Fallo Completo STJ

OrganismoJUZGADO CIVIL, COMERCIAL, MINERÍA Y SUCESIONES N° 3 - CIPOLLETTI
Sentencia179 - 07/09/2021 - INTERLOCUTORIA
ExpedienteF-4CI-82-C2021 - ASTETE SANHUEZA JOSE HONORINDO S/ SUCESION AB INTESTATO
SumariosNo posee sumarios.
Texto Sentencia Expte. N° F-82-C-3-21
Cipolletti, 07 de septiembre de 2021 .- gc

Proveyendo escrito presentado en fecha 03/09/2021 por el Dr. RIQUELME OBERG (letrado patrocinante de autos)

Por presentado en los términos y bajo los apercibimientos del Art. 48 del CPCyC. Oportunamente, ratifique gestión.
Hágase saber que a los fines de tener por presentada a la Dra. María Gabriela Larraburu, deberá ratificar el escrito presentado.
Agréguese informe del Regsitro testamentario con resultado negativo.
AUTOS Y VISTOS: Este expediente caratulado "ASTETE SANHUEZA JOSE HONORINDO S/ SUCESION AB INTESTATO" (Expte. Nº F-82), para dictar declaratoria de herederos y;

CONSIDERANDO: Que se acredita el fallecimiento de ASTETE SANHUEZA JOSE HONORINDO ocurrido el día 30/08/2019 en la ciudad de Cipolletti , provincia de Río Negro.-

El causante estaba casado con DEYANIRA DEL CARMEN FRANCO AYALA, conforme se acredita con la partida de matrimonio acompañada.
Sus hijas:
- ASTETE MARIA ELENA nacida el día 14/02/1982 en la ciudad de Cipolletti de Río Negro
- SANDRA RUDELIS ASTETE FRANCO nacida el día 03/11/1969 en Panguipulli, Chile.
Que en fecha 29/03/2021 se declara abierto el presente sucesorio y competente este Tribunal para entender en el mismo.-
Que en fecha 03/09/2021 se acompaña contestación de oficio diligenciado al Registro de Testamentos y en fecha 29/03/2021 certificación actuarial de inscripción en el Registro Público de Juicios Universales, ambos con resultado negativos en cuanto a trámites iniciados relativos al causante.-
Que se agregan edictos publicados en el Boletín Oficial con fecha 19/07/2021, 22/07/2021 y 16/07/2021, certificando en este acto el actuario que el término de citación se encuentra vencido.-
Por lo expuesto y lo dispuesto por los Arts. 2426 , 2433 ss. y ccs. del C. Civil y Comercial, 699 y 700 del CPCC.,

RESUELVO: Declarar, en cuanto ha lugar por derecho que, por fallecimiento de ASTETE SANHUEZA JOSE HONORINDO, le suceden en carácter de únicos y universales herederos, sus hijas SANDRA RUDELIS ASTETE FRANCO y ASTETE MARIA ELENA y la cónyuge supérstite DEYANIRA DEL CARMEN FRANCO AYALA, en cuanto a los bienes propios si los hubiere, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda respecto de los gananciales.-

REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. EXPÍDASE TESTIMONIO COMÚN O LEY 22.172 Y/O COPIA CERTIFICADA.-

Dra. SOLEDAD PERUZZI
JUEZA


PROTOCOLO DIGITAL: 2021-I-179-F-4CI-82-C2021-J3. Conste.-

Dra. ANA VICTORIA GANUZA
Secretaria

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