiencia probaría la responsabilidad penal del imputado, motivo por el cual pedirá su declaración de culpabilidad penal. Luego hizo referencia al objeto de las pruebas que se producirán en el juicio. . Por la parte querellante el Dr. Marcial Peralta expresa que adhiere en todos los términos a lo que acaba de manifestar la Sra. Fiscal; vamos a probar la existencia del hecho extremadamente grave con consecuencias profundas para A. y su grupo familiar, incluida su madre Y. F. y la crisis recurrente de A. como víctima.- . Por la Defensa, el Dr. Carrera manifiesta que va a sostener la inocencia del imputado. No comparte semejante calificación. De la denuncia realizada un año después del último hecho por Y. F. advierte que habían existido mensajes entre las partes. Va a demostrar que fue una denuncia preanunciada. T. tiene la tenencia de las dos hijas que tuvo con Y. F., a través de un convenio que se hizo. Cuando hace la denuncia lo venía anunciando, con tal de tener la tenencia de sus hijas que había perdido. Numerosos inconsistencias del testimonio de la víctima y denunciante, contradicciones entre sí, pide paciencia al Tribunal a la hora de interrogar. M. T., circunstancias relevantes en cuanto a lo que le dijo la madre, influencia, presiones. En la epoca de los hechos convivían con Y. F. y sus hijas, A., M. (declara a los 14 CG) y veremos esto de las consecuencias traumáticas, testimonio de S. G., el más objetivo, que se contrapone a otro informe psicológico particular. Existe mucha inconsistencia y mucha incoherencia. Mi asistido va a declarar oportunamente. Subsidiariamente entiendo que la calificación no es esa, no hay delito, tenía 16 años de edad, esto último si es que se le da crédito a la denuncia.- Seguidamente la Fiscalía procede a oralizar las convenciones probatorias realizadas oportunamente, conforme a ellas se debe tener por acreditado: 1.- Que el Ingeniero David Baffoni, en fecha 1/02/22 informó que no se encontraron imágenes ni videos relacionados a la causa, en el celular perteneciente a la víctima, y que en fecha 24/10/23 los 5 teléfonos secuestrados al imputado no pudieron ser desbloqueados y consecuentemente peritados.- 2.- Que la línea XX fue dada de alta el día 21/09/20 y de baja el día 04/06/22 a nombre del imputado.- 3.- Que el día 26 de diciembre de 2021 N. T., siendo las 21.50 hs. radicó acta de denuncia por violencia familiar ley 3040, en el Expte Ro-21100-F0000.- 4.- El 10/05/2023 personal de la Subcomisaría 67°, de esta ciudad, entre ellos el Oficial Ayte. Espíndola Francis, realizaron allanamiento en el domicilio del imputado en calle XX, y procedieron al secuestro de 05 teléfonos celulares y de una notebook.- 5.- El 17/08/2023 el Ppal. Fuentes Rubén, recibió los secuestros de la convención probatoria anterior, y los ordenó a los fI. de ser remitidos a esta Fiscalía. El 17/08/2023 la Sgto. Daiana Guerrero, y la Cabo 1° Guadalupe Ayamilla, tomaron fotografías y realizaron croquis del Domicilio de Chacra XX, de General Roca, lugar de los hechos.- 6.- Que el imputado trabajó en la empresa Don Tomás desde el 01/02/2019 al 26/07/2022.- 7.- Que de la computadora secuestrada al imputado se encontraron aproximadamente 10 fotografías de la vida cotidiana, en donde se encuentra la víctima de autos. Asimismo, se encontró una carpeta llamada "Celu A." .- 8.- Que en fecha 28 de diciembre de 2021 la Jueza Dra. Tormena dictó atento los términos de la denuncia efectuada por T., la prohibición de acercamiento de ellos, Sres. Y. A. F. y J. R., a los Sres. P. M. T., L. y A. I., y P. G. T., en su domicilio en calle XX Barrio XX, y asimismo a N. R. I. T., con domicilio en calle XX Barrio XX de esta ciudad.- 9.- Que A. G. P., nació en fecha 03/11/2002 y es hija de la Sra. Y. A. F..- II.-PRODUCCION DE PRUEBA De acuerdo con el orden propuesto por las partes, fueron oídos los siguientes testigos: Y. A. F.; A. G. P.; D. M. F.; N. I. M.; Z. G. P.; R. D. F.; F. G. Z.; V. A.; Lic. S. E. G.; L. T. M.; ENTREVISTA EN CAMARA GESELL de la menor M. T.; LICENCIADA VALERIA EMILIANI; J. M. R. y M. A. T..- III.-ALEGATOS DE CLAUSURA La FISCALÍA comienza diciendo que tal lo prometido en los alegatos de apertura ha logrado demostrar los hechos de acusación. Solamente voy a modificar una cuestión que tiene que ver con la reiterancia de los hechos en cuanto a la producción de imágenes de abuso sexual infantil y respecto de lo que sería exhibiciones obscenas agravadas. En vez de ser reiterados como viene dado en la calificación legal sea un hecho. Y esto fundado en la declaración de A. respecto de estas cuestiones. Cuando escuché nuestra prueba entendí que quedaron acreditadas la plataforma fáctica y quedó acreditada la calificación, con la aclaración que hice. Y cuando escuché la prueba de la defensa entendí que estaba en un juicio contra Y. F.. Y otra vez acá A. ha quedado invisibilizada; como venía estando desde la convivencia con el imputado y su madre; seguimos repitiendo el mismo escenario, donde A. no es parte, o existe y sigue siendo invisibilizada. Por eso es importante tener en cuenta cómo deben ser evaluados este tipo de casos. Ustedes lo saben porque en múltiples sentencias así lo han hecho. Y quiero que tengan presente el fallo “Angulo” de la Corte Interamericana, porque con algunos matices se trata casi de lo mismo. Una relación entre una figura de autoridad, en aquel caso un primo pero en este caso es peor, un padrastro, que ostentaba la figura de padre, sobre todo ante la ausencia casi total del padre natural de A.. Otra de las cuestiones que surgen de ese caso y que son aplicables a este es justamente la asimetría que se produce entre el victimario y la víctima, que es una niña, también tenía 16 años cuando comenzaron los hechos y descarta, dadas las circunstancias, la posibilidad de que exista un consentimiento por parte de la víctima, para consentir los accesos carnales vaginales, tal cual lo contó A.. En ese fallo se da la información precisa o necesaria a tener en cuenta para ver si en este caso hubo o no consentimiento. Porque claramente la defensa no aportó prueba de que no existieron esos abusos. De hecho deja entrever en su alegato de inicio una posible atipicidad, entendiéndolo como que pudiera llegar a ser un estupro, que no da, porque no se dan las circunstancias de las edades, menor a 16 años. Lo concreto es que hay que centrarse en si los dichos de A., que afirma que existieron estos accesos carnales, fueron con su consentimiento o no. Qué nos dice ese fallo, que muchas veces la víctima no expresa literalmente respecto de si consiente o no el acto. Porque en muchas circunstancias no es posible, como en el caso de A., decir sí quiero, sí estoy de acuerdo. En este caso ni siquiera existió la pregunta a si quería mantener relaciones sexuales. Pero suponiendo que aún así pueda existir un consentimiento, qué hay que tener en cuenta, que no puede inferirse el consentimiento de la víctima cuando haya amenazas de por medio, como es este caso, su silencio operaba con la amenaza de T., “tené cuidado que si tu mamá sabe va a volver a hacer lo que ya intentó una vez”. Y a A. le constaba que la madre había querido suicidarse, al menos una vez. Y está claro por todo lo que dijeron los testigos de la defensa y de la fiscalía que es una mujer si se quiere complicada, pero no está bajo análisis en el día de hoy. Otra de las cuestiones que hay que tener en cuenta para no inferir que existió consentimiento es la evidente asimetría entre el agresor y la víctima, cuando ese agresor ocupa un lugar de poder, acá ocupaba el lugar de papá, operaba como un papá, padrastro se le dice. Lo cierto es que eran una familia normal, según los dichos del imputado, con lo cual su rol estaba establecido: la llevaba a la escuela, estaba autorizado a retirarla, las cuidaba, estaban bajo su guarda, es decir que operaba como familia y normal. Otra de las cuestiones -que este fallo también nos trae- es que del silencio o la falta de resistencia de la víctima no puede inferirse el consentimiento, sobre todo cuando es una víctima que está entre 16 y 18 años. Porque es un período de la niñez que a veces confundimos con que tienen ciertas capacidades y siguen siendo niños. Con lo cual la vara es doble, debe analizarse con una perspectiva de mujer y de niñez. Teniendo en cuenta todas estas circunstancias no es posible inferir que existió consentimiento. No obstante esto, se le preguntó a A. al momento de declarar si a ella en algún momento se le había preguntado, dijo que no, si en algún momento había hecho alguna manifestación, dijo que no. Y que los avances fueron casi repentinos, casi de un día para el otro. Durante casi toda la convivencia, operó como un padre. No es posible acreditar que T. se haya confundido, con una cuestión de pareja, no es posible, porque operó hasta el día de la fiesta de despedida de los estudiantes como un papá. A partir de ese día cuando ella llega ebria, como lo contó, la actitud de T. cambió. Motivado por qué??, esas son cuestiones que podemos suponer, alegar, pero no son necesarias probar en esta instancia. Puedo conjeturar, justamente por lo que contó, que su mujer le era infiel, que estaba todo el día afuera, o que era muy problemática la relación, pero no viene al caso. Lo que sí viene al caso es que A. contó con detalle los accesos carnales vaginales; la frecuencia con que se daban, dijo de tres o más veces a la semana. En un período determinado, y dio explicaciones por qué fue ese período, que claramente coinciden con la acusación fiscal, que es de noviembre de 2018 hasta septiembre de 2019; si hubiera querido mentir lo hubiera extendido mucho más, total no hubo testigos presenciales, pero no, dio una explicación de cuando iniciaron, ese avance que tuvo T. después de la despedida y que finalizan en esa oportunidad que ella le manifiesta por mensaje que ya no quería más esto, que por favor la terminara, mensajes que luego ve la mamá y obviamente se produce el develamiento. También dio cuenta de los lugares de la casa donde ocurrían estos hechos, incluso contó uno rayano a la fuerza, que es ahí en la cocina. Con respecto a las otras dos figuras que se le achacaron a T., que es solicitarle a ella que le mandara una imagen una fotografía de ella tocándose, un video, y de la foto que le manda de su miembro, que claramente encuadran como producción de imágenes de abuso sexual infantil y exhibiciones obscenas, estas figuras no reclaman la existencia concreta de la documentación, del video en sí o del sustrato material, porque no tiene la misma exigencia que la tenencia, que para avanzar sobre ellos se debe contar con el sustrato material. Para probar eso surge de dos testigos, el de Y. y el de A., en que claramente ambas vieron, ella contó que produjo ese video, y se lo mandó, sino que esto también fue visto por la madre. Que nos contó acá que efectivamente estaban en el teléfono las dos, el del pene de T. y el video de A.. Claramente podríamos decir que esto pudo haber sido una maniobra de Y. por todo lo que contaron, para perjudicar a T., pero no podemos enfocarnos en Y.. Quedó claro y no lo voy a discutir, que no es o no ha actuado de la manera que normalmente se espera que una madre actúe. Que debería haber denunciado inmediatamente. Acompañado a su hija. No dejarla, sabiendo todas estas circunstancias que estaba atravesando, sola, sin asistencia económica, dejándola viviendo con una amiga, que se las arreglara. Pero no es el foco de discusión Y.. Que Y. denunciara motivada en hacerle la vida imposible a T., no lo voy a discutir, de hecho A. lo manifestó, que tanto le dolía que su mamá no había hecho la denuncia, que recién casi un año después hizo la denuncia, y encima motivada porque descubrió que T. estaba con otra mujer, la que vino a declarar hoy. No voy a discutir eso. Pero no es el foco Y.. Acá en el banquillo de los acusados no está la madre, hoy está T.. Y en ningún momento a lo largo de todo el proceso A. se retracta. Pese al aislamiento, la soledad, los indicadores concretos de afectividad emocional que tuvo, la tristeza, cuestiones atinentes al sueño, a la alimentación, problemas en la escuela, inasistencias, todas estas cuestiones y afectaciones emocionales existen porque existieron los hechos, porque no fue acompañada por quién debía acompañarla, que es su mamá, o de la manera que ella esperaba que lo hiciera. Lo cierto es que sostuvo el proceso sola. Y cuál es la animosidad que ella tiene contra T.???. Acá la única que puede tener animosidad es Y., pero A. sigue siendo invisibilizada, sigue siendo corrida. Y el punto es que ella nunca tuvo animosidad con T.. Hasta temía poder declarar estos hechos por lo que le podía pasar a su mamá y a sus hermanas. Y pese a todo ello sostuvo en el día de ayer la ocurrencia de los hechos, que ocurrieron sin su consentimiento. De los testigos de la defensa yo no tengo nada que decir. Ninguno de estos testigos mayores de edad ha tenido contacto con A.. Ninguno se ha comunicado con ella y le ha preguntado qué le pasó. Como siempre, hablan de Y.. M. sólo conforma las circunstancias contextuales en que vivían, pero además esta niña viene influenciada por el propio contexto, defender a su papá, porque tiene miedo y conoce las consecuencias del avance de este proceso. Pero esto no tiene que ver con A., tiene que ver con T. y su mamá. Son cuestiones que deberán resolverse por otro canal. Entiendo que la declaración de A. ha quedado confirmada por los otros testigos que vinieron a declarar. La convivencia y guarda no es discutida porque surge de ambas partes. Las circunstancias del hecho que no pudieron ser advertidas por nadie es habitual, es normal que así sea en este tipo de casos. No era posible. La credibilidad de A. no ha quedado desvirtuada en ningún momento por la prueba que ha traído la defensa. Toda su afectación emocional da cuenta que estos hechos existieron. Voy a solicitar que se lo declare culpable por los hechos de la acusación, por la siguiente calificación: ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL, AGRAVADO POR LA GUARDA Y POR LA CONVIVENCIA PREEXISTENTE CON UNA MENOR DE 18 AÑOS, REITERADO EN UN NÚMERO INDETERMINADO DE VECES, EN CONCURSO REAL CON PRODUCCIÓN DE IMÁGENES DE ABUSO SEXUAL INFANTIL, UN HECHO, Y CON EXHIBICIONES OBSCENAS AGRAVADAS POR LA EDAD DE LA VÍCTIMA, MENOR DE 18 AÑOS, UN HECHO (arts. 45, 55, 119, 3er y 4to párrafo, inc. b y f, 128, 1er párrafo y 129, 2do párrafo, CPenal).- Por la parte QUERELLANTE el Dr. Peralta manifiesta que adhiere a todo lo expresado por la Fiscalía. Dos largos años que hemos venido trabajando con A.; nos costó muchísimo tener entrevistas que no fueran llanto y padecimiento. Ha quedado demostrado la existencia del hecho, no sólo respecto de su existencia material, sino también los demás elementos necesarios para acreditar el mismo, tiempo, modo, lugar. Ha quedado claro, asentado y apoyado en los informes técnicos la condición de que A. no es una chica que mienta. No ha inventado esta historia. De hecho los profesionales destacan que en algún momento A. se sintió sola en esta pelea, despojada del acompañamiento de su madre, por lo cual descarto en forma absoluta que esta sea una maniobra de Y. F., que además no está en tela de discusión en este proceso. A pesar de haber denunciado su madre, ella ha continuado con esta batalla y esta pelea que le ha marcado su vida para siempre. Conteste es la declaración de Y. F., con la propia declaración de A. al momento de testificar aquí. A. fue absolutamente clara a las preguntas de esta parte, cuando yo le pregunté ¿vos quisiste tener algún vínculo con T.?, me dijo que no; ¿alguna vez consentiste tener un vínculo con T.?, me dijo que no; ¿alguna vez T. te preguntó?, me dijo que no. Siempre me dijo que no. También los profesionales técnicos que han intervenido han acreditado este estado de vulnerabilidad, de padecimiento, de angustia, de depresión, de llanto constante, que ha sido el mecanismo autoprotectorio que ha utilizado A. durante todo este tiempo, sola. Siempre prácticamente sola. Digo desde el acompañamiento familiar. A pesar de haber tenido que denunciar a una persona con la que tenía un vínculo casi filial, y a pesar de que esto trajera como consecuencia la distancia natural con sus dos hermanas menores. Siguió adelante con este proceso. Además las circunstancias de A. fueron ratificadas por D. F. o de N. M.. Que dijeron y relataron los hechos que A. describió aquí, y siempre la constante es el mismo relato de hechos. Destacaron alguna frase que a mi me queda en la memoria, y por supuesto quedará siempre en la memoria de A., “ningún pibito te va a enseñar lo que yo te puedo enseñar”, esta es parte de la imagen que ha de quedar en A. de por vida. R. F. nos dio una imagen triste, pobre, ausente de familia, una niña que da esta pelea sola. Esto para desterrar la posible alusión de que Y. F. fuera una motivadora de esto, más allá de iniciar aquella denuncia, fue A. la que debió continuar este proceso y la que debió dar sus propias batallas internas. Le costó hasta venir a hablar con el Cuerpo Médico, cada vez que venía era un mar de lágrimas y se pasaba horas llorando y no se podía dialogar prácticamente. Fue un trabajo muy arduo llegar a este momento. Importante la declaración de Z.. A. le sigue manifestando que no dormía. Que había perdido atención, que había perdido motivación. Un desgano y proceso de depresión absoluto. Siempre marcó a partir de aquella fecha y hacia adelante. La licenciada A. también ha sido clara, esto ha sido un proceso doloroso y de profunda angustia, en búsqueda de la justicia. Respecto de las testimoniales de la defensa, poco se puede decir, porque no se habla del hecho, solamente hablan de las amenazas de Y. F. y no de A.. No hablamos del antes de la separación, y lo que aquí se ventila y lo que entendemos que está absolutamente probado es que los hechos se dieron en tiempo, modo y lugar como A. lo ha señalado. Señalado no solo por A. y su madre sino además corroborado por todos los informes técnicos posteriores. Si bien T. como todo imputado no está obligado a declarar contra si mismo, no lo escuché decir “yo no abusé de A.”, habló de Y., no dijo “yo no le hice esto a A.”, “yo no le mandé la foto”, “yo no abusé sexualmente de ella”. La que sí fue clara y dijo “yo no quise tener un vínculo”, “yo no autoricé un vínculo”, “yo no permití, solo me callaba”, por estupor de esta situación, fue A.. Con lo cual entiendo que están absolutamente comprobados los extremos de nuestra acusación, voy a pedir que al momento de dar un fallo el mismo sea condenatorio por la existencia y comprobación de los hechos que hemos requerido, por la misma calificación legal de la Fiscalía.