Fallo Completo STJ

OrganismoJUZGADO CIVIL, COMERCIAL, MINERÍA Y SUCESIONES N° 5 - BARILOCHE
Sentencia320 - 22/08/2014 - INTERLOCUTORIA
Expediente10603-11 - PUERTO BLEST S.A. S/ QUIEBRA
SumariosNo posee sumarios.
Texto SentenciaIIIª Circunscripción Judicial de Río Negro.
Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Minería Nro. 5
Secretaría única
Tomo:
Resolución:
Folio:
María Luján Perez Pysny, Secretario

San Carlos de Bariloche, 22 de agosto de 2014.
VISTOS: Los autos "PUERTO BLEST S.A. S/ QUIEBRA" (expte. 10603-11).
Y CONSIDERANDO:
1º) Que a fs. 1329/1338 el Sr. Leandro Javier Boto solicita se levante la interdicción para salir del país y todo efecto personal de la declaración de quiebra.
2º) Que a fs. 1407/1408 contesta la vista respectiva la Sindicatura, prestando conformidad al levantamiento de la interdicción de salida del país por los motivos que invocara el interesado.
3º) Que de acuerdo a lo manifestado por el solicitante y la sindicatura, siendo que al momento de la presentación en concurso, el solicitante había renunciado al cargo de director suplente (cf. acta de asamblea de fs. 1331), corresponde levantar definitivamente la interdicción de salida del país del Sr. Leandro Boto y ordenar el libramiento de los oficios pertinentes. Confección y diligenciamiento a cargo del interesado.
En consecuencia: RESUELVO: I) Levantar definitivamente la interdicción para salir del país del Sr. Leandro Javier Boto. II)Librar oficios a la Dirección Nacional de Migraciones, Policía Federal, Gendarmería Nacional Argentina, Policía de Río Negro, a fin de hacer conocer la presente medida.- Confección y diligenciamiento a cargo del interesado. III) Tener presente para su oportunidad lo demás solicitado a fs 1407/1408. IV) Protocolizar, registrar y notificar lo resuelto. de conformidad con el art. 133 CPCC.-

Cristian Tau Anzoátegui
juez
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