Fallo Completo STJ

OrganismoCÁMARA PRIMERA DEL TRABAJO - GENERAL ROCA
Sentencia55 - 12/04/2021 - HOMOLOGADA
ExpedienteRO-12439-L-0000 - CARDENAS CARLOS ALBERTO C/ MOÑO AZUL S.A. S/ ORDINARIO (L)
SumariosNo posee sumarios.
Texto Sentencia
///neral Roca, a los 12 días del mes de Abril del año 2021
VISTOS: los presentes autos caratulados: CARDENAS CARLOS ALBERTO C/ MOÑO AZUL S.A. S/ ORDINARIO (L)RO-12439-L-0000, venidos al acuerdo a los efectos de que sea homologado el convenio obrante en autos de fecha 18 de marzo de 2021.-
CONSIDERANDO: Que la propuesta acercada por las partes para solucionar la cuestión de autos implica una justa composición de los derechos e intereses de las partes que no vulnera el orden público por lo que corresponde HOMOLOGAR con fuerza de sentencia dicho acuerdo en todas sus partes.
Costas a cargo demandada Moño Azul S.A.
Admítanse los honorarios pactados en favor de la Dra. Rojas Solange en la suma de $ 70.000 y regúlanse los de los Dres. Paula Argañaraz, Calamara Budiño Jorge y López Meyer Lisandro en forma conjunta en la suma de $ 70.000.- (MB: $ 350.000.- Arts. 6, 8, 10 y 40 Ley 2212).
Los honorarios de los profesionales se han regulado teniéndose en cuenta el importe pecuniario del proceso, importancia de los trabajos realizados, y calidad y extensión de los mismos. Vista a la AFIP y al Sindicato correspondiente.-
Hágase saber a las partes, letrados y peritos que en función de lo dispuesto por la Resolución N° 812/16 del Superior Tribunal de Justicia, el pago deberá efectivizarse a través de transferencia mediante Sistema de pagos Patagonia e-Bank, debiendo a tales fines denunciar los siguientes datos: Nombre completo, Cuil ó Cuit, CONSTANCIA IMPRESA de CBU de la cuenta del beneficiario del cobro, tipo de cuenta, Banco y sucursal y Correo Electrónico donde se cursará el aviso de transferencia.
Procédase a la apertura de cuenta judicial. A tal fin deberán los letrados confeccionar el oficio y adjuntarlo en el sistema de gestión digital PUMA L a los fines de su control y posterior libramiento por Secretaría del Tribunal. Deberá consignarse en el texto del oficio que el Banco Patagonia S.A., deberá dar cumplimiento con tal cometido en el plazo de 48 hs., bajo apercibimiento de aplicar la suma de $ 2.000 diarios en concepto de astreintes.
Junto a la presente practique Secretaría planilla de impuestos sellados y contribuciones la que será abonada por la condenada en costas en el término de QUINCE días bajo apercibimiento de lo dispuesto por el Código Fiscal.
Regístrese, cúmplase con la ley 869 y oportunamente archívense las presentes actuaciones.

Dra. Paula Bisogni
Presidente Camara Primera del Trabajo

Dr. Nelson Walter Peña Dr. José Luis Rodríguez
Vocal Cámara Primera Vocal Cámara Primera


Ante mi: Dra. Lucía Meheuech
-Secretaria Cámara Primera-
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