Fallo Completo STJ

OrganismoFORO DE JUECES/ZAS PENALES 1° CJ - VIEDMA
Sentencia220 - 08/10/2020 - SOBRESEIMIENTO
ExpedienteMPF-VI-02387-2020 - MORTADA CARLOS ABEL S/ ESTAFA (LEX 1VI-11498-P2014)
SumariosNo posee sumarios.
Texto SentenciaForo de Jueces
I Circ. Judicial
25 de mayo 567, 2° Piso
Viedma

Viedma, 08 de Octubre de 2020.-
AUTOS Y VISTOS: "MORTADA CARLOS ABEL S/ ESTAFA
(LEX 1VI-11498-P2014)", LEGAJO N°: MPFVI-00633-2019,
traído a despacho para resolver la situación procesal del imputado
Carlos Abel Mortada DNI N° (...) y;
DE LA QUE RESULTA:
Que el hecho que se le atribuía a Carlos Abel Mortada,
conforme lo relatado por la Fiscalía en su oportunidad, es el
siguiente: "Que se le imputa a Carlos Abel Mortada haber sido quien
en el Paraje Chanquin, cercano a la localidad de Valcheta (RN) el día
19 de febrero de 2009,habría defraudado a Lagarde Nadine Isabel, de
nacionalidad Francesa. A tal fin, aprovechándose del poco
entendimiento y lectura del idioma español de Lagarde, habría
pactado con ella la operación de compra-venta de la finca ubicada en
el Paraje Chanquin -Lote 17 de la "Colonia Valcheta", departamento
Valcheta (RN), constituída por unas 10 hectáreas, habiendo
convencido que la venta se haría por la suma de U$D 200.000
pagaderos en tres cuotas, abonando Lagarde la primera de ellas en la
fecha indicada (19/02/09) por la suma de U$D 82.853. En la
continuidad, en fecha 8 de mayo de 2009, Mortada, aprovechándose
nuevamente del poco entendimiento del idioma que poseía Lagarde,
la habría hecho firmar la escritura pública nro. 289 en la que
consignaba que la nombrada arrendaba la finca aludida por el término
de 12 meses, modificando unilateralmente y de forma engañosa la
compraventa inicial, transformándola, mediante tal acción, en un
contrato de arrendamiento por el término de un año.-"
CONSIDERANDO:
I.- Que la Sra. Agente Fiscal, Dra. Maricel Viotti Zilli solicita el
dictado del sobreseimiento del imputado en el presente legajo
fundado en que: a) en fecha 21/02/2014 se resolvió el procesamiento
de Carlos Abel Mortada por el delito de Defraudación (art. 173 inc. 3°
del C.P.); b) en fecha 27/11/2014 se incorporó copia certificada de
defunción del nombrado, obstaculizándose así la continuidad de
acción penal; c) habiendo sido requerido en préstamo por el Juzgado
Civil N° 3 el presente expediente, les fue enviado restando ser
resuelta la situación procesal de quien en vida fuera Mortada,
habiendo sido recepcionado en fecha 24/08/2020 las presentes
actuaciones en devolución por parte de la mencionada judicatura
Civil; d) surgiendo la imposibilidad de continuar la acción ante el
fallecimiento del imputado, y sumando a ello el tiempo transcurrido
desde la fecha de comisión del hecho bajo examen (19/02/2009) y el
monto de la pena previsto para el delito de que se trata,
Defraudación (art. 173 inc. 3° del C.P.) entiende que corresponde
resolverse la situación procesal del Sr. Mortada, dictando su
sobreseimiento en los términos del art 155 inc 5 CPP. por extinción de
la acción penal.-
II) Que en consecuencia, en atención a todo lo expuesto por
la representante del Ministerio Público Fiscal al modo desincriminante
que en esta instancia se pretende dar al presente legajo, corresponde
resolver en el sentido solicitado respecto del imputado Mortada, de
conformidad con lo dispuesto en el art. 155 inc. 5º del C.P.-
Por todo ello, normas legales citadas corresponde y así,
RESUELVO:
I.- Dictar el sobreseimiento total en la presente causa en favor
de Carlos Abel Mortada DNI N° (...), sin demás datos
personales obrantes, en orden al hecho que se le endilgaba en el
presente legajo, por las consideraciones expuestas y por aplicación
del art. 155 inciso 5º del C.P.P.-
II.- Declarar que el presente proceso no afecta el buen nombre
y honor del que hubiere gozado el imputado (art. 157 C.P.P.).-
III.- Efectúense por la Oficina Judicial todas las notificaciones
que correspondan a los organismos provinciales y nacionales
respectivos, en caso de habérsele registrado prontuario por la
presente investigación al imputado.
IV.- Regístrese y protocolícese.-

SOLY
Itziar

Firmado
digitalmente
por SOLY Itziar
Fecha:
2020.10.08
10:10:17
-03'00'
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