Organismo | FORO DE JUECES/ZAS PENALES 1° CJ - VIEDMA |
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Sentencia | 220 - 08/10/2020 - SOBRESEIMIENTO |
Expediente | MPF-VI-02387-2020 - MORTADA CARLOS ABEL S/ ESTAFA (LEX 1VI-11498-P2014) |
Sumarios | No posee sumarios. |
Texto Sentencia | Foro de Jueces I Circ. Judicial 25 de mayo 567, 2° Piso Viedma Viedma, 08 de Octubre de 2020.- AUTOS Y VISTOS: "MORTADA CARLOS ABEL S/ ESTAFA (LEX 1VI-11498-P2014)", LEGAJO N°: MPFVI-00633-2019, traído a despacho para resolver la situación procesal del imputado Carlos Abel Mortada DNI N° (...) y; DE LA QUE RESULTA: Que el hecho que se le atribuía a Carlos Abel Mortada, conforme lo relatado por la Fiscalía en su oportunidad, es el siguiente: "Que se le imputa a Carlos Abel Mortada haber sido quien en el Paraje Chanquin, cercano a la localidad de Valcheta (RN) el día 19 de febrero de 2009,habría defraudado a Lagarde Nadine Isabel, de nacionalidad Francesa. A tal fin, aprovechándose del poco entendimiento y lectura del idioma español de Lagarde, habría pactado con ella la operación de compra-venta de la finca ubicada en el Paraje Chanquin -Lote 17 de la "Colonia Valcheta", departamento Valcheta (RN), constituída por unas 10 hectáreas, habiendo convencido que la venta se haría por la suma de U$D 200.000 pagaderos en tres cuotas, abonando Lagarde la primera de ellas en la fecha indicada (19/02/09) por la suma de U$D 82.853. En la continuidad, en fecha 8 de mayo de 2009, Mortada, aprovechándose nuevamente del poco entendimiento del idioma que poseía Lagarde, la habría hecho firmar la escritura pública nro. 289 en la que consignaba que la nombrada arrendaba la finca aludida por el término de 12 meses, modificando unilateralmente y de forma engañosa la compraventa inicial, transformándola, mediante tal acción, en un contrato de arrendamiento por el término de un año.-" CONSIDERANDO: I.- Que la Sra. Agente Fiscal, Dra. Maricel Viotti Zilli solicita el dictado del sobreseimiento del imputado en el presente legajo fundado en que: a) en fecha 21/02/2014 se resolvió el procesamiento de Carlos Abel Mortada por el delito de Defraudación (art. 173 inc. 3° del C.P.); b) en fecha 27/11/2014 se incorporó copia certificada de defunción del nombrado, obstaculizándose así la continuidad de acción penal; c) habiendo sido requerido en préstamo por el Juzgado Civil N° 3 el presente expediente, les fue enviado restando ser resuelta la situación procesal de quien en vida fuera Mortada, habiendo sido recepcionado en fecha 24/08/2020 las presentes actuaciones en devolución por parte de la mencionada judicatura Civil; d) surgiendo la imposibilidad de continuar la acción ante el fallecimiento del imputado, y sumando a ello el tiempo transcurrido desde la fecha de comisión del hecho bajo examen (19/02/2009) y el monto de la pena previsto para el delito de que se trata, Defraudación (art. 173 inc. 3° del C.P.) entiende que corresponde resolverse la situación procesal del Sr. Mortada, dictando su sobreseimiento en los términos del art 155 inc 5 CPP. por extinción de la acción penal.- II) Que en consecuencia, en atención a todo lo expuesto por la representante del Ministerio Público Fiscal al modo desincriminante que en esta instancia se pretende dar al presente legajo, corresponde resolver en el sentido solicitado respecto del imputado Mortada, de conformidad con lo dispuesto en el art. 155 inc. 5º del C.P.- Por todo ello, normas legales citadas corresponde y así, RESUELVO: I.- Dictar el sobreseimiento total en la presente causa en favor de Carlos Abel Mortada DNI N° (...), sin demás datos personales obrantes, en orden al hecho que se le endilgaba en el presente legajo, por las consideraciones expuestas y por aplicación del art. 155 inciso 5º del C.P.P.- II.- Declarar que el presente proceso no afecta el buen nombre y honor del que hubiere gozado el imputado (art. 157 C.P.P.).- III.- Efectúense por la Oficina Judicial todas las notificaciones que correspondan a los organismos provinciales y nacionales respectivos, en caso de habérsele registrado prontuario por la presente investigación al imputado. IV.- Regístrese y protocolícese.- SOLY Itziar Firmado digitalmente por SOLY Itziar Fecha: 2020.10.08 10:10:17 -03'00' |
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