Fallo Completo Jurisdiccional

OrganismoJUZGADO CIVIL, COMERCIAL, MINERÍA Y SUCESIONES N°1 - GENERAL ROCA
Sentencia29 - 16/10/2020 - DEFINITIVA
ExpedienteB-2RO-345-C2018 - QUINTERO ANGELA ROSA C/ FCA AUTOMOBILES ARGENTINA S.A. y OTRO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Sumarísimo)
SumariosNo posee sumarios.
Texto Sentencia General Roca, 16 de octubre de 2020.-
VISTOS y CONSIDERANDO: Para resolver en estos autos caratulados "QUINTERO ANGELA ROSA C/ FCA AUTOMOBILES S.A. Y OTRO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (SUMARISIMO)" EXPTE. B-2RO-345-C1-18, del registro de este Juzgado Civil, Comercial y de Minería N° 1;
Que llegan los presentes a resolver la aclaratoria deducida por la parte actora a raíz de la resolución de fecha 13/10/2020, por la cual se ordenó a la Sra. Quintero la restitución del vehículo FIAT TORO.-
En su presentación solicitan que se condene a la demandada a realizar a su cuenta todos los gastos y actos para la baja del rodado a nombre de la actora (gestores, tasas ante el RPA, fletes, libre deudas, cualquier impuesto, etc), realizar a su cuenta todos los gastos y actos para la cancelación y baja de la prenda registrada (gestores, tasas ante el RPA, fletes, libre deudas, cualquier impuesto, etc), el reintegro de tasas o impuestos abonados por esta parte desde la entrega del rodado, y además todos aquellos que se deban abonar hasta que se dé la baja definitiva del bien en el registro correspondiente ante el RPA, adjuntándose constancia del impuesto automotor abonado hasta el día, donde se acredita se abonaron $63.326,50. Debiendo abonarse dicho monto con intereses desde la fecha del pago hasta el efectivo pago de la restitución de los fondos. Por último conforme estar rescindido el contrato, debe condenarse a las empresas a entregar las constancia de libre deuda a esta parte y la rescisión de contrato, con baja en todos los registros de la empresa y registro de deudores.-
Como cuestión liminar, entiendo que ello no afecta el principio de congruencia puesto que en su demanda la accionate solicitó ??.los montos abonados para la adjudicación o entrega del bien y otros gastos efectuados bajo este contrato, con más sus interese hasta el efectivo pago??.-
Así las cosas, considerando que por la sentencia definitiva se declarado la rescisión del contrato celebrado entra las partes, de conformidad con lo dispuesto por el art. 10 bis, inc 3) de LDC en cuanto dispone como optativo para el consumidor "rescindir el contrato con derecho a la restitución de lo pagado, sin perjuicio de los efectos producidos, considerando la integridad del contrato", corresponde hacer lugar a lo peticionado, debiéndose retrotraerse las cosas al estado anterior y asumir las demandadas todos los gastos que irrogue la baja de la inscripción ante el RPA, prenda con registro, así como también proceder a la entrega de libre deuda, con baja en todos los registros de la empresa y registro de deudores, en su caso. En relación al reintegro de tasas o impuestos del rodado, corresponde diferir su cuantificación al momento de la etapa de ejecución, a fin de garantizar el derecho de defensa en juicio.- TODO LO QUE ASI RESUELVO. Notifíquese y regístrese.-


DRA. MARIA DEL CARMEN VILLALBA
Juez


Texto Referencias Normativas(sin datos)
Vía Acceso(sin datos)
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