Fallo Completo STJ

OrganismoJUZGADO CIVIL, COMERCIAL, MINERÍA Y SUCESIONES N° 9 - CIPOLLETTI
Sentencia138 - 06/06/2025 - INTERLOCUTORIA
ExpedienteCI-00354-C-2025 - ESPINEL, NELIDA HAYDEE S/ SUCESIÓN INTESTADA
SumariosNo posee sumarios.
Texto Sentencia

Cipolletti, 6 de junio de 2025

AUTOS Y VISTOS: Para dictar declaratoria de herederos en los presentes autos caratulados "ESPINEL, NELIDA HAYDEE S/ SUCESIÓN INTESTADA" (Expte. Nº CI-00354-C-2025); y

CONSIDERANDO: Con la partida de defunción presentada (el 31/03/2025) se acredita el fallecimiento de NELIDA HAYDEE ESPINEL, DNI Nº 06.624.085, ocurrido el día 04 de marzo de 2024 en Cipolletti, provincia de Río Negro.

La causante era de estado civil viuda de CARLOS ALBERTO FAVOT, DNI Nº 07.292.669 según se acredita con los autos "FAVOT CARLOS ALBERTO S/ SUCESION AB INTESTATO" (Expte. N° CI-33618-C-0000) vinculados a las presentes. 

Sus hijos MARTHA NELIDA FAVOT, DNI 17.194.715 y CARLOS DANIEL FAVOT, DNI 16.407.289, tal como surge de las copias certificadas de las partidas de nacimiento, agregadas (el 31/03/2025).

En fecha 09/04/2025 se tiene por competente la Unidad Jurisdiccional y por iniciado el presente trámite sucesorio.

Asimismo, en igual fecha 09/04/2025, obra la constancia de inscripción en el Registro de Juicios Universales y en fecha 10/04/2025, se emite el informe del Registro de Testamentos, de lo que resulta que a nombre de la causante, no se iniciaron juicios similares, ni se registró disposición testamentaria alguna.

El 10/04/2025, se efectúa la publicación de edictos en el sitio Web del Poder Judicial y en fecha 21/04/2025, en el Boletín Oficial, sin que se hayan presentado dentro del plazo de citación más herederos ni interesados que los precedentemente indicados.

Por lo expuesto y lo establecido por los arts. 2424, 2426 y concordantes del Código Civil y Comercial y arts. 625, 627 y ccds. del Código Procesal;

RESUELVO: Declarar en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por el fallecimiento de NELIDA HAYDEE ESPINEL, le suceden en carácter de universales herederos sus hijos: MARTHA NELIDA FAVOT y CARLOS DANIEL FAVOT.

Queda registrada mediante PROTOCOLO DIGITAL. 

NOTIFÍQUESE conforme art. 120 CPCC - Ley 5777. Expídase testimonio, común o de Ley 22.172.

Mauro Marinucci
Juez
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