- A su turno por la DEFENSA, expresa el Dr. Carrera que ha advertido a partir del alegato de la fiscalía que esto no es contra Y. F.. Para llegar a un veredicto de culpabilidad la declaración de la víctima debe ser consistente, sólida, sin contradicciones, justamente por eso voy a hablar de esas contradicciones que restan credibilidad, por eso hablábamos de Y. F., de las contradicciones en que incurren una y otra y no sabés a quién creerle, o quién está mintiendo, para eso sirven. Ese testimonio de la víctima debe ser sin fisuras, debe ser creíble, debe estar apoyado por otros testimonios, principalmente por la madre, que es en definitiva quien hace la denuncia. Como se dijo en el fallo “Ludueña s/ abuso sexual” de este año, legajo 00955, ahí se advierte que la menor incurre en algunas contradicciones que hacían poco creíble su relato, también se dijo en dicho fallo que la contradicción de la niña con su propia madre resulta insuperable y debió ser materia de la acusación robustecer el testimonio de la víctima. Por eso cuando yo digo contradicciones, justamente es importante señalarlas para ver hasta dónde creemos o no creemos en lo único que tenemos, que es el testimonio de la supuesta víctima, en este caso de A. P.. Paso a describir esas contradicciones que debilitan el testimonio de A.. Por ejemplo, cuándo se fue a vivir con el papá, porque estamos hablando de la época en que ocurrieron los hechos, entre el 16 de noviembre, fecha exacta que da A., que tenía 16 años y octubre del año 2019. Se fue a vivir con su padre, según dice la denunciante, el 15 de febrero por dos meses. Después viene ella acá y dice que se fue a vivir con el padre biológico en el mes de octubre. Contradicción importante, y también como digo no sabemos a quién creerle. De la despedida, que nos habla la madre que fue en octubre de 2019, sin embargo ella nos dice que fue el 16 de noviembre de 2018. La madre dice que no conversó nada, que se iba a trabajar. A. dice que sí, que llegó, que su madre la vio, que estaba ebria, que se fue a acostar, incluso su mamá le hizo ahí una alusión a su estado. Esto no lo dice su mamá. Tampoco sabemos quién está diciendo la verdad si es que hubo una verdad. La madre dice que después de la denuncia no tuvo más contacto con T.. Esto fue desmentido después por A., dice no, que siguió el contacto después de la denuncia incluso, siguió la relación amorosa, que incluso lo que hace la madre cuando hace la denuncia es utilizar esto de pretexto porque es cuando T. tiene nueva pareja. Eso lo dice la misma A., eso es lo que la altera a su mamá. Y ahí sí ella se sintió en cierta manera culpable, porque sabía cuál era el problema que tenía su mamá, la enfermedad mental, los brotes, de esto hablan todos, los brotes psicóticos, de los celos y demás. Es por esto que hay ocultamiento. La víctima debe ser creíble. Relató un hecho que ocurrió en el living. Vimos como era el living. Dos ventanales enormes, la puerta de acceso al patio. Dice que allí ocurrió algo donde él le agarra el pelo, hubo una relación, acceso, que fue un poco más fuerte que las veces anteriores, por eso de que le agarró el pelo. Cuando le pregunto si estaban sus hermanas dice que sí. M. en ese momento tenía 11 años y S. de cuatro años. Cuando le pregunto cuándo fue eso, dijo que en invierto. Algo totalmente increíble, ilógico. Tal como dijo él, en invierno las temperaturas son de 10 grados bajo cero, en zona de chacra hace 10 grados bajo cero, en Roca hacen 5 grados bajo cero y en zona de chacras 10 grados bajo cero. ¿Me explica alguien cómo es posible esto?, que haya pasado ésto y que estén las nenas jugando afuera?, jugando a qué, a la rayuela, algo que los chicos de hoy en día se dedican a la tablet, a internet, a juegos de interior. Por eso este relato es increíble. Con respecto al primer hecho de la despedida, cuando declara dice que no puede precisar con exactitud si aquel día le hizo algo. Esto es todo lo que tenemos de ese hecho, además agrega eso de que estaba ebria. Y como ha sostenido T., lo que va a manifestar esta defensa es que entiende que existen dudas sobre los hechos mismos y que en función de esas dudas entiende, considerando el estado de duda que establecen el art. 18 de la Constitución Nacional que debe ser absuelto por el principio de inocencia. Hecha esta acotación con respecto a lo que declaró T., que para mi fue claro, se manifestó inocente por supuesto, que esto lo sorprendió y que se encontró con ésto como sorpresa, fue claro que se manifiesta inocente de esto. Hecha esta aclaración yo me voy a permitir en segundo plano analizar los testimonios tanto de la denunciante como de la víctima. No digo que esto haya ocurrido, pero analizando las palabras que hizo tanto la mamá como su hija, se advierte que sí hubo algo entre A. y T., de acuerdo a las mismas palabras que utilizó A., esa relación fue consentida. Sino cómo me explican a mi que la madre descubre en el celular de A., esto lo reconoce A., que ella se filma a si misma, en un video, tocándose sus partes íntimas. Cómo me explican a mi que le miente a M. que le dice que se sacaba fotos para enviárselas a su novio. Cómo me pueden explicar estos detalles y circunstancias que llaman la atención. El hecho de que la madre los junta a los dos y que A. no dice nada. Nunca le dijo nada. Ni con su cuerpo ni nada, que nunca la forzó, termina diciéndole a la madre que sí había pasado algo entre ellos y aceptó que tuvo sexo con él. El hecho de que la madre cuando observa el celular de A., dice que la trataban de loca, que había visto un mensaje de ella que le mandaba con una foto suya diciendo acá llegó tu mujer, como que estaba en contra de la mamá. Habla de que terminaba teniendo relaciones sexuales, siempre habla en plural, terminaban, y de hecho la última vez que dice que tuvo un encuentro, que no lo tuvo finalmente, ella le dice “esto está mal”, pero lo habla en plural “terminemos con ésto”. Se desprende claramente de esto o que está faltando a la verdad o fue una relación consentida y esos videos vaya a saber si fueron enviados o al novio o a T.. Lo cierto es que también es muy confuso y queda poco claro. Lo cierto es que dijo M. que utilizaba el teléfono de T. para sacarse fotos en ropa interior y a su vez se mandaba eso al celular de ella. Esto lo dijo M. en la Cámara Gesell. Entonces hay muchas cosas que no cierran, muchas cosas confusas y hay que tener cuidado y objetividad a la hora de decidir si T. es definitivamente culpable o no de hechos que pueden ser reprochables moralmente y si ocurrió en esas circunstancias, sin ningún tipo de oposición y aceptación por parte de A.. Cuando la psicóloga S. G. eleva su informe, en cuanto a la sexualidad nos dice que se había desarrollado a los 11 años, y que a los 16 años tuvo su primera relación sexual. En la actualidad refiere encontrarse de novia desde hace cuatro meses. Con respecto a la angustia, el sentirse culpable, es lógico que esto ocurra, más teniendo en cuenta que la mamá era celosa y que tenía brotes, pero eso no es una amenaza, eso de estar preocupada de que a la mamá le pueda pasar algo si se entera, eso no es una amenaza, T. no le manifestó a tu mamá le voy a hacer algo, esto es una preocupación de ella. Le preocupaba que si su mamá le encontraba esos mensajes y descubriera la verdad la tuviera en contra. De hecho cuando se entera, y yo no creo que a propósito haya dejado esos mensajes, se iba a alterar, entonces evidentemente ella ante esta situación se angustió, se preocupó, y cuando habla con su mamá de hacer la denuncia, es ella la que le dice que no haga la denuncia, pero es ella quien lo dice. Advirtiendo entonces todas estas contrariedades, que le restan credibilidad al comparar ambas declaraciones, tanto de ella como de su mamá, no están corroborados. Influenciar su mamá para buscar testigos de alguna manera, hablar con M. para preguntarle si había visto algo, esto lo dice M. en dos oportunidades. Dijo yo nunca vi nada raro. Y los familiares, allegados y amigos nunca nadie vio nada raro. Y la vida de A. fue normal, tiene novio, está ahí afuera esperando. Por eso yo creo que la angustia y la preocupación que ha tenido es que su mamá no se enterara. En este caso estaríamos hablando de un hecho reprochable pero atípico, entre una persona que tiene plena capacidad y que por lo tanto ni siquiera es estupro, que es hasta los 16 años, por lo tanto considero que no existe delito alguno y debe ser declarado no culpable.- ULTIMA PALABRA AL IMPUTADO: voy a decir solamente que yo creo que soy un buen padre, siempre luché por mis hijas, a Y. y a A. las saqué literalmente de la calle, su mamá se prostituía para poder conseguirle comida a A.. Se fueron a mi casa a vivir, nunca les hice faltar nada. Intenté hacer lo mejor posible. Tuve a mis dos hijas con Y. después. Y cuando dicen que yo fui armando todo esto es una aberración, creo que hay testigos de sobra en mi vida y en la vida de A., de Y. que nos conocen desde hace muchos años, y saben que esto no pudo haber sido así. Yo voy a seguir luchando por mis hijas que están conmigo. Quiero aclarar que todos los que están yendo a mi casa, asistentes sociales, dejaron de ir, que actúen con perspectiva de género, que no las dejen solas, son mujeres también, yo mismo fui a Senaf, yo mismo busco justicia por mis hijas, pero por ser hombre no me dieron terapia en el hospital, mañana, el lunes voy a ir a buscar una nota para que me confirmen esto por escrito. Se hace muy complicado por ser hombre luchar por los derechos de mis hijas. Espero que mi palabra valga porque es muy complicado. Nada más.- IV.- VEREDICTO DE LA PRIMERA FASE DEL JUICIO: Concluida la audiencia pública los miembros del Tribunal pasaron a deliberar y habiéndose arribado a una decisión por unanimidad, el día 7 de agosto de 2024 se dio a conocer el veredicto, según el cual: “... el Tribunal de Juicio, por unanimidad, RESUELVE: DECLAR CULPABLE al imputado N. R. I. T. como autor penalmente responsable de los delitos de ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL, AGRAVADO POR LA GUARDA Y POR LA CONVIVENCIA PREEXISTENTE CON UNA MENOR DE 18 AÑOS, REITERADO EN UN NÚMERO INDETERMINADO DE VECES, EN CONCURSO REAL CON PRODUCCIÓN DE IMÁGENES DE ABUSO SEXUAL INFANTIL, UN HECHO, Y CON EXHIBICIONES OBSCENAS AGRAVADAS POR LA EDAD DE LA VÍCTIMA, MENOR DE 18 AÑOS, UN HECHO (arts. 45, 55, 119, 3er y 4to párrafo, inc. b y f, 128, 1er párrafo y 129, 2do párrafo, CPenal).- SEGUNDA FASE DEL JUICIO V.- AUDIENCIA DE CESURA El día 2 de septiembre de 2024 se llevó adelante la audiencia prevista por el art. 174 del CPP. De todo ello se dejará constancia al abordar la tercera cuestión de la sentencia.- VI.- FUNDAMENTACIÓN INTEGRAL DE LA SENTENCIA: Realizado el veredicto respecto del juicio de cesura se pasó a redactar la sentencia y según el sorteo efectuado los señores jueces emitieron sus votos en el siguiente orden: en primer lugar el Sr. Juez Dr. EMILIO STADLER, luego el Dr. ALEJANDRO PELLIZZON y finalmente el Dr. MAXIMILIANO CAMARDA, haciéndole saber a las partes que la lectura integral de los fundamentos se efectuaría en el día de la fecha, conforme lo establecido por Acordada Nro. 6/2018-STJRN.- Se plantearon las siguientes cuestiones: 1) PRIMERA CUESTION: ¿La Acusación logró probar los hechos y la autoría responsable objeto de reproche? 2) SEGUNDA CUESTION: ¿Cuál es la calificación jurídica aplicable al caso? 3) TERCERA CUESTION: ¿Cuál es la pena a imponer al caso en concreto, costas y temas accesorios? A LA PRIMERA CUESTION EL SR. JUEZ EMILIO STADLER, DIJO: Demás está decir que las respuestas a esta cuestión ya ha sido adelantada por el Tribunal en oportunidad de informar el veredicto de la primera fase del juicio relativo a la culpabilidad penal del imputado. Por lo tanto, los párrafos que siguen constituyen el fundamento lógico y jurídico de esas decisiones, con más la relativa a la graduación de la pena, que, como ha quedado dicho será tratada en la tercera cuestión.- DEFENSA MATERIAL DEL IMPUTADO: Durante el juicio el imputado optó por declarar; expresando lo siguiente: es la primera vez desde que empezó esto hace cuatro años que tengo la oportunidad de hablar con alguien que puede cambiar esto, porque en ningún momento me escuchan. Si yo pongo contexto sobre esta denuncia, después de las declaraciones que escuché ayer, se me aclaró mucho todo, de las declaraciones de Y. y A., me aclararon un montón de cosas, como por ejemplo que esto empezó todo cuando yo termino la relación, ella me es infiel en el 2019, yo termino la relación, después de muchas veces de haberlo intentado, pero con las amenazas de suicidio, golpearse la cabeza contra la pared, tomó veneno, hay muchas pruebas de todo eso, fue muy complicado para mi y para mis hijas. Yo siempre traté de tenerlas aisladas de todo este problema, pero llegó un momento que no aguanté más, las infidelidades más que nada. Y tomé la decisión de separarme. Cuando pasa esto dejo que se vaya de mi casa, donde vivíamos, en la chacra, se va con las nenas, por sentido común pensé que tenían que irse con la madre, no pensé que iba a pasar lo que pasó después, que con la convivencia con la pareja que tenía su mamá en ese momento con las nenas, era dejar a las nenas solas 24 horas, M. me contó todo esto. Era chica, tenía 11 años, 10 y 11 años cuando estuvo con la mamá. Entonces intenté por todos los medios recuperar a mis hijas. Y no se pudo porque en el tema familiar me clavaron este tema penal, que no avanza para nada de mi lado. No creo que haya otra explicación. Fue todo muy explícito esto, cuando ella se entera que yo empiezo a convivir con mi pareja en el año 2020 es el momento donde denuncia. Eso lo aclaró A. también. Eso es lo más complicado para mi y para mis hijas, un trauma que nunca se les va a borrar, jamás. El tema de las amenazas no son simples, no es un vecino que levanta la música y me dice que me va a matar, es un tipo que mueve gente, como dijo mi hermana que lo conoce mucho mejor que yo, es un delincuente. Entonces no es lo mismo convivir así que convivir con una amenaza normal. Eso es lo que nos está afectando muchísimo. Yo perdí mi trabajo por esto. El 26 de julio de 2022 pierdo mi trabajo y el 31 del mismo mes fallece mi mamá por un estrés tremendo por todo esto, porque se preocupaba mucho por mis hijas, así que estoy cargando con un montón de cosas que trato de no pasárselo a mis hijas tampoco. Esto me hace muy fuerte. Estoy tratando de aguantar mucho todo esto. Y me doy cuenta que es muy difícil el tema este de la justicia. Lamentablemente me sobreinformé sobre esto, entiendo que no importa ni las pruebas ni el contexto ni nada, en esto, espero que se decida lo mejor para mis hijas, en realidad, que están conviviendo ya van a ser cinco años, con mi pareja. Espero no olvidarme de nada, tengo la cabeza tan saturada de cosas, no sé si querés preguntarme algo. Agradezco por la oportunidad. P.¿después de la denuncia que te hizo Y. F. ella siguió teniendo contacto con vos?, sí, yo alquilé una casa después de la chacra en XX donde mis hijas se quieren ir a vivir porque estaban a una cuadra de la escuela, ella fue a mi casa un montón de veces estando en pareja con este muchacho, traté de que no esté, pero me amenazó con el escrache social en redes sociales y yo iba a perder mi trabajo que era el único sustento de mis hijas, yo la ayudé económicamente a ella, no tengo pruebas porque nunca le hice firmar nada, tengo todos los tickets de Multipack porque yo trabajaba ahí, de las compras que le hice, de todos esos momentos, que es para el caso de Familia, lo tenía. Intenté ayudarla por todos los medios para que deje de hacer esto. Tengo las amenazas también, todo el tiempo de pedirme plata. Lo peor fue cuando me dijeron que me vuelva con mi familia a Buenos Aires y que si me volvía con mi familia a Buenos Aires no me iba a denunciar. Ya me había amenazado con esto un montón de veces. Que ella no es la primera vez que lo hace. Denunció a su papá cuando era adolescente. Después se retractó. Denunció a un encargado que tenía ella. Denunció también a un patrón que tuvo, que el hombre falleció después. Tampoco tengo pruebas de esto. Yo entiendo que es muy complicado. Y para mis hijas también es muy complicado. Un caso así tan terrible como están denunciando, cuando esto de ser verdad es aberrante y yo estaría encadenado todos los días si le llegase a pasar esto a mis hijas. No se las entregaría a un violador jamás, jamás firmaría un papel para que se vayan a vivir con un violador. Pero entiendo que es una carta en la manga legal, muy clara, muy literal, no hace falta decir más nada que un relato y ya está. Entonces es una forma perfecta que ella pueda recuperar a las nenas. Después de las aberraciones que hicieron, de vender drogas donde vivían, en Trelew 1987, porque al vender él ya fue cómplice de él, y vendió o vende. Cuando intenté sacar a mis hijas de ahí fue muy complicado todo el tema familiar, hasta que pasó esto y me frenó todo. P. ¿el tiempo que convivieron con A., cómo era la relación con ella?, yo a A. la conozco de muy chiquita, desde que arrancó en sala de 4, tuvimos una relación de padre a hija, pero no muy cercana porque su papá estaba dando vueltas, su mamá es una persona que es muy complicada, una personalidad muy fuerte, muy complicada, es implacable en las cosas que quiere hacer, con cualquier medio para lograr lo que quiere. P. ¿era de pedirte consejos, mensajes, esas cosas?, cuando creció sí, cuando empezó a complicársele su vida sí, adolescente, sí, fue diferente la relación. Nunca tuvimos una mala relación, nunca. P. ¿cómo es el tema que vos te quedaste con tus hijas?, M. decide en algún momento quedarse conmigo, porque estaba sola, estaba muy asustada porque su hermana tenía 4 años, en la casa donde vivían en la calle XX, tenían mucho miedo en serio, yo no me podía acercar, no podía llamar, estuve muchos meses sin ver a las nenas. En un momento, después de haberme denunciado Y. me hizo firmar un papel con su abogada, llegamos a un acuerdo, que por dos años yo no le podía pedir plata ni nada, pero con el domicilio primario en mi casa, y en ese momento desapareció, la buscamos, mis hijas la buscaron, y desapareció, nos bloqueó de todos lados y fue imposible yo explicarle a mis hijas cómo era, en principio que estaba trabajando, que estaba mal, que estaba enferma, hasta que me dijeron que yo no le puedo mentir a M. porque tiene la edad suficiente para saber. Pero yo después paré de comentarle porque esto era una aberración, una locura. P.¿sabés si A. en algún momento intentó conectarse con sus hermanas?, sí, fue a la casa de XX, donde yo me mudé después de XX, las vio un rato, yo no estaba, yo estaba trabajando, estaba mi pareja, les cedió un tiempo con las hermanas y después volvió a desaparecer. Fue un año y medio, otro año y medio y después desaparecieron. La madre de ella viajó a Bariloche, Las Grutas, hizo viajes, tiene una vida independiente económicamente bastante bien y están bien. Tienen una vida bastante feliz para todo esto que estamos pasando si fuera verdad, no quiero que sepan esto porque mi hija más grande está muy mal, viéndolas así, viviendo tan bien y olvidándose de mis hijas. P. ¿cuando convivían todos juntos, tus hijas qué actividades tenían en la casa, más que nada M. y S., en qué se entretenían por ejemplo?, estaban ahí, en verano tenían la pileta en la vereda que teníamos al lado. P.¿y en invierno?, en la chacra al lado de la ruta 22 hacían 10 o 12 grados bajo cero, estábamos adentro, no teníamos Internet pero siempre teníamos datos en los teléfonos, tenían un salón adelante que se ve en las fotos, donde podían jugar, tenían sus juguetes, dibujaban mucho, escribían mucho, tenían sus escritorios, su compu, la computadora que también se llevaron era parte de la familia, estábamos adentro de la casa, era grande, estaba bueno porque había mucho lugar para que estén adentro de la casa, en invierno estábamos adentro y en verano afuera. Se entretenían entre ellas mucho, S., M. y A. tienen diferentes edades bastante escalonadas, así que cada uno hacía su actividad, se hicieron super independientes cada una. P. ¿A. vivió siempre con ustedes o se iba a otros lugares a vivir?, tenía la oportunidad de irse porque tiene a su familia paterna, que su papá no está pero los familiares de su papá sí, se fue un tiempo, uno mes, dos meses, iba y venía, yo no controlaba eso, porque yo no tenía la potestad para controlarlo. Pero como la madre me lo expresaba yo lo entendía, me parecía bien. No era raro que ella fuera a hacer sus cosas cuando ya tenía la edad para ir, además eran sus familiares donde iba. P.¿salía A., tenía relaciones?, sí, con sus amigos, se le complicaba para ir porque la mamá no la dejaba, yo tampoco, yo no podía opinar sobre eso, pero sí salía, tenía sus amigos, yo me enteré que tenía su pareja mucho tiempo después porque Y. no me quería decir, no me parecía correcto pero yo no podía influenciar sobre eso. Pero no, me enteré después. Más que eso no sé qué decirte. Era una familia normal aunque parezca mentira después de esto, que estábamos saliendo adelante todo el tiempo, como ellas dicen que yo no trabajaba, que cambiaba todo el tiempo de laburo, a mi me gusta hacer muchas cosas, yo ahora tengo mi trabajo independiente, que después de muchos años lo logré, no trabajo para nadie. No hubo nada raro.