Organismo | JUZGADO CIVIL, COMERCIAL, MINERÍA Y SUCESIONES N°1 - CIPOLLETTI |
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Sentencia | 255 - 27/11/2014 - INTERLOCUTORIA |
Expediente | 33442 - FERNANDEZ IRINEO Y FERNANDEZ LUIS OMAR S/ SUCESION AB INTESTATO |
Sumarios | No posee sumarios. |
Texto Sentencia | PROVINCIA DE RIO NEGRO JUZGADO CIVIL Nro. 1 (Cipolletti) Tomo Interlocutorio Folio Secretaria Cipolletti, 27 de noviembre de 2014.j.d. AUTOS Y VISTOS: Para dictar declaratoria de herederos en estos autos caratulados "FERNANDEZ IRINEO Y FERNANDEZ LUIS OMAR S/ SUCESION AB-INTESTATO" (Expte. Nº 33442) y, CONSIDERANDO: Que a fs. 2 se acredita el fallecimiento del Sr. IRINEO FERNANDEZ, hecho ocurrido el día 29 de Mayo de 1988 en Catriel, Provincia de Río Negro; y a fs. 3 se acredita el fallecimiento del Sr. LUIS OMAR FERNANDEZ, hecho ocurrido el día 10 de Marzo de 1998 en Olivos, Vicente López, Provincia de Buenos Aires. El causante IRINEO FERNANDEZ era de estado civil SOLTERO. De su relación con la Sra. ELVIRA MARGARITA RETAMALES, nacieron los siguientes hijos: CARLOS RUBEN, JOSE NICOLAS, BLANCA LIDIA y LUIS OMAR, todos de apellido FERNANDEZ, lo que se acredita con las copias certificadas de las partidas de nacimiento agregadas a fs. 5, 7, 9 y 54. El causante LUIS OMAR FERNANDEZ era de estado civil CASADO con la Sra. SILVIA ADRIANA ROSALES, lo que se acredita con la copia certificada de la libreta de matrimonio agregada a fs. 11. De dicha unión, nacieron los siguientes hijos: DANIELA DEL ROCIO y FACUNDO EMANUEL, ambos de apellido FERNANDEZ, lo que se acredita con las copias certificadas de las partidas de nacimiento agregadas a fs. 11, 13 y 15. A fs. 29 se tiene por competente el Juzgado y por iniciado el presente trámite sucesorio. A fs. 29, 45 y 47 obran los oficios al registro de Testamentos y constancias de inscripción en el Registro de Juicios Universales, de los que surge que, a nombre de los causantes, no se iniciaron juicios similares y no se registró disposición testamentaria alguna. A fs. 34/36 y 38/40 se agregan ejemplares del Boletin Oficial y Diario Rio Negro, acreditándose la correspondiente publicación edictual, sobre cuyo vencimiento certifica en este acto el actuario, informando asimismo que no se han presentado más herederos ni interesados que los precedentemente indicados. Por lo expuesto y lo dispuesto por los Arts. 3565, del C.C. y 699 y 700 del C.P.C.C., RESUELVO: Declarar en cuanto ha lugar y por derecho que por el fallecimiento del Sr. LUIS OMAR FERNANDEZ, le suceden en carácter de únicos y universales herederos sus hijos DANIELA DEL ROCIO y FACUNDO EMANUEL, ambos de apellido FERNANDEZ, y la cónyuge supérstite SILVIA ADRIANA ROSALES, respecto de los bienes propios si los hubiere y sin perjuicio de los derechos que por ley le correspondan sobre los gananciales. Declarar en cuanto ha lugar y por derecho que por el fallecimiento del Sr. IRINEO FERNANDEZ, le suceden en carácter de únicos y universales herederos sus hijos CARLOS RUBEN, JOSE NICOLAS y BLANCA LIDIA, todos de apellido FERNANDEZ, y sus nietos DANIELA DEL ROCIO y FACUNDO EMANUEL, ambos de apellido FERNANDEZ (herederos de su padre LUIS OMAR FERNANDEZ). NOTIFIQUESE - REGISTRESE. Dra. Soledad Peruzzi Jueza Subrogante |
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