Organismo | JUZGADO DE PAZ 2DA CIRC. INGENIERO HUERGO |
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Sentencia | 61 - 15/05/2025 - INTERLOCUTORIA |
Expediente | IH-00086-JP-2025 - M.G.M.C.M.P. S/ VIOLENCIA |
Sumarios | No posee sumarios. |
Texto Sentencia |
INGENIERO HUERGO, 15 de mayo de 2025-
AUTOS Y VISTOS: Para resolver en estos autos caratulados: "M.A. S/ SITUACION" (IH-00086-JP-25) , que se tramitan por ante este Juzgado y
CONSIDERANDO: 1.- La denuncia efectuada por M.G., en sede policial, donde refiere situaciones de vulnerabilidad que padece su padre; M.A.; quien actualmente y desde el pasado sábado 10 de mayo de 2025 se encuentra viviendo en la casa de su hermano M.P.. 2.- Que solicita la intervención de los organismos que sean pertinentes para evaluar alternativas de solución a la situación de vulnerabilidad que atraviesa su padre, M.A..
3.- Que se advierte dificultad en lograr comunicación efectiva entre todos los hijos del Sr. A.M., a efectos de realizar acuerdos y/o entendimientos sobre los cuidados que el mismo precisa, dado que se trata de un adulto mayor con severos problemas de salud. Que los inconvenientes mencionados repercuten negativamente en la calidad de vida del Sr. M., entendiendo resulta pertinente la intervención del órgano proteccional de adultos mayores.
4.- Actualmente el Sr. M. (81) se encuentra en Villa Regina en la casa de su hijo; M.P., sin embargo según recientes dichos de la denunciante existe probabilidad de que el mismo sea trasladado nuevamente a Huergo a la casa de la aquí denunciante, M.G.. Por tal motivo, se oficiara a los organismos pertinentes tanto de Villa Regina como de Ingeniero Huergo.
Por lo expuesto
RESUELVO: 1.- Disponer la intervención de la Secretaria de Políticas Públicas y de Adultos Mayores a los efectos que correspondan, de cuya intervención y evaluación deberán informar al Juzgado de Familia N° 19 de Villa Regina. A tal fin líbrese oficio por correo electrónico con adjunción de denuncia policial. 2.- Disponer la intervención del Area de Servicio Social del Hospital Dr. Carlos Ratti de Ingeniero Huergo, de cuya intervención y evaluación deberán informar al Juzgado de Familia N° 19 de Villa Regina. A tal fin, líbrese oficio por correo electrónico con adjunción de denuncia. 3.-Disponer la intervención del Area de Desarrollo Social de la Municipalidad de Ingeniero Huergo, de cuya intervención y evaluación deberán informar al Juzgado de Familia N° 19 de Villa Regina. A tal fin, líbrese oficio por correo electrónico con adjunción de denuncia.
4.- Disponer la intervención del Area de Servicio Social del Hospital de Villa Regina, de cuya intervención y evaluación deberán informar al Juzgado de Familia N° 19 de Villa Regina. A tal fin, líbrese oficio por correo electrónico con adjunción de denuncia.
5.-Disponer la intervención del Area de Desarrollo Social de la Municipalidad de Villa Regina, de cuya intervención y evaluación deberán informar al Juzgado de Familia N° 19 de Villa Regina. A tal fin, líbrese oficio por correo electrónico con adjunción de denuncia.
6.- Regístrese y notifíquese. Cumplido, realicese pase virtual de las presentes actuaciones mediante sistema digital de expedientes PUMA al Juzgado de Familia N° 19 de Villa Regina.
Silvana Petris
Jueza de Paz Subrogante
Ingeniero Huergo
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