- El imputado manifestó su disposición a contestar preguntas de los acusadores, pero no le formularon ninguna.- DESCRIPCIÓN DE LA PRUEBA: Tal como se adelantó en el veredicto de culpabilidad, en el juzgamiento de delitos de la presente naturaleza, contra la integridad sexual, denominados “en soledad” o “entre paredes”, la declaración de la víctima resulta ser una pieza de fundamental importancia para la debida resolución del caso.- Aquí, la víctima A. G. P., de 21 años en la actualidad (nacida el día 3/11/2002, vid. Convención probatoria nro. 9), declaró durante el juicio y lo hizo en presencia del imputado. Expresa que Y. F. es su madre y fue pareja del imputado T.. Que convivió con ellos -por lapsos- desde que tenía 3 años y hasta los 16. Siguió diciendo: no conviví cuando mi mamá se quedó embarazada de mi hermana más grande, M., que hoy tiene 15 años. Ellos se fueron a vivir a Buenos Aires y yo me quedé a cargo de mi abuela materna, P. F., yo tenía en ese momento 5 años, habrá sido por un año. En 2019 me fui a vivir un mes con mi papá, exactamente el mes no lo recuerdo, habrá sido octubre, fue menos de un mes y volví a convivir con T.. P.¿Cómo era la relación con T.?, al principio no teníamos una buena relación, él había empezado a tener la relación con mi mamá y yo no había aceptado eso, al ser chica. Siempre fuimos muy distantes, teníamos muchas discusiones, no era muy buena nuestra relación. Fue así hasta que yo tuve 15. Ahí empezamos a tener como otro tipo de vínculo, no tan distante, como más de compinche, conversaban. P.¿en la vida cotidiana él se hacía cargo tuyo, te llevaba, te daba de comer, lo que hace la familia?, claro, un rol de padrastro, había lapsos en los que trabajaba y otros que no, llevarnos al colegio, mi mamá trabajaba y yo a veces me quedaba a cargo de mis hermanas y otras veces en compañía de él, a cargo nuestro. Ahora S. tiene 9 y M. tiene 15. Él siempre decidió junto a mi mamá qué hacía y qué no hacía o podía hacer yo. Todo cambió cuando yo asistí a una despedida de un colegio, con una amiga y un compañero del colegio, él me fue a buscar, fuimos a mi casa, mi mamá estaba viendo ropa que le había dado su jefa, me la quiso mostrar, haciéndome chistes de que yo estaba borracha, que me vaya a dormir y que ella se iba a ir a trabajar. Me fue a buscar 6,30 a 7 de la mañana, fue el día 16/11/2018. P. ¿Por qué te acordás tanto de la fecha?, porque insistí mucho para que me den permiso, para poder ir, era una fiesta de egreso del colegio al que yo asistía. Fue en el boliche Aquelarre. Yo me fui a dormir y él llevó a mi mamá a trabajar. Yo me fui a mi habitación, me acosté a dormir normal. Ahí es donde tengo recuerdos como lagunas, no tengo exactitud. Tengo recuerdo de estar, mi cama estaba así, la cabecera estaba acá, y tengo recuerdos de estar invertida en la cama, con la cabeza para los pies sería, y estar boca abajo, y tener recuerdo de mirar para atrás y verlo a T.. P.¿al lado tuyo?, como encima y atrás mio. Él desvestido, de acá para arriba. Yo no tengo recuerdos cómo estaba yo. Cuando me desperté me sentía rara como abombada, como con dolor de cabeza, como presión en mis brazos, había ingerido alcohol. Me sentía muy rara, como shockeada, no entendía qué me pasaba. P.¿habías tenido algún contacto así con él, previo a ese día?, no. Le exhibe el croquis, dice que es correcto la ubicación de la casa. Yo estaba en esa habitación (indica). P.¿después qué pasó, cómo salís de esa situación?, yo no hablé. No dije nada. Me mostré como normal. Él no me dijo nada. Yo mencioné como qué había pasado y él no dijo nada. P.después de ese día qué conductas tuvo T. con vos?, acercamiento que no solía tener. Preguntarme cómo estaba. Una palmadita o caricia en la espalda. De estar como más atento a mi. P.¿al final de cuentas vos supiste qué te hizo ese día, si es que hizo algo o si no hizo nada?, con exactitud no sé. Siguieron estos acercamientos. Después empezó a ser más un acercamiento distinto, de un beso en los labios, un manoseo, cuando nos encontrábamos solos en la casa. Me tocaba los pechos, la cola. P.¿esto con qué frecuencia se daba?, al principio bastante aisladas y luego pasó más seguido. P. ¿pasó algo más?, por momentos no. Después yo no sabía cómo reaccionar ante esas cosas, simplemente me quedaba callada. P¿qué sentías, te movías, te corrías, hacías algo de eso?, no no no, no hablaba, me quedaba callada y sentía mi cuerpo como con tensión, como con un nudo en la garganta. P.¿no le hacías ningún tipo de manifestación a él?, no. P.¿él te preguntó en algún momento si lo dejabas hacer esas cosas, puedo hacer tal cosa, no te preguntaba así, tocarte el cuerpo, un beso, te decía alguna otra cosa?, no, no no. P.¿cuándo fue distinto, cuándo empezó a cambiar?, cuando yo...esto empezó a tener más, a ser en varias ocasiones, al yo no hablar no decir nada, empezó a ser más frecuente, y de ahí ya pasó a ser un beso en la boca, un manoseo, a pasar ya directamente a volver a acostarse en mi cama, a tocarme tanto la cola como la vagina, con sus dedos, siempre fue todo como callado. P.¿te hizo algo más?, sí, me metía los dedos, su pene por la vagina. P.¿mientras te hacía eso te decía algo en relación a eso?, no, hubo una única vez en la que él me dijo que ningún pibito me lo iba a hacer como él. P.¿y siempre fue por la vagina?, sí. P. ¿con qué frecuencia se empezó a dar, por semana o meses?, 3 o 4 veces por semana. P.¿quién estaba en la casa cuando esto sucedía?, por lo general no había nadie, hubieron ocasiones en que estaban mis hermanas. P.¿dónde estaban ustedes y dónde estaban tus hermanas?, en ocasiones se encontraban afuera jugando, o mirando la tele en otra habitación. P. ¿estas situaciones que vos vivías en qué parte de la casa pasaron?, bueno, en la habitación que marcamos primero, en la del frente, en la de arriba, en el baño, en el comedor y en el lavadero, por afuera. P.¿siempre fue de la misma forma, cómo estaban acostados, qué cósas te decía que hagas, cómo se llevaron a cabo estos hechos?, ya te digo, hablar no se hablaba. Por lo general era cuando él volvía de trabajar, diez de la mañana diez y media, y por lo general yo siempre estaba durmiendo, me despertaba bastante tarde, y la mayoría de las veces era acostarse conmigo. P.¿alguna vez usó una violencia extra o te dijo algo?, no. P.¿que vos te acuerdes que haya sido distinta, en alguna parte de la casa?, una vez en lo que sería el comedor, la única vez que sentí como que fue con más violencia, más exigido, fue en el comedor, había unos sillones hechos con cajones, en donde me hizo ponerme con las piernas mirando al ventanal que había, tirándome del pelo, yo de espaldas a él, con las rodillas apoyadas y el torso del cuerpo como medio hacia adelante. P.¿en esa oportunidad había alguien más en la casa?, estaban mis hermanas jugando afuera. Señala la ventana en la fotografía que se le exhibe. Esa vez fue con mucha fuerza. La última vez que pasó esto fueron dos días antes de que mi mamá se enterara. Yo estaba organizando un viaje a La Plata, para ir a un encuentro de mujeres junto con una de mis tías y una prima, donde yo estaba en casa de mi prima y le mandé un mensaje a T. diciéndole que no estaba bien lo que estábamos haciendo y que yo necesitaba que parara con todo esto porque me estaba haciendo mal. P.¿él te contestó, te dijo algo?, sí, me dijo que él no podía parar, que lo que a él le estaba pasando no le había pasado nunca y que lo disculpara. P.¿siempre te hablaba por teléfono o te mandaba mensajes y te decía cosas o algo por teléfono?, por lo general sí, él me mandaba mensajes cuando yo estaba afuera de casa, refiriéndose a mi como princesa, que cómo estaba, qué había hecho, cómo estaba siendo mi día. Una sola vez me pidió que le mande un video tocándome la vagina, yo lo hice. Se lo envié. Ninguna otra foto o video. Una sola vez él me mandó una foto de su pene, tomada en el baño de la casa. Yo vi esa foto. Se le exhibe la foto del baño y dice que sí, que es ese el lugar. Cuando mandé el video tenía 16 años. P.¿recordás que vos trajiste el teléfono y no se encontró nada, sabés por qué?, porque yo borraba constantemente las cosas, tanto mensajes, para que mi mamá no lo encuentre porque mi mamá por lo general revisaba mi teléfono. P.¿en algún momento vos cambiaste esta actitud de borrar las cosas?, hubo un momento en el que yo, después de mandarle este mensaje de que necesitaba que paráramos, ahí dejé mensajes y una foto que fue la que mi mamá encontró. P. ¿qué foto era la que tu mamá encontró?, la verdad que no lo recuerdo. P.¿a ver si entendí mal, los dejaste a propósito?, sí. P.¿sabías que tu mamá te revisaba el teléfono?, sí. Esos días evité tener contacto con él con la excusa de la organización del viaje, y también porque yo compartía y hacía danzas con ellas. Estas conductas de evitar estar en mi casa también lo hacía antes. Sentía miedo, vergüenza, culpa, por no poder contarle realmente a mi mamá lo que estaba pasando, o no poder hablar y decirle que no quería realmente ese tipo de cosas. P.¿en algún momento vos le diste a él tu consentimiento para que haga todo lo que contaste?, no porque siempre me quedé callada. P.¿alguna vez te preguntó si estabas de acuerdo que él hiciera esas cosas?, no. P.¿te sentiste libre para que sucedieran esas cosas?, no. P.¿sentiste alguna vez miedo concreto de que pasara algo si contabas?, sí, que mi mamá le creyera a él y no a mi. P.¿él te dijo alguna vez no digas, no hables, porque puede pasar tal cosa, alguna circunstancia así?, sí, hemos hablado cuando yo ya empezaba a decirle que no, que no quería, empezaba a tomar distancia, que teníamos que tener cuidado con mi mamá, porque mi mamá se ponía loca, loquita, iba a querer matarse otra vez. P.¿Quién manifestó eso?, T. decía esas cosas. Él manifestó que si yo hablaba teníamos que tener cuidado con mi mamá, porque mi mamá se iba a querer matar. Yo era muy chica, en ese momento vivíamos en la casa de los papás de T., recuerdo ver que enfermeros se lleven a mi mamá. Mi mamá encontró esos mensajes. P.¿te acordás cuándo fue que tu mamá encontró esos mensajes?, con excatitud no lo recuerdo, yo había entrado a bañarme, porque me iba a llevar mi mamá a danza, dejé mi celu desbloqueado, sin seguridad, sin patrón, lo tenía M. mi celu, cuando salgo de bañarme mi mamá me llama a su habitación y me pregunta de los mensajes, me dice qué son estos mensajes, no recuerdo qué decían los mensajes, ellas se quedó con mi teléfono, yo no pude decirle realmente lo que estaba pasando. Lo único que hacía era asentarle la cabeza lo que ella me preguntaba. Me preguntó si había pasado algo entre nosotros, le asenté. Lo único que le pude decir es que quería que nos vayamos de ahí. Yo en ese momento estaba mal, no podía hablar, no me salían las palabras y lloraba. Específicamente nunca le dije con exactitud realmente las cosas que habían pasado. Le di a entender que había pasado algo más entre nosotros. P.¿ella pudo entender qué tipo de situación viviste?, sí, sí sí, ella me preguntó si yo había tenido sexo con él y yo acepté con la cabeza que sí. A partir de ese momento seguimos con el día como normal, yo me fui a danza. En el camino hablamos, como que un poco ella me retó, diciéndome que cómo no le iba a decir lo que estaba pasando. Y que bueno, que ella iba a encontrar la solución. Que nos íbamos a ir de ahí, que me quedara tranquila. Yo después de danza me quedé en lo de mi tía, y la verdad que no sé lo que hizo mi mamá, si habló con él o no. P. ¿para mi es muy importante que vos recuerdes cuándo pasó esto, esta charla que tuviste con tu mamá, no lo recordás?, sí, no fecha con exactitud, fue a principios de octubre de 2019. P.¿qué más hizo tu mamá, hablaron?, no, no hablamos, en ese momento yo tenía que ir a danza, me bajé de la moto, la miré y le pregunté si quería abrazarme, si quería darme un abrazo, y ella me dijo que sí, que me quedara tranquila, que haga mis cosas y que trate de no pensar en eso que ella se iba a hacer cargo de todo. P.¿después de ese día, un par de días después o meses después, hubo algún cambio, en la familia, hubo algún movimiento, conversación familiar?, yo busqué quedarme en lo de mi tía junto a mi prima. Después mi mamá me dijo que había conseguido un departamento para que nos vayamos. Fuimos a la casa a la chacra a juntar todas nuestras cosas. Cuando llegamos mi mamá me sentó a mi y lo sentó a T., como enfrentándonos y preguntándonos qué era lo que había pasado. Yo en ese momento no hablé, hablaron ellos dos. P. ¿cuántos años tenías vos ahí?, yo ya tenía 17, o estaba por cumplir los 17. Mi mamá se puso bastante alterada, levantaba bastante la voz, porque yo me quedaba callada y no decía nada. Y al principio fue como que no se le dijo explícitamente lo que había pasado. Después sí, él le dijo que era algo que le había pasado y que no había podido evitar. P.¿vos en ese momento no hablabas, qué hacías?, yo quería llorar y quería irme de ahí, miraba para otro lado, no podía mirar a mi mamá, a él tampoco, quería que terminen de hablar para poder irme. P.¿finalmente hicieron la denuncia ahí?, no, nosotras nos fuimos de la casa. A los días yo me fui al viaje que tenía programado. Y cuando volvimos de este viaje yo encontré a mi mamá con que ella se seguía viendo con T., seguía teniendo contacto con él, ella iba a la casa de él. Yo ahí me enojé mucho con mi mamá, porque nosotras anteriormente cuando nos mudamos no hablamos, le dije que no pretenda que yo la mire a los ojos y me siente y le diga cómo habían sucedido las cosas porque no podía. Y ella me dijo en su momento que estaba bien, pero que en algún momento yo tenía que decirle lo que había pasado. Tenía que contarle. Ella me preguntó si yo quería hacer la denuncia. En ese momento me dio miedo, me asusté. Después me fui de viaje y quedó todo como en esa charla. Después cuando vuelvo me entero que ella sigue teniendo este contacto con él, como si nada hubiera pasado, yo ahí me enojé mucho con ella y ahí fue cuando no quise, que ya está, que lo dejara así. Yo en ese momento empecé a ir a terapia, le hablé de este enojo con mi mamá por su reacción, porque yo esperaba que reaccionara de otra manera. La terapeuta se llama F. Z., yo la relevo del secreto profesional para que diga todo. Con ella no hablamos tampoco específicamene de las situaciones que yo había vivido con él, pero sí le manifesté de mi enojo con mi mamá, cómo mi mamá no reaccionó, o por qué reaccionó de esa manera, por qué ella seguía viéndolo, por qué seguía teniendo contacto con él. P.¿ustedes se mudaron a otro lado?, sí. P.¿T. iba?, sí, todo esto antes de la denuncia. P.¿en algún momento hablaste con él o te dijo algo?, sí, en una oportunidad yo estaba lavando ropa, y él había llevado su ropa para lavar, y él me dijo que tenía que hablar con mi mamá, tenía que contarle la verdad, porque las cosas no habían sido así. P.¿cuál sería la verdad que tenía que contar?, supongo que para él que había sido consensuado. P.¿te dijo qué hacer o qué no hacer algo en ese momento?, no, simplemente me dijo que tenía que hablar con mi mamá y contarle lo que había pasado, que nosotros habíamos estado juntos, para que mi mamá no haga la denuncia, porque él iba a ir preso, qué iba a pasar con mis hermanas. P.¿vos hiciste o dijiste algo?, no yo me quedé callada. Sentí miedo, porque no sabía qué hacer, qué decirle. No sabía si iba a llegar mi mamá o no, y no quería volver a pasar esa situación de volver a estar con mi mamá, él. P.¿Después de eso se hizo la denuncia?, después de eso llego una noche de la terapia con F., subo, porque la casa era de dos pisos, voy a saludar a mi mamá que estaba en su habitación. Me pregunta cómo me fue y le digo que bien. Y ella me empezó a contar de que se había enterado de que T. estaba teniendo una pareja nueva. Yo ahí un poco me enojé, porque ella tomó como ese enojo que tenía con él por esto que se había enterado, agarrándose de lo que a mi me había pasado. Entonces yo me enojé y no hablamos hasta el día siguiente. Al día siguiente la senté y le dije que sí, que teníamos que hacerlo, que teníamos que denunciarlo, pero que ella cerrara un poquito más la boca. P.¿que cerrara la boca con quién?, conmigo, porque ella insistía muchas veces en que yo le contara lo que había pasado entre él y yo. Hubo muchas oportunidades en las que yo le dije que no, que no podía mirarla, que sentía mucha vergüenza de tener que mirarla a los ojos y contarle este tipo de cosas que me habían pasado. Después de eso dije bueno, que sí, que haga la denuncia. Ella me preguntó si yo la quería acompañar. Yo no quise acompañarla, preferí que vaya ella. Ahí me quedé en mi casa, con miedo y no sabiendo si estaba bien que lo hagamos de esa manera. Yo sentía que mi mamá lo estaba haciendo más como con este tipo de venganza por lo que había pasado paralelo entre ellos dos conmigo. Después fuimos a un abogado y ahí fue distinto porque sabía que cuando cumpliera 18 mi mamá iba a quedar como de lado con todo esto, darle un freno a ella y que me deje a mi hablar y decir realmente lo que había pasado. Lo que contó mi mamá en la denuncia fue verdad. Yo seguí con mi mamá 5 meses, después ella agarró la pandemia, estuvimos muy mal económicamente, ella decidió hacer un convenio con T. para que mis hermanas estén dos años a cargo de él, para ella construir una casa en el terreno que tiene en XX, para abaratar costos en alquiler y demás, y poder irse a esa casa con mis hermanas. Yo en ese momento me enojé con ella y decidí irme a vivir con una amiga, ya tenía 18 años, no volví más con mi mamá. No volví a hablar con T.. La terapeuta sabe lo que pasó. P.¿Qué impacto tuvo esto en tu vida?, en lo sentimental, mucha angustia, culpa, miedo, no quería salir de la habitación, quería quedarme ahí y no hacer nada, no quería ir a la escuela, iba a la sesión con F. y nada más que eso. También en los vínculos con otros, prefería estar sola en mi casa, no salir, no hacer nada. Con mis hermanas fingía estar todo bien, porque me veían así y no quería que supieran de lo que había estado pasando. P. ¿hay alguien que te haya acompañado, alguna amiga o algún familiar?, la única persona a la que yo discretamente alguna que otra vez intenté hacerle saber que algo pasaba fue una amiga que tenía que es D. F., ella siempre estuvo conmigo, venite a mi casa me decía, pero no me dejaban quedarme. D. una vez fue a mi casa y en la habitación cerré la puerta y le dije tengo que contarte algo. Ahí le conté lo que me había pasado, y ella me dijo que me iba a apoyar y a estar conmigo. P. ¿le pudiste contar todo, qué le pudiste decir?, no, qué él había abusado de mi, solo eso. Yo quería estar todo el tiempo acostada. No sentía hambre y no quería bajar a comer. Quería estar hecha un bollito en mi cama, sin hacer nada, sin salir. Después que le conté a D. ella me iba a buscar a mi casa. Me decía que hagamos cosas, que no me quedara, que quedarme me iba a hacer peor. Ahí fue donde empecé a volver al colegio, D. me iba a buscar para asegurarse que fuera y no faltara. Ella nunca me dejó sola. D. tiene actualmente 21. P.¿quién te cuidaba en ese tiempo, quién te hacía la comida y se hacía cargo de vos?, prácticamente compartíamos con mi mamá, siempre fui de ser bastante independiente con las cosas y por lo general las hacía yo. P.¿alguna vez te llevaron al médico?, no. Además de D. y mi mamá nadie sabe.- Querella: P. ¿Podrías significar o determinar la cantidad de veces que tuvieron relaciones?, fueron muchas veces. P.