Organismo | CÁMARA SEGUNDA DEL TRABAJO - BARILOCHE |
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Sentencia | 241 - 07/12/2022 - HOMOLOGADA |
Expediente | BA-00060-L-2021 - ARREBOL, FEDERICO RODRIGO Y OTROS C/ TRAFIGURA ARGENTINA SA Y OTROS S/ ORDINARIO - RECLAMO LEY DE CONTRATO DE TRABAJO |
Sumarios | No posee sumarios. |
Texto Sentencia |
SAN CARLOS DE BARILOCHE, 7 de diciembre de 2022
---Y VISTOS: los autos caratulados "ARREBOL, FEDERICO RODRIGO Y OTROS C/ TRAFIGURA ARGENTINA SA Y OTROS S/ ORDINARIO - RECLAMO LEY DE CONTRATO DE TRABAJO"- Expte. Nro. BA-00060-L-2021 ---CONSIDERANDO: Que el convenio celebrado entre las partes en fecha 29/11/22 ha sido ratificado por la Sra. Espíndola, según surge del acta de fecha 07/12/22.- ---Que la referida transacción ha sido libremente pactada, con la garantía del debido proceso, contando las partes con el debido asesoramiento letrado, tendiente a una justa composición del litigio, de conformidad con lo dispuesto en los arts. 15 de la L.C.T., 12 de la ley 1504; 162, 305 y 306 del C.P.C.C. y 832 y 838 del Código Civil.- ---Que corresponde, atento los términos del acuerdo referido, tener presente las costas pactadas a cargo de la accionada - PETROLEO & SERVICIOS SA - y los honorarios a favor de los letrados de la actora, en forma conjunta. Asimismo, corresponde regular los honorarios de los letrados de las demandadas en proporción a las sumas acordadas con la Sra. Espíndola ($1.300.000).- ---En consideración de todo lo cual, esta Cámara IIª del Trabajo de la IIIª Circunscripción Judicial, RESUELVE:.- ---I) HOMOLOGAR en cuanto ha lugar y por derecho, sin perjuicio de terceros, el acuerdo celebrado entre las partes.- ---II) TENER PRESENTE las costas pactadas a cargo de la codemandada PETROLEO & SERVICIOS SA, y los honorarios del Dr. Caride a cargo de TRAFIGURA ARGENTINA SA. ---III) ) TENER PRESENTE los honorarios pactados a favor de los letrados de la parte actora, Dres. Carballo y Korman, en la suma de $ 260.000 (base de cálculo según montos homologados en la presente), en forma conjunta y partes iguales; y REGULAR los del Dr. Cabaleiro en la suma de $ 245.700 (13.5%+40%) , y los del Dr. Caride en la suma de $ 127.400 (7%+40%) por la representación ejercida de las demandadas, de conformidad con lo normado por los artículos 6, 7, 9 y concordantes de la Ley Arancelaria en vigencia. Todo ello, con más el IVA correspondiente a los letrados responsables inscriptos en dicho tributo, debiendo acreditar en tal caso su condición con la constancia pertinente.- ---IV) En cumplimiento de lo dispuesto por los arts. 39 y 40 de la ley 5335, el art. 71 y ss. del Código Fiscal y la acordada 10/03 y 18/14 del STJ, INTIMESE a PETROLEO & SERVICIOS SA a abonar las sumas que a continuación se determinan en concepto de impuestos y contribuciones de ley (Tasa de Justicia: $ 296250.00; Sellado de actuación: $ 2920; Contribución Colegio de Abogados: $ 23700 y Contribución SITRAJUR: $23700).-
Los conceptos debidos a la Agencia de Recaudación Tributaria deberán ser abonadas indefectiblemente mediante el Formulario de pago N° 008, el cual se confeccionará por OTIL y publicará por sistema.- En relación a las liquidadas en concepto de Aportes y Contribuciones Sitrajur, deberán ser transferidas a la cuenta denunciada por el Organismo, a saber: - SITRAJUR: CUIT 33-61437924-9, CBU 1910238055023800231700 ---Se recuerda que en el marco de la acordada 18/14 del STJ, una vez confeccionado dicho formulario y vencido el término para abonarlo, la Agencia de Recaudación Tributaria se notificará automáticamente, transformándose el mismo en título de deuda ejecutiva, quedando la gestión de cobro (vía judicial si fuere menester), a cargo del ente recaudador, si no fuere abonado dentro del término legal (conf. pto. I del acta anexo por Ac. 18/14 del STJ).- --- V) Regístrese y protocolícese por sistema.- --- VI) En los términos del anexo I de la Acordada 01/2021 STJ, hágase saber a las partes que quedarán notificadas conforme artículo 8.a.-
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Texto Referencias Normativas | (sin datos) |
Vía Acceso | (sin datos) |
¿Tiene Adjuntos? | NO |
Esta Sentencia Tiene Aclaratoria | 382 - 29/12/2022 - INTERLOCUTORIA |
Voces | No posee voces. |
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