Fallo Completo STJ

OrganismoCÁMARA SEGUNDA DEL TRABAJO - GENERAL ROCA
Sentencia359 - 13/08/2019 - DEFINITIVA
ExpedienteH-2RO-4117-L2-18 - CARRASCO CASTRO GONZALO GASTON C/ PREVENCION ART S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO (l)
SumariosNo posee sumarios.
Texto Sentencia ///////////neral Roca, 13 de agosto de 2019.-
VISTOS: Para resolver en estos autos caratulados: "CARRASCO CASTRO GONZALO GASTON C/ PREVENCION ART S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO (l)" (Expte.Nº H-2RO-4117-L2-18 / H-2RO-4117-L2018)
CONSIDERANDO: El desistimiento del proceso formulado por la parte actora en la presentación de fs. 38/9, la ratificación personal del actor a fs. 45 y la conformidad de la demandada a fs. 45, corresponde HOMOLOGAR el mismo con fuerza de sentencia.
Costas en el orden causado, tal lo acordado por las partes.
Regúlanse los honorarios a favor de la representación letrada de la parte actora, conforme las etapas del proceso cumplidas por cada profesional, a favor del Dr. JORGE A. GARCIA GAAB en la suma de $69.873 (MB: $1.814.889 div. 2 x 11% + 40% div. 2) y al Dr. HERNAN MENDOZA en la suma de $5.685 (mínimo de 3 JUS - Valor del Jus $1.895). Asimismo, regúlense los honorarios de la representación letrada de la demandada, a cargo de los Dres. TOMAS RODRIGUEZ y TOMAS ALBERTO RODRIGUEZ en forma conjunta en la suma de $69.873 (MB: $1.814.889 div. 2 x 11% + 40% div. 2), todo conforme arts. 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 21, 38 y 40 de la Ley 2212 y Acordada N° 9/84 STJ. -
Los honorarios de los profesionales se han regulado teniendo en cuenta el importe pecuniario del proceso, importancia de los trabajos realizados, calidad y extensión de los mismos y etapas cumplidas.
Por Secretaría, practíquese planilla de liquidación de impuestos y contribuciones la que deberá ser abonada por el/la condenado/a en costas mediante boleta de depósito bancario en el término de Quince días (15 días) de quedar firme la presente, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 18 de la Ley 2716.
Todo lo que ASI SE RESUELVE.
Regístrese, notifíquese, cúmplase con la Ley 869 y oportunamente archívense.
EP
DRA. MARÍA DEL CARMEN VICENTE
-Presidente-

DRA. GABRIELA GADANO DR. JUAN A. HUENUMILLA
-Juez- -Juez-



Ante mí: DRA. DANIELA A. C. PERRAMON
-Secretaria-



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