Fallo Completo STJ

OrganismoUNIDAD PROCESAL N° 10 SAN CARLOS DE BARILOCHE (JUZGADO DE FAMILIA N° 10)
Sentencia268 - 27/12/2023 - DEFINITIVA
ExpedienteBA-01475-F-2023 - M.B.A. C/ G.S.B.S/ DIVORCIO
SumariosNo posee sumarios.
Texto Sentencia

San Carlos de Bariloche, a los 27 días del mes de diciembre del año 2023.-

VISTOS: Los presentes autos caratulados: M.B.A. C/ G.S.B. S/ DIVORCIO, PROCESOS ESPECIALES, BA-01475-F-2023, .-

Y CONSIDERANDO: Que se presentó el Sr. M.B.A. con el patrocinio letrado de la Dra. Paula Romera y la Sra. G.S.B. con el patrocinio letrado de la Dra. Maggi Maria Sofia solicitando su divorcio

Que se encuentra cumplimentada la presentación de propuesta del convenio regulador que exigen los arts 438 y 439 del CCyC.-

Que corresponde hacer lugar al pedido de divorcio.-
En mérito de todo lo cual RESUELVO:

I) DECRETAR el divorcio vincular de los cónyuges, Sra.G.S.B. DNI 2. y Sr. M.B.A. DNI 9..Quedando extinguida la comunidad de bienes -(art. 475 inc.c CCC.)

II) Con la conformidad de la Caja Forense expídase oficio a los fines de la inscripción y copias certificadas o testimonio para las partes

III) Regular los honorarios de las Dras. Paula Romera y Maggi Maria Sofia, en la suma de $ 627.660 (PESOS SEISCIENTOS VEINTISIETE MIL SEISCIENTOS SESENTA), conforme criterio de la Alzada en los autos caratulados como CARADONNA, HILDA MABEL C/ COSTA, ALBERTO NORMANDO S/ DIVORCIO(f), (Expte Nº 00591/18), y con los artículos 6, 9 (inciso 2º) y concordantes de la ley arancelaria 2.212, . Dicho valor corresponde a 30 jus.- Asimismo se hace saber, que la regulación, se ha efectuado en base al valor actualizado del jus, que asciende a la suma de $ 20.922.-

IV) Las costas se imponen por su orden.-

V) Dichos honorarios deberán abonarse dentro del plazo de diez días de notificados.

VI) Homologar el convenio regulador arribado por las partes.-

VII) Con la conformidad de Caja Forense, Colegio de Abogados y Sitrajur, líbrese oficio al Registro de la Propiedad Automotor a fin que proceda a inscribir la titularidad del rodado dominio k. en un 100% en favor de la Sra. G.S.B. dni 2..-

VIII) Hágase saber que no se emitirá certificación respecto de la firmeza de honorarios regulados a el/los letrados actuantes, hasta tanto se encuentren los mismos debídamente notificados: las partes, letrados y caja forense.-

IX) Protocolícese. Notifíquese.-
LAURA CLOBAZ
Jueza
DictamenBuscar Dictamen
Texto Referencias Normativas(sin datos)
Vía Acceso(sin datos)
¿Tiene Adjuntos?NO
VocesNo posee voces.
Ver en el móvil