Fallo Completo STJ

OrganismoJUZGADO CIVIL, COMERCIAL Y SUCESIONES N° 31 - CHOELE CHOEL
Sentencia95 - 21/04/2023 - INTERLOCUTORIA
ExpedienteCH-00011-C-2022 - PASCUAL, STELLA MARIS S/ SUCESIÓN INTESTADA
SumariosNo posee sumarios.
Texto Sentencia
Choele Choel, 21 de abril de 2023.
AUTOS Y VISTOS: Para dictar declaratoria de herederos en estos autos caratulados: "PASCUAL, STELLA MARIS S/ SUCESIÓN INTESTADA", Expediente N° CH-00011-C-2022) y;
CONSIDERANDO: Que con acta de defunción se acredita el fallecimiento de Stella Maris Pascual (DNI:12.234.001), ocurrido en Bahía Blanca, Provincia de Buenos Aires, el día 9 de febrero de 2022.
La causante era de estado civil soltera.
Que se presentan a hacer valer sus derechos, sus hermanos: ELIDA ESTHER PASCUAL nacida en General Conesa, provincia de Río Negro, el 12 de julio de 1950 conforme acta de nacimiento acompañada.(DNI: F6.263.094);
MARTHA NILDA PASCUAL Nacida en General Conesa, provincia de Río Negro, el 5 de febrero de 1954 conforme acta de nacimiento acompañada (DNI: 11.087.962);
FERNANDO RUBEN PASCUAL, nacido en General Conesa, provincia de Río Negro, el 20 de junio de 1959 conforme acta de nacimiento acompañada; (DNI 13.459.423); Y sus sobrinos en representación de su madre prefallecida Norma Pilar Pascual:
MARIA VALERIA AGUILAR PASCUAL nacida en Catriel, provincia de Río Negro, el 25 de septiembre de 1982 (DNI: 29.329.997);
MARTIN HORACIO AGUILAR PASCUAL nacido en Río Colorado, provincia de Río Negro, el 17 de agosto de 1989 (DNI: 34.666.134)
Que el día 20 de octubre de 2022 se declara abierto el sucesorio y competente el Juzgado para entender en el mismo.
En fecha 20 de octubre de 2022 se inscribe en el Registro de Juicios Universales y en fecha 11 de abril de 2023 se agrega informe del Registro de Testamentos, de lo que surge que a nombre del causante no se ha registrado disposición testamentaria ni se han iniciado juicios similares.
En fecha 17 de noviembre de 2022 se publica edicto en el Boletín Oficial con el que se acredita la correspondiente publicación del edicto, sobre cuyo vencimiento certifica en estos autos la Actuaria, informando que no se han presentado más herederos, ni interesados que los ya indicados precedentemente.
Por lo expuesto y dispuesto por los arts., 2.438, 2.439 del Código Civil y Comercial y 700 del CPCyC,
RESUELVO: Declarar en cuanto ha lugar por derecho, que por fallecimiento de STELLA MARIS PASCUAL le suceden en su carácter de universales herederos sus hermanas ELIDA ESTHER PASCUAL, MARTHA NILDA PASCUAL y su hermano FERNANDO RUBEN PASCUAL , y por derechos de representación de su madre prefallecida, sus sobrinos MARIA VALERIA AGUILAR PASCUAL y MARTIN HORACIO AGUILAR PASCUAL.
REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE de conformidad a las adecuaciones procesales dispuestas por el Anexo I de la Ac. N° 09/2022 del STJ -que implementa el Sistema de Gestión de Exptes. Judiciales "PUMA"-, en virtud de lo cuál, la presente quedará notificada el martes o viernes posterior al día de su publicación en el sistema, o el siguiente hábil, si fuere feriado o inhábil.
mgr
Dra. Natalia Costanzo
Jueza.

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