Fallo Completo STJ

OrganismoJUZGADO CIVIL, COMERCIAL Y SUCESIONES N°21 - VILLA REGINA
Sentencia21 - 22/02/2021 - INTERLOCUTORIA
ExpedienteVRC-10674-J21-17 - MUNICIPALIDAD DE VILLA REGINA C/ ZULIANI, OMAR CARLOS Y OTRA S/ EJECUCION FISCAL
SumariosNo posee sumarios.
Texto Sentencia Villa Regina, 22 de febrero de 2021.
AUTOS Y VISTOS:
Para resolver en los autos caratulados "MUNICIPALIDAD DE VILLA REGINA C/ ZULIANI, OMAR CARLOS Y OTRA S/ EJECUCION FISCAL" (Expte. N° VRC-10674-J21-17); en el que,
RESULTANDO Y CONSIDERANDO:
Que en fecha 05 de febrero de 2020 se dictó resolución interlocutoria por el cual se hizo lugar a las excepciones de litispendencia y prescripción planteadas por los ejecutados y de la prescripción en forma parcial, y en consecuencia modificar la sentencia monitoria de fs. 39, y mandar llevar adelante la ejecución hasta tanto los deudores Omar Carlos Zuliani y Miriam Beatriz Zuliani, hagan al acreedor Municipalidad de Villa Regina íntegro pago del capital reclamado de $ 54.314,15, con mas sus intereses. Se dejó sin efecto la imposición de costas de la sentencia monitoria de fs. 39 como así también la regulación de honorarios, y atento la procedencia de las excepciones planteadas, se impuso las costas en un 64% a la demandada y 36% a la parte actora, tomándose como monto base la suma de $ 87.746,90 monto peticionado originariamente. Regula honorarios.-
Que contra esta resolución interpone apelación la demandada fundando el mismo en la falta de resolución respecto de la excepción de inhabilitadad de titulo siendo fundamental el tratamiento en virtud que los certificados acompañados que dan origen a la deuda se encuentran duplicados. Respecto de las costas se agravia respecto de la proporcionalidad en la imposición y del importe base utilizado para la regulación de honorarios que deberá modificarse.-
Mediante sentencia del 20 de octubre de 2020 la Cámara de Apelaciones de Gerenal Roca, resuelve hacer lugar al recurso de apelación interpuesto y en tal sentido acoger la excepción de inhabilidad de título y en sentido concordante al pedido de la ejecutante excluyendo del importe por el que prospera la ejecución, los importes reconocidos en la sentencia de primera instancia correspondiente a los certificados de deuda N°459, 460 y 462. Ordena que en la instancia de origen deberá practicarse una liquidación que refleje lo anterior, la que servirá a los efectos de determinar la distribución de costas por la primera instancia y modificar la regulación de honorarios de primera instancia determinando las correspondientes a la Dra. María Carolina Cailly -doble carácter por la ejecutante- y Dra. Ariana Natalia Zuliani -patrocinante de los ejecutados-, en un 19,50 % y 16 % respectivamente, ambos porcentuales a calcular sobre el importe total ejecutado con sus intereses
Que conforme lo ordenado por Cámara de Apelaciones en la sentencia citada supra, se efectiviza liquidación de Secretaria del día 22/02/2021 de la cual surge que el monto por el que prospera la ejecución es por la suma de $ 27.052,69, tomando en consideración solamente los certificados 0000000472, 0000000473, y 0000000474.-
Que a los efectos de cumplimentar con lo ordenado por la Excma. Cámara de Apelaciones,
RESUELVO:
1) Habiéndose hecho lugar a la excepción de inhabilidad de título, y conforme la certificación que antecede, readecuar el capital de sentencia en la suma de $27.052,69.
2) Imponer las costas de la ejecución a la actora en el 69% y a la parte demandada el 31%, tomando como base el capital de sentencia de $27.052,69.
3) Regular los honorarios de la Dra. María Carolina Cailly -doble carácter por la ejecutante- en la suma de $5.275,27 y Dra. Ariana Natalia Zuliani -patrocinante de los ejecutados- en la suma de $4.328,43. Cúmplase con los aportes de la Ley 689. Notifíquese a Caja Forense.
Regístrese y notifíquese.
ril
Dra. PAOLA SANTARELLI
Juez

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