Fallo Completo STJ

OrganismoCÁMARA SEGUNDA DEL TRABAJO - GENERAL ROCA
Sentencia269 - 13/09/2024 - INTERLOCUTORIA
ExpedienteRO-12130-L-0000 - MARIPIL SILVIA GRACIELA C/ FRUTOS DEL DESIERTO SRL S/ ORDINARIO (L)
SumariosNo posee sumarios.
Texto Sentencia
General Roca, 10 de septiembre de 2024.
VISTOS Y CONSIDERANDO: Para resolver en estos autos caratulados: MARIPIL SILVIA GRACIELA C/ FRUTOS DEL DESIERTO SRL S/ORDINARIO (L) (Expte. N° RO-12130-L-0000) (A-2RO-1563-L2017) venidos al acuerdo a efectos de regular honorarios a la martillera Goicochea,  integrándose el Tribunal con el Dr. NELSON WALTER PEÑA, con motivo de la excusación de la Dra. Daniela A.C. Perramón.-
        Atento las tareas realizadas: aceptación del cargo en fecha 03/02/2020, y libramiento de mandamiento de embargo actuando como oficial de justicia Ad-Hoc designada en fecha 01/09/2020. Que luego, en fecha 13.09.21, se designa nuevo martillero.-
Atento a estas consideraciones y teniendo en cuenta lo ya dispuesto por providencia de fecha 01.09.20 en cuanto a que los gastos emergentes de la designación de la Martillera Goycochea como Oficial de Justicia Ad-Hoc serían a costa de la parte peticionante (actora), en virtud de contar el Tribunal con Oficial de Justicia en Villa Regina, Allen, Cipolletti y Choele Choel, todo conforme jurisprudencia de este Tribunal en los autos caratulados: "Ingeniero Omar ALFONSO en autos: "BURGOS Luis y Otros c/SURINACO S.A. s/ Reclamo" (Expte. Nº 10242-CT-95) S/ Ejecución de Honorarios" de fecha 09-04-99, la Cámara Segunda del Trabajo de la Segunda Circunscripción Judicial,
RESUELVE: I. Regular los honorarios de la martillera Clarisa Goicochea en la suma de $ 45.936.- [$45.936.-valor del jus- x 1] de conformidad a lo prescripto por la ley N° 2051.-
II. Costas a cargo de la ejecutante SILVIA GRACIELA MARIPIL.-
TODO LO QUE ASI SE RESUELVE.
Regístrese, notifíquese a las partes conf. art. 25 de la Ley 5.631.-
 
DRA. MARIA DEL CARMEN VICENTE
Jueza de Cámara
 
DR. JUAN A. HUENUMILLA
Juez de Cámara
 
DR. NELSON WALTER PEÑA
Juez de Cámara
 
El instrumento que antecede ha sido firmado digitalmente en los términos y alcances de la Ley Nacional 25.506 y Ley A 3997, Resolución 398/05 y Acordada 12/18 STJ.
DR. Ignacio Barsellini
-Coordinador OTIL
 
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