| Organismo | UNIDAD JURISDICCIONAL CIVIL Nº 1 - BARILOCHE |
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| Sentencia | 515 - 12/12/2023 - INTERLOCUTORIA |
| Expediente | BA-00909-C-2023 - DALCEGGIO, JOSE LUIS S/ SUCESIÓN INTESTADA |
| Sumarios | No posee sumarios. |
| Texto Sentencia | San Carlos de Bariloche, 12 de diciembre de 2023.-
VISTOS: Los autos "DALCEGGIO, JOSE LUIS S/ SUCESIÓN INTESTADA" BA-00909-C-2023
Y CONSIDERANDO: 1º) Que se acreditó la defunción de Jose Luis Dalceggio (ocurrida el 28/04/22), acreditado en fecha 15/05/23, padre de Olivia Dalceggio Idiarte (conforme presentación de fecha 15/05/23), quienes gozan de vocación hereditaria (artículos 2424, 2426 y ccdtes del C.C. y C) y se han presentado pidiendo declaratoria favorable. 2º) Que se citó por edictos a los demás herederos que pudiera haber sin que nadie se presentara, tal como la secretaria de OTICCA lo certifica (23/11/23). 3º) Que se inscribió este proceso en el Registro de Juicios Universales donde no consta la inscripción de otro similar (ley 788: documento digital conforme presentación de fecha 18/09/23). 4º) Que el Registro de la Propiedad Inmueble no registra disposiciones testamentarias (artículo 6 de la ley 133: conforme presentación de fecha 29/09/23). Y 5º) Que el Ministerio Público Fiscal no tiene objeciones (27/11/23). En consecuencia, RESUELVO: I) Declarar en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por fallecimiento de Jose Luis Dalceggio le hereda su hija Olivia Dalceggio Idiarte. II) Disponer que cese la intervención del Ministerio Público Fiscal. III) Protocolizar, registrar y notificar lo resuelto.
MARIANO CASTRO
JUEZ
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| Texto Referencias Normativas | (sin datos) |
| Vía Acceso | (sin datos) |
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