Fallo Completo STJ

OrganismoUNIDAD JURISDICCIONAL CIVIL 31 CHOELE CHOEL
Sentencia95 - 21/04/2026 - INTERLOCUTORIA
ExpedienteCH-00075-C-2025 - LANDAJO VICTORIA MARIA MAGDALENA S/ SUCESIÓN INTESTADA
SumariosNo posee sumarios.
Texto Sentencia
Choele Choel, 21 de abril de 2026.
 
AUTOS Y VISTOS: Para dictar declaratoria de herederos en estos autos caratulados: "LANDAJO VICTORIA MARIA MAGDALENA S/ SUCESIÓN INTESTADA", Expediente N° CH-00075-C-2025) y;
 
CONSIDERANDO: Que con el acta de defunción presentada en Autos se acredita el fallecimiento de VICTORIA MARIA MAGDALENA LANDAJO, DNI N° 3.476.466,  ocurrido en la localidad de Lamarque, provincia de Rio Negro, Argentina, el día 7 de diciembre de 2023.
 
La causante era de estado civil divorciada de Carlos Daniel Videla Dorna, con quien resultaba unida en matrimonio en la Capital de la República Argentina, el día 30 del mes de octubre de mil novecientos cincuenta y seis y divorciados en fecha 07/11/1990, ello conforme surge de la nota marginal del acta de matrimonio obrante en autos.
 
Que se presentan a hacer valer sus derechos   sus hijos y nietos:
 
- CARLOS VIDELA DORNA,  DNI N° 16.067.139 nacido en Capital Federal, el día  22 del  mes de octubre del año 1962
 
- MARTIN VIDELA DORNA, DNI N° 12.786.588, nacido en Capital Federal, el día 25 del mes de julio del año 1957,
 
- JUAN VIDELA DORNA, DNI N° 12.786.533 nacido en Capital Federal el día 02 del mes de enero del año 1959.
 
Que en representación de los derechos de su padre prefallecido, el señor IGNACIO VIDELA DORNA, DNI N° 13.982.651 nacido en Capital  Federal, el día 02 del mes de octubre del año 1960 y fallecido el día 27 de junio de 2020,  se presentan sus hijos: 
- MERCEDES VIDELA DORNA, DNI N°  30.880.955 nacida en la ciudad de Tandil, provincia de Buenos Aires, el día 28  del mes de junio del año 1984, e
- IGNACIO VIDELA DORNA, DNI N° 32.067.751 nacido en la ciudad de Tandil, provincia de Buenos Aires, el día 28 del mes de febrero del año 1986.
Asimismo, se presenta la señora Silvina Cecilia URBINI DOMINGUEZ, DNI N° 24.204.698 en representación de los derechos de sus hijas, las niñas:
- JUANA VIDELA DORNA,  DNI N° 50.850.181, nacida en la ciudad de Villa Adelina, provincia de Buenos Aires, el día 28 del mes de marzo del año 2011 , y 
- JULIA VIDELA DORNA, DNI N° 53.691.387 nacida en la ciudad de Villa Adelina, provincia de Buenos Aires, el día 09 del mes de diciembre del año 2013. Todo ello conforme la documental obrante en autos y la Sentencia Declaratoria de herederos dictada en fecha 28/12/2025 y Sentencia Ampliatoria dictada en fecha 03/03/2021 en el marco de los autos caratulados "VIDELA DORNA IGNACIO s/ SUCESION AB  INTESTATO (Expte. SI-9305-2020) de trámite por ante los tribunales de San Isidro, Dra. María Laura Iglesias, Jueza. 
 
Finalmente, en representación de los derechos de su madre pre-fallecida, la señora VICTORIA VIDELA DORNA, DNI N° 16.067.113, nacida  en Capital Federal, el día 06 del mes de diciembre del año 1961 y fallecida el día 14 del mes de septiembre del año 2007. se presentan sus hijos:
- CAROLINA PELEATO, DNI N° 43.131.127 nacida en la ciudad de Neuquén, provincia homónima, el día 27 del mes de enero del año 2001 
- DANIEL PELEATO,  DNI N° 37.101.664 nacido en la ciudad de Neuquén, provincia homónima, el día 26 de octubre del año 1992
- FACUNDO PELEATO, DNI N° 34.223.241 nacido en la ciudad de Neuquén, provincia homónima, el día 13 del mes de febrero del año 1989 
- AGUSTINA PELEATO, DNI N° 38.430.314 nacida en la ciudad de Neuquén, provincia homónima, el día 12 del mes de septiembre del año 1994. Que todo ello surge conforme la documental obrante en los presentes autos.
 
Que el día 11/03/2025 se declara abierto el sucesorio y competente el Juzgado para entender en el mismo y se inscribe en el Registro de Juicios Universales.
 
Que en fecha 26/09/2025  se acompaña informe del Registro de Testamentos, de lo que surge que a nombre del causante no se ha registrado disposición testamentaria ni se han iniciado juicios similares.
 
Que en fecha 20 de marzo de 2025 se publica edicto en el Boletín Oficial con el que se acredita la correspondiente publicación del edicto.
 
Que el plazo de la citación se encuentra vencido y que no se ha presentado persona alguna invocando derechos a los bienes dejados por la causante, fuera de quienes constan en el expediente. 
 
Por lo expuesto y dispuesto por los arts. 2.424, 2.426, 2.427 del Código Civil y Comercial y 625 del CPCyC (Ley N° 5.777),
 
RESUELVO: Declarar en cuanto ha lugar por derecho, que por fallecimiento de VICTORIA MARIA MAGDALENA. LANDAJO, DNI N° 3.476.466 le suceden en su carácter de universales herederos sus hijos CARLOS, MARTIN y JUAN todos de apellido VIDELA DORNA y sus nietos MERCEDES e IGNACIO ambos de apellido VIDELA DORNA,  FACUNDO, DANIEL, CAROLINA y AGUSTINA todos de apellido PELEATO y JUANA y JULIA ambas de apellido VIDELA DORNA .
 
Notificar de conformidad a lo dispuesto por el Art. 120 de la Ley Nº 5777 que sustituye en forma integral el texto del CPCyC -ley P N° 4142-.
 
Fecho expídase testimonio.
 
 
Dra. Natalia Costanzo
Jueza
 
 
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