| Organismo | JUZGADO DE EJECUCIÓN PENAL Nº10 - GENERAL ROCA |
|---|---|
| Sentencia | 672 - 24/10/2024 - INTERLOCUTORIA |
| Expediente | RO-04612-P-0000 - LOPEZ EMILIANO RODRIGO S/ DETENIDO EN UNIDAD CARCELARIA (PR) |
| Sumarios | No posee sumarios. |
| Texto Sentencia | AUDIENCIA DE APELACIÓN DE CALIFICACIÓN: En la ciudad de General Roca, provincia de Río Negro, 24 de octubre de 2024, siendo las 10.54 horas , y en el marco del expediente L.E.R.S.D.E.U.C.(.RO-04612-P-0000(2RO-2718-JE2020), comparece por ante el señor Juez de Ejecución Penal, Dr. Fernando Romera, y por ante mí, Paola Oyarzabal, Secretaria autorizante, la Sra. Fiscal Adjunta de Ejecución Penal Subrogante, Dra. Susana Carrasco, y el interno E.R.L., asistido por su defensor/a GIULIANA GRIPPO -subrogante- con el fin de llevar a cabo la audiencia fijada en autos para resolver sobre la apelación de las calificaciones del causante correspondientes al TERCER PERÍODO del año 2024, con notas CONDUCTA 8 (OCHO), CONCEPTO 7 (SIETE), FASE CONFIANZA (agota el 09/12/2030). Se deja constancia que la presente audiencia es registrada en soporte de audio digital y los fundamentos en extenso de lo resuelto quedarán en dicho soporte, sólo registrándose pequeñas anotaciones de los alegatos de las partes y sólo a continuación la parte resolutiva, a los efectos de las comunicaciones y notificaciones pertinentes. La defensa dijo que en conducta su asistido fué calificado como muy bueno, no registra sanciones ni llamados de atención. En concepto, trabajo realiza tareas de fajina por eso proponen la suba de un punto en concepto; social también es calificado como bueno, en cuanto a educación mencionan que el inteno no ha solicitado ser incoporado, entiende que esto es infundado, terminó el primario en el penal, en psicología también es calificado como bueno, por todo lo expuesto solicita que se le reconozca la participación quedando 9-8 confianza, una vez resuelto, solicitará al establecimiento que lo promueva a prueba. desde el tercer trimestre del 2023 que viene con esta calificación. La Sra. Fiscal dijo que si bien el señor tiene todo muy bueno en conducta, estamos para evaluar la arbitrariedad, tiene ocho, ningún ejemplar. Lo mismo en concepto, tiene todo bueno, el bueno en la ley es cinco y seis, tiene un siete como si tuviera todo muy bueno. En educación, terminó el primario pero el secundario puede tratar de avanzar, debe mantenerse, hay tiempo, recién tiene salidas transitorias 17/05/2026, no encuentra agravio, entiende que debe mantenerse. El condenado dice que hace un año y medio que lo califican de la misma manera, y jamás nunca tuvo una sanción, no lo han encontrado en peleas, no hay testigos policiales, ni con nadie del establecimiento, y no le suben ni un punto en conducta. Respecto al concepto, comprende el tema de la escuela, eso sí lo tiene en cuenta, sabe lo que le corresponde y lo que no. El señor Juez de Ejecución Penal, Dr. Fernando Romera, observa que conforme lo previsto por los art. 51 y ss del decreto 396/99, art. 48 y ss. del decreto reglamentario 1634/04 y art. 100 y concordantes de la Ley 24.660, reconoce que tiene muy buena conducta, RESUELVE: I. HACER LUGAR PARCIALMENTE a la apelación interpuesta por el interno E.R.L. respecto de la calificación obtenida en el TERCER PERÍODO del año 2024, con notas CONDUCTA 8 (OCHO), CONCEPTO 7 (SIETE), FASE CONFIANZA, y, en consecuencia, AUMENTAR en UN (1) punto el guarismo de conducta, correspondiendo CONDUCTA 9 (NUEVE), y MANTENER el guarismo de concepto y la fase.
Paola Oyarzabal Secretaria
|
| Dictamen | Buscar Dictamen |
| Texto Referencias Normativas | (sin datos) |
| Vía Acceso | (sin datos) |
| ¿Tiene Adjuntos? | NO |
| Voces | No posee voces. |
| Ver en el móvil |