¿en todas esas relaciones, alguna vez fuiste vos a decirle a T. quiero tener relaciones?, no. P.¿alguna vez quisiste tener un vínculo afectivo y sexual con T.?, no. P.¿él te decía vamos a tener relaciones, te tomaba del brazo, te llevaba a tu habitación, o entraba a tu habitación cuando vos estabas y ahí ocurría el hecho?, no, siempre fue hacerlo sin hablar, sin consultar, sin preguntar. P.¿alguna vez te dijo vamos a tener relaciones, querés tener relaciones?, no. P.¿a partir de estos vínculos que tenían físicos, tuviste alguna enfermedad?, no, más que una infección urinaria, más que eso no. P.¿viste si el Sr. T. cuando tenían relaciones usaba protección, condón?, no, nunca usaba protección. P.¿cuando ocurre el hecho de que tu mamá descubre esos mensajes, vos dijiste aquí que ella se puso como...básicamente ella te echaba culpas a vos, le echaba culpa a T. por la situación?, no, ella nunca hizo referencia de echarle la culpa a alguien. Después cuando tuvimos oportunidad de hablar ella me dijo que culpa mia no era que el adulto acá era T.. P.¿alguna vez le pediste a T. mandame una foto?, no. P.¿vos te enteraste por qué seguía habando tu madre con T.?, no, lo único que por ahí llegaba a ver porque agarraba el teléfono de mi mamá era como que ellos seguían teniendo un vínculo amoroso. P.¿en aquél día que contaste que ellas los juntó a los dos, alguna vez T. dio explicación, le dijo a tu mamá algo de lo que había ocurrido y por qué?, delante mío no, lo único que mencionó fue lo que había repetido anteriormente, era algo que a él le había pasado y que no había podido evitar.P. ¿sabés si tus hermanas conocen de esta situación?, yo deduzco que en este momento sí. P.¿vos nunca les contaste nada?, no.- Defensa: P.¿el día de la despedida, que vos dijiste acá que fue el 16 de noviembre, de qué año?, 2018. P.¿ese día que vos llegaste hablaste con tu mamá, te vio tu mamá cómo venías?, sí, porque al ingresar ella se encontraba en el comedor. P. ¿ella vio cómo venías?, sí. P.¿te referiste a un hecho en una posición “perrito” y te mostró la fiscal la fotografía...(objeción, no dijo “perrito”)...en esa ocasión que dijiste que fue más fuerte, vos dijiste que tus hermanitas estaban afuera jugando, podés precisar más o menos en qué mes fue eso?, no, lo único que recuerdo es que estábamos de vacaciones, porque no estábamos teniendo clases, fueron las vacaciones de julio. P.¿alguna vez le pediste a M. sacarte fotos para enviar?, para enviar no, fotos sí, en el patio, posando al lado de un árbol, sentada. P.¿no te preguntó ella para qué eran?, no. P.¿y con qué celular?, a veces con el mío, o el de mi mamá o el de T.. P.¿dijiste el celular de T., a veces te lo dejaba?, a veces le pedía permiso para poder usarlo. P.¿quién pedía permiso?, yo o mi hermana.- Y. A. F.: se trata de la denunciante de autos, es la madre de la víctima A. G. P.. El imputado fue mi pareja durante 13 años y es el papá de dos de mis hijas. Comenzamos a convivir antes que naciera mi hija del medio. A. tenía 4 años cuando empezamos a convivir. A. tenía contacto con su padre, pero no lo tuvo siempre. Vivimos por todos lados. Al principio la relación con A. y T. era buena, él me ayudaba con ella, la llevaba al jardín, después de un par de años cambió su relación, se empezaron a llevar mal, A. no lo quería, en la pre-adolescencia más o menos. Mis hijas con T., M. de 15 y L. de 9, siempre convivimos todos juntos. La mayor parte del tiempo que convivimos trabajé yo, de empleada doméstica, soy cuidadora domiciliaria, en galpón de empaque, siempre trabajé entre 6 y 8 horas, lo que podía. Las nenas quedaban a cargo de T., de las abuelas, tíos, quien pudiera ayudar. Iban a la mañana y a la tarde a la escuela las nenas. T. la llevaba a la escuela. En la casa no había empleada doméstica. Noté cambios de A. en la preadolescencia, normales, celos, calculo yo, de parte de los dos, él era como que no se la bancaba, algo así, y por ahí siempre había discusiones. Hice una denuncia penal el 2/7/2020, denuncié abuso hacia mi hija por parte de T.. Yo le encontré a mi hija en el teléfono un mensaje donde le pedía a él que terminara con lo que le estaba haciendo, porque le estaba haciendo mal, cuando la confronté a ella me contó lo que le había pasado, que había sido cuando ella llegó de una despedida del colegio, había llegado borracha, yo cuando ella llegó yo me fui a trabajar, él la fue a buscar a la despedida, y yo agarro la moto y me voy a trabajar. Bueno, me contó que había sido en ese momento, que estaba algo borracha y cuando se despierta lo tiene a T. al lado desnudos y cuando le pregunta qué pasó él le dijo que habían tenido relaciones. P.¿esta situación que vos contás de la despedida de estudiantes, cuándo sucedió?, si, de cuarto, de quinto año, esto fue más o menos en octubre o noviembre de 2019, del año anterior a que yo denuncié. P. ¿antes de eso tuviste algún indicio de una cosa similar?, sí, un mensaje de texto que le llegó a A., que estábamos todos acostados en un colchón en el comedor de la casa, donde le decía “te quiero lamer toda” y era de R. el mensaje. Estábamos acostados y cuando llega la notificación se ve el mensaje arriba. Yo le pregunto, los dos me trataron de loca y me dijo que era mentira, que ella tenía a otra persona agendada en el teléfono, que no era él. Pregunté a los dos, traté de ver qué estaba pasando y no, quedó como que yo flashé, esa es la palabra que usó R.. Esto pasó un par de meses antes de la despedida. No volví a preguntar sobre este tema. Cuando A. me contó estaba destruída, mal, lloraba y me pedía perdón. Me contó eso que llegó algo borracha y cuando se despertó lo encontró a R. en la cama con ella desnudos. P.¿te contó más hechos o más situaciones?, sí, que estaba pasando hace bastante y que no había podido contar porque había recibido como amenazas. Yo tuve un episodio donde me quise quitar la vida en un momento, entonces le decía que si yo me enteraba me iba a matar, o por ahí podía pasar algo con sus hermanas. Yo me quise quitar la vida, lo supo A., no quiero hablar sobre esto. P.¿vos me dijiste que esto pasó en octubre de 2019 y denunciaste casi un año después, qué otras cosas pasaron en el medio, por qué se tardó tanto en denunciar?, primero porque al momento que me enteré todavía convivía con T., después busqué alquiler, más que nada porque A. no quería denunciar, tenía miedo. Ella me dijo que tenía miedo, no quería hacer denuncia. No me dijo por qué tenía miedo, tenía miedo. P.¿y vos cortaste el vínculo con T.?, después que me enteré no, al tiempo, a los meses, incluso él seguía viviendo con nosotras, iba a casa, mientras yo trataba de arreglar como para irme con A. y las nenas. P.¿durante todo este tiempo, qué pasaba con A., cómo estaba A.?, se la pasaba encerrada, no tenía vida social, estaba mal, deprimida. P. ¿le buscaste ayuda psicológica?, sí, fue atendida por una terapeuta, F. Z.. P.¿en algún momento antes de la denuncia volviste a hablar con A. sobre las cosas que le habían pasado, las cosas que sentía?, no, no mucho, no, porque las veces que hablamos ella se ponía muy mal. P. ¿o sea que en ese período ella siguió teniendo contacto con T.?, ella no, yo sí, después que yo me enteré vivimos ponele un mes más hasta que yo pude buscar un alquiler para irme, con las tres nenas. P.¿en ese tiempo vos seguías manteniendo relación con T.?, sí, relación amorosa no. P. ¿él iba a la casa donde estaba A.?, no, fue una sola vez y no estaba A., y una vez se metió de prepo a casa, no estaba A., estaban las nenas solas. P.¿en algún momento cuando vos tomaste conocimiento de estos abusos los sentaste a los dos, a T. y a la víctima para confrontarlos, para indagarlos? sí, T. le echaba la culpa a A., le decía que lo provocaba, que se paseaba en tanga en el comedor frente a él, A. lloraba, lo único que hacía era llorar, no hablaba. P. ¿qué motivó que de un día para el otro hagas la denuncia?, lo que motivó fue la terapeuta, fue la que analizó a A. y me comunicó que si yo no hacía la denuncia la hacía ella. Que era el deber de ella hacer la denuncia. Yo no quería hacerla por respetar a A., la decisión de ella. P. ¿y una vez que hiciste la denuncia qué pasó, con tu vínculo con T., con tus hijas, con A., qué provocó la realización de la denuncia?, empezó el proceso y con T. no tuvimos más contacto. Incluso tenemos una 3040 con A. y conmigo. Después me tocó Pandemia, mi economía derrapó, no podía pagar el alquiler, darle de comer a las nenas, y no tenía quién me ayudara, entonces bajo un convenio le dejé las nenas a T., para yo poder terminar mi casa, las dos nenas más chicas. A. cuando dejamos de alquilar se fue a la casa de una amiga, siendo ya mayor, porque cuando yo hice la denuncia tenía 17, al otro año ya se fue con la amiga. P. ¿y después vivió con alguien más A.?, con mi hermano. P¿no está con vos A. ahora, y las nenas tampoco?, no. La chacra donde convivimos me parece que es nro. 213, sí, es 213. Se le exhiben fotografías, y a medida que las observa y expresa: esa es la casa. Esa es la entrada. Por ruta 22 llegando a XX. No tenían muchas visitas, más que nada en verano. Esa sería la entrada. Está en una chacra de 5 hectáreas; la casa tenía tres habitaciones, un local y otra habitación al lado. Ahí había un lavadero, con termotanque eléctrico. Ahí había un baño que no se usaba. Ventana a una de las habitaciones. Esa es la parte de la entrada, se ve la ventana del comedor. Luego señala las distintas dependencias de la casa. La cocina comedor, el pasillo, el baño, habitación rosa que usaban las nenas, la otra es nuestra habitación, que compartía con T.. Luego le exhibe un croquis ilustrativo y la testigo va indicando. 3 habitaciones, celeste, rosa y verde, esta última de la pareja. En verde dormía la pareja. A. dormía en la habitación celeste. Actualmente tengo vínculo con A., normal, nos visitamos, compartimos. Le hice otra denuncia por Amenazas, en el río, yo estaba con mi pareja actual, pasó él con su hermano en moto y nos gritaba cosas, ahí le hice la denuncia el 26/12/2021 me parece, era época de fiestas de fin de año. P.¿alguna vez T. te volvió a manifestar algo con respecto a A., con este proceso?, sí, tuvimos varios encuentros en el barrio donde él vive, y siempre me gritaba cosas, me decía que se iban a terminar las mentiras, y cosas así, siempre que nos cruzábamos recibía esos ataques de parte de él, están hechas las denuncias y todo. P.¿vos en algún momento hiciste alguna gestión judicial para recuperar las nenas?, sí, en plena feria del 2021 traje fotos que mis hijas más chicas estaban a cargo del suegro de la hermana de T., una tarde en la pileta, estaban compartiendo en la pileta, y ese tipo tiene antecedentes de violento y abusador también, y T. las había dejado a cargo de él. Cuando yo recibo las fotos donde están mis hijas con ese hombre vengo en plena feria a pedir el cuidado personal de mis hijas, le dieron intervención al Senaf. P. ¿Pero si vos habías hecho una denuncia justamente por abuso de T., qué diferencia había que estuvieran con T. y con esta otra persona que vos decís, cuál era la diferencia que tus hijas estuvieran con uno o con otro?, que estaban a cargo de T., él tenía que encargarse de cuidarlas, no dejarlas. P.¿Cómo ves hoy a A.?, está tranquila, porque viene con la verdad.- Querella: P. ¿T. conocía que usted había tenido un problema de esa naturaleza (vinculado al intento de suicidio), y si usted de alguna manera tuvo tratamiento por ese tema, si en la familia se sabía de ese problema psicológico?, sí conocía. P. ¿Había compartido esa época con usted?, sí. P. ¿A. también lo sabía?, sí. A otras preguntas responde: T. cambiaba de trabajo pero no le duraban mucho. Cuando empieza a descubrir estos mensajes, y dijeron que no era verdad él no trabajaba, se la pasaba todo el día en casa. P. ¿cómo era A. de chiquita, respecto del vínculo que tenía con usted, con sus hermanas y con T., y cómo fue el vínculo después de que usted descubriera esta circunstancia?, cuando A. era chiquita se llevaban bien, después cuando entró en la pre-adolescencia y nació nuestra segunda hija se empezaron a llevar mal, y cuando yo empecé a sospechar de lo que estaba pasando había cambiado rotundamente la relación entre ellos, se llevaban bien, compartían, incluso él la llevaba a todos lados, incluso a la casa de los amigos de él, compartían mucho más. P. ¿y después de que usted descubrió cambió la situación?, ya no tuvieron más relación, no tuvieron más vínculo entre ellos. P. ¿y de A. con usted?, conmigo sí. A. estudiaba, en el secundario. y hacía danza. P.¿usted notó un cambio en A., respecto de la escuela, del interés, de hacer cosas, de salir?, sí, ya no tenía ganas de hacer nada. P.¿tenía vínculo con amistades que compartía?, con una sola amiga nada más. P.¿usted pudo observar si además de ese cambio de humor, que se la pasaba encerrada, tuvo algún otro tipo de trastornos A., a partir de que aparecieron estos hechos a la luz, dormía bien, comía bien?, alimenticios comía muy mal y dormía todo el tiempo. P.¿A. pudo contarle estas circunstancias a otros miembros de la familia,?, no, sólo a mi, y a la terapeuta. P. ¿respecto de lo que ocurrió ese día que A. dice que llegó y se encontró con T. en la cama, con el transcurso de los días A. le pudo reflejar a usted que esto se venía repitiendo, o se repitió después de eso, ese fue un hecho más o fue el inicio?, fue el inicio. .¿después de eso ella le dijo que había ocurrido otras veces?, sí. P.¿le comentó qué le pedía T., respecto de fotografías, vínculo, ese tipo de cosas?, le pedía que le mande fotos y videos, tocándose, él también le mandaba fotos de su miembro, en el baño. P.¿alguna vez usted pudo ver alguna fotografía?, sí, vi un video que A. le mandaba a T., tocándose sus partes íntimas y una foto de él, que le mandaba a ella, tocándose el miembro, en el baño de esa misma casa. Fue un video filmado de A. para él, era en la misma casa.- Defensor: P. ¿ese día que usted refiere como de la despedida, que ella llegó y que usted se tenía que ir a trabajar, la pudo ver, saludar, hablar con ella?, no, hablar no pude nada, llegaron ellos en la moto, yo me abrigué y me fui, ella llegó y se acostó. P.¿no pudo observar cómo venía?, no, no no no. P.¿puede precisar esa fecha?, sí, es entre octubre y noviembre de fin de año, las fechas que se hacen las despedidas, sí, más o menos entre octubre y noviembre. P.¿recuerda haber brindado una entrevista en la fiscalía luego de la denuncia?, no recuerdo. Le exhibe un acta, reconoce firma, está fechada 5/11/202.... P. ¿cómo fueron esos encuentros entre T. y A., por las veces que pasaba, recuerda usted qué dijo en ese momento?: que después de la vez que estuveron siguió pasando. P. ¿pero cómo fueron esas veces?, no recuerdo cómo fueron. Para refrescar su memoria le permite a la testigo que lea un párrafo del acta mencionada anteriormente, luego de lo cual le pregunta: ¿cómo fueron esos encuentros entre T. y A., las veces que pasaba?, yo dije que él no la forzaba, pero si terminaban de alguna manera haciéndolo, según lo que él le decía, teniendo relaciones. P.¿también en esta entrevista usted habló de que vio un mensaje de ella hacia él, diciéndole algo, recuerda qué fue lo que dijo?, que por favor terminara con lo que le estaba haciendo, porque la estaba haciendo mierda, la estaba matando. Con ese mensaje yo confronté a mi hija para que me contara lo que le estaba pasando. Le marca una contradicción: lee en voz alta, “...habló en plural porque también vi un mensaje que ella le mandaba a él con una foto mia como diciéndole acá llegó tu mujer, como que estaba en contra mio...”. Las nenas se quedaron con él porque mi economía derrapó en pandemia, no tenía para pagar el alquiler, no tenía para comer y tenía un terreno donde me podía hacer mi casa. Tengo un terreno donde me hice mi casa. P.¿usted mantenía diálogo con el señor T. a través de Messenger?, sí. P.¿recuerda haber mantenido un diálogo con él donde solicitó la presencia de él en el hospital?, no lo recuerdo. P.¿si le exhibo la captura de ese diálogo, usted lo podría llegar a reconocer?, en ese tiempo también él tenía las contraseñas de mis redes sociales. Le exhibe la captura de pantalla de un mensaje. No recuerdo esta conversación de Whatsapp, no son de Messenger. Le exhibe otras capturas, con otros mensajes, dice la testigo que no recuerda esa conversación. Mantuve diálogo con T. hasta que pedimos la 3040, no recuerdo la fecha, un par de meses después de la denuncia, era discutir y pelear, discutimos con él por el tema de A., porque yo quería que me diga la verdad. P. ¿Hizo un exposición policial con respecto a A.?, sí, en la Comisaría de la Familia, porque un tiempo ella se fue de la casa de su papá, que fueron un par de meses, no fue mucho tiempo. P.¿cuáles fueron esos meses que se fue a vivir con su papá?, no recuerdo en qué fecha exactamente. Le exhibe la exposición y la reconoce, dice que está fechada el 15/2/2019.- D. M. F.: tengo 21 años. Era amiga de A.. P. ¿vos estás al tanto de lo que le sucedió, de lo que se denunció, vos tomaste conocimiento?, yo la conocí a ella en tercer año del secundario., y de ahí nos hicimos muy amigas. Y un día hablando ella me contó lo que le había pasado, porque yo también la notaba un poco rara, siempre le preguntaba qué le pasaba, estaba mal, y un día me contó lo que le había pasado. P.¿te acordás cómo te lo dijo?, sí, no me acuerdo si estábamos afuera del colegio o en una plaza, creo, ella me contó que una noche que nosotras habíamos salido a una fiesta que se hacía de la escuela, que era una despedida, nosotras salimos y ella después se fue a su casa, habíamos tomado porque era una fiesta, y bueno, ella llegó a su casa y bueno, R. estaba ahí, creo que dijo que él la agarró, no me acuerdo cómo me había dicho, sí la agarró, como que la quiso tocar, pero ella no me dijo si había pasado más que eso, solo me dijo que la había tocado y esas cosas. P.¿en algún momento volvieron a hablar de esa situación?, no, no me contó de otras situaciones, pero siempre hablábamos de eso y ella lloraba, se ponía mal, no le gustaba. P.¿ella en algún momento usó la palabra abuso o algo similar?, sí, eso sí, dijo que para ella había sido así, no me quería explicar muy bien cómo había sido porque le daba vergüenza, éramos chicas. P.¿qué cosa observabas vos en ella, que te daban la pauta que algo no andaba bien, qué actitudes, qué cosas?, no que, siempre estaba como triste, o no quería ir a su casa, cosas para no estar allá, salíamos de la escuela y no quería volver a su casa, quería estar conmigo, hacía siempre planes para no estar ahí o no estar donde estaba él, entonces siempre estaba conmigo, todo el tiempo, o en mi casa, sabíamos estar hasta tarde. Yo me preguntaba por qué ella no quería ir a su casa, si cuando uno es chico sale del colegio quiere ir a su casa. Y ella un día me contó porqué no quería ir a su casa, porque le daba miedo ir a su casa, porque estaba él, que él le haga lo que le había hecho esa vez, no sé si se lo había hecho otras veces y rebalsó el vaso y ella quiso decirlo. P.¿no te dio precisiones de los hechos?, no. P.¿vos en algún momento viviste con ella?, sí, ella vivió en mi casa, creo que fueron dos meses en 2020, fue conmigo porque no tenía donde estar, su mamá se había ido, las nenas se las habían llevado, sus hermanas. Cuando vivió conmigo yo la notaba mejor, hacíamos muchas cosas y no tenía tiempo de pensar en eso, siempre trataba de que se olvide, pero a veces se ponía mal. Cuando pasó todo esto de irse a vivir conmigo ella vivía con su mamá, y ella solía tener así como ataques de llanto y esas cosas, como que se sentía mal, como que era su culpa, se lo reprochaba todo el tiempo. P.¿vos la ayudabas de alguna forma?, sí, la acompañaba, más que eso no podía hacer porque ella se sentía mal, y no podía volver el tiempo atrás para que no le pase eso. Íbamos juntas a la escuela, a veces ella solía faltar. Yo trabata de que no faltara, la esperaba o siempre le mandaba mensajes. P.