Organismo | CÁMARA PRIMERA DEL TRABAJO - GENERAL ROCA |
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Sentencia | 84 - 29/08/2022 - MONITORIA |
Expediente | RO-00717-L-2022 - PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ MIRASAL S.A. S/ EJECUCIÓN - EJECUCIÓN APORTES / FISCAL |
Sumarios | No posee sumarios. |
Texto Sentencia |
PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ MIRASAL S.A. S/ EJECUCIÓN - EJECUCIÓN APORTES / FISCAL (Expte. N° RO-00717-L-2022)
//neral Roca, 23 de agosto de 2022.-
--AUTOS Y VISTOS: Teniendo en cuenta lo que resulta de la documentación acompañada y lo dispuesto en los arts. 499, 520, 523, 531 y cctes. del C.P.C. y C, corresponde dictar Sentencia Monitoria, por lo cual LA CÁMARA PRIMERA DEL TRABAJO DE LA SEGUNDA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL con asiento en la ciudad de General Roca. --RESUELVE: Mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la ejecutada MIRASAL S.A. CUIT 30-71167434-5 haga pago a la PROVINCIA DE RIO NEGRO SECRETARIA DE TRABAJO de la suma de pesos $34.200 en concepto de capital (Conforme Resolución N°178/18 de la Secretaría de Trabajo de Allen, emitida en Expediente administrativo Nº º 39280-M2017, con más la suma de pesos $60.000 presupuestada para intereses y costas.- --Costas a la ejecutada. --Difíerase la regulación de honorarios hasta tanto la presente sentencia se encuentre ejecutoriada.- --Notifíquese mediante cédula al domicilio legal de la ejecutada, quien dentro del octavo día podrá oponer las excepciones previstas en el art. 544 del C.P.C. y C, utilizando el Código para Contestar Demanda: JNUQ-GXHA , lo que deberá hacerse en un solo escrito y conjuntamente con el ofrecimiento de prueba, bajo apercibimiento de continuarse el trámite de cumplimiento de esta sentencia (art.542 del C.P.C. y C). --Atento lo solicitado, líbrese oficio al Banco Central de la República Argentina, a fin de que mediante la circularización al sistema financiero se informen los bancos, cuentas bancarias o entidades financieras con los que operen los demandados, disponiendo a tal fin este Tribunal el levantamiento del secreto bancario (Art. 39 de la ley 21526). A los fines del diligenciamiento del oficio, deberá el letrado cumplir con los recaudos exigidos por el Banco Central (Comunicación D). --Se hace saber al ejecutante que los oficios y mandamiento que aquí se ordenan deberán ser presentados indicándose como descripción: OFICIO/MANDAMIENTO/CÉDULA LEY CON CONFRONTE a los fines del posterior control y libramiento por el Tribunal y deberá indicar en el texto de los oficios ordenados que la respuesta a la diligencia que le fuera solicitada debe ser remitida a través del sistema de gestión PUMA L, y en caso de no contarse con clave de acceso, de modo excepcional podrá ser remitida al correo electrónico oficial del organismo: camlabroca@jusrionegro.gov.ar. Asimismo se hace saber que no se recepcionará la misma en soporte papel.- --Líbrese oficio al Banco Patagonia S.A , a efectos de que proceda a la apertura de una cuenta judicial a nombre de estos autos y a la orden del Tribunal, haciéndole saber que deberá dar cumplimiento con la medida en plazo de 48 hs. De notificado, informando número de cuenta y de CBU, bajo apercibimiento de aplicar la suma de $5.000 diarios en concepto de astreintes. Notifíquese al Banco Patagonia S.A. conforme lo dispuesto en Anexo I inc. d) Acordada 31/2021 S.T.J., debiendo adjuntarse el oficio en formato PDF firmado digitalmente por Secretaria. --Téngase presente la persona facultada para intervenir en la diligencia. --Hágase saber a los letrados del ejecutante que deberán acompañar el Bono ley N°4132 art. 8. No habiendo sido acompañado corresponde poner en conocimiento de dicha circunstancia al Colegio de Abogados de esta ciudad, a cuyo efecto vincúlese al Dr. Cristian Stuardo. --Téngase presente lo manifestado en el escrito presentado el 1/8/22, en relación al régimen de honorarios (punto VIII) y cuenta de la Fiscalía de Estado (250-900002762 del Banco Patagonia S.A. sucursal Viedma), para su oportunidad. --Publíquese y regístrese.- Dra. Paula Bisogni
Presidente Cámara Primera del Trabajo Dr. Nelson Walter Peña Juez de Cámara Dra.Juan Ambrosio Huenumilla Juez de Cámara Sub. Ante mí: Dra. Marcela López Secretaria |
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