| Organismo | CÁMARA PRIMERA DEL TRABAJO - GENERAL ROCA |
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| Sentencia | 32 - 10/03/2017 - DEFINITIVA |
| Expediente | R-2RO-2468-L1-1 - ALANIZ JOSE SILVESTRE NICOLAS C/ FORTUNY MARTIN ARMANDO S/ RECLAMO |
| Sumarios | No posee sumarios. |
| Texto Sentencia | ///////neral Roca, 10 de marzo de 2017.- VISTOS:Los presentes autos caratulados:"ALANIZ JOSE SILVESTRE NICOLAS C/ FORTUNY MARTIN ARMANDO S/ RECLAMO" (Expte.Nº R-2RO-2468-L2016/R-2RO-2468-L1-16) venidos al acuerdo a los efectos de que sea homologado el convenio obrante a fs.60.- CONSIDERANDO: Que la propuesta acercada por las partes para solucionar la cuestión de autos implica una justa composición de los derechos e intereses de las partes que no vulnera el orden público por lo que corresponde HOMOLOGAR con fuerza de sentencia dicho acuerdo en todas sus partes .- Costas a cargo del demandado Fortuny Martin Armando.- Regúlense los honorarios del Dr. Luis Alberto Alasino en la suma de $5.600 y los del Dr. Hernan Laino en la suma de $5.600.-(MB:$28.000.-Arts.6,8,10 y 40 Ley 2212).- Los honorarios de los profesionales se han regulado teniéndose en cuenta el importe pecuniario del proceso,importancia de los trabajos realizados, y calidad y extensión de los mismos.Vista a la Afip.- Regístrese, notifíquese,cúmplase con la ley 869 y oportunamente archívense las presentes actuaciones.- Dr. Nelson Walter Peña Vocal de Trámite Sala I Dr. José Luis Rodriguez Dra. Paula Bisogni Vocal Sala I Vocal Sala I |
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| Texto Referencias Normativas | (sin datos) |
| Vía Acceso | (sin datos) |
| ¿Tiene Adjuntos? | NO |
| Voces | No posee voces. |
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