Fallo Completo STJ

OrganismoFORO DE JUECES/ZAS PENALES 4° CJ - CIPOLLETTI
Sentencia334 - 04/11/2020 - DEFINITIVA
ExpedienteMPF-CI-00502-2017 - L. H. R.; L. J. D. Y OTROS S/ INVESTIGACION
SumariosNo posee sumarios.
Texto Sentencia
Cipolletti 04 de Noviembre de 2020. AUTOS Y VISTOS: El presente Legajo N° MPF-CI-000502/2017 y caratulado: “LOPEZ HECTOR RUBEN; LOPEZ JUAN DOMINGO Y OTROS S/ INVESTIGACION”. DE LA QUE RESULTA: Que en oportunidad de llevarse a cabo audiencia (con registro audiovisual correspondiente) y ante el suscripto, por la Fiscalía actuante los Dres. Santiago Marquez Gauna y Guillermo Merlo. Como por la Defensa a cargo del Dr. Julio Guillermo Oviedo respecto del co-imputado HÉCTOR RUBEN LOPEZ, solicitaron el sobreseimiento del nombrado por extinción de la acción penal, toda vez que se había producido su fallecimiento.Y CONSIDERANDO: Que el extremo en cuestión -fallecimiento del co-imputado HÉCTOR RUBÉN LOPEZ-, ha sido en hecho fáctico no controvertido, corresponde hacer lugar a lo solicitado conforme lo establece claramente el art. 155 inc. 5 del CPP ley 5020 en función del art. 59 inc. 1 del CP (sobreseimiento por extinción de la acción penal, en orden al fallecimiento del imputado). Por lo expuesto: RESUELVO : Hacer lugar a lo solicitado por la partes y DISPONER EL SOBRESEIMIENTO DEL CO IMPUTADO HÉCTOR RUBEN LOPEZ, argentino, titular de DNI 18.338.802, respecto del hecho imputado en el presente legajo (conf. Art. 155 inc 5 del CPP ley 5020 en función del art. 59 inc. 1 del CP (extinción de la acción penal por fallecimiento del nombrado.Fijar los honorarios profesionales del Dr. Julio Guillermo Oviedo, en la suma de 20 IUS conforme labor profesional ejercida y ley de aranceles de la provincia. Notifíquese.-


Firmado digitalmente por
SUELDO Julio Cesar
Fecha: 2020.11.04
13:03:52 -03'00'
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