Fallo Completo STJ

OrganismoJUZGADO CIVIL, COMERCIAL Y SUCESIONES N° 31 - CHOELE CHOEL
Sentencia84 - 16/09/2020 - INTERLOCUTORIA
ExpedienteF-2CH-413-C2019 - LARZABAL RICARDO ANTONIO S/ SUCESION AB INTESTATO
SumariosNo posee sumarios.
Texto Sentencia RECEPTORIA Nº F-2CH-413-C2019
CAUSA Nº F-2CH-413-C31-19

///ele Choel, 16 de septiembre de 2020.
AUTOS Y VISTOS: Para dictar declaratoria de herederos en estos autos caratulados: "LARZABAL RICARDO ANTONIO S/ SUCESION AB INTESTATO" (Receptoria Nº F-2CH-413-C2019 - Expte. Nº F-2CH-413-C31-19) y;
CONSIDERANDO: Que con el certificado de fs. 02 se acredita el fallecimiento de RICARDO ANTONIO LARZABAL, ocurrido en Río Colorado, Provincia Río Negro, el 7 de septiembre de 2019
El causante era de estado civil soltero.
Que se presentan a hacer valer sus derechos, sus parientes por consanguinidad en línea colateral en tercer grado (sobrinos):
Por derecho de representación de su padre pre-fallecido MIGUEL ÁNGEL LARZABAL (D.N.I Nº 8.214.412), -hermano del causante- conforme constancia obrante a fs. 3, se presentan a hacer valer sus derechos, sus hijos:
CARLOS ALBERTO LARZABAL (D.N.I Nº 28.788.850), nacido en Rio Colorado, provincia de Río Negro, el 02/07/1981, según constancias de fs.6
RUBÉN DARIO LARZABAL (D.N.I Nº 26.9243547), nacido en Rio Colorado, provincia de Río Negro, el 30/07/1978, según constancias de fs. 23 quien cede sus derechos hereditarios a fs. 11 en favor de su hermano CARLOS ALBERTO LARZABAL.
Por derecho de representación de su padre pre-fallecido AGUSTIN HORACIO LARZABAL (D.N.I Nº 10.286.952), hermano del causante, casado con la señora Griselda Mabel Gonzalez conforme constancia obrante a fs. 4, se presentan a hacer valer sus derechos, sus hijas:
GABRIELA PAOLA LARZABAL (D.N.I Nº 36.284.913), nacida en La Adela, provincia de La Pampa, el 10/08/1992 según constancias de fs. 9.
ERICA ELIZABET LARZABAL (D.N.I Nº 33.998.975), nacida en La Adela, provincia de La Pampa, el 18/05/1990 según constancias de fs. 10.
Por derecho de representación de su madre pre-fallecida MARIANA ALICIA LARZABAL ((D.N.I Nº 4.426.510), -hermana del causante- casada con el señor Domingo López conforme constancia obrante a fs. 5, se presentan a hacer valer sus derechos, sus hijos:
ROBERTO ANIBAL LÓPEZ (D.N.I Nº 22.943.281), nacido en Bahía Blanca, provincia de Buenos Aires, el 27/10/1972 según constancias de fs. 7.
DANIELA ALICIA LÓPEZ (D.N.I Nº 21.739.318), nacida en Bahía Blanca, provincia de Buenos Aires, el 21/10/1970 según constancias de fs. 8.
Que a fs. 14 se declara abierto el sucesorio y competente el tribunal para entender en el mismo.
A fs. 15 obra constancia de inscripción en el Registro de Juicios Universales y a fs. 40 del Registro de Testamentos, de lo que surge que a nombre del causante no se ha registrado disposición testamentaria ni se han iniciado juicios similares.
A fs. 39 se agrega ejemplar del Boletín Oficial con el que se acredita la correspondiente publicación de edicto, sobre cuyo vencimiento certifica en estos autos la Actuaria, informando que no se han presentado más herederos ni interesados que los ya indicados precedentemente.
Por lo expuesto y dispuesto por los arts. 2.427, 2.438 y ccdtes. del C.C., 2424 y 700 del CPCyC,
RESUELVO: Declarar en cuanto ha lugar por derecho, que por fallecimiento de RICARDO ANTONIO LARZABAL, le suceden por derecho de representación de su padre pre-fallecido hermano del causante -MIGUEL ÁNGEL LARZABAL-, y en carácter de universales herederos, sus hijos CARLOS ALBERTO y RUBÉN DARIO ambos de apellido LARZABAL. Por derecho de representación de su padre pre-fallecido y hermano del causante -AGUSTIN HORACIO LARZABAL-, le suceden en carácter de universales herederas sus hijas GABRIELA PAOLA y ERICA ELIZABET ambas de apellido LARZABAL y; por derecho de representación de su madre pre-fallecida, hermana del causante -MARIANA ALICIA LARZABAL-, le suceden en carácter de universales herederos sus hijos ROBERTO ANIBAL y DANIELA ALICIA, ambos de apellido LÓPEZ.
Todo ello sin perjuicio de los derechos que le corresponden al cesionario CARLOS ALBERTO LARZABAL conforme lo expuesto en los considerandos.
REGÍSTRESE. NOTIFÍQUESE Y EXPÍDASE TESTIMONIO.
pnt

Dra. Natalia Costanzo
Jueza



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