Fallo Completo STJ

OrganismoCÁMARA APELACIONES EN LO CIVIL, COMERCIAL, FAMILIA Y MINERÍA - GENERAL ROCA
Sentencia442 - 29/08/2024 - INTERLOCUTORIA
ExpedienteRO-71563-C-0000 - COSTANZO NATALIA S/ TRAMITE ADMINISTRATIVO (INTERNO) (PRORROGA VIGENTE)
SumariosNo posee sumarios.
Texto Sentencia

                  En la ciudad de General Roca, a los días a los 29 días del mes de agosto del año 2024, reunidos en Acuerdo los Sres. Jueces y la Sra. Jueza,  integrantes de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y de Minería de la Segunda Circunscripción Judicial de la Provincia de Río Negro, Dres. Víctor Dario Soto, Dino Daniel Maugeri y Andrea Beatriz Tormena, con la presencia de la Sra. Secretaria actuante, para dictar sentencia en los autos caratulados "COSTANZO NATALIA S/ TRAMITE ADMINISTRATIVO (INTERNO) (PRORROGA VIGENTE)" Expte. N° RO-71563-C-0000, previa discusión de la temática del fallo a dictar, transcribiéndose a continuación lo que expresaron: 
                  CONSIDERANDO: Solicita la Sra. Jueza de la Unidad Jurisdiccional N° 31, se le conceda prórroga para dictar sentencias en la causa que se detalla en el Oficio de fecha  29/08/2024.

                  Atento lo solicitado, otórgase una ampliación de DIEZ DÍAS a partir del vencimiento del plazo para dictar sentencia que tiene la Dra.   en las causas caratuladas:
                  “BEROISA CARINA DANIELA C/ PICCIRILO ANDREA VERONICA S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (ORDINARIO)”, Expte. Nº CH-56453-C-0000. 
                  Dejamos constancia que atendiendo a las particularidades del trámite, donde no es posible realizar un escrutinio de las respectivas actuaciones, el otorgamiento de plazos complementarios no subsana eventuales vicios del trámite, como peticiones luego de vencidos plazos iniciales y existencia de pedidos de pronto despacho que llevaren a la pérdida de la competencia, entre otros.

                  Todo ello y en mérito al Acuerdo que antecede, la  Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y de Minería, ASI LO RESUELVE.-  
                  Regístrese y comuníquese mediante Oficio a la Unidad Jurisdiccional N° 31.



DictamenBuscar Dictamen
Texto Referencias Normativas(sin datos)
Vía Acceso(sin datos)
¿Tiene Adjuntos?NO
VocesNo posee voces.
Ver en el móvil