| Organismo | CÁMARA SEGUNDA DEL TRABAJO - GENERAL ROCA |
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| Sentencia | 167 - 03/08/2017 - INTERLOCUTORIA |
| Expediente | I-2RO-313-L2-15 - ARGAÑARAZ WALDO RAUL C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO (JEFATURA DE POLICIA) S/ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (l) |
| Sumarios | No posee sumarios. |
| Texto Sentencia | //////neral Roca, 03 de agosto de 2017.- VISTOS Y CONSIDERANDO: Estos autos caratulados "ARGAÑARAZ WALDO RAUL C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO (JEFATURA DE POLICIA) S/ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (l)" (Expte. Nº I-2RO-313-L2015 / I-2RO-313-L2-15).- Habiendo dado cumplimiento la demandada PROVINCIA DE RÍO NEGRO (JEFATURA DE POLICÍA) con lo resuelto en la Sentencia Definitiva de fs. 296/303 "...ordenar a ésta rectifique la Resolución N° 273 del 30-10-2014, debiendo la Jefatura de Policía informar los haberes reales percibidos por el actor en el periodo Noviembre/2012 a Octubre/2013 (conforme recibos de fs. 222/236), a la Unidad de Control Previsional (U.C.P.) a fin de que lleve a cabo nuevo cómputo jubilatorio y liquidación del haber de retiro, dando la pertinente intervención a ANSES para su visado,...", conforme surge de las constancias adunadas al presente (fs. 360/368), se dispone el cese de las astreintes fijadas mediante Auto Interlocutorio de fs. 344 -desde el 24 de mayo de 2017-, fecha en la que el Tribunal ha podido tomar conocimiento del acatamiento efectuado a la manda impuesta. TODO LO QUE ASI SE RESUELVE. Regístrese y notifíquese. Dra. Maria del Carmen Vicente Presidente Dra. Gabriela Gadano Dr. Edgardo J. Albrieu Vocal Vocal Ante mí: Dra. Daniela A.C. Perramón -Secretaria - |
| Dictamen | Buscar Dictamen |
| Texto Referencias Normativas | (sin datos) |
| Vía Acceso | (sin datos) |
| ¿Tiene Adjuntos? | NO |
| Voces | No posee voces. |
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