Organismo | CÁMARA PRIMERA DEL TRABAJO - GENERAL ROCA |
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Sentencia | 59 - 15/03/2023 - HOMOLOGADA |
Expediente | RO-00874-L-2022 - VIVEROS, CARLOS VICTOR C/ PREVENCION ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ORDINARIO - RECLAMO LEY DE RIESGO DE TRABAJO - ACCIDENTES DE TRABAJO |
Sumarios | No posee sumarios. |
Texto Sentencia |
"VIVEROS, CARLOS VICTOR C/ PREVENCION ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ORDINARIO - RECLAMO LEY DE RIESGO DE TRABAJO - ACCIDENTES DE TRABAJO" (Expte. N° RO-00874-L-2022)
//neral Roca,10 de marzo de 2023.- VISTOS: los presentes autos caratulados: "VIVEROS, CARLOS VICTOR C/ PREVENCION ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ORDINARIO - RECLAMO LEY DE RIESGO DE TRABAJO - ACCIDENTES DE TRABAJO (Expte. N° RO-00874-L-2022)", venidos al acuerdo a los efectos de que sea homologado el convenio obrante en autos de fecha 06/03/2023.- CONSIDERANDO: Que la propuesta acercada por las partes para solucionar la cuestión de autos implica una justa composición de los derechos e intereses de las partes que no vulnera el orden público por lo que corresponde HOMOLOGAR con fuerza de sentencia dicho acuerdo en todas sus partes. Costas a cargo PREVENCION ART S.A. Admítanse los honorarios en favor de los Dres. Enrique Costante y Ailin Tappata, en forma conjunta, en la suma de $ 128.000 por la representación asumida por la parte actora; y regúlanse los del Dr. Tomás Rodríguez en la suma de $ 128.000 por la demandada (MB: $640.000 x 20% .-Conf. Arts. 6, 8, 10 y 40 Ley 2212). Los honorarios de los profesionales se han regulado teniéndose en cuenta el importe pecuniario del proceso, importancia de los trabajos realizados, y calidad y extensión de los mismos. Vista a la AFIP y al Sindicato correspondiente.- Hágase saber a las partes y letrados que en función de lo dispuesto por la Resolución N° 812/16 del Superior Tribunal de Justicia, el pago deberá efectivizarse a través de transferencia mediante Sistema de pagos Patagonia e-Bank, debiendo a tales fines denunciar los siguientes datos: Nombre completo, Cuil ó Cuit, CONSTANCIA IMPRESA de CBU de la cuenta del beneficiario del cobro, tipo de cuenta, Banco y sucursal y Correo Electrónico donde se cursará el aviso de transferencia. Junto a la presente practique Secretaría planilla de impuestos sellados y contribuciones la que será abonada por la condenada en costas en el término de QUINCE días bajo apercibimiento de lo dispuesto por el Código Fiscal. Se hace saber a las partes que la presente queda notificada ministerio legis conforme lo dispuesto en Acordada 36/2022 S.T.J. Regístrese, publíquese, cúmplase con la ley 869 y oportunamente archívense las presentes actuaciones.
Dr. Nelson Walter Peña
Presidente
Cámara Primera de Trabajo
Dra. Paula Bisogni
Jueza
Cámara Primera de Trabajo
Dr. Juan Huenumilla
Juez subrogante
Cámara Primera de Trabajo
El instrumento que antecede ha sido firmado digitalmente en los términos y alcances de la Ley Nac. 25.506 Ley Nac. 25506 y Ley A 3997, Res. 398/05 y Ac. 12/18-STJ. Conste.
Dra. Lucía Meheuech
Secretaria
Cámara Primera de Trabajo
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