¿la familia la acompañó en ésto?, no, para mi no. P.¿volviste a hablar con ella de este tema, recientemente?, no. P.¿alguna vez se desdijo, te dijo no, esto que te conté no era verdad, te dijo algo así?, no, nunca me dijo eso, yo sentía que era verdad. Porque yo creo que no podés sentirte mal con tu cuerpo, ella como que se sentía mal, que le habían hecho algo, o llorar, yo creo que le tienen que haber hecho algo malo.- N. I. M.: 67 años, jubilada, Y. es hija de crianza y A. es nieta de corazón. Nos vemos permanentemente. Estoy al tanto, me contó mi hija Y., me dijo que su pareja en ese momento había violado a A. y se vinieron a vivir cerca de mi casa, se refería al señor acá, chocábamos mucho por su carácter, por su temperamento. Yo le di el consejo que siguiera todo legalmente por la justicia. He charlado con A. pero no he querido influenciar mucho, es muy doloroso para ella, confío en la justicia. Me contó que esta persona había abusado de ella. Por eso fue mi recomendación que viniera a la justicia. Estaba mal, super depresiva igual que la madre, no encontraban las armas para salir adelante. Yo ayudé estando cerca de ellas.- Querella: una situación así me pasó con Y. y la justicia dio a favor del acusado. No tengo contacto con las hermanitas de A. desde que él se las llevó. A. se fue aislando. Y. creo que tuvo intento de suicidio cuando estaba con él en una chacra.- Z. G. P.: vicedirectora de la escuela xx, turno tarde, de junio 21 en ese cargo. En 6/10/21 firmé un informe de A. P., fue alumna de esa escuela, cursó los cinco años ahí, figura en los registros que cursó hasta quinto año. P. ¿por 2018 y 2019 horarios qué hacía?, de 13,30 a 18,30. P. por asistencia en 2021?, todavía pandemia, intermitente, asiste algunas clases y otras no, rol de tutor y preceptor, SRN, el tutor se comunicaba y preguntaba por qué no se contactaban por internet, en la primera etapa no hubo participación. En la primera etapa compartía con adultos y temor contraer Covid. Las asistencias fueron tomadas de los registros de la escuela. Se le muestra un registro y lee que las personas autorizadas para retirarla eran F. P., abuela y T. N., padrastro figura acá en la planilla.- Querella: 20 años de docente. Tenía Educación física en contra turno.- R. D. F.: Licenciado en Trabajo Social, con especialidad Forense, en el CIF desde el 2012 a la fecha, en Poder Judicial. La primera intervención que tuve en este caso data del 2021, una entrevista en sede con la víctima. Generalmente entrevistamos al grupo familiar, las condiciones socio económicas, en este caso en particular no había familia, no había otros integrantes. En junio de 2021 tuve la entrevista con G. P. en la sede. Posteriormente sí he tenido entrevistas con la familia, pero ya dentro del fuero de familia, por otras causas. Con respecto a A., en ese momento ella vivía una situación de alta vulnerabilidad, porque estaba viviendo con los abuelos, no vivía con su familia, tenía poco contacto con el resto de la familia, no tenía ingresos, vivía en una pieza atrás de la casa de los abuelos, ellos no querían entrevista conmigo, no aceptaron, recién se conocía la denuncia y no querían involucrarse. Da cuenta de una situación de alta vulnerabilidad social, con el padre biológico no tenía contacto, había problemas de consumo. Con la mamá la situación también complicada debido a diferentes situaciones de pareja que había tenido, inclusive antes de los 16 años habían tenido distintos domicilios, y situaciones socio económicas complejas. Al momento de la entrevista G. se muestra muy angustiada, muy compungida por todo lo que estaba viviendo, manifiesta tener problemas de sueño y de alimentación. Sin dinero y mal estado de ánimo. Sensación de miedo, de inseguridad. La develación impactó fuertemente en la familia, porque generó más conflictos, con la hermana adolescente, no quería tener contacto con ella, la culpabilizaba por denunciar al papá. Ella menciona la situación de vulnerabilidad que vivía la mamá, porque no hay diagnóstico claro respecto de su salud mental, pero sí tuvo intentos de suicidio, que ella había vivido y era como que esto también le preocupaba a ella dentro de este contexto. Por todo esto había una situación alta de vulnerabilidad. Una crítica situación personal. P.¿notó la presencia de un adulto responsable?, no. Ella era recién mayor de edad. P.¿una persona de 18 años en este contexto, puede sobrellevar todo esto?, no, seguramente que no, porque la historia de ella data de situación de vulnerabilidad incluso siendo mucho más chica, entonces el padre biológico que no estuvo, no tenía relación, tenía consumo de drogas, la mamá con estas circunstancias, distintas parejas conviviendo con la mamá, distintos roles adultos, que se han visto tergiversados en la vida de esta joven, la mayoría de edad, a los 18 años no tenía vivienda, no tenía ingresos, sí intentaba estudiar, y dependía económicamente de los abuelos. P.¿ella pudo manifestar en aquella oportunidad alguna situación concreta de abuso?, sí, menciona el abuso que había sucedido alrededor de los 16 años de edad y no recordaba la cantidad de veces que había acontecido.- Defensa: P.¿a A. le preocupaba los intentos de suicidio de quién?, de la mamá. P.¿dijo si la mamá padecía algún tipo de enfermedad?, no, manifestaba profundas angustias, depresión y que había tenido dos intentos de suicidio. P.¿en su informe usted dijo algo respecto de su madre?, sí, que esa situación había sido considerada como una presión, quizás como una amenaza para que la adolescente no denunciara. P.¿en base al informe, la madre tenía algún otro tipo de dolencia?, sí, textualmente decía “padece de alguna enfermedad mental como una depresión profunda”. P. ¿por qué no entrevistó a la mamá?, porque en ese domicilio no estaba la mamá, era el domicilio de los abuelos. Las hermanitas tampoco vivían en ese grupo familiar. A. vivía ahí desde hace cuatro meses aproximadamente, yo la entrevisté en junio y desde febrero más o menos que estaba ahí.- F. G. Z.: terapeuta de la víctima A. P., psicoterapeuta familiar, trabajar con coauching para saber dónde radica el problema de la enfermedad. Escuela de Bach, surge de Alemania, representa a los terapeutas florales, no sé si es internacional pero sí tengo certificación. Nada me impide decir la verdad, es mi obligación decir lo que escuché en terapia y contribuir con la causa. P.¿por la terapia de A., en qué año se llevaron a cabo las cesiones?, fueron en 2019, de septiembre a diciembre, como me me mudé a Misiones, hicimos dos sesiones más con A. on line. Eran cesiones esporádicas, porque muchas veces A. no iba, no podía salir de estos encierros depresivos de los que se aislaba del mundo, no usaba celular ni se contectaba, cuando podíamos lo hacíamos. P.¿desde la primera vez que la viste cómo estaba y qué cosas contaba que la afectaban?, noté un cambio en A., porque yo tuve la oportunidad de conocerla más chica, porque la mamá, ella y yo somos del mismo barrio, cuando éramos chicas, luego por cuestiones de la vida no nos vimos más, cuando yo la vuelvo a ver a A., encuentro que ella estaba muy bien, divina y luego la encuentro otra vez, los invito a casa, le expliqué que había un cambio grande, que había algo que había que hablarlo, entonces A. se abrió a venir a una primera sesión, era que yo también estaba canalizando una información que era muy difícil para mi explicarla, porque además de terapeuta soy canalizadora, es decir se me comunican sucesos a través de una retrovision. Entonces yo me quedé muy incómoda con ésto, percibí qué estaba pasando con la paciente, era un cambio radical en su conducta, ya no era una niña dulce, la ví como de unos meses a otro ya era otra persona. Entonces le propuse que venga a una primera sesión, si algo le estaba pasando que lo pueda hablar. P.¿qué manifestaba A., tanto verbal como emocionalmente en esas sesiones, y con qué estado de ánimo se presentaba?, devastado, expresaba que no dormía, le costaba muchísimo concentrarse en estudiar, porque estaba paralizado su cuerpo, por quedarse sola en la chacra cuando su madre se iba a trabajar, volver a casa era lo que le paralizaba el cuerpo. Entonces las sesiones comenzaban con muchísimo llanto, desborde emocional, había que trabajar en la calma, darle a ella la confianza de que no se sienta presionada, hablar de lo que le pasaba. A partir de ahí fue mucho más difícil para ella porque estuvo a punto de tender a desmayarse en sesiones, se bajaba mucho la presión. Durante esos meses la vi adelgazar aprox. cinco kilos, era muy fuerte recibir a A. en el consultorio sabiendo que había recibido nuevamente un abuso, un acoso, eso fue muy fuerte en las sesiones. P. ¿ella pudo hacer alguna manifestación respecto a un abuso, a un acoso, qué manifestó, si es que lo pudo hacer?, sí, le pregunté cuántas veces habían sido, manifestó que por lo que recordaba entre unas 8 y 10 veces, los detalles entre un sentimiento quebrado constante, porque se ahogaba, complicado terminar una frase, la encerraba en el baño y si no se dejaba llevar la manipulaba hasta que carnalmente cometía. Me describió como pudo entre llantos. Él le decía que se quede tranquila que los pibitos no servían y que él le iba a enseñar cómo tenía que ser, que se quede tranquila. Fue algo que en notas pude tomar porque me impactó muchísimo. Él le dijo que siempre iba a encontrar el momento, para abusar de ella, supuestamente porque era el amor que él sentía y había que hacerlo así. P.¿pudo notar a lo largo de las terapias algún cambio, algo positivo o no?, ella intentó volver a tomar comunicación o relación con los hombres, pero siempre decía que le costaba mucho, porque se sentía sucia, sentía que no merecía vivir el amor porque había algo que estaba mal, sus ganas eran más de morir que de salir a conocer gente. P.¿usted habló de esto con su mamá?, poca fue la información que le di a la madre de A.. Su mamá era la que más insistía que A. haga terapia, muchas veces me escribía e insistía para que A. no se quede encerrada en la habitación y que haga terapia, y era muy difícil porque estaba muy cerrada a hablar, a veces era solo encender la cámara y era un buen rato donde ella no podía hablar. P.¿al final hubo un cambio o no, una mejoría o no?, no.- Defensa: con Y. F., mamá de A., éramos vecinas del barrio en la niñez, antes de que yo me mude a General Roca. Y. se mostró preocupada por la terapia de su hija, siempre respectó sus espacios y silencios, muy predispuesta a traerla porque trabajaba y se le complicaba llegar a casa. Y. manifestó que su ex pareja no estaba de acuerdo con que A. haga terapia.- V. A.: Lic. en Psicología, integrante de la Ofavi de esta ciudad desde hace 18 años, es un equipo interdisciplinario; trabajé con la víctima. Con A. trabajamos desde el inicio del proceso penal. Fue un acompañamiento en todas las instancias, sobre todo al principio. Difícil, doloroso, de mucha angustia. Entrevistas con ella y con su mamá. Sufrimiento, dificultades para participar, por eso el acompañamiento, por lo difícil que le resultaba. Las resistencias de venir a este lugar; relatar y recordar siempre produjo angustia, llanto, sufrimiento. P.¿Qué era lo que más se acentuaba?, el impacto fue visible en lo emocional y en lo social, lo atravesó en soledad, sentimientos de culpa y de responsabilidad, angustia y llanto, tratando de sobrellevarlo. La culpa y la responsabilidad por no haber podido actuar. Como víctima no pudo cortar con el delito. De que algo estaba sucediendo que no podía develarlo, hubo como un pacto de secreto inducido por la idea de que si hablaba algo le podía ocurrir a su mamá, era para ella muy doloroso, con antecedentes de querer atentar contra su vida, con conductas depresivas, esto la condicionaba. Como intención de preservar a un ser querido, exponiéndose a seguir sufriendo. Es habitual que esto ocurra, por temor, por miedo, por vergüenza. En este caso fue muy claro lo que condicionó su silenciamiento. Vínculo que funcionaba como una dinámica abusiva. La preocupación por sus hermanas. P.¿En algún momento ella se retractó?, de ninguna manera se retractó, siempre clara su necesidad de justicia, que se avance y que se llegue a esta instancia, donde poder explicar y ser creída en su relato, reparatorio para ella.- Querella: P.¿algún grado de mejoría de esta situación?, hay una esperanza en todo caso, también a nivel familiar, está más acompañada, influye en cierta mejoría en este sentido. Si algo le pasa a la madre, esta era la situación, su madre estaba muy enamorada del imputado y eso le resultaba muy doloroso para ella.- Lic. S. ELENA GARCIA: Lic. en Psicología Forense del Cuerpo Médico Forense de la Segunda Circunscripción Judicial RN desde 2016, tiene una antigüedad de 22 años. Con relación a la pericia realizada a A. P., tenía 18 años, terminamos en el mes de mayo. Metodología: leyó el expediente; entrevista psicodiagnóstica; test de Bender para descartar patología de base ordgnánica; el MMPIa de adolescentes, para ver si existe algún tipo de alteración psicológica, emocional, es decir para responder a los puntos periciales. Desde los 3 años madre forma pareja con T., es criada por él, nacen dos hermanitas más, sin comunicación con su padre biológico. Estaba viviendo con los abuelos maternos. Su madre decidió que sus hijas fueran a vivir con el señor T.. Estuvo con una amiga y posteriormente con sus abuelos. Refiere buena relación con su mamá hasta el 2020, muy angustiante porque no encuentra explicación a la actitud de su madre, en vez de apoyarla, contenerla, la expulsa, no la ve como hija, sino como un par, como una mujer. Refiere que tiene alteraciones en el ritmo y conciliación del sueño; alimentación conservada; sin dificultades en el aprendizaje; persona convencional, acepta las pautas y códigos; introvertida, tímida, malestar afectivo moderado, cavilaciones, reflexiones profundas, angustia, llanto, ansiedad, enojo consigo misma y con los demás, incapacidad para experimentar placer, pérdida de interés, sensibilidad ante la opinión del otro, sentimientos de culpa, vergüenza, y sensibilidad emocional en general, sentimientos de depresión y preocupación. Esto es lo que surge de la integración de todas las técnicas aplicadas. En realidad lo que se aprecia es una tristeza profunda durante la entrevista, apatía, desinterés, si bien era colaborativa, estaba muy triste y sin voluntad para seguir adelante. P. ¿Motivos por su estado emocional?: antes de denunciar los hechos se encontraba mal, realiza una terapia alternativa y ella misma hace la denuncia, lo que potencia la angustia es la reacción de la mamá, no la protege, no la cuida, sino más bien la abandona y la expulsa del grupo familiar. P. ¿hace mención al abuso sexual?, sí, pero yo no lo escribí porque ya estaba en la declaración testimonial de ella, lo leí en el expediente, hace alusión a todo esto y después cómo se va desencadenando la situación con su madre, que es lo que más la afecta, y la preocupación porque manda a sus dos hermanas menores a vivir con su papá, con el señor T.. P. ¿con respecto a la situación de abuso, surge algún estado emocional concreto con relación a eso?, no, en realidad cuando ella hablaba de esto era como si utilizaba el mecanismo de la disociación, ocurrían los hechos, como que no estaba presente, no sentía nada, sí se quebraba cuando mencionaba todo lo que desencadenó a partir de la denuncia; que ella dejó de borrar los mensajes, y las fotos, la madre revisó el celular y descubre todo. El mecanismo de disociación es habitual cuando es desbordada y no tiene recursos para hacer frente a esta situación, es un mecanismo adaptativo, un mecanismo de defensa para seguir adelante, lo que no significa que no se encontrara mal. Era consciente de lo que estaba sucediendo, pero siempre preocupada por su mamá y sus hermanos, y accedía a estos pedidos de este señor, es a lo que hizo referencia.- Querella: P. ¿le referenció que temía por la salud de su mamá?, sí, cayó en el hecho desde el inicio debido que este señor le hace referencia a la salud de su mamá, para preservarla a ella y que piense también en sus hermanos.- Defensa: P.¿conclusión respecto al tema sexualidad en el informe?, se desarrolló a los 11 años, su primera relación fue a los 16 años y hace cuatro meses que estaba de novia.- L. T. M.: el imputado es mi ex cuñado, es el papá de mi sobrina. Pregunta la Defensa: Y. F. es mi cuñada, es la hermana de mi marido. Relación entre T. y Y. F.?, era muy tóxica, lo hostigaba mucho a él, no tenía una relación tranquila; todo el tiempo molestando para que se enoje, engañándolo, teniendo otras parejas; cuando él quería abandonarla ella lo amenazaba con suicidarse; matarse con las nenas en el río; él estaba cansado de eso, quería separarse; volvían a estar juntos pero muy mala relación, no se puede vivir así; lo manipulaba de esa forma, me mato o me mato con las nenas. Vivían con las nenas y A.. La relación de T. con sus hijas era normal. Nos visitábamos permanentemente. Siempre se mudaban de un lugar a otro. Nos juntábamos para estar en familia. Vimos la forma distante de la relación. Les decíamos que no discutieran porque es desgastante. Ella permanentemente manipulándolo. Engañándolo. Ella era la que lo violentaba. Escracharlo. Lo hizo echar del trabajo, tuvo que buscar trabajos en negro. Fue muy difícil. Todo empezó cuando él empezó a tener novia. Él no quería que se enterara porque sabía que lo iba a acosar. Ella ya tenía otra pareja pero igual lo seguía viendo a él, él no quería que vaya más. Ella se encargó de ensuciarlo por todos lados. Se encargó de hacer que se quede solo. P.¿Relación entre T. y A.?, normal, como una familia. Nunca noté nada raro. P. ¿A. cómo era?, como una adolescente, conectada a las redes, la mamá la dejaba salir mucho, mucho libertinaje tenía novio, se la veía alegre con el novio, iban y venían. Se lo veía bien. Recuerdo que un tiempo cuando Y. la echo de la otra casa, la dejó sola, que estuvo dando vueltas, que mi suegra le propuso irse a vivir a la casa de ella para que no esté dando vueltas, le permitió estar con el novio ahí, así que conocimos al novio, se los veía bien. Después ella se fue a la casa del hermano de mi marido, que es mi cuñado, y bueno, todo el mundo sabía que tenía una relación con este chico. P.¿cuando vivían en la misma casa A. con sus hermanas, si el novio de A. iba a esa casa?, sí, se frecuentaban mucho, recuerdo que M. expresaba que le molestaba que la hermana, por A., tuviera relaciones sexuales con el novio en el dormitorio de arriba, porque se escuchaba todo, no le parecía que estaba bien, y bueno, como a las nenas las dejaba solas, y R. no se podía acercar porque tenía una perimetral. P. ¿de qué tenían temor de declarar?, sí, lo sigo teniendo, porque ella dijo que iba a juntar a toda la familia y a todos los hermanos para que dijeramos que R. había violado a A., y aquel que no lo hiciera se la iba a ver con ella y que iba a sacar los trapitos al sol, como que iba a arruinar a la familia, entonces todos se empezaron a abrir, nadie quería decir nada, sé que involucró a M. y dijo cosas, pero dijo tengo miedo de tener problemas, ...R. fue golpeado por este tema, se ha generado un odio y una persecución hacia R.. ...me preocupa, no puede ser que lo acusen...que lo acusen porque empezó una relación con Y., no entiende que no es dueña de él. Yo nunca vi nada raro en su relación entre R. y A., si hubiera visto algo raro, sería yo el que lo hubiese denunciarlo.- Fiscal: P. ¿la manifestación de M. sobre las relaciones sexuales de su hermana, la edad de M. y en qué época sucedió esto?, tendría 11 años M., por ahí. P. ¿M. estaba al tanto a los 11 años de lo que es tener relaciones sexuales, sabe de dónde obtuvo esa información?, vivía con la madre y la hermana, o sea, ellos saben, porque Y. nunca fue una buena madre. P.