Fallo Completo STJ

OrganismoJUZGADO CIVIL, COMERCIAL Y SUCESIONES N° 31 - CHOELE CHOEL
Sentencia47 - 13/03/2024 - INTERLOCUTORIA
ExpedienteCH-00378-C-2023 - RODRIGUEZ ELIS ETHIL S/ SUCESIÓN INTESTADA
SumariosNo posee sumarios.
Texto Sentencia
Choele Choel, 13 de marzo de 2024.
AUTOS Y VISTOS:
Para dictar declaratoria de herederos en estos autos caratulados: "RODRIGUEZ ELIS ETHIL S/ SUCESIÓN INTESTADA", Expediente N° CH-00378-C-2023) y;
CONSIDERANDO:
Que con el acta de defunción presentada en las presentes actuaciones se acredita el fallecimiento de ELIS ETHIL RODRIGUEZ, DNI N° 01.385.948 ocurrido en la localidad de Río Colorado, provincia de Río Negro, el día 09 del mes de febrero del año 2022.
La causante era de estado civil viuda conforme surge del expte vinculado al presente y caratulado "GUZMAN EVER S/ SUCESIÓN INTESTADA", Expediente N° CH-00380-C-2023, de trámite por ante este mismo Tribunal.
Que en representación de los derechos de su padre, JUAN CARLOS GUZMAN, DNI N° 11.979.845, nacido en la localidad de Río Colorado, provincia de Rio Negro el día 04/02/1956 y fallecido en la misma ciudad el día 26/06/2023, se presentan a hacer valer sus derechos, sus nietos:
- JUAN IGNACIO GUZMAN RAMOS, DNI N° 34.864.899, nacido en la ciudad de Rio Colorado, provincia de Rio Negro, el día 12 del mes de septiembre del año 1990, y
- FACUNDO MARTIN GUZMAN, DNI N° 30.913.238 nacido en la ciudad de Bahía Blanca, provincia de Buenos Aires, el día 14 del mes de marzo del año 1984, todo ello conforme surge de la documentación presentada en el presente trámite sucesorio.
Que el día 25/10/2023 se declara abierto el sucesorio y competente el Juzgado para entender en el mismo y se inscribe en el Registro de Juicios Universales.
Que en fecha 05/12/2023 se agrega informe del Registro de Testamentos, de lo que surge que a nombre del causante no se ha registrado disposición testamentaria ni se han iniciado juicios similares.
Que en fecha 06/11/2023 se publica edicto en el Boletín Oficial con el que se acredita la correspondiente publicación del edicto, que el plazo de la citación se encuentra vencido y que no se ha presentado persona alguna invocando derechos a los bienes dejados por la causante, fuera de quienes constan en el expediente.
Por lo expuesto y dispuesto por los arts. 2.424, 2.426 del Código Civil y Comercial y 700 del CPCyC,

RESUELVO:
I.- Declarar en cuanto ha lugar por derecho, que por fallecimiento de ELIS ETHIL RODRIGUEZ le sucede en su carácter de universales herederos sus nietos-JUAN IGNACIO GUZMAN RAMOS y FACUNDO MARTIN GUZMAN, quienes han acreditado la representación de su padre e hijo de la causante JUAN CARLOS GUZMAN.
II.- NOTIFÍQUESE de conformidad a las adecuaciones procesales dispuestas por el Anexo I de la Ac. N° 36/2022 del STJ -que implementa el Sistema de Gestión de Exptes. Judiciales "PUMA"-, se hace saber que el presente despacho quedará notificado el martes o viernes posterior al día de su publicación en el sistema, o el siguiente hábil, si fuere feriado o inhábil.
Fecho expídase testimonio.
Dra. Paola Santarelli
Jueza Subrogante

DictamenBuscar Dictamen
Texto Referencias Normativas(sin datos)
Vía Acceso(sin datos)
¿Tiene Adjuntos?NO
VocesNo posee voces.
Ver en el móvil