Fallo Completo STJ

OrganismoUNIDAD JURISDICCIONAL CIVIL Nº 5 - BARILOCHE
Sentencia355 - 23/09/2025 - INTERLOCUTORIA
ExpedienteBA-02865-C-2024 - JENNY, ALBERTO RAUL Y TRIVELLINI, ANA MARIA S/SUCESIÓN INTESTADA
SumariosNo posee sumarios.
Texto Sentencia
San Carlos de Bariloche, 23  de septiembre de 2025
VISTOS: Los autos JENNY, ALBERTO RAUL Y TRIVELLINI, ANA MARIA S/SUCESIÓN INTESTADABA-02865-C-2024
Y CONSIDERANDO:
1º) Que se acreditó la defunción de Alberto Raul Jenny ocurrida el 14/6/2017 (acreditado en fecha 21/12/2024/), cónyuge de Ana Maria Trivellini (acreditada en fecha 21/12/2024 ) y  padre  de Andrea Erika Jenny y Josefina Valeria Jenny (acreditado en fecha 21/12/2024 y 2/9/2025respectivamente), quienes gozan de vocación hereditaria (artículos 2424, 2426, 2433 y ccdtes del C.C. y.C.) y se han presentado estas últimas pidiendo declaratoria favorable.-
2º) Que se acreditó la defunción de Ana Maria Trivellini el 29/9/2024 (acreditado en fecha 21/12/2024/), madre de Andrea Erika Jenny y Josefina Valeria Jenny (acreditado en fecha 21/12/2024 y 2/9/2025 respectivamente), quienes gozan de vocación hereditaria (artículos 2424, 2426, 2433 y ccdtes del C.C. y.C.) y se han presentado pidiendo declaratoria favorable.-
3°) Que se citó por edictos a los demás herederos que pudiera haber sin que nadie se presentara,  tal como la secretaria de OTICCA lo certifica (fecha de certificación:16/9/2025).
4º) Que se inscribió este proceso en el Registro de Juicios Universales donde no consta la inscripción de otro similar (ley 788: fecha de inscripción en el  Registro de Juicios Universales: 07/04/2025).
5º) Que el Registro de la Propiedad Inmueble no registra disposiciones testamentarias (artículo 6 de la ley 133: fecha del  certificado del Registro de Disposiciones Testamentarias: 11/9/2025).
6º) Que el Ministerio Público Fiscal no tiene objeciones (fecha 18/9/2025).
En consecuencia,
RESUELVO: I) Declarar en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por fallecimiento de Alberto Raul Jenny le heredan sus hijas Andrea Erika Jenny, Josefina Valeria Jenny y su cónyuge supérstite Ana Maria Trivellini , ésta en cuanto a los bienes propios -si los hubiere- y sin perjuicio de sus derechos sobre los gananciales. II) Declarar en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por fallecimiento de Ana Maria Trivellini le heredan sus hijas Andrea Erika Jenny y Josefina Valeria Jenny. III) Disponer que cese la intervención del Ministerio Público Fiscal. IV) Protocolizar y registrar lo resuelto.
 
 
Cristian Tau Anzoategui
Juez

 

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