¿vivía con la madre y con el padre también, cierto?, sí. P.¿Denunció a Y. en alguna oportunidad?, no. P. ¿alguna vez habló con A. en forma personal sobre lo que ella padeció?, no.- Querella: P¿cuántos años tiene de matrimonio con el hermano de Y. F.?, 17 y medio por ahí. P.¿es decir que conoce a A. casi desde su nacimiento?, sí era chiquita cuando mi marido y yo empezamos a salir. P.¿a partir de que usted se entera de este hecho, usted se acercó a preguntarle a Y. y a A. de qué había pasado, se solidarizó, se puso a disposición?, yo me acuerdo que tuvimos una charla y le dije a M. que se acercara a casa si quería charlar, se lo dije a M. porque tenía contacto directo con A., con A. no hablé sobre este tema. P.¿usted sabe si otros familiares suyos, directos o polítos han sido convocados a declarar en este juicio?, sí, M..- ENTREVISTA EN CAMARA GESELL de la menor M. T.: Vivo con mi papá R., con mi hermana y con la novia de mi papá que se llama Y. que tiene 22 años. Hace cuatro años que viven así. Antes vivía con mi mamá y mis hermanas S. (que tiene 8 años) y A., que tiene 20. Mi mamá se llama Y.. Hace como tres años que no veo a mi mamá. P. ¿sabés por qué estás hoy acá?, no, mi papá me dijo que venía a hablar con vos para desahogarme, decir las cosas. Me dijeron que me iban a hacer preguntas y que yo vaya diciendo. Yo vine con mi papá. P. ¿vos sabés testigo de qué?, sobre la denuncia de mi mamá. Mi mamá decía que yo los había visto a ellos, pero es mentira porque yo nunca los vi a ellos. Tampoco nunca vi nada raro entre ellos dos, estaba siempre todo bien, nunca discutieron. Estaba todo bien, entre mi hermana y mi papá. Nunca hubo nada raro porque yo siempre estaba con ellos, a veces cuando me iba a la escuela nunca se quedaban solos, porque mi mamá trabajaba y él también. Era de mi papá el celular pero siempre se lo dejaba a ella. A veces él se iba a trabajar y ella se quedaba con el celular, yo y mi mamá nos quedábamos con el celular y él se iba a trabajar, y volvía tarde, y volvía y se iba a otro lugar, como que no estaba mucho en la casa tampoco. Y nos quedábamos nosotras cuatro. Pero siempre estaba todo bien, nunca hubo nada raro que yo haya visto. Ella dice que yo vi y es mentira. Que a mi papá lo llamaba y le decía un montón de cosas, que M. los vio y no sé qué, y yo le decía mamá no digas eso porque es mentira. Y si hay algo raro lo voy a decir. P.¿qué sería algo raro M.?, lo que ella dice, por el tema que lo denunció. P.¿y vos sabés cuál es el tema?, por abuso. Supuestamente mi papá había abusado de mi hermana y que yo los había visto. No me acuerdo qué año fue. Yo me acuerdo que mi hermana se había ido de la casa, con el papá, fue cerca de mi cumpleaños, en febrero, me parece, no me acuerdo qué año, y cuando fue mi cumpleaños no estaba ya viviendo con nosotros porque se había ido con el papá. Y me había dejado una carta. Que mi papá y mi mamá peleaban mucho y a ella no le gustaba, por eso se iba. Pero también se fue porque vivíamos en una chacra y no había internet y ella no podía salir muy lejos porque era chica, y tenía a su novio. Entonces como que le molestaba eso. En un momento vivimos todos en la chacra, después cuando mi mamá se va se quedó mi papá solo en la chacra. Cuando mi mamá se va mi hermana ya se había ido. Mi hermana fue a visitarme una o dos veces y no fue más. Cuando A. se fue yo tenía 10 me parece. P. ¿en esa época, antes de que A. se vaya, tu papá qué horario hacía de trabajo?, no me acuerdo. P.¿pero trabajaba a la mañana, a la noche?, se iba a la mañana y volvía a la tarde me parece, después se iba de vuelta y volvía a la noche. Mi mamá trabajaba, iba a la mañana y volvía a la tarde. P.¿ustedes iban al colegio?, sí. Yo iba a la tarde y mi hermana A. iba a la mañana, se iba en cole a la mañana y volvía a la tarde. P.¿y en la tarde quién se quedaba en la casa?, A.. P. ¿alguien más?, no, mi papá trabajaba y mi mamá después de trabajar se quedaba ahí con mi hermana. P¿y tu hermanita?, iba al jardín, a la tarde también. P.¿y A. cuando estaba en la casa con quién estaba?, con mi mamá. P.¿y alguna vez cuando tu mamá no estuvo las tuvo que cuidar tu papá?, cuando no trabajaba nos quedábamos con mi papá, pero ...nada, a la mañana. No hablaba mucho con A., pero se llevaban bien porque no peleaban y estaban siempre juntas, pero no mucha relación de hablar, de salir, esas cosas, siempre fue una relación buena. P.¿y tu papá y tu mamá cómo se llevaban?, en ese momento tenían muchas peleas, salíamos todos juntos al centro y a veces tenían sus discusiones. P.¿A. cómo se lleva con tu papá?, bien, no hablaban mucho pero siempre fueron buena onda, se llevaban bien, nunca discutieron ni nada. P.¿y alguna vez pasó algo, algo que vos recuerdes?, no, porque mi hermana siempre estaba ahí y nosotros también...P.¿me dijiste que hace tres años que no ves a tu mamá, y por qué no la ves?, porque desapareció, mucho tiempo estuve buscándola, llamándola, pero nos bloqueó de todos lados, la quise buscar en un montón de lugares pero no, desapareció, yo a veces siento que no me quiere. Sé que está acá pero no la puedo llamar ni nada. Porque me bloqueó de todos lados. A A. tampoco la veo. Desaparecieron las dos. P.¿algo más que me quieras decir?, cuando mi papá se iba a trabajar nos quedábamos nosotras cuatro en casa y él dejaba su celular, no teníamos celular entonces él dejaba su celular. El celular lo usaba más que nada mi hermana más grande y yo. Me pedía ella que le saque fotos para mandárselas al novio, o se sacaba ella fotos, y después se las pasaba al novio y las borraba. P.¿cómo eran esas fotos?, me acuerdo que ella había puesto un acolchado en el marco de la cocina y se sacaba la foto parada, para subirlas supuestamente, pero fotos así se las sacaba ella, en ropa interior y cosas así, para mandárselas. La ví sacándose esas fotos enfrente mio, porque se sacaba en su pieza y a veces yo estaba con ella también. Con ropa le sacaba yo, en ropa interior se sacaba ella para mandárselas al novio. Y después las borraba porque era el celular de mi papá. Era como normal que yo le saque fotos, o nos sacábamos fotos juntas. Ella tenía un celular pero como no le andaba bien usaba el de mi papá. Cuando nos allanaron se llevaron ese teléfono y también la computadora. Siempre estoy preocupada por mi mamá por lo que puede llegar a hacer, porque hace cosas feas. Cuando vivía con ella en el departamento llamaba mi papá, atendía ella y a mi no me dejaba hablar con mi papá, lo insultaba y le decía un montón de cosas en frente de nosotras, gritándole, y yo llorando, diciéndole que la corte porque quería hablar con mi papá, nunca le gustó que yo hable con mi papá. Me decía que mi papá no me quería ver y no me quería pasar plata a mi, y a mi me hací mal porque pensé que mi papá no me quería. Pero eso es lo que me decía ella, porque mi papá estaba mal en ese momento. Sigue hablando cosas de la madre. Que le decía cosas malas del padre, que era malo, que había abusado de mi hermana...para que yo odie a mi papá. Nunca hablé con mi hermana de eso, nunca me dijo nada de esas cosas. Mi papá me contó lo de la denuncia y de todas las cosas que le decía por mensaje. Nunca hablamos con A.. P.¿en algún momento A. vivió ahí con el novio?, no, era muy chica, por eso se fue con el papá, porque no podía ir el novio a la chacra. LICENCIADA VALERIA EMILIANI: en su carácter de Psicóloga del CIF fue quien entrevistó a la menor M. T. en Cámara Gesell. El 27/6/2023 hice el informe; la menor fue acompañada por su papá, estaba lucida, orientada, claborativa, sabía para qué venía, podía diferenciar la veredad o mentira, orientada en tiempo y espacio, lenguaje comprensivo y expresivo, contesta con lógica, con coherencia; puede expresarse con palabras propias de acuerdo a su edad. P. ¿en su relato se advierte si pudo o no haber sido influenciada?, sí, pudo claramente haber sido influenciada, a pesar de que eso no es mi, puedo hablar solamente del estado psicoanímico de la chica al momento de la entrevista, pero en varias oportunidades del testimonio lo manifiesta, dice mi mamá quería que yo diga, mi papá me contó, digamos, y su preocupación cuando habla de su rendimiento escolar, dice por todas las cosas que tenía en mi cabeza por todas las cosas que pasaban en el ámbito familiar, respecto a este tema que pasaba con su hermana y con sus padres, o sea que sí. P. ¿para que quede claro, por quién pudo haber sido influenciada?, parece que un poco de cada...el mismo ámbito, claramente dice en el relato mi mamá quería que yo diga que mi hermana fue abusada, pero yo no vi nada raro, usa esas palabras, no vi nada raro.- Querella: “mi mamá decía que yo había visto”, eso es lo que dijo. Le marca la diferencia el abogado de la querella. Entre lo que dijo la menor y lo que expresó recién la testigo. P.¿usted cree que la influencia estaba dirigida a tener influencia en este juicio?, no, si hace tres años que no la veía a la madre.- J. M. R.: me dicen “Chochi”; pareja del imputado, nació 17/4/2001, 23 años según. Manifiesta que desea prestar declaración. La relación con él es perfecta, convivo con él y con M. y S., excelente papá, valora a las mujeres y las respeta. Nunca me faltó el respeto, siempre tranquilo, normal. Tuve amenazas hacia mí por estar en pareja con él. En la calle, por Facebook. Para que dejara de estar con él. Y. F. fue la que amenazó por Facebook, por Messinger. Hace 5 años que convivo con él. Con la pareja de ella constantemente nos acosan, no puedo salir al barrio, es un griterío, son amenazas constantes. Nos cruzamos en la fiesta de la manzana y ella llegó a agredirnos, gritarle a mi pareja que era un violador. En el barrio también nos cruzamos y nos gritaba de todo. Que el padre iba a ir preso y que se iba a llevar a las nenas con ella. Tu papá es un violador. No podemos salir al barrio o a la plaza, porque nos cruzamos con estas personas que permanentemente nos acosan. Vivimos en el barrio XX. Con A. el último contacto fue en 2021. Se presentó en mi casa, en la calle XX, a ver a las nenas. Yo no me acerco si sufrí abuso, R. estaba trabajando. Pero yo no iría a la casa del abusador. Querella: Preguntada si denunció por las amenazas que dice haber sufrido: yo no quise hacer la denuncia por miedo de perjudicar más a mi pareja, siempre me mantuve al límite, hasta enero de este año que fue la agresión de enero de este año, entonces pedí una prohibición de acercamiento de Y. F. hacia mi.- M. A. T.: hermana del imputado, opta por declarar. Con Y. no tuve mucha relación, no era mucho el contacto. Estuvo viviendo con nosotros en casa. Después se separaron y fue un caos para nosotros. No permitía ver a mis sobrinas. Insultos en la calle e insultos. Amenazas de muerte. En muchas ocasiones ha ido a mi casa. Difícil. A mi hermano lo acusan de algo que no es en realidad. Él estuvo siempre conmigo, somos tres mujeres, yo no soy hermana de sangre. Mi hermano siempre estuvo. Nos protege hasta el día de hoy. Él siempre me ha defendido como mujer que soy. Sus hijas lo aman, él da todo por sus hijas. Yo iba a visitarlos a la chacra. Ahora mi hermano está temeroso, no pueden salir a comprar, es salir con miedo. Las nenas no pueden andar solas en la calle. El novio de ella lo conozco y es muy mafioso. Tiene cosas que no tiene que tener en su casa. Fiscalía: él maneja armas, vende drogas, cosas ilegales, se refiere al novio de Y..- Querella: P. ¿dice que ha recibido amenazas, hizo denuncia?, yo no, no me he animado por su pareja, que está siempre armado, salís a la calle y te gritan cosas y te muestran el arma, denunciar para qué. Conozco a A. desde muy chiquita, la quería como una sobrina. Nunca hablé con A. sobre este tema. Después que pasó esto ella se alejó mucho de mis sobrinas, las dejó.- CONCLUSIONES: Sostuvimos al formular el veredicto de culpabilidad que luego de haber analizado en profundidad la prueba producida en el juicio, el descargo formulado por el imputado y las alegaciones de las partes, hemos llegado a la firme convicción que los hechos enrostrados en el presente legajo al imputado N. R. I. T., admitidos en la audiencia de control de acusación y que fueron descriptos de la misma forma durante el juicio por parte de la Fiscalía -adhiriendo la querella- y por los que requirieron la declaración de culpabilidad del enjuiciado (con la reformulación minorante en el alegato de clausura), se encuentran certeramente acreditados, con el estándar probatorio que es dable requerir para pronunciamientos de este tipo, esto es: más allá de duda razonable.- Reiterando conceptos ya expuestos y desarrollados en causas similares, es preciso señalar que, como ocurre a menudo en el juzgamiento de delitos de esta naturaleza (contra la integridad sexual) con la modalidad “en soledad” o “entre paredes”, el peso de la prueba reposa en gran medida en los dichos de la víctima, lo que no implica, que ese testimonio constituya prueba única.- En este caso la declaración de la víctima A. G. P. es el pivote o la pieza fundamental donde se asientan los demás elementos de ponderación, que analizados de manera integral (conf. lo dispone el art. 188, 3er. párrafo, CPP), concatenada y armónica, terminan confirmando su versión incriminatoria.- Siendo la víctima mujer, menor de edad al tiempo de los hechos y sujeto pasivo de específicos delitos de género, el juzgamiento de los mismos debe ser abordado con esa especial y múltiple perspectiva protectiva y de garantía reforzada. Sin perjuicio de ello y de todo cuanto trae aparejado, ese testimonio principal debe ser merituado -y así lo ha sido- con extrema prudencia. Como sostuvo el STJ en “Avin”, citando a Carlos Enrique Llera, ese análisis debe ser realizado: “...con la mayor severidad y rigor critico posibles, tratando de desentrañar el mérito o la inconsistencia de la declaración mediante su confrontación con las demás circunstancias de la causa, que corroboren o disminuyan su fuerza...” (Sent. 73/2004).- Sometido a este análisis el testimonio de la víctima, el mismo resulta verdaderamente sólido. Es coherente, seguro y firme. Por su contenido y la información adicional (indirecta e indiciaria) recibida durante la recepción de las demás pruebas, es posible descartar patologías en curso y posibles errores de percepción. Intrínsecamente considerado el relato no contiene inconsistencia de ningún tipo, autocontradicciones o contradicciones relevantes y significativas con el resto del plexo probatorio. Muy por el contrario, toda la información que ha sido incorporada durante el juicio a instancia de los acusadores ha confirmado o corroborado la versión brindada por la joven, otorgándole plena verosimilitud. Por tales razones se trata de un testimonio que debe ser catalogado como “sin fisuras”, resultando plenamente confiable como base y sustento principal de la declaración de culpabilidad penal del imputado. Tal como ha sido reclamado con sólidos fundamentos por los acusadores, cuyos argumentos comparto y hago propios a los fI. de la presente fundamentación.- En este caso A. fue escuchada al deponer durante el juicio. En ese marco fue sometida a un más que intenso interrogatorio. A partir de sus dichos es posible construir la imputación sin ningún tipo de dificultad, puesto que pese a su mesurado y acotado relato, del mismo se desprenden todas las circunstancias de tiempo, lugar y modo descriptas en la plataforma fáctica de atribución. Justamente las palabras “acotado” y “mesurado” tienen la particularidad de incrementar ostensiblemente la credibilidad de su relato. Lo que ocurrió es lo que pudo decir con evidente dificultad durante su larga deposición en el juicio. Encontrándose los sucesos íntegramente en sus manos, bien pudo haber agregado u omitido detalles, otorgándole a las relaciones sexuales las típicas y más características connotaciones del abuso sexual violento. En tal caso, difícilmente se hubiesen podido desvirtuar sus dichos, tratándose de hechos ocurridos en soledad. Sin embargo, optó por decir todo tal cual ocurrió, vale decir: la verdad y nada más que la verdad.- Está muy claro, por lo ya expresado en lo atinente a la naturaleza de los episodios en juzgamiento, que la utilidad del plexo restante es apuntalar o restarle eficacia probatoria a la versión de la víctima. En definitiva esas pruebas actúan como una especie de filtros de la verdad judicial, tendientes a encontrar inconsistencias, contradicciones significativas ó cualquier otra circunstancia que pueda implicar el hallazgo de una duda razonable. En este último aspecto no puede perderse de vista que: “...la duda razonable que determina la aplicación del principio in dubio pro reo debe resultar de una situación de paridad invencible generada por la prueba producida en la causa que no permita decidir con el grado de certeza que la ley requiere, sin que pueda resolverse el beneficio de la duda cuando esta se sustenta en conjeturas y en apreciaciones subjetivas del magistrado que le restan fundamento a la sentencia y la tornan arbitraria, en tanto no constituye una derivación razonada del derecho vigente con aplicación a las constancias efectivamente comprobadas en la causa..." (STJ, Sent. nro. 153/15 del 29/9/2015).- Frente a la contundente prueba de cargo, la estrategia desarrollada por la defensa (técnica y material) ha sido procurar mostrar al Sr. T. no como la persona imputada de estos gravísimos delitos, sino como una víctima de varias situaciones.- En primer lugar víctima del sistema de enjuiciamiento penal, ya que al ejercer ampliamente su defensa material durante el juicio, comenzó diciendo: “...es la primera vez desde que empezó esto hace cuatro años que tengo la oportunidad de hablar con alguien que puede cambiar esto, porque en ningún momento me escuchan...”. A esto debo decir: que se encuentra técnicamente asistido por un Defensor Oficial con amplia experiencia en este Fuero, y que además se desempeñó acorde a ello. Mínimamente para llegar a este juicio intervino en dos audiencias, la de formulación de cargos y la de control de acusación. En ambas tuvo la oportunidad procesal, inmersa en el art. 18 de la CN, de ejercer su defensa material, de declarar, si no lo hizo en esas ocasiones fue por su propia decisión, tras el inexorable asesoramiento técnico de su Defensor, presente en esos importantes actos procesales.- Más adelante, siguiendo con esta misma línea de victimización, que también no deja de ser una forma de manipulación, prosiguió diciendo: “...Y me doy cuenta que es muy difícil el tema este de la justicia. Lamentablemente me sobreinformé sobre esto, entiendo que no importa ni las pruebas ni el contexto ni nada, en esto...”. Aquí implícitamente asume nuevamente el rol de víctima pero de lo que constituye una Política de Estado, que en su visión entiende equivocada, pero que en nuestro país se encuentra plasmada en múltiples disposiciones legales de todas las jerarquías normativas, desde Tratados Internacionales, leyes nacionales y provinciales, Acordadas del STJ de Río Negro y numerosos etcétera. Frente a esto no puedo más que decir que, informado como está, es comprensible su preocupación.- Sin embargo, contrariamente a su proclama: sí importan las pruebas, y de manera decisiva. El pilar fundamental del juicio es la verdad de la imputación y esta se sustenta en la información que emerge de las pruebas que las partes traen al juicio.- Pero la estrategia de la defensa no fue confrontar y desvirtuar la principal prueba de cargo, que está dada, como ya exprese., por la versión incriminatoria de la víctima A. P.. Optó otra vez por victimizarse, pero en este caso no frente a A. [claro que ésto ya lo había hecho antes de iniciarse el proceso, al momento de ser enfrentado por su ex pareja, no dudó en adjudicarle la responsabilidad de lo ocurrido a la joven, por la forma de pasearse frente a él de manera provocativa, en tanga], sino frente a su ex pareja Y. F., madre de la víctima y yo diría que en la causa: “mera denunciante”.- Fue así que los testigos que trajo al juicio no tuvieron otro objeto que menoscabar a Y. F.. Incluso con el testimonio de su propia hija, M.. Así y todo esta última dejó expuesta la clara mendacidad en la que incurrió L. M., al decir: “...recuerdo que M. expresaba que le molestaba que la hermana, por A., tuviera relaciones sexuales con el novio en el dormitorio de arriba, porque se escuchaba todo, no le parecía que estaba bien...”, aseveración que ha quedado rotundamente desmentida por el relato de la propia M..- En fin, se trataba de confrontar a la víctima, pero pese a la extensión de su deposición, es muy poco lo que el imputado dijo a su respecto: “Nunca tuvimos una mala relación” y recalcó: “nunca”. Y se trata de uno de los aspectos más importantes en la resolución de estas causas, que no es otro que acreditar la existencia de algún motivo o circunstancia atendible, que procure explicar una imputación espuria o que deje una duda razonable al respecto. La víctima enfrentó al imputado durante su declaración en el juicio, con enorme dificultad y permanentemente angustiada y compungida estuvo narrando los hechos que la damnifican y respondiendo a las preguntas que le formularon desde la Fiscalía y su propio letrado por espacio de más de una hora. A la Defensa le bastaron algo más de tres minutos para realizar el contrainterrogatorio.- En fin, que resulte altamente probable que Y. F. hubiese radicado la denuncia por despecho, al enterarse que T. había iniciado una nueva pareja, nada tiene que ver con la verdad de la imputación. Esta circunstancia (que su madre aprovechara ese momento para denunciarlo) fue puesta sobre el tapete con muchísima angustia por la propia víctima, lo que provocó su enojo y finalmente al distanciamiento de su madre. Sintiendo que lo hacía tardiamente en ese momento para vengarse de T. y no por los hechos abusivos que ella había sufrido. En función de lo que ha sido a partir de ese momento la continuidad en la relación entre madre e hija (sobre lo que existe abundante prueba que no es preciso reiterar) aquella circunstancia no explica en lo más mínimo todos los padecimientos sufridos por A. a partir del momento del develamiento y la persistencia de su incriminación hasta el día de la fecha, pese al tiempo transcurrido y al daño colateral que produjo y que sigue ocasionando el hecho de mantenerse firme en ese temperamento. De manera que llegar a pensar que A. se ha sometido al tortuoso derrotero que este proceso ha tenido para ella, simplemente por acompañar a su madre en una hipotética falsedad, es simplemente cerrar los ojos a la más elocuente evidencia. Para llegar a tanto habría que ignorar cómo siguió su vida a partir de aquél momento. Cómo estaba física y emocionalmente (devastada) cuando realizó las primeras sesiones de terapia. Cómo la veía su amiga D. F.; lo que nos expuso el Lic. F. y principalmente la Lic. S. G.. Todo lo cual podría resumir diciendo que existe una total congruencia entre la verdad de la incriminación (en cuanto abuso sexual y no simples relaciones sexuales consentidas) y los distintos momentos y estados que debió atravesar la víctima hasta llegar a este momento.- En cuanto al principal planteo de la defensa, no advierto la existencia de contradicciones, inconsistencias o cualquier otra circunstancia que pueda menguar el valor probatorio de la versión incriminatoria suministrada por la víctima.- Aquellas diferencias que apunta la Defensa, con mucho esmero por cierto, o no existen o se trata de circunstancias puntuales insustanciales e irrelevantes para menoscabar la credibilidad de la víctima. Sobre todo cuando de fechas se trata, siendo que estamos hablando de hechos abusivos ocurridos a partir del mes de noviembre de 2018; un develamiento que se produjo aprox. en el mes de octubre de 2019 y una denuncia que recién se formuló en julio de 2020. De manera que los testigos están hablando de un período de casi 6 años. No obstante, voy a procurar darle respuesta a cada una de sus manifestaciones.- En primer lugar la Defensa hace alusión a la fecha exacta en la que A. se fue a vivir con su papá biológico. Sostiene que A. dio una fecha exacta, que tenía 16 años y que fue en octubre de 2019; mientras que su madre Y. F. dijo que fue el 15 de febrero por dos meses. ¿Cuál sería la relevancia de que A. haya estado un tiempo con su padre biológico?, ninguna. El señalamiento es simplemente poder decir: acá tengo una contradicción. Sin embargo, el Defensor tuvo esa fecha exacta por parte de F. porque previamente le exhibió una exposición policial con esa fecha. Reproduzco en lo pertinente la declaración de F.: “...P.¿cuáles fueron esos meses que se fue a vivir con su papá?, no recuerdo en qué fecha exactamente. Le exhibe la exposición y la reconoce, dice que está fechada el 15/2/2019”. En tanto que sobre este mismo dato no es correcto que A. haya dado una fecha exacta de octubre de 2019. Reproduzco en lo pertinente la declaración de A.: “...En 2019 me fui a vivir un mes con mi papá, exactamente el mes no lo recuerdo, habrá sido octubre, fue menos de un mes y volví a convivir con T....”.- Otra supuesta contradicción. Respecto de la fecha de la fiesta de despedida (que marca el inicio de las conductas abusivas llevadas a cabo por el imputado hacia la víctima), el Defensor sostuvo que Y. F. expresó que fue en el mes de octubre de 2019 y que A. manifestó que fue el 16/11/2018. Una situación similar a la anterior; escudriñar simplemente para señal acá está la contradicción. Pero insustancial. Esa fecha podría ser más que relevante si, por caso, el imputado hubiese manifestado -y acreditado- que en ese tiempo era imposible su presencia en el lugar. Pero no es el caso. Aún así, tampoco se verifica ninguna contradicción. Ya sabemos que A. dio la fecha exacta, el 16/11/2018, apunto yo que fue un día viernes; importante para ella por las razones que dio, y de ahí su recuerdo preciso. En cambio cuando se le preguntó a Y. F., no dijo -como alegó el Defensor- que fue en Octubre de 2019. Transcribo lo pertinente: “...P. ¿ese día que usted refiere como de la despedida, que ella llegó y que usted se tenía que ir a trabajar, la pudo ver, saludar, hablar con ella?, no, hablar no pude nada, llegaron ellos en la moto, yo me abrigué y me fui, ella llegó y se acostó. P.¿no pudo observar cómo venía?, no, no no no. P.¿puede precisar esa fecha?, sí, es entre octubre y noviembre de fin de año, las fechas que se hacen las despedidas, sí, más o menos entre octubre y noviembre...”. También sobre esta misma secuencia el Defensor manifiesta otro hallazgo; que mientras que A. dijo que ese día al llegar conversó con su madre, esta lo niega diciendo que ni bien llegaron (A. y T., que la había ido a buscar) ella se fue a trabajar. Es cierto que esta sutil diferencia existe. Sobre una brevísima situación que ocurrió hace casi seis años, absolutamente significativa para la víctima y totalmente irrelevante (hasta ese momento) y rutinaria para Y. F.. Así y todo, A. hace alusión a un breve intercambio verbal que tuvo con su madre, nada importante. Al respecto, recordemos que reiteradamente el STJ suele señalar que: “...es insuficiente para ello hacer hincapié en aspectos secundarios de lo relatado ("las pequeñas diferencias en las declaraciones de los testigos, que no hacen a lo principal del asunto y que, además, se explican fácilmente, dan más valor a esos dichos, pues así suele suceder cuando los testigos son verdaderos; lo contrario sí, los haría sospechosos", conf. CNCiv., Sala F, 20-02-68, ED. 26-24) o efectuar disquisiciones sin tomar en cuenta que la fuerza probatoria de lo resuelto tiene su fuente de convicción en un análisis conjunto del material cargoso y no en la individualidad de cada elemento que lo compone...” (Sent. 119, 7/8/2003).- Terminando con el señalamiento de “contradicciones” entre madre e hija, alegó el Dr. Carrera que A. expresó que después de la denuncia Y. F. manifestó que no tuvo más contacto con T., mientras que A. dijo que continuó ese contacto amoroso. Eso no es correcto. Confunde el Sr. Defensor el tiempo del develamiento con la denuncia. Ya señalé más arriba las fechas en que ocurrieron esos hechos. Lo que produjo el enojo de A. con su madre es que haya mantenido el contacto con T. luego de producido el develamiento. Pero no después de la denuncia. Esta última justamente se desencadena cuando Y. F. toma conocimiento que T. estaba con una nueva pareja. De manera entonces que no hay contradicción de ningún tipo.- Finalmente, agotando la defensa principal, el Sr. Defensor, hace alusión a dos situaciones vinculadas con el testimonio de A., que en su especial consideración le quitan consistencia a sus dichos. La primera vinculada a la descripción del hecho ocurrido en el living o comedor de la vivienda, que A. individualiza como más fuerte o con más fuerza que las demás, porque en esta ocasión la tomó de sus cabellos, ella de espaldas al imputado, mientras sus dos hermanas se encontraban en el exterior de la vivienda. Como la víctima ubicó temporalmente este episodio en época invernal, el Defensor concluyó que eso era ilógico porque en ese tiempo la temperatura en la chacra es de diez grados bajo cero. Un dislate absoluto, que ni siquiera merecería una respuesta puntual porque no produjo ninguna prueba para tratar de avalar semejante aseveración. Simplemente se le ocurrió que en invierno, especialmente en zona de chacras, hace frío extremo, de diez grados bajo cero y la lanzó. Nada más desatinado. Excepcionalmente es posible que se pueda llegar a esa temperatura, pero es habitual que en días soleados y sin viento el frio extremo de las noches contrasta sustancialmente con la temperatura del día (amplitud térmica). No tenemos un día concreto para poder cotejar estos datos. De manera que partiendo de una premisa falsa no es posible llegar a un argumento válido.- En la segunda y última argumentación relacionada con el testimonio de la víctima, el Sr. Defensor refirió que con respecto al hecho ocurrido el día de la despedida, no había podido precisar con exactitud si aquel día le hizo algo. Como sabemos las víctimas de estos delitos hablan cuando pueden, lo que pueden, si es que en algún momento de sus vidas logran hacerlo. La experiencia cotidiana en el juzgamiento de estos hechos nos demuestran que, especialmente en el develamiento de los hechos hacia personas de extrema confianza, las víctimas suelen decir simplemente “me tocó” y esa expresión suele contener los más aberrantes ultrajes contra la integridad sexual de la víctima. Respecto de ese día nos dijo que concurrió a la fiesta de depedida e ingirió bebidas alcohólicas (como reconoció su amiga D.); al finalizar T. la fue a buscar; regresando a su casa por la mañana; al llegar tuvo un breve intercambio de palabras con su madre, e inmediatamente se fue a acostar a su habitación. Contunuó diciendo: “...Yo me fui a mi habitación, me acosté a dormir normal. Ahí es donde tengo recuerdos como lagunas, no tengo exactitud. Tengo recuerdo de estar, mi cama estaba así, la cabecera estaba acá, y tengo recuerdos de estar invertida en la cama, con la cabeza para los pies sería, y estar boca abajo, y tener recuerdo de mirar para atrás y verlo a T.. P.¿al lado tuyo?, como encima y atrás mio. Él desvestido, de acá para arriba. Yo no tengo recuerdos cómo estaba yo. Cuando me desperté me sentía rara como abombada, como con dolor de cabeza, como presión en mis brazos, había ingerido alcohol. Me sentía muy rara, como shockeada, no entendía qué me pasaba...”. Entiendo que el Sr. Defensor trate de minimizar la situación de que la víctima se despertara en su cama, con T. sobre ella semidesnudo. Sí, efectivamente, eso es lo que pudo decir que le hizo. No parece poca cosa, para quien hasta ese momento cumplía en su vida el rol de casi un padre. El que vivía con ella por ser la pareja de su madre; el padre de sus pequeñas hermanas; quien la cuidaba; el que la llevaba de un lado a otro y a quien hasta le llegó a pedir consejos. No es nada raro que en ese contexto, frente a semejante asimetría, esa situación la hubiese shockeado, como dijo, que la hubiese descolocado y paralizado sin saber qué pensar y mucho menos sin saber qué hacer.- La Defensa trajo a colación el precedente “Ludueña” del TI (sent. 120 del 30/5/2024). Se trata de la confirmación de una sentencia absolutoria por abuso sexual simple que había sido dictada por el suscripto como juez de juicio. Las circunstancias fácticas y las razones que dieron lugar a esa absolución, no resultan aplicables en la especie. Es cierto que allí también se verificaba una contradicción entre los dichos de la víctima y su madre, sobre una circunstancia relevante, pero ese fue tan solo uno de los múltiples motivos que justificaron el contenido de ese pronunciamiento.- En lo demás, claramente los episodios principales de reproche no constituyen un estupro atípico por la edad de la víctima, como de forma subsidiaria ha pretendido la Defensa, sobrepasando incluso los límites de la defensa material de su asistido, que en ningún momento alegó tal situación.- Aquí no se trata de relaciones sexuales consentidas por prevalecimiento del imputado, aprovechándose de la inexperiencia sexual de la víctima. Sencillamente porque nunca hubo seducción y porque jamás existió un vínculo amoroso entre la víctima y el imputado.- Son múltiples las formas que pueden asumir las acciones que quedan atrapadas en el art. 119, CPenal, y que vulgarmente se menciona como “violación”, para que entienda el imputado. Desde la conducta del más típico y característico violador de callejón, de descampado, que sorprende y ataca a la víctima violentamente y logra doblegarla sexualmente (que es la situación a la que parece hacer alusión el imputado en un tramo de su descargo), hasta otros supuestos, si se quiere más sutiles, pero no menos intrusivos y agraviantes para las víctimas, especialmente en aquellas, como A. P., inmersa en un marco significativo de gran vulnerabilidad, con una ostencible asimetría frente al victimario. De ahí que lo verdaderamente trascedente para determinar si existió o no abuso sexual es la existencia o no de consentimiento por parte de la víctima, de ahí que la Fiscalía citara en primer lugar el fallo de la CIDH en el caso “ANGULO LOSADA VS. BOLIVIA”, sentencia del 18/11/2022, donde en el considerando 151 especialmente destaca “...La Corte constata, por ende, que la legislación penal de Bolivia no establecía -y sigue sin hacerlo en la actualidad - el consentimiento como elemento central del delito de violación y exige la demostración de violencia o intimidación para su configuración. Tampoco hace referencia a circunstancias en las cuales el consentimiento está viciado como en casos de evidente asimetría de poder entre agresor y víctima”. A diferencia de la legislación de Bolivia, a la que se hace referencia en el fallo anterior, nuestro art. 119, CPenal resulta perfectamente abarcativo del abuso sexual realizado sin el consentimiento de la víctima, al expresar: “el que abusare sexualmente de una persona cuando ésta fuera menor de trece (13) años o cuando mediare violencia, amenaza, abuso coactivo o intimidatorio de una relación de dependencia, de autoridad, o de poder, o aprovechándose de que la víctima por cualquier causa no haya podido consentir libremente la acción...”.- Jamás hubo entre ellos un vínculo amoroso, sencillamente porque ésto nunca se lo propuso el imputado a la víctima. Simplemente la tomó. La primera vez aprovechándose del estado de la misma, al regresar de esa fiesta de despedida, en las condiciones ya descriptas, y en lo sucesivo, sacando rédito de esa primera situación para lograr la aquiescencia y su silencio. Presionada, como estaba, por los males que podrían ocurrir en la familia si su madre se enteraba. Varios de los cuales efectivamente acontecieron, sumiendo a la víctima en la enorme depresión que se acreditó durante el juicio.- Tampoco en este caso se trata de las típicas amenazas del art. 149 bis., CPenal, aquello simplemente fue un medio idóneo para lograr la impunidad en la continuidad de los abusos sexuales, que a partir de ese momento se fueron reiterando, varias veces por semana, por espacio de casi un año. En este orden señaló la Lic. A.: “...hubo como un pacto de secreto inducido por la idea de que si hablaba algo le podía ocurrir a su mamá, era para ella muy doloroso, con antecedentes de querer atentar contra su vida, con conductas depresivas, esto la condicionaba. Como intención de preservar a un ser querido, exponiéndose a seguir sufriendo. Es habitual que esto ocurra, por temor, por miedo, por vergüenza. En este caso fue muy claro lo que condicionó su silenciamiento...”. Con la misma claridad se expidió la Lic. S. G.: “...P. ¿le referenció que temía por la salud de su mamá?, sí, cayó en el hecho desde el inicio debido que este señor le hace referencia a la salud de su mamá, para preservarla a ella y que piense también en sus hermanos...”.- Que el imputado haya utilizado como medio de presión para silenciar a la víctima las gravísimas consecuencias que podría desencadenar el develamiento de estos hechos, especialmente en su madre (que ya había tenido intentos de suicidio), pero también en sus hermanas, resulta absolutamente creíble, pues va en línea con aquella victimización, que emerge como aspecto fundamental del contenido de su defensa material durante el juicio. Es decir, si aquí, frente al TJ, utiliza este mecanismo de manipulación, con mayor razón aún con quien en el momento de los hechos era una adolescente extremadamente vulnerable por sus restantes condiciones de vida.- Han sido abusos sexuales con acceso carnal reiterados porque en ningún caso existió consentimiento de parte de la víctima. Remito aquí a sus dichos y a las respuestas específicas que suministró cuando fue preguntada al respecto. En este sentido en la causa “Rivera”, Legajo MPF- RO-3002-2020, el TI señaló: “En cuanto al tipo de pruebas que son admisibles en casos de violencia sexual, las Reglas de Procedimiento y Prueba de la Corte Penal Internacional se han pronunciado sobre la importancia de no inferir consentimiento por parte de la víctima en casos de violencia sexual, por el ambiente de coerción que puede crear el agresor y una diversidad de factores que pueden inhibir a una víctima de resistir físicamente a su agresor. Igualmente, se ha señalado que son inadmisibles las evidencias de la conducta sexual previa de la víctima. Párrafo 55” agregando expresamente el punto 5 de las reglas: “... La credibilidad, la honorabilidad o la disponibilidad sexual de la víctima o de un testigo no podrán inferirse de la naturaleza sexual del comportamiento anterior o posterior de la víctima o de un testigo”. Sigue diciendo dicho precedente: “… el estereotipo sexista inadmisible en tanto que presupone en las mujeres el “consentimiento sexual implícito”, siempre disponibles y aquiescentes; presuposición patriarcal que se inscribe en estructuras de desigualdad de género. …(este Tribunal en “Reibold-MPF-CI- 01587- 2017” voto de la Jueza Custet Lambí) y en el caso “MC contra Bulgaria” el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, bajo la perspectiva de género señaló que no importan la fuerza física, amenazas o resistencia en los tipos de abuso sexual, lo que se penaliza es el acto sexual no consentido, que en definitiva es el tema de la acusación y el modo en que aquí fue certeramente resuelto”.- Para finalizar cabe recordar que el TI, también se ha expedido sobre las características que debe reunir el consentimiento en este tipo de hechos al señalar: “...en el marco de las relaciones igualitarias entre hombres y mujeres, el ejercicio de la libertad y autodeterminación sexual implica que el consentimiento será libre, voluntario e inequívoco siempre que se integre con las siguientes características: claro, activo, libre de presiones, manipulación o influencia de drogas o alcohol, específico, con información previa, actual y continuo (TIP, Se. 101/19)”, in re “Tordi” Se. Del 09- 09-2019), condiciones claramente ausentes en el caso de autos.- Además de ello, la propia y múltiple condición de vulnerabilidad de la víctima, por su condición de mujer, de adolescente y, en fin, por la relación desmesuradamente asimétrica que la vinculaba con el prevenido, constituyen una diversidad de factores que necesariamente condicionaron su capacidad de respuesta frente a la situación vivida.- Consideramos que los restantes hechos imputados, en singular, PRODUCCIÓN DE IMÁGENES DE ABUSO SEXUAL INFANTIL Y EXHIBICIONES OBSCENAS AGRAVADAS POR LA EDAD DE LA VÍCTIMA, MENOR DE 18 AÑOS, también se encuentran debidamente acreditados, en base al mismo conjunto probatorio que ha sido analizado, especialmente el testimonio de la víctima y la confirmación de sus dichos por parte de su madre. De acuerdo al sistema de valoración de la prueba vigente (de la sana crítica racional o libre convicción) no existe tasa alguna que imponga la necesidad de contar con la materialidad de esas imágenes para su debida acreditación, todo puede ser probado a través de cualquier medio de prueba.- En otro orden, no han sido planteadas por las partes ni tampoco hemos advertido la existencia de causales de justificación, de inimputabilidad o de inculpabilidad que influyan sobre la declaración de culpabilidad penal requerida por la Acusación Pública.- El resto de la prueba y alegaciones de las partes, debidamente ponderadas, no modifican estas conclusiones. ASÍ LO VOTO.- A LA SEGUNDA CUESTION, EL DR. EMILIO STADLER, DIJO: Las conductas asumidas por el imputado N. R. I. T. en la ocurrencia de los hechos que se le atribuyen configuran los delitos de ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL, AGRAVADO POR LA GUARDA Y POR LA CONVIVENCIA PREEXISTENTE CON UNA MENOR DE 18 AÑOS, REITERADO EN UN NÚMERO INDETERMINADO DE VECES, EN CONCURSO REAL CON PRODUCCIÓN DE IMÁGENES DE ABUSO SEXUAL INFANTIL, UN HECHO, Y CON EXHIBICIONES OBSCENAS AGRAVADAS POR LA EDAD DE LA VÍCTIMA, MENOR DE 18 AÑOS, UN HECHO, en calidad de AUTOR (arts. 45, 55, 119, 3er y 4to párrafo, inc. b y f, 128, 1er párrafo y 129, 2do párrafo, CPenal).- Esta calificación legal se ajusta a los hechos acreditados, en orden a lo expresado en los párrafos precedentes.- A LA TERCERA CUESTION, EL DR. EMILIO STADLER, DIJO: Como ha quedado dicho, el día 2 de septiembre de 2024 se llevó a cabo la segunda fase del juicio, produciéndose la siguiente prueba: La Fiscalía oraliza los informes de antecedentes del imputado, de Jefatura de Policía de la provincia y del Registro Nacional de Reincidencia, conforme a los cuales el imputado no registra antecedentes penales.- TESTIMONIALES DE: E. M. B.: pareja actual de la víctima A. G. P.. 37 años, trabajo en la construcción, novio de A. P. hace cerca de dos años; se bastante de lo que le pasó, es algo que no la tiene bien, sabía que algo le pasaba, es algo que a ella le hace mal, pregunté alguna vez porque lloraba sin motivo, sin razón, en momentos no Normales, por eso yo pregunté. Me contó hasta donde quiso, es algo que no la deja avanzar, está frenada y la pasa mal. A ella le provoca estrés, le duele la cabeza, la vista, el sentirse mal. Me contó que inició acciones para ver a sus hermanas. Son cosas que también la ponen mal, que la hacen llorar, la frenan como persona, retrocede en su vida. Para ella es muy importante vincularse con sus hermanas, es de lo que más me ha hablado, el no poder tener vínculo con sus hermanas. Mucho no le toco el tema, para que no se ponga mal, espera solo justicia, que se termine, que no lo tolera más y que se termine de una vez y haya justicia.- Querella: recibe asistencia terapéutica?, hasta lo que sé no, creo que alguna vez tuvo, no me meto porque no quiero involucrarme para no tener que preguntar. Entabla relaciones de amistad?, no tiene a nadie, siempre me llamó la atención que no tenga vínculos sociales. Defensor: noviazgo otros no; ha trabajado en boliche en la barra.- T. E. T.: el imputado es mi hermano mayor, pero desea prestar declaración. Cómo es tu hermano, qué concepto tenés de él y si buscó apoyo terapeutico?, está triste, está mal, no deja de ser persona tranquila y de cuidar a sus hijas; no le brindaron ayuda psicológica, no se la brindan porque es hombre, tiene que pagarla. Hace más de 4 años que está con sus hijas, es sostén de familia. Ahora trabaja independiente, haciendo agricultura y talado y esas cosas. He tenido relación con A., la crió mi hermano, con ella trabajé en un boliche, ella trabajaba en la barra, en 2022, en XX, donde antes era XX, ella en la barra. Siempre estaba con alguien, nunca estaba sola. Mi hermano tiene relación con amigos, nunca ha tenido conflictos. En la familia somos todos tranquilos. Ha ayudado a mucha gente. Con la familia pricipalmente. M. y S. van a la escuela, hacen talleres a la tarde, sé que están bien. Hacen equinoterapia. Han tenido problemas con su mamá, siempre han estado solas con ella, por eso que ahora están con su papá. A. las fue a ver en el domicilio de ese momento, en el mismo año que trabajaba en el boliche, R. no estaba.- Fiscal: en el hospital le dijeron que solamente atendían a mujeres con problemas de violencia, esto me lo dijo mi cuñada. Ahora trabaja autónomo y antes en Don Tomás y lo despedieron cuando empezó esto.- Querella: lo despidieron de Don Tomás por esta acusación.- J. M. R.: soy la pareja del imputado, hace cuatro años, no hemos tenido ningún conflicto, de lo emocional muy afectado, ha buscado apoyo psicológico y le dijeron que por ser hombre no le van a brindar, solamente a las mujeres con violencia. Excelente la relación que tiene con sus hijas, viviendo con ellas hace cuatro años, las nenas lo adoran, el apoyo de ellas es él, están yendo a terapia particular, las lleva el padre al hospital. El trabaja independiente, a causa de esto perdió su trabajo estable. Adicciones no tiene. Tiene amigos. Tiene el secundario. completo. Es agricultor, trabaja en la chacra. En 2022 A. concurrió a mi domicilio para ver a sus hermanas. Fue la última vez, estaba yo presente, R. no se encontraba.- B. M. T.: el imputado es mi hermano. Soy hija adoptiva. Tenemos una buena relación con mi hermano. Lo he visto triste por este proceso, mal por sus hijas, tratamos de apoyarlo, ya sabemos que él no tiene la culpa. Tengo muy buena relación con mis sobrinas, las amo, las veo como mis hijas, las visito, nos juntamos, pasamos distintos momentos, nunca discutimos, nos vemos muy seguido, él hace cuatro años que está con las nenas. Ha buscado psicológico y no le han querido dar, porque él está acusado de violación. Están apoyando a la víctima. Él trabaja independiente, lo echaron de Don Tomás por estas notificaciones. Tiene amigos. Nunca ha tenido ningún signo de violencia con nosotros, nunca ha gritado ni otro signo de violencia. Las hijas necesitan estar con el padre. Él sabe cómo son sus gustos. No quieren separarse de su papá. Cuando estaba con la señora F. siempre encontrábamos a las nenas solas con A., no con la madre. Nunca tuvimos mala relación con A..- Querella: no lo indemnizaron del trabajo. Sabe que hay un fallo de este tribunal sobre la culpabilidad del imputado. Nunca tuvimos problema con A., nunca nada en contra de ella, yo tengo 26 años.- No habiendo otras pruebas que producir se pasa a los ALEGATOS: Fiscalía: empieza recordando los delitos por los que se declaró la culpabilidad del imputado. Aclarar que la víctima es A. P., no el imputado. Todo lo que le pasó es por consecuencia de sus actos. No tiene antecedentes penales, ha sido un padre de familia para sus hijas, a quienes las asiste económicamente. No cuenta a su favor que estuvo rebelde en este legajo. La crió a A. desde los 4 o 5 años, el que oficiara de padre debe ser valorado como tal, no es lo mismo ser un vecino o un tío, que quien oficiaba de padre ante la ausencia total del padre biológico y en buena parte también de la ausencia de la madre, eso trasladado al abuso sexual tiene un doble impacto en la víctima, por el efecto que produce, afectación doblemente mayor. La doble vulnerabilidad de la víctima, mujer y niña. Aprovechamiento del estado de vulnerabilidad ante la ausencia de otros familiares. En el primer hecho la ebriedad. El aislamiento social que tenía. El silenciamiento de la mano de la posibilidad que la madre se suicidara. El dolor que sintió cuando fue mucho más violento. La reiteración y la frecuencia de los hechos. La asimetría entre ambos, edad y género. La afectación emocional y psicológica que tuvo, vergüenza, culpa, tendencia al aislamiento y timidez, etc., hasta que punto se es buen padre violando a tu hijastra mientras tus hijas juguetean en el patio. Vamos a solicitar la aplicación del fallo “Briones” y en consecuencia la pena de diez años de prisión, más accesorias legales, costas e inscripción en Reprocoins.- Querella: entiendo que la defensa quiera mostrar una imagen positiva del imputado. A. P. no sana, no repara, porque le ha marcado la vida por siempre, podrá tener algún remanso de consuelo, pero será una marca para siempre, y este es el grado de lesión real que marca este delito. No digo que sea mal padre con sus hijas. Pero hablamos del daño que generó en este proceso. Conviviendo con ella, comportándose como padre, utilizando las herramientas de la oportunidad para aprovecharse de ella, espacios en la casa común, ante la presencia de sus otras hermanas. Absolutamente trumatizante y gravoso. Una niña desprotegida de su propia madre, sin frontera de responsabilidad y cobijo, frente a una persona que valiéndose de estas circunstancias abusa de ella. La frecuencia, la modalidad, no es un hecho aislado. Esto agrava la situación. La marca que deja el delito en A. tiene impronta distinta. El juicio de cesura no puede tapar la realidad del juicio de responsabilidad. Acompaña el pedido de pena de la Fiscalía, de diez años de prisión y demás accesorias.- Defensa: la pena mínima es de 8 años de prisión. No advierte afectación emocional de la víctima. Trabajó, tuvo otras parejas, hace vida normal, trabajó en local bailable. No veo esa gravedad. Es un padre ejemplar. Es sostén de familia. No ha tenido inconvenientes con la justicia. Siempre estuvo a derecho. No tiene antecedentes. Trabajadora. Con educación. Que sea la pena mínima de 8 años de prisión.- ULTIMA PALABRA AL IMPUTADO: yo no podría hacer algo así, siempre me enseñaron a cuidar a los demás, nunca lastimar a nadie; me separo por las infidelidades de la madre; tuvieron viajes, salidas, parejas. Por relatos solamente se condena a alguien y mi voz no valen nada. Es una aberración lo que está pasando con la justicia. Fiscalía solicita que continúen las medidas cautelares hasta la firmeza del fallo, presentaciones quincenales ante la Oficina judicial y prohibición de salida del país. Querella adhiere. Defensa de acuerdo. Se hace lugar hasta la firmeza del fallo. Así lo dispone el tribunal.- CONCLUSIONES DE LA PRESENTE CUESTIÓN: Llegado el momento de decidir qué calidad y qué cantidad de pena se va a imponer al imputado, sabido es que corresponde analizar las características especiales de los hechos al momento de su comisión, y que no forman parte los elementos típicos configurativos de los ilícitos atribuidos; la actitud concomitante y posterior al delito asumida por los mismos; las circunstancias personales del imputado y víctima del evento, todo ello siguiendo como parámetro las pautas previstas en el art. 40 y 41 del Código Penal y que resulten ajustados a la culpabilidad del imputado.- En ese sentido, nuestro STJ tiene dicho que: “...la determinación del monto de la pena aplicable debe seguir los parámetros correspondientes para tal fin. Concretamente, la ponderación de las constancias conducentes del proceso para seguir las pautas vinculadas con la pena, que “es la herramienta que emplea el derecho penal para ejercer su función de control social de carácter formal. Se trata de una temática que exige la máxima prudencia en los jueces y en cuya individualización judicial deben liberarse de los prejuicios personales, las simpatías y las emociones, y orientar su sentencia exclusivamente atento a criterios objetivos de valoración. Además, hemos establecido que la argumentación de la imposición de pena –dentro de la escala penal aplicable- de acuerdo con el art. 40 del Código Penal manda a merituar la totalidad de los atenuantes y agravantes que surgen de las constancias de la causa; el inc. 1º del art. 41 reconoce cuatro elementos posibles, mientras que el inciso siguiente se refiere a diez, más el conocimiento “de visu” del imputado, la víctima y las circunstancias del hecho en la medida requerida para el caso” (Se. 190/06; 131/07; 45/08; 134/08 y 190/08 STJRNSP, entre otras)...” (“Yacopino”, sent. nro. 299 del 23-12-2010). Asimismo, respecto del punto de arranque en la graduación, rige la doctrina legal del STJ, en el sentido que debe: “(...tenerse presente que en la tarea de individualización y determinación de la pena, la enumeración de circunstancias objetivas y subjetivas contenidas en la ley de fondo (arts. 40 y 41 C.P.) constituyen parámetros de ponderación a los fI. de cuantificar el monto de la pena. Así, frente a la conminación de la escala del minimum y el maximum, esto es, frente a los topes mensurativos, el magistrado debe partir de un punto central (equidistante de ambos extremos) y a partir de allí correrse de un lado a otro motivado por los diferentes aspectos que la N.tiva le señala, sea para agravar, sea para atenuar la individualización de la sanción a imponer” (STJRN Se. 94/14 “Brione”). Por cierto, doctrina que ha venido siendo ratificada por el Alto Cuerpo (vid. Se. 46/2020-STJRN, “J.M.S”, del 14/7/2020).-.- Necesario es señalar, además, que la graduación de la pena, sin perjuicio de procurar que resulte lo más objetiva posible, lejos está de ser un procedimiento matemático. Es decir, no se halla reglado o cuantificado cuánto se debe subir o cuánto se debe bajar por las agravantes o atenuantes que resulten aplicadas, dependiendo en cada caso de la trascendencia que le asigne el juzgador a cada una de ellas. De allí que el STJ haya expresado que: “...resulta imposible construir una regla general a priori sobre los criterios eminentemente valorativos para determinar la pena aplicable dentro de la escala de los tipos legales, a la vez que se aconseja que la intervención del Superior Tribunal sea prudente y limitada a la función casatoria (STJRNS2 Se. 7/16, “Cifuentes Caro”)...” (Se. 249/16, 12/10/2016; voto del Dr. Barotto).- Por último, también he tenido especialmente en cuenta los conceptos expuestos por el Tribunal de Impugnación de la provincia en los precedentes “Pereyra”, “Silva” y fundamentalmente “Calluheque” (Legajo MPF-VI-00365-2017), en los que se han fijado las pautas generales a los fines. de la graduación de la pena.- Con este marco, aún considerando in dubio pro reo únicamente dos hechos de abuso sexual con acceso carnal agravados, en la especie la escala punitiva en abstracto es de 8 años como mínimo y de 50 años como máximo, de modo que el punto medio o equidistante entre ambos extremos es de 29 años de prisión. La pretensión punitiva de los acusadores ha sido de 10 años de prisión, vale decir que se ubica muy por debajo del punto medio de la escala. Con lo cual advierto, en un primer análisis, que le ha otorgado mayor relevancia a las circunstancias atenuantes que a las agravantes, de lo contrario ese requerimiento debería estar ubicado por encima de ese punto equidistante.- Ahora bien, personalmente considero que debe ponderarse como atenuantes: en primer que el imputado no registra antecedentes penales. Siendo que se trata de una persona que se encuentra próxima a cumplir 40 años de edad, es un dato muy importante. También valoro especialmente que es una persona de trabajo y padre de familia; tiene dos hijas menores que viven con él y se encuentran a su exclusivo cargo. Durante el juicio se ha comportado adecuadamente. Como agravantes debo considerar la reiteración delictiva que está dada por la pluralidad de hechos que se le atribuyen en concurso real. Las demás circunstancias apuntadas por los acusadores se encuentran inmersas en las agravantes aplicadas.- En función de ello, estimo justo y equitativo imponer al prevenido la pena de 10 años de prisión, accesorias legales del art. 12, CP y las costas del proceso por su condición de perdidoso. TAL MI VOTO.- A LA PRIMERA, SEGUNDA y TERCERA CUESTION, EL SR. JUEZ ALEJANDRO PELLIZZON, DIJO: Que adhiere en un todo a los fundamentos y argumentos expuestos por el Sr. Juez que votara precedentemente y siendo los mismos producto de la deliberación realizada tras la audiencia de juicio y cesura, vota en igual sentido. MI VOTO.- A LA PRIMERA, SEGUNDA y TERCERA CUESTION, EL SR. JUEZ MAXIMILIANO CAMARDA, DIJO: Que adhiere en un todo a los fundamentos y argumentos expuestos por el Sr. Juez que votara en primer término y siendo los mismos producto de la deliberación realizada tras la audiencia de juicio y cesura, vota en igual sentido. ASI VOTO.- Por todo ello, los suscriptos, Jueces del Foro de Jueces de la Provincia de Rio Negro, con asiento de funciones en esta ciudad, por unanimidad; FALLAN: 1.- CONDENANDO al imputado N. R. I. T., filiado al comienzo del presente pronunciamiento, a la pena de DIEZ (10) AÑOS de prisión efectiva, accesorias legales del art. 12 CP y costas del proceso, por ser autor penalmente responsable de los delitos de ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL, AGRAVADO POR LA GUARDA Y POR LA CONVIVENCIA PREEXISTENTE CON UNA MENOR DE 18 AÑOS, REITERADOS EN UN NÚMERO INDETERMINADO DE VECES, EN CONCURSO REAL CON PRODUCCIÓN DE IMÁGENES DE ABUSO SEXUAL INFANTIL, UN HECHO, Y CON EXHIBICIONES OBSCENAS AGRAVADAS POR LA EDAD DE LA VÍCTIMA, MENOR DE 18 AÑOS, UN HECHO (arts. 29, 45, 55, 119, 3er y 4to párrafo, inc. b y f, 128, 1er párrafo y 129, 2do párrafo, CPenal).- 2.- REGULANDO los honorarios del Dr. MARCIAL HORACIO PERALTA y de las Dras. MARIA ELIZABETH LOPEZ y VALENTINA ARCHUBY, por la labor profesional desarrollada en la causa como patrocinantes letrados de la Querellante A. G. P., en la cantidad de CINCUENTA (50) JUS, en forma conjunta, teniendo en consideración la naturaleza de los hechos investigados, la complejidad de la causa, la calidad y extensión de la labor profesional desarrolladas y el resultado obtenido (arts. 6, inc. b, d y e y 8 de la ley G nro. 2.212). Notifíquese a la Caja Forense.- 3.- Remítase la presente a la Oficina Judicial para su debido registro, comunicación y demás efectos. Especialmente deberá ser comunicada al ReProCoInS (art. 191, CPP). Firme que sea deberá formarse cuadernillo de ejecución de sentencia, practicar el cómputo de pena, las notificaciones y comunicaciones de ley para su posterior remisión al Juzgado de Ejecución con las siguientes constancias del legajo: a) de la sentencia; b) del cómputo de pena; c) de los antecedentes del condenado; d) de los datos de la víctima y/o su representante, a los fines del art. 11 bis. de la ley 24.660, debiendo otorgársele la participación correspondiente en el marco de la ejecución (conforme art. 258, sgtes. y cctes., CPP y Acordada 15/2019-STJ).- Firmado digitalmente por STADLER Emilio Seferino Fecha: 2024.09.05 11:27:24 -03'00' Firmado digitalmente por PELLIZZON Alejandro Ignacio Fecha: 2024.09.06 10:35:03 -03'00' Firmado digitalmente CAMARDA Maximiliano Omar Fecha: 2024.09.09 07:40:15 -03'00' |
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